INITIUM FIDEI
VocTEO
 

Este término está relacionado con la llamada controversia semipelagiana e indica los actos que preparan para la justificación. Según el semipelagianismo, estos actos son el fruto de la libertad; gracias a ellos el hombre se orienta decididamente al don de Dios. En otras palabras, los primeros pasos hacia la salvación surgirían de la iniciativa libre del hombre.

Históricamente, esta posición teológica nace de la reacción contra algunas opiniones rígidas de Agustín sobre la absoluta necesidad de la gracia, en las que parecía que se negaba todo valor al empeño humano en la obra de la salvación. Los llamados semipelagianos rechazan además la visión agustiniana de la predestinación, considerándola como causa de quietismo y de desánimo; y proponen la necesidad de hablar sólo - de presciencia divina sobre aquellos que llegarán a la salvación; estos últimos son los que, de manera libre y autónoma, acogen el don de Dios, dan el primer paso en la obra de la salvación y reciben sucesivamente la gracia divina que contribuye al crecimiento de la fe, hasta llegar a la bienaventuranza.

Frente a estas posturas teológica, en el 529, en Orange, san Cesáreo de Arlés hizo que un grupo de obispos aprobara un documento, en donde, recogiendo y matizando el pensamiento de san Agustín, se afirma que la gracia es necesaria : para levantar la voluntad caída, para salvar la naturaleza íntegra, para reparar el libre albedrío, para transformar al hombre, para obtener la justificación; es necesaria además, ya antes de la justificación, tanto para los actos preparatorios, como para el initium fidei, para la perseverancia en la justificación y en el amor de Dios y para el cumplimiento de toda obra buena (cf. DS 373ss).

Después de afirmar igualmente que pueden salvarse todos los bautizados, se condena la tesis del presbítero rigorista Lúcido, que había negado tanto el libre albedrío como la voluntad salvífica universal, sosteniendo por el contrario la predestinación al mal (cf. DS 330-339). Con la toma de posición del concilio de Orange del 529 (Arausicano II), aprobada por el papa Bonifacio II en el 530 (cf. DS 398-400), se insiste en la absoluta prioridad de Dios en la obra salvífica y en la necesidad de la gracia para el hombre, ya desde el comienzo del camino de su conversión a Dios.

G. M. Salvati

Bibl.: C. Tibiletti, Semipelagianos, en DPAC, 1971-1972; A. de Berardino, Patrología, 111, Madrid 1981, 578-580; P. Fransen, Desarrollo histórico de la doctrina de la gracia, en MS, IVI2, 611-730; M. Flick - Z. Alszeghy El evangelio de la gracia, Sígueme, Salamanca 1977; H. Rondet, La gracia de Cristo. Estela, Barcelona 1966