II. Parte doctrinal:
Dos naturalezas y una Persona en Cristo.


1. Pedro ha hablado por boca de León.

 

18. La carta cristológica del Papa San León Mgano, leída en sesión.

Pero vengamos ya al punto principal de toda la cuestión, es decir, a la solemne definición de la fe católica, con la cual fue rechazado y condenado el pernicioso error de Eutiques.

En la cuarta sesión del sacro Sínodo, pidieron los representantes imperiales que se compusiese una nueva fórmula de fe; pero el Legado Pontificio Pascasino, interpretando el sentir de todos, respondió que no era necesario, bastando los símbolos de la fe y los cánones ya en uso en la Iglesia, entre los que hay que contar primeramente la Carta de León a Flaviano: Luego en tercer lugar (esto, es, después de los Símbolos Niceno y Constantinopolitano y de su exposición hecha por Cirilo en el Concilio Efesino) los escritos enviados por el Beatísimo y Apostólico León, Papa de la Iglesia Universal, contra tu herejía de Nestorio y de Eutiques, ya han indicado cuál es la verdadera fe. De igual manera el Santo Concilio tiene y sigue la misma fe (13).

Conviene recordar aquí que esta importantísima Carta de San León a Flaviano, acerca de la Encarnación del Verbo, fue leída en la tercera sesión del Concilio, y apenas calló la voz del lector, todos los Padres gritaron unánimemente: Esta es la fe de los Padres, ésta la fe de los Apóstoles. Todos creemos así, los ortodoxos creen así. Sea excomulgado quien no cree así. Pedro ha hablado por boca de León (14).

 

19. Asentimiento unánime y nueva fórmula de fe.

Después de esto, con pleno consentimiento, todos dijeron que el documento del Romano Pontífice concordaba perfectamente con los Símbolos Niceno y Constantinopolitano. Con todo en la quinta sesión sinodal por la insistencia de los representantes de Marciano y del Senado, fue preparada una nueva fórmula de la fe por un Consejo escogido de Obispos de varias regiones, que se reunieron en el oratorio de la basílica de Santa Eufemia. Está compuesta de un prólogo, del Símbolo Niceno y del Constantinopolitano, promulgado entonces por primera vez, y de la solemne condenación del error eutiquiano. Tal fórmula fue aprobada por los Padres del Concilio con unánime consentimiento.

 

20. San León refuta a Eutiques y Nestorio.

Creemos ahora que haremos una cosa digna, Venerables Hermanos, si nos detenemos un poco en explicar el documento del Romano Pontífice que reivindica la fe católica. Ante todo contra Eutiques que andaba diciendo: Confieso que el Señor tenía dos naturalezas antes de la unión; y en cambio después de la unión, una sola naturaleza (15), y no sin indignación contrapone así el Santísimo Pontífice la luz de la refulgente verdad: Me maravillo que fórmula tan absurda y tan perversa no haya sido reprobada por alguna protesta de los jueces...; mientras es igualmente impío decir que en el Hijo Unigénito de Dios Haya dos naturalezas antes de la Encarnación, como admitir en El una sola naturaleza después de la Encarnación (16). Ni con menor energía hiere a Nestorio que va al exceso contrario: En fuerza de esta unidad de persona que debe admitirse en las dos naturalezas, se lee que el Hijo de Dios tomó carne de la Virgen, de la que nació. Y todavía se dice que el Hijo de Dios ha sido crucificado y sepultado, mientras El ha sufrido todas estas cosas, no en la divinidad misma, sino en la débil naturaleza humana. De ahí que todos profesamos también en el Símbolo que el Unigénito Hijo de Dios fue crucificado y sepultado (17).

 

21. Distinción de las propiedades y operaciones de ambas naturalezas atribuidas a la única Persona.

Además de la distinción de las dos naturalezas en Cristo, San León reivindica también con mucha claridad la distinción de las propiedades y operaciones de una y otra naturaleza: Salva pues, dice él, la propiedad de una y otra naturaleza, que confluyen en una única persona, fue asumida la humildad por la majestad, la debilidad por la fuerza, la mortalidad por la eternidad (18). Y de nuevo: Porque una y otra naturaleza conserva sin perder nada de su propiedad (19).

Sin embargo, la doble serie de las propiedades y de las operaciones se atribuyen a la única Persona, porque Uno y el mismo es verdaderamente el Hijo de Dios y verdaderamente el Hijo del hombre (20). De donde: Obra en efecto una y otra naturaleza con mutua comunicación lo que le es propio, esto es, el Verbo obra lo que es propio del Verbo y la carne sigue lo que es propio de la carne (21). Aquí aparece la tan conocida comunicación de idiomas, como suele decirse, que Cirilo justamente defendió contra Nestorio apoyándose en el sólido principio de que las dos naturalezas de Cristo subsisten en la única Persona del Verbo; del Verbo, se entiende, engendrado del Padre antes de todos los siglos, según la Divinidad y nacido de María en el tiempo según la humanidad.

 

2. La definición de Calcedonia.

 

22. El texto histórico.

Esta profunda doctrina sacada del Evangelio, sin negar lo que fue definido en el Concilio Efesino, condenó a Eutiques, sin perdonar a Nestorio, y con ella concuerda perfectamente la definición dogmática del Concilio Calcedonense, que en el mismo sentido afirma con claridad y energía dos distintas naturalezas y una persona en Cristo con estas palabras: (El Santo Sínodo) condena también a aquellos que fantasean de dos naturalezas en el Señor antes de la unión. Nos, pues, siguiendo las huellas de los Santos Padres, enseñamos, con pleno acuerdo, a confesar un solo y mismo Hijo y Señor nuestro Jesucristo, el mismo perfecto en la divinidad y perfecto en la humanidad, Dios verdadero y hombre verdadero, compuesto de alma y cuerpo; consubstancial con el Padre según la divinidad, consubstancial con nosotros según la humanidad; semejante a nosotros en todo fuera del pecado; engendrado del Padre antes de los siglos según la divinidad, de María, Madre de Dios, según la humanidad, en los últimos tiempos por nosotros y por nuestra salvación, un solo y mismo Hijo, Señor, Unigénito que debe reconocerse en dos naturalezas sin confusión, sin mutación, sin división, sin separación, sin quitar de ninguna manera la diferencia de las naturalezas por razón de la unión, y más aún salvando la propiedad de una y otra naturaleza que concurre en una sola persona y subsistencia: no en dos personas partido y dividido, sino en un solo y mismo Hijo y Unigénito Dios Verbo, Señor, Jesucristo (22).

 

3. Claridad y precisión de términos

 

23. Los términos precisos de Calcedonia completan los de Efeso.

Y si se pregunta por qué motivo el lenguaje del Concilio de Calcedonia se tan claro y tan eficaz en impugnar el error, creemos que eso depende de que, quitada toda ambigüedad, se usan en él términos muy apropiados. En efecto, en la definición Calcedonense a las palabras persona e hipóstases ( prósopon - hipóstasis) se atribuye el mismo significado; al contrario al término naturaleza (fysis) se da un sentido diverso y nunca su significado se da a los dos primeros.

Por tanto, sin razón pensaban los Nestorianos y Eutiquianos, como también dicen ahora algunos historiadores, que el Concilio de Calcedonia corrigió lo que estaba definido en el Concilio de Éfeso. Todo lo contrario, puesto que el uno completa al otro; pero de tal forma que la síntesis armónica de la doctrina cristológica fundamental aparece más vigorosamente en el segundo y en el tercer Concilio de Constantinopla.

 

24. La equivocación de los Monofisitas.

Es doloroso que algunos antiguos adversarios del Concilio Calcedonense, que se dicen también Monofisitas, hayan rechazado una doctrina tan pura, tan sincera e íntegra por haber entendido mal algunas expresiones de los antiguos. En efecto, aun siendo contrarios a Etiques, que hablaba absurdamente de mezclas de naturalezas de Cristo, sin embargo defendían tenazmente la conocida fórmula: Una es la naturaleza del Verbo encarnado, de la que se había servido San Cirilo Alejandrino, como dicho de San Atanasio, pero en sentido ortodoxo, porque él entendía la naturaleza en el significado de persona.

 

25. Se distinguen claramente los términos que se emplean.

Sin embargo los Padres de Calcedonia, habían eliminado todo equívoco y toda incertidumbre de aquellos términos, porque equiparando la terminología trinitaria con la cristológica, identificaron la naturaleza y la esencia (usía) por una parte, y la persona y la hipóstasis por la otra, distinguiendo bien entre sí las dos parejas de términos; mientras que los dichos disidentes identificaban la naturaleza con la persona, pero no con la esencia. Por eso debe decirse, según el lenguaje común y claro, que en Dios hay una naturaleza y tres personas, y en Cristo en cambio hay una Persona y dos naturalezas.

 

26. La diferencia de algunos grupos disidentes es más de forma que de fondo.

Por dicho motivo sucede que aún hoy algunos grupos disidentes esparcidos por Egipto, Etiopía, Siria, Armenia y en otras partes, al formular la doctrina de la Encarnación del Señor parecen desviarse del recto sentido más bien con las palabras, como se puede argüir de sus documentos litúrgicos y teológicos.

Por lo demás ya en el siglo XII, un hombre, que entre Armenios gozaba de gran autoridad, confesaba cándidamente su pensamiento respecto a esta materia: Nosotros decimos que Cristo es una naturaleza no por confusión a la manera de Eutiques, ni por mutilación como quería Apolinar, sino según la mente de Cirilo de Alejandría, el cual en el Libro "Scholiorum adversus Nestorium" dice: Una es la naturaleza del Verbo encarnado, como lo han enseñado los Padres...Y también nosotros hemos aprendido de la tradición de los Santos, no introduciendo en la unión de Cristo confusión o mutación o alteración según el pensamiento de los heterodoxos, afirmando una naturaleza, pero en el sentido de hipóstasis, que vosotros mismos ponéis en Cristo; lo cual es justo y nosotros lo reconocemos, y equivale perfectamente a nuestra fórmula: "Una naturaleza...". Ni rehusamos decir "dos naturalezas", pero con tal de que no se entienda por vía de división, como quiere Nestorio, sino se mantenga clara la no confusión contra Eutiques y Apolinar (23).

 

27. El gozo por la unión y el dolor por la separación, basada en un equívoco.

Si el gozo y la alegría llegan al extremo cuando se realiza la palabra del Salmo: Oh cuán buena y cuán dulce cosa es el vivir los hermanos en mutua unión (24); si la gloria de Dios resplandece especialmente junta con la utilidad de todos, cuando la plena verdad y la plena caridad liga entre sí las ovejuelas de Cristo, vean aquellos que con amor y dolor hemos recordado más arriba, si es lícito y útil estar lejos, especialmente por un equívoco inicial de palabras, de la Iglesia una y santa, fundada sobre zafiros (25), es decir, sobre los Profetas y los Apóstoles, sobre la misma suma piedra angular, Cristo Jesús (26).

 

4. Algunas modernas desviaciones

 

28. La doctrina "Kenótica" es errónea y sacrílega.

Repugna también abiertamente con la definición de fe del Concilio de Calcedonia la opinión, bastante difundida fuera del Catolicismo, apoyada en un texto de la Epístola de San Pablo Apóstol a los Filipenses (27), mala y arbitrariamente interpretado, esto es, la doctrina llamada Kenótica (28), según la cual en Cristo se admite una limitación de la divinidad del Verbo; invención verdaderamente sacrílega, que, siendo digna de reprobación como el opuesto error de los Docetas, reduce todo el misterio de la Encarnación y de la Redención a una sombra vana y sin cuerpo. En la entera y perfecta naturaleza del verdadero hombre, así nos enseña elocuentemente León Magno, nació el verdadero Dios, entero en sus propiedades, entero en las nuestras (29).

 

29. Peligrosas innovaciones doctrinales sobre la naturaleza humana de Cristo no reflejan la definición de Calcedonia.

Si bien nada hay que prohíba escrutar más profundamente la humanidad de Cristo, aun en el aspecto sicológico, con todo en el arduo campo de tales estudios no faltan quienes abandonan más de lo justo las posiciones antiguas para construir las nuevas, y se sirven de mala manera de la autoridad y de la definición del Concilio Calcedonense para apoyar sus propias elucubraciones.

Estos ensalzan tanto el estado y la condición de la naturaleza humana de Cristo que parece que ella es considerada como sujeto suis iuris, como si no subsistiese en la persona del mismo Verbo. Pero el Concilio Calcedonense, en todo conforme con el Efisino, afirma claramente que las dos naturalezas sola persona y subsistencia y prohíbe admitir en Cristo dos individuos de manera que al lado del Verbo haya que poner un como hombre "assumptus" (hombre asumido) dotado de plena autonomía.

San León además no solo abraza la misma doctrina, sino que indica y demuestra también las fuentes, de las que saca estos principios: Todo esto, dice él, que hemos escrito, se prueba que ha sido tomado de la doctrina apostólica y evangélica (30).

 

5. Es Doctrina evangélica y apostólica.

 

30. Los testimonios del Evangelio y de los Apóstoles al respecto.

En efecto, la Iglesia desde los primeros tiempos, sea en los documentos escritos, sea en la predicación, sea en las preces litúrgicas, profesa de un modo claro y preciso que el Unigénito Hijo de Dios, nació en la tierra, y ha padecido, y estuvo clavado en la Cruz, y, después de salir resucitado del sepulcro, subió a los cielos. Además la Sagrada Escritura atribuye al único Cristo, el Hijo de Dios, propiedades humanas y siendo al mismo tiempo Hijo del hombre, propiedades divinas.

En efecto, el Evangelista Juan declara: El Verbo se hizo carne (31). Luego Pablo escribe de El: El cual teniendo la naturaleza de Dios...se humilló a sí mismo haciéndose obediente hasta la muerte (32).

Y también: Mas cumpliendo que fue el tiempo, envió Dios a su Hijo, formado de una mujer (33)y el mismo divino Redentor afirma de un modo perentorio: Mi Padre y yo somos una misma cosa (34)y también: Salí del Padre y vine al mundo (35). El origen celestial de nuestro Redentor resplandece también en este texto del Evangelio: He descendido del cielo no para hacer mi voluntad sino la voluntad de Aquel que me ha enviado (36). Y también de este otro: El que descendió, ese mismo es el que ascendió sobre todos los cielos (37).

 

31. El testimonio de Santo Tomás y San León Magno.

Afirmación que Santo Tomás de Aquino comenta e ilustra así: El que desciende es el mismo que asciende. En esto se indica la unidad de la Persona del Dios hombre. Desciende en efecto...el Hijo de Dios asumiendo la naturaleza humana, pero sube el Hijo del hombre según la naturaleza humana a la sublimidad de la vida inmortal. Y así el mismo es el Hijo de Dios que baja y el Hijo del hombre que sube (38).

Este mismo concepto había ya expresado Nuestro Predecesor León Magno con estas palabras: Porque...a la justificación de los hombres lo que principalmente contribuye es que el Unigénito de Dios se ha dignado ser también el Hijo del hombre, de tal manera que el mismo que es "hoúsios" al Padre, esto es, de la misma substancia del Padre, fuese también verdaderamente hombre y consubstancial a la Madre según la carne, nosotros gozamos de lo uno y de lo otro, ya que no nos salvamos sino en virtud de ambos, no dividiendo sin embargo lo visible de lo invisible, lo corpóreo de lo incorpóreo, lo pasible de lo impasible, lo palpable de lo impalpable, la forma del siervo de la forma de Dios, porque, si bien uno subsiste desde la eternidad y el otro ha comenzado en el tiempo, con todo, una vez unidos no pueden ya tener separación ni fin (39).

 

32. La verdadera doctrina salvadora y gloriosa.

Solo, pues, si con santa y pura fe se cree que en Cristo no hay otra Persona que la del Verbo, en quien las dos naturalezas del todo distintas entre sí, la humana y la divina, diversas por sus propiedades y operaciones, confluyen, aparece la magnificencia y la piedad de nuestra Redención, nunca bastante exaltada.

¡Oh sublimidad de la misericordia y justicia divina, que socorrió a los culpables y se forjó hijos! ¡Oh cielos abajados hasta nosotros para que, alejando a las brumas infernales, aparecieran las flores sobre nuestra tierra (40)y nosotros fuéramos hechos hombres nuevos, nueva creatura, gente santa y prole celestial! (41). Es decir, que el Verbo ha padecido verdaderamente en su carne, ha derramado su sangre en la cruz y ha pagado al Eterno Padre un precio sobreabundante por nuestras culpas; de donde resulta que resplandece segura la esperanza de salvación para aquellos que, con fe sincera y caridad operosa, se adhieren a Cristo, y, con la ayuda de la gracia por El procurada, producen frutos de justicia.

 


Notas

13. Mansi, VII; 10 [Regresar]

14. Schwartz, II, vol. I, pars altera, p. 81 (277) (Act. III); Mansi, VI, 971 (Act. II). [Regresar]

15. S. León M. Ep. 28, 6 (Migne P. L. 54, 777) [Regresar]

16. S. León M. Epist. 28, 6 (Migne P.L. 54, 777) [Regresar]

17. S. León M. Ep. 28, 5 (Migne P.L. 54, 771; cfr. Augustinus, Contra sermonem Arianorum, c. 8 (Migne P.L. 42, 688) [Regresar]

18. S. León M. Ep. 28,3 (Migne P.L. 54, 763). Cfr. S. Leonis M. Serm. 21,2 (P.L. 54, 192). [Regresar]

19. S. León M.; Ep. 28, 3 (Migne P.L. 54, 765, Cfr. Serm. 23, 2 (PL. 54, 201). [Regresar]

20. S. León M. Ep. 28,4 (Migne P.L. 54, 767). [Regresar]

21. S. Leon M. (Migne P.L. 54 col. 767) [Regresar]

22. Mansi, Conc. Ampl.. Coll. VII, 114 y 115. [Regresar]

Notas

23. Así Nerses IV (+ 1173) in Libello confessionis fidei, ad Alexium supremum exercitus byzantini Ducem (I Cappelletti. S. Narsetis Claiensis, Armenorum Catholici, opera, I, Venetiis, 1833, pp. 182-183) [Regresar]

24. Ps. 132, 1. [Regresar]

25. Véase Is. 54, 11 [Regresar]

26. Véase Efes. 2, 20 [Regresar]

27. Filip. 2,7 [Regresar]

28. Kenótica, o sea doctrina de "anonadamiento", pues, partiendo del "anonadamiento" de la carta de S. Pablo a los Filipenses 2, 7 en griego "Kenosis" los teólogos protestantes de Giesse y de Tubinga (Alemania) discutían entre 1616 - 1627 de si en el Cristo histórico se hubiera o no realizado una "Kenosis", un despojo del "uso" de su naturaleza divina. Los de Giesse afirmaban que había habido en Jesús tal despojo y anonadamiento y se llamaban los "Kenóticos", los de Tubinga no concedían sino un ocultamiento de ese uso y se llamaban los "crípticos". La verdadera "Kenosis" afirma más, pues, dice que el Logos durante su vida terrenal de Jesús se había despojado de algunos atributos divinos, como de la Omnipotencia, Omnisciencia y Omnipresencia, o por lo menos se había impuesto limitaciones en la comunicación de esas perfecciones a la naturaleza humana de Cristo mientras no se había desarrollado aún perfectamente. Así enseñaba en el siglo 18 G. Thomasius, F. R. Frank y sobre todo W. Gess y a principios de este siglo O. Benson. A semejantes errores dogmáticos, incompatibles con la unión hipostática, como la enseña la Iglesia Cat,; se refiere aquí Pío XII. (P. H.). [Regresar]

29. San León M. Ep. 28, 3 (Migne P. L. 54, 763); Cfr. Serm. 23, 2 (P.L. 54, 201). [Regresar]

30. S. León M. Ep. 152 (Migne P.L. 54, 1123). [Regresar]

31. Juan 1, 14. [Regresar]

32. Filip. 2, 6-8 [Regresar]

33. Gal. 4, 4 [Regresar]

34. Juan 10, 30 [Regresar]

35. Juan 16, 28 [Regresar]

36. Juan 6, 38 [Regresar]

37. Efes. 4, 10 [Regresar]

38. S. Tomas, Comm. In Ep. Ad Ephesios, c. IV, lect. III, circa finem. [Regresar]

39. S. Leonis M., Serm. 30, 6 (Migne P.L. 54, 233 2.) [Regresar]

40. Véase Cant. 2, 11 s. [Regresar]

41. Efes. 4, 24; 2 Cor. 5, 17; Gal. 6, 15; 1 Pe. 2, 9. [Regresar]