HAMMURABI


Sexto rey de la 1 dinastía de Babilonia (v.) que reinó de 1729 a 1686. a. C. Esta dinastía había sido fundada por Sumu-abum en 1830 a. C. y se mantuvo hasta 1531. Al subir al trono, H. sólo poseía la ciudad de Babiloniay algunos territorios en torno. Poco antes, Rim-sin, rey de Larsa, había conquistado la ciudad de Isin poniendo fin a la dinastía allí reinante. La parte norte de Mesopotamia estaba en poder de Samsi-abad de Asiria, cuya muerte coincide con el a. 11 de H. Este rey, en sus primeros años, vivió en paz con sus poderosos vecinos y con Zimrilin de Mari, tratando de abrirse paso hacia el E por medio de expediciones contra el Elam y la ciudad de Esnunna; a la muerte de Samsi-abad pudo obtener algunos territorios al N, derrotando una coalición de enemigos entre los que figuraban Elam y Asiria, donde a la sazón reinaba Isme-dagan (1700 a. C.). Inmediatamente se vuelve contra su antiguo aliado Rim-sin de Larsa, que a sus 80 años no pudo resistir al babilonio. Así quedaba unificada toda la región. En 1695 logró destruir a Mari y poco después a Esnunna, alcanzando Asiria, donde obligó a Isme-dagan a refugiarse en las montañas. Se sabe muy poco de los pormenores de estas guerras, porque el archivo de Mari, fuente principal, no habla de ellas. H. sólo ha dejado noticias del final de su reinado al proclamarse soberano de las cuatro partes del mundo desde el Elam hasta el golfo Pérsico y desde Asiria hasta Sumer.
     
      Característica importante de la política de H. fue el establecimiento de guarniciones en distintos puntos, para impedir las incursion-s de los nómadas en la tierra fértil. Lo que ha dado a H. fama definitiva ha sido el Código que lleva su nombre. Con ello continuaba una tradición venerable en Mesopotamia que se remonta, en el estado actual de nuestros conocimientos, hasta Ur-Nammu, rey de la 111 dinastía de Ur (2064-2046). A este rey se debe el primer Código conocido redactado en sumerio. Se conoce otra colección posterior de leyes procedentes de TellHarmal (Esnunna) y redactadas en acadio, con el nombre de Bilalama, de fecha incierta, que suele situarse en torno a 1920 a. C. El tercero es un Código que lleva en nombre de Lipit-Istar de Isin que reinó de 1875 a 1864.
     
      El Código de H. continúa esta tradición legislativa con una colección de unas 200 leyes destinadas al uso de jueces encargados de hacerlas cumplir. Se escribió en tabletas y se grabó en piedra para colocarlo en lugares públicos. Una de estas estelas fue llevada a Susa y descubierta siglos después por una Misión francesa. La estela fue mutilada para grabar una inscripción victoriosa, que nunca llegó a escribirse, pero conocemos parte de las leyes borradas, por haberse encontrado en tabletas de arcilla. Debajo está grabado el Código, que se inicia con un prólogo en el cual el rey da los motivos que le movieron a legislar. Lo hace para desterrar el mal y la injusticia de entre sus «cabezas negras». Las penas son muy duras, aplicándose la pena de muerte incluso para el robo, falsas inculpaciones o adulterio; pena que se aplica en las formas más ejemplares (cremación, empalamiento, inmersión). A diferencia de los códigos anteriores se aplica la ley del Talión, así como las mutilaciones, azotes (raramente) y las penas pecuniarias. Se observa un endurecimiento de los castigos si lo comparamos con el Código de Bilalama, lo que hace suponer que los tiempos revueltos exigían medios más expeditivos.
     
      La posición de la mujer, en el Código de H., no es igual a la del hombre, pero goza de derechos superiores a los que le otorgan algunos pueblos orientales.. Se protege a los insolventes. El interés admitido llega al 30%. La propiedad de la tierra revela un aumento de la propiedad privada si se la compara con la época neosumeria, en la cual los templos y la realeza poseían su mayor parte. La sociedad se divide en tres clases principales: hombres libres, esclavos y muskenum (clase intermedia) protegidos por la ley. Se tiene noticia de que este Código se aplicó en la medida de lo humanamente posible, gracias a las numerosas cartas conservadas de H., que tratan de múltiples casos particulares, de las que se conservan unas 150 a dos de sus gobernadores en Babilonia, y un número mayor a su ministro Awil-ninurta, que ilustran sobre la práctica administrativa de la cancillería real. Las cartas tienen generalmente un estilo impersonal y revelan el cuidado que puso H. en el gobierno de las ciudades conquistadas. la Política religiosa de H. supone la ascensión de Marduk a suprema divinidad, dios que concede toda soberanía y que, a partir de entonces, fue el eje de la teología política mesopotámica.
     
     

BIBL.: W. F. VON SODEN, Herrscher ¡ni Alten Orient, Berlín 1954, 45-58; F. M. T. BóHL, King Hammurabi ol Babylon in the Setting ol his Time, Amsterdam 1946; F. CH. JEAN, Les lettres de Hammurabi á Sin-idinnam, París 1913; H. CASTRO DASSEN y OTROS, Código de Hammurabi, Buenos Aires 1966.

 

F. PRESEDO VELO.

Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991