PASTORAL, ACTIVIDAD
1. Noción. Se entiende por a. p., praxis p., labor p., etc., la actividad
oficial pública de los ministros sagrados -precisamente en cuanto tales- para
facilitar a los demás fieles los medios sobrenaturales confiados por Cristo a la
Iglesia y para ayudarles con su servicio ministerial en el cumplimiento de los
derechos y deberes propios de la condición de cristianos.
Es preciso, ante todo, establecer de modo nítido la distinción entre p.
-que compete sólo a los ministros sagrados, y también a algunos laicos que
colaboren con ellos en virtud de una misión canónica libremente aceptada- y
apostolado (v.), o participación de todos los fieles en la misión única de la
Iglesia (v. LAICOS). La confusión de estas dos esferas -no diversas, pero sí
distintas- llevaría al paradójico resultado de que, con una visión evidentemente
desenfocada, la vida cristiana y el apostolado de los fieles quedasen reducidos
a su inserción dentro de organizaciones oficiales eclesiásticas.
La diferencia -esencial, no sólo de grado, fundada en el sacramento del
Orden (v.)- entre sacerdocio ministerial o jerárquico y sacerdocio común de
todos los fieles, desemboca prácticamente en una distinción de funciones o
tareas que competen a cada uno dentro de la misión de la Iglesia: del mismo modo
que el sacerdocio común y el sacerdocio ministerial se exigen mutuamente, así
también la actividad de uno quedaría incompleta sin la del otro (v. IGLESIA III,
3-4). Por eso, puede afirmarse que la p. es la forma de apostolado específica de
los ministros sagrados; pero sería por lo menos equívoco decir que toda la
acción de los fieles en la Iglesia se encuentra dentro de la p. o pertenece a
ella (v. APOSTOLADO).
Por exigencias de brevedad, dejaremos de lado la posible participación de
laicos (v.) -fundada en una capacidad: no en un derecho, ni en un deber- en la
tarea p. propia de los ministros sagrados. Trataremos, pues, de la p. cuando es
una actividad cuyo desempeño corresponde a los ministros de la Iglesia, Obispos
(v.), presbíteros (v.) y diáconos (v.).
2. El sacerdote y la actividad pastoral. Ha de tenerse presente también
otro hecho: la p. es una manifestación de la función ministerial propia del
sacerdote. No puede, por tanto, separase de la consagración sacramental, ni de
las demás exigencias que dimanan de la condición del ministro sagrado: no
conduciría a ningún resultado considerar la p: en sí misma, prescindiendo,
aunque fuera sólo por exigencias de método, de la persona que la realiza -el
sacerdote ordenado- y de la integridad de la función que ha de desempeñar. Según
la vigorosa descripción de S. Pablo (Hebr. 5,1 ss.), el sacerdote recibe una
consagración ontológica, que le constituye en mediador, con una mediación a la
vez ascendente -hacia Dios: y éste es el aspecto más importante- y descendente
-en favor de los hombres-; la p. es una faceta de la mediación y sólo puede
entenderse si se contempla ésta en toda su integridad. De esta consideración se
desprende lógicamente una serie de consecuencias, de las que nos limitamos a
apuntar solamente algunas.
En primer lugar, que la eficacia de la p. radica ante todo en la
consagración sacerdotal y en el poder que ésta confiere de realizar determinadas
acciones en nombre y representación de Jesucristo: in persona Christi (v.
SACRAMENTOS; MISA; PREDICACIÓN; etc.).
En segundo lugar, que aunque la función del ministro es instrumental y
aunque los sacramentos obran ex opere operato, como regla ordinaria Dios realiza
su acción en las almas sirviéndose de la cooperación dócil de quienes, en medio
de las debilidades inherentes a la condición humana, buscan sinceramente la
santidad (cfr. Vaticano 11, Decr. Presbyterorum Ordinis, 12; VA. SANTIDAD IV).
Por eso, en su conmovedora despedida a los presbíteros de 1;feso, S. Pablo les
exhorta: «Mirad por vosotros mismos y por toda la grey, en medio de la cual el
Espíritu Santo os puso por obispos para ser pastores de la Iglesia de Dios, que
Él hizo suya con su propia sangre» (Act 20,28): la santidad es condición
normalmente imprescindible para la eficacia del ministerio e impulso, además,
para un trabajo p. continuo e infatigable (cfr., p. ej., S. Juan Crisóstomo, De
sacerdotio, 11,1,2; S. Gregorio M., Reg. past. liber, I,5).
La conciencia de su instrumentalidad llevará también al ministro sagrado a
respetar delicadamente la acción de Dios en las almas, procurando ayudarlas para
que, dentro de la fundamental unidad de la doctrina de Jesucristo, cada una sepa
descubrir el camino específico y rico de matices por donde el Señor quiere que
vaya: la consideración de la comunidad (v.) cristiana en sus diversos niveles
pecaría de unilateral si prescindiera de la intransferible individualidad de
cada alma. «Spiritus ubi vult spirat» (lo 3,8), palabras que se aplican tanto a
la vida colectiva de la Iglesia como a cada uno de sus miembros en particular.
La vida cristiana goza de un legítimo campo de autonomía (v.) personal, en el
que se da una gran variedad de vocaciones (v.) que debe respetarse con
delicadeza: «toda labor sacerdotal debe llevarse a cabo dentro del mayor respeto
a la legítima libertad de las conciencias: cada hombre debe libremente responder
a Dios. Por lo demás, todo católico, además de esa ayuda del sacerdote, tiene
también luces propias que recibe de Dios, gracia de estado para llevar adelante
la misión específica que, como hombre y como cristiano, ha recibido» (J. Escrivá
de Balaguer, o. c. en bibl., 59). Una auténtica labor pastoral, que se ponga
verdaderamente al servicio de la acción de Dios, «requiere el don sobrenatural
del discernimiento de espíritus, la sensibilidad para las cosas de Dios, la
humildad de no imponer las propias preferencias y de servir a lo que Dios
promueve en las almas. En una palabra: el amor a la legítima libertad de los
hijos de Dios, que encuentran a Cristo y son hechos portadores de Cristo,
recorriendo caminos entre sí muy diversos, pero todos igualmente divinos» (ib.).
3. La pastoral y los derechos de los fieles. El ministro sagrado es, pues,
canal por el que pasa la acción de Dios y llega hasta sus destinatarios. Función
del sacerdote será, por tanto, procurar que ese canal deje correr las aguas
abundantes y sin contaminación, para que puedan aprovecharse de ellas todos los
fieles.
Aquí hay que señalar un nuevo matiz del tema: el deber del sacerdote -su
función de servicio- responde al derecho que tienen todos los fieles de recibir
abundantemente de los sagrados Pastores los auxilios espirituales de la Iglesia,
especialmente la predicación de la palabra de Dios y los sacramentos (cfr.
Vaticano II, Const. Lumen gentium, 37). Esta afirmación, rica en consecuencias
también de carácter jurídico, lleva a puntualizar que la p. es un derecho-deber
de los ministros sagrados, cuyo contenido queda delimitado, de una parte, por su
carácter instrumental al servicio de la acción de Dios; y, de otra, por el
derecho que asiste a todos los fieles, tanto individualmente como asociados con
otros, de obtener con abundancia esos auxilios, con un respeto exquisito de su
libertad y de los carismas que pueden haber recibido del Espíritu Santo.
Sería, por tanto, un atentado contra este derecho -un abuso de la función
por parte del sacerdote- que, en aras de un exagerado sentido comunitario, se
difiera el Bautismo de los niños, contra la tradición y enseñanza continua del
Magisterio; o que se tratara de imponer arbitrariamente a los fieles un modo
determinado y exclusivo de recibir esos auxilios. Por citar un solo ejemplo, el
hecho -real, por otra parte- de que la parroquia (v.) es una comunidad, no puede
llegar hasta el extremo de que la parroquia se conciba como dotada de un derecho
de exclusiva en lo que se refiere a la atención p. de los fieles. No se ha de
perder de vista que, de una parte, la parroquia es un elemento dentro de la
estructura organizativa eclesiástica, al que, por exigencias de orden -transcripción
en los libros de registro, etc- se reserva normalmente el Bautismo, el
Matrimonio y las Exequias; pero por otra parte, y sobre todo, la parroquia es un
lugar facultativo, al que los fieles pueden acudir, si lo desean, para
participar en el culto, recibir los sacramentos y oír la predicación de la
palabra de Dios, sin que tengan ninguna obligación de hacerlo, ya que todos son
libres de elegir otros lugares que estimen más convenientes en razón de sus
personales necesidades o preferencias.
El mismo hecho de que el contenido de la p. esté delimitado por la acción
de Dios y los derechos de los fieles tiene también como consecuencia que el
ministro sagrado ha de transmitir el mensaje salvífico y los auxilios
espirituales tal como han sido queridos e instituidos por Jesucristo. Es
evidente que las enseñanzas de los sagrados Pastores deben acomodarse a la
capacidad y circunstancias de los oyentes (cfr. Catecismo para los párrocos del
Santo Concilio de Trento, prólogo, 11), pero sin que esto supong< menoscabo o
deformación de la integridad de la doctrina: no es la Revelación la que debe
acomodarse a los tiempos, sino que son los hombres quienes han de responder al
mensaje de Jesucristo, lleno de exigencias a veces en contraste con el medio
ambiente, pero siempre perenne e inmutable. Por eso, será laudable el intento de
presentar la palabra de Dios, siempre viva y eficaz (cfr. Hebr 4,12), de modo
que sea captada en toda su belleza y riqueza de contenido, con tal que esto no
lleve a dulcificar o pasar bajo silencio posibles asperezas o exigencias que se
estimen en contraste con una presunta mentalidad de los «tiempos actuales».
4. La pastoral en la historia. Las características anteriormente señaladas
aparecen de modo manifiesto a lo largo de la historia de la Iglesia, de la que
aquí hemos de limitarnos a apuntar algunos rasgos esenciales.
Siguiendo el ejemplo de Jesucristo, los Apóstoles (v.) difundieron
incansablemente el mensaje evangélico, en cumplimiento del mandato del Señor de
enseñar mediante la predicación, bautizar y administrar los demás sacramentos y
dirigir a los fieles en el cumplimiento de la doctrina cristiana.
Como ya les había sido anunciado por el Señor (cfr. lo 15,18 ss.; 16,1 ss.),
experimentaron desde el primer momento la contradicción, pero esto no impidió
que expusieran la fe en toda su integridad, aun en los casos en que podía
provocar una reacción de escándalo e incluso de persecución (cfr., p. ej., Act
4,18; 5,19; 7,1 ss.; 1 Cor 1,18-25). A la vez, se sintieron siempre instrumentos
en las manos de Dios, de quien proviene toda la eficacia en la labor p. (cfr. 1
Cor 3,6-7), siguiendo las huellas de Jesucristo, Buen Pastor (v.), que da la
vida por sus ovejas (cfr. lo 10,11; 2 Cor 12,15; Col 1,24; 2 Tim 3,11).
En todo momento ocupa un lugar central la reunión de los fieles para
asistir al Santo Sacrificio de la Misa y a la predicación. Los escritos de los
Padres (v.) contienen abundante material donde se recogen sus enseñanzas y su
modo de proceder. Especial importancia tiene también la preparación de los
catecúmenos (v.) en la época en que estaba generalizado el bautismo de adultos,
pues adultos eran los conversos; los numerosos textos que han llegado hasta
nosotros permiten ver cómo eran instruidos en la fey en las exigencias de la
vida cristiana (VA. CATEQUESIS; MISIONES).
Otro aspecto que no puede dejar de tenerse en cuenta es la intensa
actividad conciliar que a lo largo de los siglos ha tenido lugar en la Iglesia:
los 21 Concilios (v.) ecuménicos hasta ahora celebrados -si exceptuamos el
Vaticano I, que hubo de interrumpirse antes de terminar sus trabajos- destacan
por su carácter eminentemente pastoral. Desde luego, no queremos decir con esto
que la fijación del dogma sea ajena a la p. -por el contrario, es parte
fundamental de la misma-, sino sólo que la mayor parte de los documentos -en los
Concilios tanto ecuménicos como particulares- ha tenido por objetivo inmediato
la solución concreta de cuestiones relativas a la vida cristiana de los
ministros sagrados y de los demás fieles. Entre todos merece destacarse el Conc.
de Trento (v.), con sus decretos tanto dogmáticos como de ref ormatione, cuyas
enseñanzas fueron más tarde recogidas y sistematizadas en el conocido Catecismo
para los párrocos.
En esta rápida visión no podemos tampoco dejar de mencionar el trabajo de
síntesis de la escolástica (v.), la influencia personal de muchas almas santas y
la actividad del Magisterio (v.) ordinario, en el que cabe destacar los
documentos pontificios sobre el sacerdocio que se han ido promulgando a lo largo
del s. XX.
5. El método de pastoral. Presuponiendo lo anteriormente expuesto sobre la
unidad de la mediación sacerdotal, de la que la actividad p. es sólo una faceta,
parece lógico preguntarse cuál es el método más conveniente para su eficaz
ejercicio y para su mejor coordinación.
a) En lo que se refiere al ejercicio, cabe distinguir diversos aspectos,
dentro de la unidad sustancial del ministerium verbi et sácramentorum. En la p.
litúrgica -que es, ante todo, culto a Dios (v. LITURGIA)-, ha de ocupar el
primer lugar la celebración del Santo Sacrificio de la Misa (v.), que nunca es
una acción privada, sino acto de Cristo y de toda la Iglesia, por pequeño que
sea el número de fieles que asisten (cfr. Pablo VI, enc. Mysterium fide¡): el
Sacrificio Eucarístico es, por eso, fuente de la cual brota la caridad pastoral,
y ha de considerarse centro y raíz de toda la vida del sacerdote y también de
los demás fieles (cfr. Decr. Presbyterorum Ordinis, 5 y 14). Gran parte de la
actividad del sacerdote debe asimismo dedicarse a la administración del
sacramento de la Penitencia (v.) que, además de perdonar los pecados en nombre
de Dios, es también medio eficacísimo para ayudar a formar la conciencia de los
fieles y para impartir la dirección espiritual (v.). En la administración de los
demás sacramentos, las normas litúrgicas actuales prevén la conveniencia de
aprovechar esa ocasión para adoctrinar a los fieles y mover sus ánimos. Esta
posibilidad, que siempre ha existido en la liturgia, incluso bajo la forma de
las. moniciones -p. ej., la que precede al rezo del Pater noster en la Santa
Misa- parece particularmente indicada en aquellas ceremonias en las que, por
realizarse con frecuencia relativamente escasa, resulta conveniente instruir a
los fieles sobre el significado de los diversos ritos: sirvan de ejemplo la
ordenación sacerdotal o la consagración episcopal, etc. (v. t. PARTICIPACIÓN IV).
Junto con el ministerio de los sacramentos, e inseparablemente unidas a
él, se encuentran las diversas formas de predicación de la palabra de Dios (v.
PREDICACIÓN; HOMILÉTICA; CATEQUESIS; MISIONES Y MISIONOLOGIA; ENCfCLICA; CARTA
PASTORAL).
Finalmente, parte de la función p. es dirigir o gobernar espiritualmente a
los fieles por quienes están constituidos en autoridad eclesiástica. Sobre este
punto puede señalarse aspecto, que requeriría sin duda un desarrollo más
detallado: los Pastores tienen el derecho-deber de gobernar bien, al que
corresponde por parte de los demás fieles un derecho a ser bien gobernados, con
la necesaria firmeza y con respeto a la legítima libertad, es decir, de defender
el depósito de la Revelación y la recta doctrina sobre las costumbres, empleando
los medios más adecuados (v. IGLESIA III, 6; OBISPO; JERARQUÍA ECLESIÁSTICA).
b) En lo que se refiere a la coordinación, hay que tener en cuenta que
toda actividad p. debe vivirse en comunión y bajo la dependencia del Romano
Pontífice (v. PAPA) y del respectivo Ordinario.
Evidentemente, sería contrario al querer de Dios que, confiando sólo en la
acción del Espíritu Santo, la Iglesia renunciase a poner por su parte los medios
necesarios para cumplir su misión espiritual en la tierra, también en lo que se
refiere a la organización y a las formas de ejercer la tarea p. propia de la
jerarquía, de la manera más adecuada a las diversas circunstancias.
No deben, sin embargo, llevar al extremo opuesto estas consideraciones:
sería igualmente erróneo -significaría la pérdida de todo sentido sobrenatural-
cualquier esfuerzo que tendiese sólo a programar, a coordinar y a organizar, sin
tener en cuenta que, por encima de toda planificación humana, esa tarea la
realiza en primer lugar el Espíritu Santo -que obra en toda la Iglesia, pero
también en cada alma-, que reparte sus dones a cada uno según quiere (cfr. 1 Cor
12,11); esa pretensión ha llevado, en algunas realizaciones desviadas de la
pastoral de conjunto, a la creación de monopolios inexistentes -con grave
detrimento de la libertad-, y tendería a sofocar la acción del Espiritu Santo,
pensando poder prever y encauzar en todos sus detalles los designios salvíficos
y la acción santificadora de Dios (v., p. ej., ASOCIACIONES V).
De otra parte, parece que hoy en día se asiste en ocasiones a un
inflacionismo organizativo -multiplicación innecesaria de estructuras a diversos
niveles- que, entre otras consecuencias, absorben a muchos eclesiásticos un
tiempo que podría dedicarse a la labor propiamente pastoral y dificultan en
ocasiones el cumplimiento del deber de residencia, establecido por la
legislación canónica.
Por eso, es necesario que todo planteamiento de la p. tenga siempre en
cuenta su carácter exclusivamente sobrenatural y espiritual: de ahí derivará una
primacía de los medios sobrenaturales y un delicado respeto a los derechos de
los fieles, que les confieren una esfera de inalienable libertad para que
personalmente puedan responder a las mociones de la gracia (v.).
V. t.: IGLESIA 111, 6; TEOLOGÍA PASTORAL.
BIBL.: Para los documentos recientes del Magisterio sobre el sacerdocio, cfr. Los sacerdotes, Madrid 1971. Sobre los distintos aspectos del tema: J. ESCRIVÁ DE BALAGUER, Conversaciones, 9 ed. Madrid 1973; J. L. GUTIÉRREZ, I diritti dei christifideles e il principio di sussidiarietá, en «Atti del Congresso Internazionale di Diritto Canonico», Milán 1972, vol. 11,785 ss.; G. HERRANZ, Il sacerdote e la missione specifica dei laici, Milán 1969; P. LOMBARDíA, Los laicos en el derecho de la Iglesia, «Ius Cánonicum», 6 (1966) 339 ss.; ID, Relevancia de los carismas personales en el ordenamiento canónico, íb. 9 (1969) 101 ss.; Á. DEL PORTILLO, Dinamicitá e funzionalitá delle strutture pastoral¡, en La collegialitá episcopale per il futuro della Chiesa, Florencia 1969, 161 ss.; íD, Fieles y laicos en la Iglesia, Pamplona 1969; íD, Escritos sobre el sacerdocio, Madrid 1970; J. SAUVAGE, La formazione pastorale dei seminaristi e dei sacerdote, en La collegialitá..., o. c. 388 ss.; R. SPIAZZI, La formazione pastorale, «Seminarium», 18 (1966) 369 ss.; VARIOS, Los Presbíteros: ministerio y vida, Madrid 1969; V. CASTELLANO, El fenómeno del asambleísmo eclesiástico, «Palabra», no 90, Madrid febrero 1973, 13 ss.; J. LARREA, Principio de subsidiaridad en la Iglesia y Pastoral de conjunto, íb. 32 ss.; VARIOS,Pastoral, derecho y organización (III Simposio del Instituto Martín de Azpilcueta), en «Ius Canonicum» XIII, n° 26, Pamplona jul.-dic. 1973.
J. L. GUTIÉRREZ GÓMEZ.
Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991