TEMA 38
LEY
Y CONCIENCIA
38.1) Ley, norma objetiva de la moralidad
38.2) La conciencia, norma subjetiva de la moralidad
38.3) División y propiedad de la conciencia
38.4) La formación de la conciencia
38.5) Magisterio y conciencia persona
38.6) Conciencia y prudencia
38.1 Ley, Norma Objetiva de la Moralidad
La ley se hace normativa de la conducta por su
aplicación, mediante la actividad de la conciencia, a las acciones determinadas
y singulares; es, de esta manera, como el auxilio de la ley llega hasta el
hombre y le ayuda, con su luz y fuerza , a conseguir el fin sobrenatural al que
esta llamado. Solo a través de la conciencia el hombre es capaz, en cada
situación concreta, de insertarse en los planes de Dios, de responder
activamente a la llamada de Dios, conocida como obligatoria gracias a las luces
de la razón y la fe.
La importancia de la conciencia es por tanto de una
trascendencia decisiva para la vida moral, y de una enorme actualidad en
nuestros días, en que quizás con un acento mas marcado que en otras épocas,
al estudiar la moral se insiste en el aspecto de diálogo entre Dios y el
hombre. Dentro de esta perspectiva o visión de la Moral, la conciencia es como
el lugar donde Dios y el hombre se encuentran: por una parte la conciencia es la
voz de Dios y por otra es el nivel mas profundo e íntimo donde el hombre acoge
o rechaza a Dios. ( Gaudium et Spes n¼ 16)
La conciencia tiene entonces la función de hacer
presente a nuestro conocimiento la ley, la voluntad de Dios en sus aplicaciones
singulares y concretas; nos descubre también la obligatoriedad de seguir las
indicaciones y mandatos de esa ley , porque son el camino necesario para
alcanzar el fin; dicho de otro, permite, teniendo en cuenta las circunstancias
particulares, percibir el grado de concordancia de las propias acciones e
intenciones, con la propia norma moral objetiva. Es la enseñanza clara del
Vaticano II : " En lo mas profundo de su conciencia, descubre el hombre la
existencia de una ley, que el no se dicta a si mismo, pero a la cual debe
obedecer y cuya voz resuena , cuando es necesario en los oídos de su corazón,
advirtiéndole que debe amar y practicar el bien y evitar el mal: haz esto,
evita aquello. Porque el hombre tiene una ley escrita por Dios en su corazón,
en cuya obediencia consiste personalmente ... Es la conciencia la que de modo
admirable da a conocer la ley ". (
Gaudium et Spes n¼ 6)
Este carácter que la conciencia tiene de
manifestación y de desvelación de planes objetivos anteriores de Dios sobre el
hombre, asi como de la obligatoriedad que intima al hombre cuando los descubre,
es resaltado de nuevo en la Declaración sobre la libertad religiosa y reconoce
por medio de su conciencia los dictámenes de la ley divina, conciencia que
tiene obligación de seguir fielmente en toda su actividad para llegar a Dios,
que es su fin " ( Declar. Dignitatis humanae).
38.2 La conciencia, norma subjetiva de la
moralidad
La existencia de la conciencia, como juicio
inmediato práctico sobre el carácter moral de nuestras acciones, es un hecho
que no necesita demostración. Todos experimentamos en nuestro interior "
una fuerza interior que en los caos particulares señala a la voluntad misma,
para que esta escoja y determine los actos que son conformes a la voluntad
divina." (Pio XI alocución 23-III- 1952), y por tanto buenos. Nos damos
cuenta que actos en un determinado lugar y momento, son buenos y deben hacerse;
cuales son malos, y debiendo omitirse. Es decir conocemos no solo que es el bien
o el mal aquí y ahora, sino que además, conocemos que ese bien o mal debe
hacerse u omitirse.
En la Sagrada Escritura se hacen continuas
referencias de uno y otro modo, a la conciencia en el sentido en que nos venimos
refiriendo. Son conocidos los textos de San Pablo en que hable de la "
inscripción " de la ley en el corazón , del testimonio de la conciencia,
de los " pensamientos " que acusan y absuelven( Rom, 2,15); a los
cristianos poco fervorosos les falta la debida "convicción" y el
exacto "conocimiento"( Rom 14,23) ( I Cor 8,7). La conciencia
influyendo inmediatamente sobre los actos capta y descubre el caracter bueno o
malo de los mismos. Es pecado todo lo que no es según conciencia, es decir, según
la convicción personal de que algo es lícito y justo. ( Rom 5, 1-3) Por eso la
conciencia es norma válida ante Dios de la vida moral y la buena conciencia es
señal de haber obrado bien ante Dios. Merece subrayarse el oficio que se le da
a la conciencia de regular y dirigir las acciones futuras y no solo de juzgar el
pasado. La expresión "en conciencia" tiene el valor de regla moral y
norma obligatoria de la que, en última instancia dependen el bien y el mal de
nuestras acciones( Rom13,5).
El juicio de la conciencia viene a ser así, la
regla próxima e inmediata -subjetiva- de nuestras acciones. Ninguna norma
objetiva -ley- puede llegar a ser regla actual de un acto, sino a través de la
aplicación que haga el sujeto que realiza ese acto determinado. La conciencia
es como la promulgación de la ley divina en nosotros y la aplicación de sus
preceptos, como regla obligatoria, a nuestros actos. Es por tanto, el camino
necesario y único, que la ley tiene para ser eficaz : " nadie es obligado
por el precepto del legislador sino mediante la noticia del mismo, es decir, la
conciencia." ( De Veritate, q.17, a. 3). Los mismos mandamientos me
resultan extraños y no me obligan si no pasan y se interiorizan en la
conciencia que me advierte que yo no puedo sustraerme al mandato divino y que
aquel determinado mandato es para mi. Esta aplicación de la ley a una acción
determinada, para que sea norma válida de conducta, debe preceder - conciencia
antecedente - o al menos acompañar - conciencia concomitante- al acto.
La conciencia llamada consiguiente, porque es
posterior al acto, no es norma, sino testimonio de como ha sido realizado el
acto. Y cuando el hombre realiza el acto es insustituible. Ahí nadie
puede suplantarle, eximiéndole de la responsabilidad el mérito o de la culpa;
caben solamente los consejos cuya única finalidades hacerle mas claro el
seguimiento e la ley, proporcionándole motivos que hagan mas libre y querida la
decisión personal: "La conciencia es el núcleo mas secreto y el santuario
del hombre, donde se encuentra a solas con Dios, cuya voz resuena en lo mas íntimo"
(Gaudium et Spes n¼ 16).
La conciencia, toda ella, depende de la norma
objetiva, cuyo espejo es y recibe de ella su fuerza obligatoria. La conciencia
es "como el pregonero de Dios y el mensajero que divulga el precepto del
rey" (S. Buenaventura, in III Sent., d.30, a.1, q. 3, a. 3). De ahí que
obligue con la misma fuerza y por el mismo título que lo hacen los dictámenes
de la ley divina ( cfr. Dignitatis Humanae n¼3); y por eso desobedecer a la
conciencia es rebelarse contra Dios e incurrir en el pecado.
Porque la conciencia es norma manifestativa y
declarativa de la moralidad, se deduce que nunca puede concebirse como norma
primaria y autónoma de la moralidad del obrar humano; solamente es norma
secundaria, dependiente y relativa, y su capacidad es conocer e interpretar la
norma objetiva, no modificarla o crearla. La conciencia no es auto legisladora.
La conciencia por si misma no es el árbitro del valor moral de las acciones,
que ella sugiere. La conciencia es intérprete de una norma interior y superior,
pero no es ella quien la crea. La conciencia esta iluminada por la intuición de
determinados principios normativos, connaturales a la razón humana; pero no es
ella la fuente del bien y del mal: es el aviso, es como escuchar una voz - que
se llama precisamente voz de la conciencia- es como un recuerdo de la
conformidad que una acción debe tener con una exigencia intrínseca del hombre,
para que el hombre sea verdadero y perfecto. La conciencia es una intimación
subjetiva e inmediata de una ley, que tenemos que llamar natural a pesar de que
muchos no quieren oír hablar de una ley natural (Pablo VI Alocuc. 13-XI-1969).
Si se trata de los cristianos esa conciencia es, además, intérprete de la ley
de Cristo, como señala Pio XII : "La conciencia es el eco fiel, nítido
reflejo de la norma divina para las acciones humanas, de modo que expresiones
como juicio de la conciencia cristiana, o esta otra de juzgar según la
conciencia cristiana tienen este sentido: la norma de la decisión última y
personal para una acción moral esta tomada de la palabra y de la voluntad de
Cristo" ( Aloc. 13-II-1959).
Son vanos por tanto los intentos de fundamentar una
"conciencia autónoma", como si la persona, a traves de su conciencia
fuera capaz de determinar lo que es bueno y malo por su propia decisión libre,
aun en la hipótesis de que la decisión estuviera en oposición abierta a la
ley objetiva.
38.3 División y propiedad de la conciencia
La conciencia, que solo es verdadera norma de
actuación moral en la medida que expresa con verdad la ley de Dios, no siempre
traduce e interpreta de forma infalible la norma moral; a veces son equivocados
los juicios de conciencia, porque nuestra razón no esta libre de los riesgos de
la ignorancia, el error y la duda en la búsqueda de la verdad, particularmente
de la práctica. Por eso no todos los juicios de la conciencia son norma auténtica
y lícita de la conducta moral. La conciencia, para ser norma válida del actuar
humano, tiene que ser recta, es decir, verdadera y segura de si misma y no
dudosa ni culpablemente errónea.
DIVISION DE LA CONCIENCIA
En relación al acto: Antecedente concomitante y
consecuente. En razón de su conformidad con el orden moral: Verdadera y errónea
(vencible o invenciblemente). En razón de la fuerza con que el sujeto asiente
al juicio de conciencia: Cierta probable dudosa.
PROPIEDADES DE LA CONCIENCIA
a) acompaña a todo acto libre;
-por que es parte del conocimiento intelectual de
todo bien singular;
-como el acto libre necesita el concurso de la
inteligencia, siempre irá acompañado de un juicio de conciencia;
b) no obliga por si misma sino en virtud del
precepto divino;
-obliga porque al mostrar la ley, muestra la
voluntad de Dios;
-no crea la ley sino que la descubre y aplica al
caso concreto;
-aquí se encuentra el error de la ética de situación;
c) puede errar y oscurecerse pero nunca extinguirse
totalmente;
-si hay inteligencia, hay conciencia. la conciencia
viene con la naturaleza;
-cabe el error porque también la inteligencia está
sometida a la posibilidad del error (vencible o invencible);
-no seguir la luz de la conciencia es hacer
violencia a la razón (es el origen del remordimiento).
38.4 La formación de la conciencia
En este punto hay que considerar dos cosas: una es
la necesidad de la formación de la conciencia - de lo que se deduce la obligación
-; y otra, el modo de conseguir esa educación o formación.
La necesidad de la formación de la conciencia:
se concluye fundamentalmente de un doble motivo. Si
tenemos en cuenta que por conciencia formada se entiende aquella que lleva a su
sujeto a conformar su voluntad con la voluntad divina, tal como esta se
manifiesta al hombre, es evidente que esa formación es necesaria. Conocer, en
efecto, la ley de Dios, lo que Dios quiere sobre mi, pide "instruir la
inteligencia acerca de la voluntad de Cristo, su ley, su camino y además en
obrar sobre su alma, en cuanto desde fuera puede hacerse, para inducir a la
libre y constante ejecución de la voluntad divina" ( Pio XII, Alocuc.
23-III-1952). Esa ley - natural y sobrenatural- es de exigencias altísimas y
por otra parte no se manifiesta de una vez por todas, sino de manera progresiva
y en conformidad a la estructura de nuestro conocer; exige el estudio de las
cuestiones morales, escuchar al Magisterio, etc. La necesidad de la formación
viene también pedida por la naturaleza del juicio de conciencia, dependiente,
como ninguno, de las disposiciones morales del sujeto; por en una actividad
moral, exige la rectitud de la voluntad: esta influye no solo en el conocimiento
moral , que no puede ser recto y bien formado si las disposiciones morales no
son rectas, porque en el conocimiento influyen las disposiciones corporales,
psicológicas y morales, sino también en el juicio práctico y moral, se
requieren las virtudes morales que inclinen a juzgar rectamente en el caso
concreto.
Esta formación nunca podrá darse por acabada pues
siempre es posible un mayor y mas exacto conocimiento de la voluntad de Dios y
caben también mas perfectas y mejores disposiciones morales.
Esta formación es, además, obligatoria: obliga por
el mismo título que lo hace el mandamiento "amarás al Señor con todo el
corazón" es decir, por la obligación de tender a la santidad. Sin una
conciencia cierta y verdadera, no es posible una vida recta. Y es difícil
hablar de rectitud moral, cuando se hace de la conciencia una válvula de escape
para la propia comodidad y justificación de los pecados personales.
Modo de conseguir la formación de la conciencia:
la rectitud del juicio de conciencia implica, el
conocimiento exacto de la ley y el saber aplicarlo a los actos singulares y
concretos. Y a esa doble finalidad ha de tender la recta formación de la
conciencia que en perfecta unidad y dependencia, deberá tener en cuenta:
a) el estudio amoroso de la verdad y de la ley de
Dios, contenida en la Sagrada Escritura y en la Tradición e interpretada auténticamente
por el Magisterio .
b) la disposición sincera y profunda de conocer y
seguir la verdad, facilitada por el vivir las virtudes naturales y
sobrenaturales; así se adquiere ese conocimiento sapiencial, como una
connaturalidad con lo bueno y recto.
c) en particular, la humildad y sinceridad para
pedir y seguir el consejo de aquellas personas prudentes que el Señor ha puesto
a nuestro lado.
d) la ayuda de la oración y de los Sacramentos, en
el caso de los cristianos.
38.5 Magisterio y Conciencia Personal
La conciencia no es la voz inmediata y sobrenatural
de Dios, ni es pura subjetividad y transparencia; por eso puede equivocarse. La
posibilidad de error de la conciencia -probada abiertamente por la propia
experiencia y por la Revelación- ( cfr. Rom, 14,23; I Cor 8,7; 10, 25-29) se
deduce del carácter mismo de la naturaleza humana caída y debilitada por el
pecado original, y de las dificultades, subjetivas unas -de la mente, de la
voluntad y de las pasiones- , y otras exteriores -influjo del ambiente etc.- en
su ejercicio. Por ello, resulta incorrecto afirmar que lo que dicta la
conciencia es siempre "verdadero.
Por encima de la propia conciencia esta el orden
objetivo, la ley de Dios. "La norma suprema de la vida humana -recuerda el
Concilio Vaticano II-, es la propia ley divina, eterna, objetiva y universal (
Decl. Dignitatis humanae, n ¼3) Por eso la conciencia, para ser regla autentica
de la moralidad, debe escuchar atentamente y transmitir con fidelidad los dictámenes
de la ley. Y a partir de esa ley, conocida por la razón y la fe, debe explicar,
para cada caso, el contenido moral de las acciones. A propósito de los
contraceptivos, Pablo VI hace la aplicación de esa doctrina explicando que el
uso de los contraceptivos es "intrínsecamente ilícito y ni aun por
razones gravísimas de un mayor bien humano es posible cohonestarloÓ( Humanae
Vitae n¼14). Y en relación con los actos propios de la vida conyugal, la
Declaración Persona Humana, acerca de ciertas cuestiones de ética sexual,
citando al Concilio Vaticano II (Gaudium et Spes n¼ 51), enseñav.que su bondad
moral no depende solamente de la sincera intención y apreciación de los
motivos, sino de criterios objetivos tomados de la naturaleza de la persona y de
sus actos, que guardan íntegro el sentido de la mutua entrega y de la humana
procreación, entretegidos con el amor verdadero.(n¼ 5)
De ahí que los intentos de construir una moral con
independencia del orden objetivo se opone ala doctrina de la fe, y de la ley de
Dios. Es el caso de la “Nueva moral”, o “Moral de situación”, de signo
protestante y hasta ateo en su forma mas radical.
La “ética de situación” condenada por Pio XII
en el 1952, vuelve a serlo en el 1956 por la Sagrada Congregación para a
doctrina de la Fe, como contraria a la verdad ( instrucción del Sto. Oficio,
2-XI- 1956 Dz 3918).
Por otro camino se llega también al rechazo del
orden moral objetivo: El de la “libertad de conciencia”. Se entiende como la
emancipación de la conciencia de cualquier norma extrínseca y autoridad
superior distinta del propio yo; la conciencia esta desligada de todo vínculo
y, por si misma y para si misma es ley. Según esta interpretación, solo la
conciencia es la norma de la verdad y de la bondad de los actos: estos son bueno
o malos porque así lo decide la conciencia; se niega el orden moral objetivo.
En su interpretación mas radical, por libertad de conciencia se quiere indicar
la negación de toda autoridad y norma, incluida la propia conciencia. Es el
amoralismo total. Seria decir que todo lo humano -instintos, tendencias,
pasiones-, por el hecho de darse y ser espontáneos, son buenos.
Estas interpretaciones han sido condenadas siempre
por la Iglesia, como contrarias a la verdad( cfr. Leon XIII, Enc. Libertas
Praestantisissimum Dz 3250). El hombre es libre y cuando Dios concurre con él,
tanto en el orden natural como sobrenatural, de ningún modo anula su libertad,
en efecto la cooperación que Dios pide al hombre en su condición de criatura
espiritual, ha de ser siempre libre y responsable. Ser libre no significa que el
hombre en su actividad no este sometido a preceptos y normas morales; negar esa
sujeción sería como afirmar que Dios no creo al hombre ni lo destinó al fin
sobrenatural: seria negar la existencia de Dios, sustituyéndola por el hombre
mismo, “mi conciencia”. La conciencia es libre físicamente -ausencia dé
coacción, de vínculos externos y físicos-, pero no moralmente - ausencia de
los vínculos morales de la ley de Dios-: “Dios llama a los hombres a servirle
en espíritu y verdad. Por este llamamiento quedan ellos obligados en
conciencia, pero no coaccionados” ( Decl. Dignitatis Humanae, n¼ 11). “Dios
ha querido que el hombre le busque según su conciencia y libre elección, es
decir, movido, guiado por convicción personal e interna, y no por un ciego
impulso interior u obligado por mera coacción externa”. (
Const. Gaudium et Spes n¼ 17).
En cambio, si es legítima la libertad de las
conciencias, de la que Pio XI dice que es “el derecho que tienen las almas a
procurarse el mayor bien espiritual bajo el Magisterio y la obra reformadora de
la Iglesia . . ., el derecho de las almas asi formadas a comunicar los tesoros
de la Redención a otras almas” ( Enc. Non abbiamo bisogno, 29-VI-1931; cfr.
Leon XIII, Enc. Libertas Paestantissimum Dz 3250). Por esta libertad “el
hombre tiene la obligación, y en consecuencia también el derecho, de buscar la
verdad en materia religiosa, a fin de que utilizando los medios adecuados,
llegue a formarse prudentemente juicios rectos verdaderos de conciencia” (
Decl. Dignitatis humanae, n¼3).
Los cristianos tienen _como afirma el concilio_ en
la iglesia y en su Magisterio una gran ayuda para la formación de la
conciencia: "Los cristianos, al formar su conciencia, deben atender con
diligencia a la doctrina cierta y sagrada de la Iglesia. Pues, por Voluntad de
Cristo, la Iglesia católica es maestra de la verdad y su misión es anunciar y
enseñar auténticamente la verdad, que es Cristo, y, al mismo tiempo, declarar
y confirmar con su autoridad los principios de orden moral que fluyen de la
misma naturaleza humana" (Decl. Dignitatis humanae, n¼ 14). Por tanto, la
autoridad de la Iglesia, que se pronuncia sobre las cuestiones morales, no
menoscaba de ningún modo la libertad "con respecto a" la verdad, sino
siempre y solo "en" la verdad, sino también porque el Magisterio no
presenta verdades ajenas a la conciencia cristiana, sino que manifiesta las
verdades que ya debería poseer, desarrollándolas a partir del acto originario
de la fe. La Iglesia se pone sólo y siempre al servicio de la conciencia,
ayudándola a no ser zarandeada aquí y allá por cualquier viento de doctrina
según el engaño de los hombres (cf Ef 4,14), a no desviarse de la verdad sobre
el bien del hombre, sino a alcanzar con seguridad, especialmente en las
cuestiones más difíciles, la verdad y a mantenerse en ella.
38.6 Conciencia y prudencia
Para entender mejor la relación existente entre la
conciencia y la prudencia, haremos referencia también a las relaciones que se
dan entre conciencia, sindéresis y ciencia moral.
La sindéresis designa tradicionalmente el hábito
de los principios morales, o primeras y más ricas verdades acerca del hombre y
su obrar moral, captados intuitivamente -al menos por connaturalidad, en quien
busca obrar rectamente- y que le dan la sagacidad para descubrir todas las
facetas del bien en su atractivo propio, inclinándole así a amarlo.
La luz de la sindéresis se explicita y complementa
por los hábitos de la ciencia moral y la prudencia: basados en la experiencia,
el ejemplo de los demás, la lectura y el estudio, las enseñanzas de padres y
maestros, etc., adquirimos el hábito de la ciencia moral o conocimiento de las
principales verdades sobre el bien del hombre y su conducta (la formulación
explícita y fundación de los primeros principios ...,); este conocimiento que
da la ciencia es sobre todo especulativo, en el sentido de que, aún haciéndonos
saber qué es el bien y qué es el mal, no incluye de suyo -aunque favorezca el
adquirirla- la energía necesaria para aplicar ese conocimiento a la propia
vida, fruto más bien de las disposiciones morales; la virtud de la prudencia
es, en cambio, un hábito a la vez especulativo y práctico, precisamente en
cuanto implica y contiene esa connaturalidad con el bien propio de la entera
rectitud personal ( por eso, no hay prudencia sin la posesión de las virtudes
morales): mueve a emitir juicios exactos y precisos sobre el bien y el mal
-sostenida por las restantes virtudes morales-, mediante el discernimiento de la
verdad universal en nuestros actos singulares y concretos, lo que aquí y ahora
debo hacer o evitar.
La conciencia moral es el juicio concreto que la
persona emite a la luz de la sindéresis, sobre el acto singular, juicio que es
facilitado por los hábitos de ciencia y prudencia. La prudencia, inclinando a
juzgar rectamente la moralidad de las propias acciones, hace habitualmente
certero el juicio de conciencia.
Es
una gentileza de http://www.servicato.com
para la
BIBLIOTECA BÁSICA DEL CRISTIANO