TRATADO II

Los actos humanos


El hombre no puede alcanzar su último fin—visión beatífica para gloria de Dios—sino mediante sus actos humanos sobrenaturales y meritorios. De ahí que después de la consideración del último fin se impone la de los actos humanos.

PRELIMINARES

25. I. Importancia de este tratado. El tratado de los actos humanos es, sin duda alguna, el más amplio, fundamental y necesario de toda la teología moral:

  1. Es EL MÁS AMPLIO O UNIVERSAL, puesto que ofrece las nociones y principios generalísimos de toda la ciencia moral que se han de explicar después en todas sus partes.

  2. EL MÁS FUNDAMENTAL, porque sobre él descansa y apoya toda la vida moral del hombre.

  3. EL MÁS NECESARIO para todo el que quiera conocer a fondo el mecanismo de la moralidad humana.

26. 2. División. Tres son los capítulos principales que constituyen este tratado :

El acto humano en sí mismo.
2º El acto moral.
3º El acto sobrenatural y meritorio.

El primero estudia el acto humano en su ser natural o meramente psicológico. Es, pues, una consideración de tipo puramente filosófico, al margen de la teología.

El segundo lo estudia precisamente en cuanto moral, o sea, relacionado con las costumbres humanas, y en su análisis interno y externo entran elementos filosóficos y teológicos.

El tercero lo considera exclusivamente desde el punto de vista sobrenatural o meritorio de la vida eterna. Es un aspecto estrictamente teológico.

 

CAPITULO I

El acto humano en sí mismo
 

Sumario: Vamos a dividir la materia en tres artículos: nociones previas, elementos constitutivos del acto humano y sus obstáculos e impedimentos. •


ARTICULO I
Nociones
previas

27. I. Definición del acto humano. Acto humano es el que procede de la voluntad deliberada del hombre.

Para cuya inteligencia es de saber que no todos los actos que realiza el hombre son humanos. Algunos son simplemente naturales; otros son del hombre; otros, violentos, y otros, finalmente, humanos. Y así :

  1. ACTOS MERAMENTE NATURALES son los que proceden de las potencias vegetativas y sensitivas, sobre las que el hombre no tiene control voluntario alguno y son enteramente comunes con los animales; v.gr., la nutrición, digestión, circulación de la sangre, sentir dolor o placer, etc.

  2. ACTOS DEL HOMBRE son los que proceden del hombre sin ninguna deliberación o voluntariedad, ya sea porque está habitualmente destituido de razón (locos, idiotas, niños pequeños), o en el momento de realizar el acto (dormidos, hipnotizados, embriagados, delirantes o plenamente distraídos). Todos estos actos no afectan a la moralidad ni son de suyo imputables al agente; pero pueden serlo en su causa, como veremos más adelante.

  3. ACTOS VIOLENTOS son los que el hombre realiza por la coacción exterior de un agente que le obliga a ejecutarlos contra su voluntad interna.

  4. ACTOS HUMANOS son aquellos que el hombre realiza con plena advertencia y deliberación, o sea usando de sus facultades específicamente racionales. Solamente entonces obra el hombre en cuanto tal, es dueño de sus actos y plenamente responsable de ellos.

28. 2. Sus diferentes nombres. Es muy variada la terminología relativa a los actos humanos, según el aspecto en que se les considere. Y así se llaman:

  1. ACTOS HUMANOS, en cuanto producidos por el hombre con pleno dominio y deliberación, o sea racionalmente.

  2. ACTOS LIBRES, en cuanto procedentes de la libertad humana.

  3. ACTOS VOLUNTARIOS, en cuanto que el hombre los realiza voluntariamente y a sabiendas.

  4. ACTOS MORALES, en cuanto se ajustan o no a las reglas de la moralidad.

  5. ACTOS IMPUTABLES, en cuanto producidos libre y voluntariamente por el hombre, que adquiere, por lo mismo, la responsabilidad de los mismos en orden al premio o al castigo.

29. 3. División. Es múltiple también la división de los actos humanos según el punto de vista en que nos coloquemos. Las que afectan más de cerca al orden moral son las siguientes:

  1. Acto ELÍCITO es el propio y específico de una determinada facultad. Procede directa e inmediatamente de ella y en ella termina (v.gr., el acto elícito del entendimiento es entender; el de la voluntad, amar, etc.).

  2. ACTO IMPERADO es el realizado por una facultad interna o externa a impulsos de la voluntad, que se lo ordena, ya sea despóticamente y sin que lo pueda resistir (como abrir o cerrar los ojos), ya políticamente y con potestad de desobedecer (como permanecer atento, no distraerse, etc.). Solamente los sentidos externos y la facultad locomotiva admiten imperio despótico; no los sentidos internos ni el entendimiento, que muchas veces se niegan a obedecer a la voluntad.

  3. ACTOS INTERNO es el que se realiza únicamente en nuestras facultades internas (imaginación, entendimiento, voluntad...), sin que se manifieste nada al exterior.

  4. ACTO EXTERNO es el que se realiza externamente, ya sea ocultamente y en privado, ya públicamente. Añade al acto interno un complemento de moralidad que puede afectar a una ley penal (v.gr., excomunión), de la que está exento el meramente interno.

  5. ACTO NATURAL es el que procede y se realiza con las solas fuerzas de la naturaleza sin auxilio de la gracia (v.gr., pensar, hablar...).

  6. ACTO SOBRENATURAL es el que requiere la gracia (al menos actual) y dice orden a la vida eterna (v.gr., un acto de verdadero amor a Dios).

  7. ACTO VÁLIDO es el que reúne todas las condiciones establecidas por la ley para producir ciertos efectos (v.gr., para la fuerza obligatoria de un contrato).

  8. ACTO INVALIDO es el que no reúne dichas condiciones y no tiene fuerza para producir el efecto intentado (v.gr., bautizar a un niño con un líquido distinto del agua natural o sin emplear la debida fórmula).

  9. ACTO BUENO (o virtuoso) es el que se ajusta a la recta razón y normas de la moralidad. Puede ser natural o sobrenaturalmente bueno (v.gr., dar una limosna a un pobre por simple compasión natural o por amor a Dios).

  10. ACTO MALO (o vicioso) es el que se aparta del recto orden moral. No se da ningún acto naturalmente malo que no lo sea también en el orden sobrenatural. El llamado «pecado filosófico» no existe, como veremos en su lugar correspondiente.

  11. ACTO INDIFERENTE es el que no se relaciona de suyo con la moralidad (v.gr., pasear). Sólo se dan en abstracto, no en concreto; pues las circunstancias concretas que le rodean le hacen bueno o malo, como veremos.

  12. ACTO Lleno es el que está autorizado por la ley natural o positiva legítima.

  13. ACTO ILÍCITO, el que es malo en sí mismo (v.gr., blasfemar, mentir) o está prohibido por una ley legítima (v.gr., trabajar los domingos).

  14. ACTO PERMITIDO es el que no está prohibido por ninguna ley natural ni positiva.

  15. ACTO HUMANO PERFECTO es el realizado con pleno conocimiento y deliberación, siendo el hombre dueño por completo de sí mismo.

  16. ACTO HUMANO IMPERFECTO es el que se ejecuta con semiadvertencia o semtconsentimiento. Si se produce por completo antes del ejercicio de la razón (v.gr., en un arrebato imprevisto e instantáneo de ira ante una grave ofensa inesperada), no es propiamente humano, sino primer movimiento indeliberado—motus primo primi, dicen los teólogos—, y no afecta de suyo al orden moral (a no ser en su causa), pues es del todo irresponsable. Si se realiza con semiadvertencia o semiconsentimiento--movimiento semideliberado o secundo primi—, es humano y afecta al orden moral, pero imperfectamente.

ARTICULO II

Elementos del acto humano

En todo acto humano cabe distinguir tres elementos principales: el cognoscitivo, el volitivo y el ejecutivo. Como sus mismos nombres indican, el primero pertenece al entendimiento; el segundo, a la voluntad, y el tercero, a las potencias ejecutivas. Vamos a examinarlos cuidadosamente.

I. EL ELEMENTO COGNOSCITIVO

El primer fundamento del acto humano es el conocimiento de lo que se hace, sin lo cual es completamente imposible.

El principal elemento cognoscitivo que requiere el acto humano es la advertencia, de la que vamos a hablar en seguida. A continuación diremos dos palabras sobre los restantes elementos cognoscitivos.

A) La advertencia

30. I. Noción. La advertencia es el acto por el cual el entendimiento percibe la obra que se va a realizar o se está ya realizando.

Coincide casi enteramente con la atención, que fue definida por Balmes «la aplicación de la mente a un objeto». La atención, sin embargo, es una advertencia más perfecta y profunda, que supone cierta concentración del espíritu a lo que se va a realizar o se está realizando, mientras que la advertencia se refiere a la simple percepción consciente, aunque sea semidistraída. Atender es más que simplemente advertir.

31. 2. División. La advertencia puede ser:

  1. PLENA O SEMIPLENA, según que advierta la acción con toda perfección o sólo imperfectamente (v.gr., estando semidormido).

  2. PERFECTA O IMPERFECTA, según perciba en todas sus notas la especie moral del acto (v.gr., sabiendo que el adulterio envuelve dos malicias: contra la castidad y la justicia), o se dé cuenta tan sólo de que aquella acción es buena o mala, pero sin saber exactamente por qué y en qué grado y medida.

  3. DISTINTA o CONFUSA, según advierta con toda claridad la bondad o maldad de la acción que va a ejecutar o no esté del todo segura de ello.

  4. ANTECEDENTE O CONSIGUIENTE, según se dé cuenta de la acción antes de ejecutarla o solamente después.

  5. AL ACTO O A SU MORALIDAD, según se dé cuenta únicamente de que está realizando un acto (v.gr., comer carne) o de su relación con la moralidad (v.gr., en día de vigilia, prohibido por la Iglesia).

32. 3. Principios fundamentales. Los principios fundamentales que rigen el orden moral en torno a la advertencia son los siguientes :

1.° El acto humano requiere indispensablemente la advertencia al mismo acto psicológicamente considerado.

Como ya vimos al exponer la noción misma del acto humano, es indispensable, para que lo sea, que el hombre se dé cuenta de la acción que va a realizar o está ya realizando. El que está de tal manera distraído que no advierte en absoluto lo que hace, no realiza un acto humano, sino únicamente un acto del hombre o meramente natural.

2ª. El acto moral requiere, además, la advertencia a la relación del acto humano con el orden moral.

Y así, el que advierte perfectamente que está comiendo carne, pero no se da cuenta que es día de vigilia, realiza ciertamente un acto humano o consciente; pero no un acto moral, puesto que no advierte su relación con la moralidad. De suyo no peca ni es responsable de ese acto (a no ser en su causa voluntaria, si no se preocupó de averiguar si era día de vigilia teniendo sospecha de ello).

3.° La moralidad del acto será mayor o menor según el grado de advertencia con que se haya realizado.

La falta de advertencia plena puede determinar que una acción, de suyo gravemente prohibida, no sea más que pecado leve. Y la gravedad de un pecado será mayor o menor según se la haya advertido con mayor o menor claridad. Dígase lo mismo en la línea del bien con relación a la virtud.

Nótese, sin embargo, que puede darse un verdadero pecado mortal con una advertencia confusa a la moralidad de la acción. Tal ocurre cuando se realiza voluntariamente una acción sospechando que quizá esté gravemente prohibida. Desde el momento en que se acepta voluntariamente la posibilidad del pecado mortal, el pecado está ya cometido; a no ser que antes de realizarla se haya llegado a la conclusión práctica de la licitud de la acción y se esté en tal situación de ánimo, que de ninguna manera se realizaría si se supiera que es realmente pecado. Volveremos sobre esto al hablar de la conciencia.

4.° La advertencia consiguiente no afecta para nada a la moralidad de una acción.

Si sólo después de realizada una acción, y no antes, se cae en la cuenta de que aquello era pecado, no ha habido tal pecado ni hay obligación de confesarlo. A no ser que la inadvertencia haya sido culpable en su causa.

5.° Solamente afectan a la moralidad del acto los elementos que se han advertido al ejecutarlo, no los que dejaron de advertirse inculpablemente.

El que mata voluntariamente a un hombre, sin advertir que es su propio padre, comete un homicidio, pero no un parricidio; aunque puede haber culpa en la voluntaria inadvertencia.

B) Otros elementos cognoscitivos

33. En la génesis y desarrollo del acto humano completo pueden distinguirse hasta doce momentos distintos, cinco de los cuales (a veces seis) pertenecen al entendimiento. Helos aquí:

I.° LA SIMPLE APREHENSIÓN del acto cuya posible realización se presenta ante el entendimiento. Se trata de algo meramente psicológico todavía.

2.° EL JUICIO DE POSIBILIDAD Y DE CONVENIENCIA. Afecta ya al orden moral, viendo su conveniencia o disconformidad con él.

3.° DELIBERACIÓN O CONSEJO sobre los medios que se podrían emplear para realizar el acto.

4º. ULTIMO JUICIO PRÁCTICO, por el que el entendimiento indica a la voluntad cuál es el medio mejor y más oportuno para realizarlo.

5.° IMPERIO DE LA RAZÓN PRÁCTICA, que intima la realización.

6º. USO PASIVO, o sea, ejecución del acto por el mismo entendimiento (si se trata de un acto intelectual, v.gr., estudiar) o por las potencias ejecutivas correspondientes (si se trata de un acto no intelectual, v.gr., andar, comer, etc.).

Como se ve, los cuatro primeros momentos pueden reducirse fácilmente a la advertencia (psicológica y moral) del acto que se va a realizar y de los medios para realizarlo. El imperio es un acto de la razón práctica que tiene gran interés en el tratado de la ley, y allí lo estudiaremos más despacio. En cuanto al uso pasivo, no siempre pertenece al entendimiento, ya que con frecuencia afecta a las potencias ejecutivas del acto humano en cuestión.

II. EL ELEMENTO VOLITIVO

Por elemento volitivo se entiende el influjo que ejerce la voluntad en el acto humano. Es un elemento decisivo de la moralidad de ese acto y tiene, por consiguiente, enorme importancia en teología moral.

Hablaremos por separado del acto voluntario en general y de su modalidad específica más importante: el voluntario libre.

A) El acto voluntario en general

34. I. Noción. Acto voluntario es el que procede de un principio intrínseco con conocimiento del fin. Es la definición clásica que emplea Santo Tomás (Cf. I-II,6,I; In Ethic. 3,1).

Para darnos perfecta cuenta de lo que significa esta fórmula, expliquemos los términos de la misma:

EL qua PROCEDE: ya sea un acto, ya su omisión voluntaria, ya el efecto previsto y querido de un acto voluntario anterior.

DE UN PRINCIPIO INTRíNSECO, o sea, de una inclinación que brota del propio agente que ejecuta la acción, sin que se la arranque ninguna violencia extrínseca. Este principio intrínseco no es otro que la propia voluntad o apetito racional.

CON CONOCIMIENTO DEL FIN. No basta para su perfecta voluntariedad que el acto brote de un principio intrínseco, aunque sea la propia voluntad; es preciso que el agente conozca e intente el fin al que se dirige el acto. Y así, el cazador que dispara su escopeta contra un hombre creyendo que era una pieza de caza, realiza un acto voluntario con relación al disparo, pero no con relación al homicidio.

Por la noción que acabamos de dar, aparece claro que el voluntario se distingue perfectamente de algunos otros afines o dispares. He aquí los principales:

a) Lo NATURAL, que procede de un principio intrínseco, pero no de la voluntad (v.gr., los actos de las potencias vegetativas, la digestión de los alimentos, etc.).

b) Lo ESPONTÁNEO, que procede del instinto natural con conocimiento puramente material del fin (actos instintivos del hombre y de los animales).

c) Lo VIOLENTO, que procede de una coacción extrínseca contra la voluntad del agente.

d) Lo SIMPLEMENTE QUERIDO, sin que dependa de la propia voluntad (v.gr., el labrador quiere y se alegra de la lluvia, pero sin que pueda producirla por sí mismo).

e) Lo PERMITIDO, aunque no querido (v.gr., la autoridad permite, para evitar mayores males, ciertos desmanes que preferiría que no se cometiesen). Otra cosa sería si hubiera obligación de impedir incluso aquellos males menores.

f) Lo INVOLUNTARIO, o sea, lo realizado por ignorancia, de tal suerte que no se hubiese realizado si se hubiera conocido la verdad.

g) Lo NO-VOLUNTARIO, O sea, lo que se hace con ignorancia, pero de tal suerte que igual se realizaría si se conociera la verdad.

35. 2. División. El voluntario admite muchas divisiones y subdivisiones. He aquí las principales:

1) ELÍCITO O IMPERADO, según que sea acto de la voluntad misma (amar, odiar, consentir, elegir...) o de alguna otra potencia bajo el impulso de la voluntad (pensar, imaginar, mirar, andar...).

2) PERFECTO O IMPERFECTO, según que se realice con plena o semiplena advertencia y consentimiento.

3) NECESARIO O LIBRE, según que la voluntad no pueda o pueda abstenerse del acto que está realizando.

4) PURO O MIXTO DE INVOLUNTARIO, según que sea voluntario en todos sus aspectos (simpliciter) o tenga mezcla de aspectos involuntarios (secundum quid). Y así, v.gr., el enfermo que toma voluntariamente una medicina muy amarga, quiere la salud con voluntad pura y total, y sólo en un aspecto la medicina (en cuanto necesaria para la salud).

Nótese, sin embargo, que el voluntario mixto es un acto verdaderamente voluntario, humano y moral. Y así, el mercader que en un naufragio arroja sus mercancías al mar para aligerar la nave y salvar la vida, las arroja con plena voluntariedad o consentimiento, puesto que quiere salvar su vida a toda costa; aunque, por otra parte. preferiría poderlas salvar juntamente con la vida. Prevalece lo voluntario sobre lo involuntario.

5) DIRECTO O INDIRECTO, según que se busque e intente en sí mismo el efecto que producirá tal acto (v.gr., la salud que producirá la medicina), o solamente se permita (sin buscarlo ni intentarlo) al realizar directamente otra cosa que producirá también el efecto no intentado (v.gr., el militar que dispara sus cañones contra el enemigo en una ciudad sitiada a sabiendas de que perecerán muchos inocentes : quiere directamente la destrucción del enemigo, y permite indirectamente la muerte de los inocentes). El directo se llama también voluntario en si mismo; y el indirecto, voluntario en su causa.

6) POSITIVO O NEGATIVO, según se trate de un acto voluntariamente realizado (v.gr., dar una limosna) o voluntariamente omitido (no darla pudiéndola dar).

7) EXPLÍCITO O IMPLÍCITO, según recaiga expresamente sobre algo concreto y determinado (v.gr., perdonar a tal enemigo), o incluyéndolo, sin expresarlo, en otro acto general e indeterminado (v.gr., perdonando a todos los enemigos).

8) EXPRESO, TÁCITO O PRESUNTO, según se manifieste externamente (con la palabra o de otro modo) el consentimiento voluntario, o que la voluntariedad vaya implícita en otro acto que se realiza u omite, o que se suponga razonablemente su existencia. Un ejemplo de esta triple manifestación lo tenemos en el religioso que compra un libro con permiso de su superior (expreso), o a la vista de éste que calla (tácito), o en ausencia del superior, pero suponiendo razonablemente que está conforme con aquella compra (presunto).

9) ACTUAL, VIRTUAL, HABITUAL O INTERPRETATIVO. Se llama actual cuando la voluntad tiene intención de realizar el acto en el momento mismo en que lo está realizando; virtual, cuando la tuvo antes y está todavía influyendo en el acto (v.gr., el que emprende un viaje quiere llegar al fin, aunque durante el trayecto no vuelva a pensar en ello); habitual, cuando se tuvo antes y no se retractó nunca, pero no influye ya en el acto que se realiza (v.gr., un cristiano tiene intención habitual de recibir los últimos sacramentos al fin de su vida, pero esa intención no influye ya en el acto de recibirlos cuando está enteramente privado del uso de los sentidos); interpretativo, cuando no se le tuvo nunca, pero se supone que se le hubiera tenido si se hubiera reparado en ello (v.gr., un pagano que nunca tuvo intención de bautizarse, pero la hubiera tenido si hubiera conocido el cristianismo como única religión verdadera). Esta última—como se ve—no es verdadera voluntad, aunque lo hubiera sido si se hubieran dado las condiciones oportunas.

36. 3. Principios fundamentales. Teniendo en cuenta las anteriores divisiones, he aquí los principios fundamentales que las rigen:

1.° Los actos voluntarios imperados pertenecen en mayor grado al motivo imperante que a su propia razón formal.

Quiere decir que un acto de una virtud cualquiera (v.gr., de humildad) practicado, v.gr., por amor a Dios, pertenece en mayor grado al motivo imperante (caridad, amor de Dios) que a su propia razón formal (humildad).

Dígase lo mismo en la línea del mal: el que mata para robar es más ladrón que homicida.

Corolario. Este principio tiene enorme importancia en la práctica. En la línea del bien, para llegar a la cumbre de la perfección no hace falta realizar grandes empresas. Basta con que la virtud por excelencia—la caridad o amor de Dios—impere con fuerza los actos más sencillos y triviales de la vida diaria. Santos hubo que no hicieron nada extraordinario o que llamara la atención; se limitaron a poner un inmenso amor de Dios en todo lo que hacían, y, sin más, llegaron a la cumbre de la santidad.

2º. Los actos voluntarios imperfectos nunca constituyen pecado grave.

La imperfección puede provenir de la falta de plena advertencia, o de pleno consentimiento, o de ambas cosas a la vez. En ninguno de los tres casos se comete pecado mortal, por no realizarse un acto plenamente humano y, por consiguiente, plenamente responsable.

3•° Todos los actos voluntarios son libres, excepto la tendencia de la voluntad hacia la felicidad en general o en común y el amor beatífico de los bienaventurados.

La razón es porque en todos ellos—excepto en los dos indicados—permanece la indiferencia del juicio con relación a los objetos creados, que aparecen ante la propia conciencia como en parte buenos y en parte defectuosos. Sólo la felicidad en general o en común aparece ante la propia conciencia como totalmente buena, sin mezcla de defecto alguno, y por eso arrastra a la voluntad de una manera necesaria, aunque con plena y absoluta voluntariedad. Dígase lo mismo, y con mayor razón, del amor beatífico de los bienaventurados ante la contemplación del Bien absoluto e infinito.

4.° El voluntario mixto o «secundum quid» es verdaderamente voluntario y, por consiguiente, responsable en el orden moral.

El juez que, amenazado de muerte, pronuncia una sentencia injusta, realiza, en el fondo, un acto voluntario (aunque con repugnancia), y, por lo mismo, es responsable de su mala obra, si bien con alguna atenuación.

Volveremos sobre esto al hablar del miedo como enemigo del voluntario.

5º. Para que sea licito realizar una acción de la que se siguen dos efectos, uno bueno y otro malo, es preciso que se reúnan determinadas condiciones.

Este principio, llamado «del voluntario indirecto», es importantísimo y tiene infinidad de aplicaciones en teología moral. He aquí las condiciones o reglas a que debe someterse:

1ª. Que la acción sea buena en sí misma o al menos indiferente.

Y así, nunca es licito realizar acciones malas (tales como mentir, jurar en falso, sobornar, etc.), aunque se alcanzaran con ello óptimos efectos. La razón es porque el fin no justifica los medios y no se puede hacer el mal para lograr un bien.

Para descubrir en teoría si una acción es en sí misma buena o indiferente hay que atender a su objeto, fin y circunstancias. En la práctica ayuda mucho examinar si el agente tiene perfecto derecho a realizar aquella acción y no lesiona y perjudica el derecho de un tercero. Y así, v.gr., el propietario de una casa tiene derecho a cederla en alquiler, aunque los inquilinos la utilicen para malos fines.

2ª. Que el efecto inmediato o primero que se ha de producir sea el bueno y no el malo.

La razón es la misma de antes: no es lícito hacer un mal para que sobrevenga un bien. Por eso no es lícito robar con el fin de dar limosna a los pobres; no es lícito matar al niño encerrado en el claustro materno para salvar la vida de su madre, ni al revés; no se puede provocar el aborto para salvar la vida o la fama de una joven; no es lícito mentir para salvar la vida de un hombre, etc.

Muchos moralistas aceptan la licitud del acto, aunque los dos efectos (bueno o malo) se produzcan al mismo tiempo, con tal de intentar únicamente el bueno y no el malo. Y así sería lícito bombardear una ciudad enemiga para destruir a los culpables, aunque perezcan a la vez muchos inocentes; o al soldado estrellarse contra un barco enemigo conduciendo el ('torpedo humano», etc.

Otros van más lejos todavía, y admiten la licitud del acto con tal que los dos efectos sean simultáneos en su causa, aunque no lo sean en el tiempo. Así, según esta opinión, sería lícito en una guerra justa disparar contra el enemigo, aunque éste se escondiera detrás de una cortina de seres inocentes (v.gr., mujeres y niños); porque, aunque los proyectiles tropezarán antes con los inocentes que con los culpables, llevan también la muerte para aquéllos, y así, en su causa, los dos efectos se producen a la vez. Otros moralistas niegan la licitud en este caso, por parecerles que el efecto bueno es posterior al malo, contra la regla que hemos establecido.

3ª. Que el fin del agente sea honesto, o se a, que intente únicamente el efecto bueno y se limite a permitir el malo.

Porque si intentara el efecto malo, aunque fuera a través del bueno, su acción sería inmoral por la perversidad de su intención. Ni siquiera es lícito intentar los dos, sino única y exclusivamente el bueno; permitiendo el malo únicamente por su absoluta inseparabilidad del bueno, pero con disgusto y desagrado.

4ª. Que el agente tenga causa proporcionada a la gravedad del daño que el efecto malo haya de producir.

Porque el efecto malo, aunque vaya junto con el bueno y se le permita tan sólo de una manera indirecta y con desagrado, es siempre una cosa materialmente mala; y el pecado material no puede permitirse sin causa proporcionada. Y así, v.gr., la salvación de la patria es causa suficientemente grave para desencadenar una guerra justa, a pesar de los grandes daños que de ella se seguirán; pero el lucro que puede obtenerse por la venta de un libro obsceno o herético no es suficiente razón para venderlo, porque los daños espirituales que de esa venta se seguirán son mucho mayores que la pequeña ventaja del lucro material.

6.° Para que se le impute el efecto malo a quien pone la causa indirecta que lo ha de producir, se requieren tres condiciones: previsión, posibilidad de impedirlo y obligación de hacerlo.

He aquí en qué forma :

1.° PREVISIÓN DEL EFECTO, al menos en confuso. Porque si se produce un efecto del todo imprevisto e inesperado, la acción ha sido del todo involuntaria y, por lo mismo, inculpable.

2.° POSIBILIDAD DE IMPEDIRLO, o sea libertad para no poner la causa o para quitarla una vez puesta. Y así, una joven no puede impedir que, andando modestamente por la calle, despierte malos deseos en los que la vean; el enfermero que de buena fe administró veneno al enfermo creyendo que era una medicina conveniente no puede impedir el efecto de la causa ya puesta, a no ser que disponga de contravenenos eficaces.

3.° OBLIGACIÓN DE IMPEDIRLO. Y así, la joven aludida no tiene obligación de permanecer siempre en casa para no suscitar malos deseos; pero tiene obligación de no presentarse en público en forma provocativa. Los padres tienen obligación de corregir a sus hijos. El simple particular no tiene obligación de perseguir a un malhechor, como la tienen los agentes de la autoridad, etc.

7° Para que una omisión voluntaria sea imputable al agente, es necesario que tenga obligación de realizar el acto contrario.

Y así comete pecado grave el que omite voluntariamente la asistencia a misa en día festivo, pero no en día de trabajo.

Tratándose de una omisión buena (v.gr., callar por humildad cuando se nos acusa injustamente), solamente es meritoria cuando se la quiere e intenta como virtuosa, no por otro motivo inferior (v.gr., para evitarse un disgusto mayor).

8.° Para la validez de un acto que necesite el consentimiento ajeno, se requiere ordinariamente el consentimiento expreso; pero puede bastar el consentimiento tácito, nunca el presunto. Para la simple licitud, basta el razonablemente presunto.

La primera parte se verifica siempre que la ley advierta que se requiere el consentimiento expreso del superior para la validez de un acto (v.gr., para que el sacerdote tenga jurisdicción para oír confesiones).

La segunda (consentimiento tácito del superior presente) se apoya en el conocido aforismo jurídico: *El que calla, parece otorgara (regla 43), sobre todo cuando podría fácilmente oponerse y no lo hace. Pero hay que tomarlo con mucha parsimonia y en cosas de suyo lícitas y que no perjudiquen a un tercero, puesto que el silencio no siempre equivale a consentimiento. Quien calla, muchas veces ni otorga ni deja de otorgar.

La tercera (insuficiencia del consentimiento presunto del superior ausente para la validez del acto) se funda en que tal consentimiento en realidad no existe, aunque se conjeture que existiría si se diera la circunstancia de estar presente el superior. Y así, v.gr., el sacerdote sin licencias en una diócesis no puede oír confesiones fundándose en que el obispo se las daría si lo supiera.

La cuarta (suficiencia del consentimiento presunto para la simple licitud de un acto de suyo vdlido) es porque siendo el acto bueno y válido de suyo (v.gr., comprar un libro verdaderamente útil), la simple licitud queda salvaguardada cuando se supone razonablemente el consentimiento futuro del superior al comunicarle la acción realizada.

9º. El voluntario virtual basta para que el acto sea verdaderamente humano; no el habitual, ni mucho menos el interpretativo.

La razón de lo primero es porque la intención voluntaria que se puso al comenzar el acto perdura y subsiste virtualmente durante toda su ejecución; luego todo él es un acto humano. Sería imposible, por otra parte, que el hombre atendiese siempre de una manera actual a lo que está haciendo sin padecer la menor distracción.

Pero no basta el habitual, puesto que no tiene influencia alguna en el acto que se está realizando. Aunque puede bastar para ciertos efectos espirituales y jurídicos (v.gr., para recibir válidamente la extremaunción), porque la recepción actual de algún beneficio deseado anteriormente no requiere ninguna acción positiva por parte del que lo recibe.

Ni mucho menos el interpretativo, porque en él no hay ni hubo jamás voluntariedad alguna.

B) El acto libre

Con frecuencia hablan los moralistas indiferentemente de acto voluntario y acto libre como de una sola y misma realidad. Sin embargo, hablando en rigor, esos dos conceptos no son del todo equivalentes. Hay actos voluntarios que no son libres (la tendencia hacia la felicidad en común y el amor beatífico), aunque es verdad que todo acto libre es voluntario.

Vamos a precisar, muy brevemente, algunas ideas fundamentales en torno a la libertad con relación a los actos humanos.

37. 1. Noción. La libertad es la facultad de obrar o no obrar o de elegir una cosa con preferencia a otras. Supone siempre la inmunidad de todo vínculo que pueda obstaculizar el acto.

38. 2. División. La libertad puede entenderse en sentido físico o en sentido moral, según la naturaleza del vínculo de que estáinmune. Generalmente se entiende por libertad física la simple capacidad de hacer o no hacer una cosa buena o mala; y por libertad moral la que no está ligada por ninguna ley o mandamiento. La física puede extenderse al mal; la moral, sólo al bien.

La libertad puede ser ab extrinseco o ab intrinseco. La primera es la que se ve libre de todo vínculo exterior que pudiera impedirla, y se llama también libertad de coacción. La ,segunda es la desligada de cualquier vínculo interior que pudiera subyugarla, y se llama también libertad de necesidad. Esta última es la libertad psicológica o interna, que recibe propiamente el nombre de libre albedrío.

A su vez, la libertad psicológica o interna es triple: libertad de ejercicio (o de contradicción), que consiste en realizar o no realizar un acto, obrar o dejar de obrar; libertad de especificación, que consiste en realizar este acto bueno, o el otro, o el de más allá; y libertad de contrariedad, si se refiere a escoger entre el bien o el mal moral.

Para mayor claridad, he aquí el esquema de estas divisiones:

39. 3. Existencia de la libertad. Vamos a establecerla en la siguiente

Conclusión: El hombre goza de libre albedrío aun en el presente estado de la naturaleza caída por el pecado original.

Lo negaron los fatalistas y deterministas en sus variadas formas, y muchos protestantes y jansenistas con sus jefes a la cabeza. Pero la doctrina católica es clara y puede demostrarse por las siguientes fuentes:

a) LA SAGRADA ESCRITURA. La enseña con toda claridad en multitud de pasajes. He aquí uno por vía de ejemplo:

*Dios hizo al hombre desde el principio y le dejó en manos de su albedrío. Si tú quieres puedes guardar sus mandamientos, y es de sabios hacer su voluntad. Ante ti puso el fuego y el agua; a lo que tú quieras tenderás la mano. Ante el hombre está la vida y la muerte; lo que cada uno quiere le será dados (Eccli. 15,14-18).

Hay otros muchos textos tan claros y evidentes como éste.

b) EL MAGISTERIO DE LA IGLESIA. Lo ha definido como dogma de fe al declarar herética la doctrina contraria de los protestantes. He aquí la declaración expresa del concilio de Trento:

*Si alguno dijere que el libre albedrío del hombre se perdió y extinguió después del pecado de Adán, o que es cosa de sólo título, e más bien título sin cosa, invención, en fin, introducida por Satanás en la Iglesia, sea anatema» (D. 815).

c) LA RAZÓN NATURAL. La simple razón natural puede demostrar con toda evidencia la existencia de la libertad en el hombre por el testimonio inequívoco de la propia conciencia, por el consentimiento universal de todos los pueblos y por la misma naturaleza intelectual del hombre.

Este último argumento—de gran envergadura metafísica—es a la vez muy fácil y sencillo. La voluntad, en efecto, tiene por objeto el bien que le presenta el entendimiento. Si éste le presenta un bien absoluto, sin mezcla de mal alguno, la voluntad se lanzará hacia él de una manera necesaria, no libre. Pero si le presenta un bien como parcial e incompleto, la voluntad puede apetecerlo fijándose en sus aspectos halagadores y puede también rechazarlo fijándose en sus defectos e imperfecciones. Luego la voluntad del hombre es perfectamente libre con relación a todos los bienes particulares e imperfectos, aunque no lo sea con relación al conjunto de todos los bienes (la felicidad en cuanto tal) o al Bien absoluto y universal (Dios mismo).

Esto nos lleva de la mano a señalar la raíz de la libertad.

40. 4. Raíz de la libertad. La libertad es una consecuencia obligada de la naturaleza racional del hombre: el hombre es libre porque es inteligente.

En efecto: aunque la libertad no es una potencia distinta de la voluntad, sino que es formalmente una propiedad de la misma voluntad, por la que elige a su arbitrio los objetos que el entendimiento le propone en cuanto buenos y convenientes para sí, tiene su raíz y presupuesto en el entendimiento, que le propone esos objetos a través de un juicio indiferente. La razón de esta indiferencia de juicio es porque ninguno de esos objetos tiene razón de Bien supremo y absoluto—que arrastraría necesariamente la voluntad—, sino de bienes particulares y relativos, y, por consiguiente, parciales, incompletos e imperfectos. La voluntad elige entre ellos el que mejor le parece, pero sin sentirse arrastrada por él ni por ningún otro de los que el entendimiento le propone. Sólo la felicidad en común, que tiene razón de bien total, y a fortiori el Bien infinito contemplado cara a cara (visión beatífica), arrastran necesariamente a la voluntad, privándola de su libre albedrío, aunque no de la perfectísima voluntariedad de su acto.

41. 5. Esencia de la libertad. Vamos a precisarla en las siguientes conclusiones:

Conclusión 1.a: La esencia de la libertad está en el pleno dominio de la voluntad sobre su acto de elección.

La razón es porque, como ya hemos visto, la libertad no es otra cosa que la facultad de obrar o de no obrar, o de elegir una cosa con preferencia a otras; lo cual supone necesaria y esencialmente el pleno dominio de la voluntad sobre su acto de elección.

«Lo propio del libre albedrío—escribe Santo Tomás—es la elección, porque el libre albedrío consiste en poder aceptar una cosa rechazando otra, lo cual es elegir» I,83,3.

Conclusión 2ª: Para el pleno dominio de la voluntad sobre su acto de elección se requiere la libertad de coacción extrínseca y de necesidad intrínseca, tanto de ejercicio como de especificación entre los distintos bienes particulares; pero de ningún modo la libertad de contrariedad entre el bien y el mal.

Esta conclusión tiene cuatro partes, que vamos a probar por separado.

PRIMERA PARTE: Se requiere la libertad de coacción extrínseca. Es evidente. La coacción extrínseca suprime la libertad. No el acto libre interior —que es insobornable por la violencia, si la voluntad no quiere ceder—, pero sí su ejercicio exterior. Y así, un preso no puede salir a la calle aunque quiera hacerlo voluntaria y libremente.

SEGUNDA PARTE: Se requiere la libertad intrínseca de ejercicio, o sea, la facultad de obrar o dejar de obrar. Porque el que obra necesariamente, de tal suerte que no puede dejar de obrar, no es libre en su ejercicio, como no lo son los bienaventurados en el cielo con relación al acto de la visión beatífica, que no quieren ni pueden suspender.

TERCERA PARTE: Se requiere la libertad intrínseca de especificación entre los distintos bienes particulares.

Porque, de lo contrario, la voluntad estaría determinada a uno de esos bienes particulares y no sería libre con relación a él (por estar ya determinada) ni con relación a los demás (por no poderlos elegir). Sólo el Bien absoluto o la felicidad en cuanto tal determinan necesariamente a la voluntad, y por eso no es libre con relación a ellos.

Nótese, sin embargo, que la esencia de la libertad se salvaría aun sin la libertad de especificación, porque le quedaría todavía a la voluntad la libertad de ejercicio (obrar o dejar de obrar). Pero es evidente que, sin la libertad de especificación entre los distintos bienes particulares, nuestra libertad sería muy incompleta e imperfecta. Los bienaventurados en el cielo no tienen libertad de ejercicio con relación al acto de la visión beatífica, pero tienen perfecta libertad de ejercicio y especificación con relación a los bienes particulares.

CUARTA PARTE: No se requiere en modo alguno la libertad de contrariedad entre el bien y el mal. La razón es porque la capacidad física de hacer el mal no significa aumento de libertad, sino imperfección y defecto de la misma. Ya que, como dice Santo Tomás, lo propio de cada uno es obrar según su naturaleza; por lo tanto, cuando se mueve por ajeno impulso en contra de su propia naturaleza, no obra como libre, sino como esclavo. Ahora bien: el hombre es racional por su propia naturaleza. Cuando, pues, se mueve según la razón por la práctica del bien, es perfectamente libre; pero, cuando peca, obra en contra de la razón, y esto es esclavitud. Por eso dice el Señor en el Evangelio que «todo el que comete pecado es esclavo del pecado» (Jn 8, 34)•

De manera que la triste potestad de hacer el mal no solamente no aumenta la libertad, sino que la disminuye en gran manera. Buena prueba de ello es que Dios, Ser libérrimo por excelencia, es, a la vez, absolutamente impecable.

III. EL ELEMENTO EJECUTIVO

42. Es el que corresponde a las potencias ejecutivas (v. gr., la realización de un acto externo a impulsos de la libertad interna). En realidad supone el acto humano ya constituido esencialmente por la advertencia del entendimiento y el consentimiento de la voluntad; pero le añade un complemento accidental que, además de intensificar el acto interno, puede afectar a una ley penal (v. gr., una excomunión de la Iglesia), de la que está exento el acto puramente interior.

Volveremos sobre esto al hablar de la moralidad de los actos externos.

Escolio: Análisis interno del acto humano completo.

43. Los teólogos escolásticos, en pos de Santo Tomás (I-II,8-17), han precisado con toda exactitud los 12 momentos fundamentales que el análisis interno descubre en la génesis y desarrollo del acto humano completo. Helos aquí en forma de tabla o cuadro sinóptico

Este esquema (excepto su traducción popular) se encuentra ya en Goudin (Etica q.2 a.3) y en Billuart (De actibus humanis d.3 proem.). Pero ha sido propagado modernamente por el P. Gardeil al escribir el proceso de la conversión a la fe en sus etapas esenciales, marcada spor esos actos, y la inserción en ellos de las gracias de conversión (cf. GARDHIL, Acte humann: DTC I,343-345; y La credibilité et l'Apologetique (París 1912) p.7 ss. 50 SS.).

 

ARTICULO III

Impedimentos del acto humano

44. Con este nombre suelen designar los teólogos las causas que modifican de alguna manera el acto humano en cuanto a su voluntariedad y libertad. Algunas de esas causas afectan al elemento cognoscitivo del acto humano; otras, al volitivo, y otras, finalmente, al ejecutivo. Y unas le afectan próximamente y otras remotamente. He aquí en esquema el camino que vamos a recorrer:

 

§ I.° IMPEDIMENTOS PROXIMOS

I. DEL ELEMENTO COGNOSCITIVO

El principal es la ignorancia, a la que se reducen más o menos la inadvertencia y el olvido.

A) La ignorancia

45. 1. Noción. En sentido propio, ignorancia es la carencia habitual de ciencia en un sujeto capaz. Pero en el sentido que interesa en orden a la moralidad de los actos humanos, la ignorancia se define: la falta de ciencia debida en un sujeto capaz. Es, pues, la ausencia de un conocimiento que se podría y debería tener.

En este sentido la ignorancia se distingue :

  1. De la simple nesciencia, que es la carencia de conocimientos no obligatorios (v. gr., de la medicina en los no médicos). No afecta para nada al orden moral.

  2. De la inadvertencia, que es la falta de atención actual a una cosa, aunque se la conoce habitualmente.

  3. Del olvido, que es la privación habitual o actual de una ciencia que se poseyó anteriormente.

  4. Del error, que es el juicio equivocado sobre la verdadera realidad de una cosa.

46. 2. División. La ignorancia puede dividirse de tres maneras principales: por razón del objeto, del sujeto y de la voluntad.

I) POR RAZÓN DEL OBJETO:

a) De derecho, es la ignorancia de una ley que manda o prohibe alguna cosa.

b) De hecho, es la ignorancia de que tal o cual acción está comprendida en la ley que la manda o la prohibe (v. gr., ignora que el libro que está leyendo está prohibido por la Iglesia).

2) POR RAZÓN DEL SUJETO:

a) Invencible: es aquella que no puede desvanecerse por el sujeto que la padece. Ya sea porque de ninguna manera la advierte (ignorancia absolutamente invencible) o porque ha intentado en vano desvanecerla, v. gr., preguntando a otras personas, estudiando el caso por sí mismo, etc. (moralmente invencible).

b) Vencible: es aquella que se podría y debería desvanecer con una diligencia razonable (v. gr., consultando, reflexionando, etc.). Se subdivide en simplemente vencible, si se puso alguna diligencia para desvanecerla, pero insuficiente e incompleta; crasa o supina, si no se hizo nada o casi nada; y afectada, si es plenamente voluntaria y no se quieren hacer las oportunas averiguaciones sobre los propios deberes para no verse en la obligación de cumplirlos.

3) POR RAZÓN DE LA VOLUNTAD:

a) Antecedente: es la anterior al acto realizado; de tal suerte que—tratándose de un acto malo jamás se hubiera cometido si se hubiera conocido su ilicitud. Es causa de la acción, que no se realizaría sin ella.

b) Concomitante: es la que va unida al acto que se realiza o se quiere realizar ignorando su ilicitud; pero con tal disposición de ánimo, que igual se realizaría el acto aunque se conociera dicha ilicitud. No es causa de la acción, que igual se realizaría sin ella.

c) Consiguiente: es la que resulta de la voluntaria negligencia en averiguar la verdad. Si esa negligencia obedece al deseo de no verse privado de realizar el acto (que tal vez se averiguaría ser ilícito si se hiciera la debida investigación), coincide con la ignorancia afectada.

47. 3. Influjo en el acto humano. Teniendo en cuenta las diferentes clases de ignorancia que acabamos de explicar, he aquí los principios fundamentales sobre su influjo en los actos humanos.

1º. La ignorancia invencible de derecho o de hecho excusa ante Dios, pero no ante los hombres.

La razón de excusar ante Dios es porque se trata de una ignorancia del todo involuntaria, y, por consiguiente, inculpable ante Aquel que escudriña el fondo de los corazones. Pero no excusa ante los hombres, porque muchas veces no podría comprobarse externamente su involuntariedad, y se prestaría a grandes abusos: todos los delincuentes alegarían que ignoraban la ley o que su acción estuviera comprendida en ella.

Para conocer en la práctica si hubo o no ignorancia invencible, y si fué absoluta o moral, basta examinar si la acción se realizó con plena y absoluta tranquilidad de conciencia sin la menor sospecha acerca de su licitud (ignorancia invencible absoluta); o si se produjo alguna duda, pero no pudo desvanecerse a pesar de las diligencias realizadas y se creyó proceder correctamente en la práctica, a pesar de subsistir teóricamente aquellas dudas (invencible moral).

2º. La ignorancia vencible es siempre culpable, en mayor o menor grado según el grado de negligencia en averiguar la verdad.

La razón de su culpabilidad es porque siempre es voluntaria. El agente se da cuenta de su ignorancia, y nada hace—o demasiado poco— para averiguar sus deberes. Sin embargo, es cierto que disminuye en algo el acto voluntario y lo hace, por consiguiente, menos culpable; a no ser que la ignorancia sea afectada, en cuyo caso se aumenta la malicia del acto por la perversa disposición de la voluntad del pecador, que no quiere enterarse de su deber para no verse obligado a cumplirlo.

3º. La ignorancia antecedente excusa de pecado en aquello que se ignora (el todo o la parte).

El que come carne en día de vigilia ignorando que lo es, de suerte que no la comería si lo supiera, no comete pecado alguno (a no ser que hubiera sido negligente en averiguarlo si tuvo la sospecha de ello antes de comer).

El que mata voluntariamente a un hombre ignorando que es sacerdote es reo de homicidio, pero no de sacrilegio personal.

4º. La ignorancia concomitante ni acusa ni excusa de pecado.

El que come carne ignorando que es día de vigilia, pero con tal disposición de ánimo que lo mismo la comería si lo supiera, no peca por comerla ese día, pero sí por su mala disposición habitual.

5.° La ignorancia consiguiente nunca excusa de pecado, aunque disminuye en algo su malicia; a no ser que se trate de ignorancia afectada, en cuyo caso aumenta la malicia del acto.

El médico, abogado, etc., que perjudica a su cliente en su salud o hacienda por no haberse tomado la molestia de estudiar mejor su enfermedad o pleito, peca por su culpable ignorancia, aunque no tanto como si le hubiera perjudicado del todo a sabiendas.

El que no quiere enterarse de sus obligaciones para no verse en la precisión de cumplirlas (ignorancia afectada), aumenta la malicia de su pecado, no cuando lo comete materialmente y con ignorancia, sino en su perversa disposición causal. Por eso la ignorancia afectada no excusa de las leyes penales de la misma Iglesia (cn.2229 § I) ni tampoco la crasa o supina (ibid., § 3,1.0).

B) La inadvertencia, el error y el olvido

48. Lo que acabamos de decir de la ignorancia puede aplicarse también a la inadvertencia, al error y al olvido involuntarios, que equivalen a una ignorancia actual o habitual (cf. cn.22o2 § 3). Serán más o menos inculpables según los principios que les afecten, habida cuenta de todas las circunstancias.

II. DEL ELEMENTO VOLITIVO

Los principales enemigos próximos del elemento volitivo son dos: la concupiscencia y el miedo. Con ellos están íntimamente relacionados las pasiones y los hábitos o costumbres. Todos ellos afectan al elemento volitivo del acto humano en su doble aspecto de voluntario y libre.

Vamos a estudiarlos separadamente uno por uno.

A) La concupiscencia

49. I. Noción. En el sentido que aquí nos interesa, se entiende por concupiscencia la inclinación o tendencia del apetito sensitivo hacia un bien deleitable (v. gr., a la impureza o embriaguez).

El primer impulso de la concupiscencia, totalmente indeliberado, se llama en teología moral simple primer movimiento, y no hay en él culpa alguna. Los impulsos semideliberados se llaman movimientos imperfectos, y hay en ellos culpa leve. Los plenamente advertidos y consentidos son los movimientos perfectos, y hay en ellos culpa grave en materia grave, y leve en materia leve.

50. 2. División. La concupiscencia puede ser antecedente o consiguiente al acto de la voluntad. Y así:

a) ANTECEDENTE es la anterior al acto de la voluntad deliberada, e influye en ella para arrancarle el consentimiento. Proviene de una causa, independiente de la voluntad (v.gr., de una disposición orgánica, de la presencia inesperada de una cosa provocativa, etc.).

b) CONSIGUIENTE es la que nace de la propia voluntad, ya sea por simple redundancia de un acto intenso de la misma (v.gr., de amor), que repercute sobre el apetito sensitivo y mueve la concupiscencia; ya por directa excitación de la concupiscencia (v.gr., contemplando fotografías u objetos provocativos), ya por el voluntario consentimiento a la concupiscencia antecedente, que pasa con ello a ser consiguiente.

51. 3. Influjo en el acto humano. La concupiscencia afecta al acto humano en la siguiente forma:

1° La concupiscencia antecedente aumenta la voluntariedad del acto, pero disminuye su libertad.

a) AUMENTA LA VOLUNTARIEDAD, porque lo que el hombre realiza a impulsos de una gran pasión lo realiza con mayor ímpetu afectivo.

b) DISMINUYE LA LIBERTAD (y, por lo mismo, la responsabilidad del acto), porque ofusca al entendimiento con sus atractivos placenteros y disminuye la indiferencia del juicio, raíz de la libertad.

Si el ímpetu pasional fuese tan vehemente que ofuscara por completo al entendimiento privando al hombre del uso de razón, excusaría por completo de pecado (a no ser que lo hubiera en no haber evitado la causa de tal ofuscación). Sin embargo, esto ocurre rarísimas veces, sobre todo con relación a los actos externos S.

2.° La concupiscencia consiguiente unas veces es signo de la intensidad del acto realizado; otras aumenta la voluntariedad del acto que se va a realizar sin disminuir la libertad en su causa.

a) Es SIGNO DE LA INTENSIDAD DEL ACTO REALIZADO cuando procede por simple redundancia del mismo. No aumenta ni disminuye la voluntariedad del acto ya realizado, puesto que es posterior a él y solamente es índice de la intensidad que tuvo.

b) AUMENTA LA VOLUNTARIEDAD DEL ACTO QUE SE VA A REALIZAR cuando se la excita directamente. Y no disminuye la libertad en su causa (ni, por consiguiente, la responsabilidad del acto), porque el ofuscamiento de la razón se produce de una manera plenamente voluntaria y provocada.

B) El miedo

52. I. Noción. El miedo es la ansiedad mental ante un mal presente o futuro que nos amenaza. A veces se produce también cuando ese mal amenaza a nuestros familiares o amigos muy íntimos, a quienes consideramos como otro yo.

53. 2. División. El miedo se divide de diferentes modos según la razón a que se atienda. Y así:

a) POR RAZÓN DE SU INTENSIDAD, puede ser grave o leve, según que el mal que se teme sea grande, próximo y difícil de evitar, o falte alguna de estas condiciones.

El miedo grave puede serlo absoluta o relativamente. Miedo grave absoluto es el que se refiere a un mal verdaderamente grande, que suele impresionar aun a los hombres más firmes (v.gr., la muerte, una grave mutilación, pérdida de la fama, de la libertad, etc.). Grave relativo es el que se refiere a un mal de suyo leve o de poca importancia, pero que impresiona fuertemente a quien lo sufre por su índole pusilánime y apocada (v.gr., a los niños, mujeres tímidas, etc.).

Hay que añadir a este capítulo el llamado miedo reverencia!, que es el que suelen tener los hijos a sus padres, los criados a sus amos, los súbditos a sus superiores, la mujer a su marido, etc., y puede ser grave o leve, según las circunstancias y personas. En general suele ser leve.

b) POR RAZÓN DE SU INFLUJO EN EL ACTO, puede ser antecedente o concomitante. El primero es el que mueve al agente a realizar su acto, de suerte que éste se hace precisamente por el miedo que se tiene (v.gr., el que entrega su bolsa al ladrón que le amenaza con una pistola). El segundo acompaña a la acción que se está realizando sin que sea causa de ella: el acto se realiza con miedo, pero no por miedo (v.gr., el ladrón que teme ser sorprendido mientras está robando).

c) POR RAZÓN DE LA CAUSA, puede ser intrínseco o extrínseco. El primero es el que procede de una causa interna (v.gr., de una enfermedad, debilidad mental, etc.) o, en un sentido más amplio, el que proviene de una causa natural (v.gr., de un naufragio, incendio, encuentro con una fiera, etc.). El segundo es el producido por una causa externa y libre (Dios, el demonio, el hombre).

d) POR RAZÓN DEL MODO, el miedo externo se subdivide en justo o injusto, según que el agente que lo produce tenga derecho a imponerlo y en la forma en que lo hace (v.gr., el juez imponiendo el justo castigo al reo, o el padre al hijo) o no.

54. 3. Influjo en el acto humano. He aquí los principios fundamentales :

1.° El miedo, en general, no suprime el acto voluntario.

Lo que se hace por miedo o con miedo, se hace, en fin de cuentas, voluntariamente, ya sea para escapar de un peligro mayor o a pesar de los peligros que amenazan.

2.° Lo que se hace CON miedo es perfectamente libre y voluntario, y en cierto modo más.

Tal ocurre con el ladrón que teme ser sorprendido mientras realiza su fechoría. Su voluntad de robar es tan firme y deliberada, que supera y vence al miedo que trata de impedírselo. Dígase lo mismo del torero con relación al toro, del soldado atacante con relación a su enemigo, etc.

3º. Lo que se hace POR miedo es mixto de voluntario e involuntario, pero prevalece lo voluntario.

El que entrega su bolsa al ladrón que le amenaza, preferiría no entregársela; pero prevalece la voluntad de entregársela para escapar de la muerte. Si el miedo quitase por completo el uso de la razón, el acto sería completamente involuntario.

4.° El miedo, aunque sea absolutamente grave, no excusa nunca de una acción intrínsecamente mala.

Por donde jamás es lícito—aunque sea para salvar la propia vida, fama o hacienda—blasfemar, perjurar, provocar directamente el aborto, permitir pasivamente la propia violación (hay que resistir todo lo que se pueda) etc.

5º. El miedo grave excusa, por lo general, de las leyes POSITIVAS que mandan practicar un acto bueno.

Y así, el que teme fundadamente que le tienen preparadas asechanzas para matarle si sale de casa un domingo, puede lícitamente dejar de oír misa ese día. La razón es porque en estos actos se sobrentiende que el legislador no tiene intención de obligar. De donde sale el principio de que »las leyes positivas no obligan con grave incomodidad». Otra cosa hay que decir de las leyes negativas (v.gr., no blasfemar), que jamás se pueden quebrantar, aunque nos vaya en ello la vida.

6º. Los contratos realizados bajo la presión de un miedo grave e injusto son de suyo válidos por derecho natural; pero son siempre rescindibles; y el derecho positivo puede declararlos nulos o inválidos en si mismos, o sea, sin necesidad de rescindirlos.

a) SON DE SUYO VÁLIDOS, porque el miedo, aun el grave e injusto, no suprime totalmente la voluntariedad del acto (v.gr., podría dejarse matar antes de pasar por ello). Se exceptúa el caso en que el miedo privara en absoluto del uso de la razón.

b) PERO SON RESCINDIBLES (o sea anulables por la autoridad competente) a petición de la persona ofendida o por oficio, ya que la persona ofendida tiene derecho a redimirse de la injusta vejación (cf. cn.Io3 § 2).

c) EL DERECHO POSITIVO PUEDE DECLARARLOS NULOS O INVÁLIDOS EN SU FUERO. Porque la ley positiva puede añadir nuevas condiciones a la ley natural que determinen la nulidad del acto ante el derecho positivo (v.gr., la invalidez ante la ley positiva de un testamento ológrafo por falta de los debidos requisitos).

El Derecho canónico declara inválidos (cuando se realizan por miedo grave e injusto) los siguientes actos o contratos: el ingreso en religión (cn.542 n.I), la profesión religiosa (cn.572 § I n.4), los votos (en.I3o7 § 3), el matrimonio (cn.io87), el sufragio en elección eclesiástica (cn.169), la absolución de las censuras y otras penas eclesiásticas (cn.2238), la renuncia de los oficios eclesiásticos (cn.185), etc.

El Derecho civil español dispone que »la violencia o intimidación anularán la obligación, aunque se hayan empleado por un tercero que no intervenga en el contrato» (art.1268).

N. B. El miedo leve no se tiene en cuenta, generalmente, en el fuero externo; en el fuero interno disminuye algo el voluntario y el libre, y, si fue injusto, puede dar derecho a la reparación de los daños causados.

C) Las pasiones

55. 1. Noción. En filosofía aristotélico-tomista se entiende por pasión el movimiento del apetito sensitivo nacido de la aprehensión del bien o del mal sensible con cierta conmoción refleja más o menos in-tensa en el organismo.

Los modernos psicólogos suelen reservar la palabra pasión para designar los movimientos pasionales más vehementes e intensos. Los de intensidad más suave reciben el nombre de emociones.

56. 2. División. Es clásica la división de las pasiones en dos grandes grupos : las del apetito concupiscible y las del irascible. El primero tiene por objeto el bien deleitable y de fácil consecución; el segundo se refiere al bien arduo y difícil de alcanzar. Al primero le corresponden seis movimientos pasionales; al segundo, cinco.

El siguiente cuadro esquemático muestra el conjunto del panorama pasional con sus correspondientes actos:

57. 3. Influjo en el acto humano. Al hablar de la concupiscencia hemos señalado ya las principales leyes sobre el influjo de las pasiones en los actos humanos, ya que la llamada concupiscencia no es sino el substratum de todas las pasiones que tienen por objeto el bien deleitable. Aquellas mismas leyes hay que aplicarlas, con las adaptaciones indispensables, a las pasiones del apetito irascible.

En general, las pasiones antecedentes aumentan la voluntariedad del acto, pero disminuyen la libertad por el ofuscamiento de la razón. Cuando son consiguientes y directamente excitadas, aumentan la voluntariedad sin disminuir la libertad en su causa, ya que ésta se puso libremente para excitarse más (v.gr., el que, deseando vengarse de su enemigo, procura recordar y exagerar las ofensas recibidas para encender su ira y excitarse más y más a la venganza). Los actos así realizados son perfectamente voluntarios y libres, y, por consiguiente, plenamente responsables. Unicamente cuando la pasión fuera tan súbita y repentina que impidiera toda deliberación, o llegara a privar totalmente del uso de la razón, sería involuntaria e irresponsable, a no ser que hubiera alguna culpabilidad en no haber evitado, pudiéndolo hacer, la causa que produjo tamaña ofuscación.

D) El hábito y la costumbre

 58. 1. Noción. En el sentido en que nos interesa aquí, el hábito es una inclinación firme y constante a proceder de una determinada forma, nacida de la frecuente repetición de actos.

La costumbre no es otra cosa que la misma repetición de actos. La costumbre engendra el hábito, y el hábito ya adquirido es causa de que continúe la costumbre. Ambos a dos se relacionan mutuamente como la causa y el efecto.

59. 2. División. He aquí las principales categorías de hábitos :

a) POR RAZÓN DE SU ORIGEN, pueden ser adquiridos o infusos, según que los adquiera el hombre con la repetición de actos naturales (virtudes y vicios adquiridos) o que los reciba por divina infusión (virtudes infusas).

b) POR RAZÓN DEL FIN al que se ordenan, pueden ser naturales o sobrenaturales.

c) POR RAZÓN DE SU MORALIDAD, pueden ser buenos (virtudes) o malos (vicios).

d) POR RAZÓN DE SU VOLUNTARIEDAD se dividen en voluntarios e involuntarios. Los primeros son los adquiridos con la voluntaria repetición de actos y no han sido retractados por la voluntad. Los segundos son los que han sido ya retractados por la voluntad, pero continúan todavía ejerciendo su influencia en el agente. Estos últimos son antecedentemente voluntarios, pero actualmente involuntarios.

60. 3. Influjo en los actos humanos. Con relación a los actos humanos nos interesa principalmente la última división. He aquí las leyes que la rigen:

1º. Los hábitos voluntariamente adquiridos y no retractados aumentan la voluntariedad del acto, aunque disminuyen su libertad.

La razón es la misma que ya expusimos al hablar de la concupiscencia antecedente. Disminuyen la libertad con relación al acto mismo; no en su causa, que se puso voluntaria y libremente.

2º. Los actos procedentes de hábitos voluntarios ya retractados eficazmente por la voluntad no tienen voluntariedad alguna cuando se realizan inconscientemente en virtud de la costumbre inveterada; pero conservan su voluntariedad si el agente se da cuenta del acto que realiza.

Y así, v.gr., el que adquirió el hábito de blasfemar y lo retractó mediante un serio arrepentimiento y el empleo de los medios oportunos para no recaer, no peca cuando se le escapa inadvertidamente una blasfemia en virtud de la mala costumbre contraída. Pero pecaría, a pesar de su arrepentimiento, si se diera cuenta de lo que va a decir a tiempo de evitarlo todavía.

3.° Los actos inconscientes procedentes de un hábito voluntariamente adquirido y no retractado son voluntarios en su causa, y, por lo mismo, son imputables al agente.

El que blasfema sin darse cuenta en virtud de un hábito voluntariamente adquirido y no retractado, peca gravemente con esas blasfemias inconscientes. No en cada una de ellas, sino tantas cuantas veces advierte que tiene esa mala costumbre y no hace nada por destruirla.

III. DEL ELEMENTO EJECUTIVO

Aun en el supuesto de que ningún obstáculo intrínseco o extrínseco venga a impedir el acto humano por parte de sus elementos cognoscitivo y volitivo, todavía puede venir una dificultad extrínseca con relación a las potencias ejecutivas: la violencia. Vamos a estudiarla a continuación.

La violencia

61. I. Noción. La violencia, en general, es una moción procedente de un principio extrínseco contra la inclinación del que la sufre (v. gr., para una piedra es violento arrojarla hacia arriba contra su inclinación hacia el centro de gravedad). Aplicada a un ser inteligente y libre, se llama coacción, y puede definirse la fuerza física (o moral) ejercida sobre una persona para obligarla a alguna cosa contra su voluntad.

62. 2. División. La violencia puede ser:

a) FíSIca o MORAL, según recurra a la fuerza física (golpes, etc.) o a la moral (halagos, promesas, ruegos importunos). La violencia propiamente dicha es la física; pero también la moral puede inferir cierta violencia sin recurrir al capítulo del miedo (amenazas, etc.).

b) PERFECTA O IMPERFECTA, según que el que la sufra resista todo cuanto pueda o sólo resista en parte.

63. 3. Influjo en el acto humano. He aquí los principios fundamentales :

1.° El acto interno de la voluntad no puede ser violentado por nadie .

La razón es porque, por propia definición, el acto de la voluntad es voluntario y libre. La fortaleza de la interna voluntad puede ser atacada, pero jamás vencida si ella no quiere ceder.

Nótese que ni el mismo Dios puede propiamente hacer violencia a la voluntad, porque se trata de algo intrínsecamente contradictorio. Pero Dios puede muy bien, con su gracia eficaz, hacer que el hombre quiera voluntariamente cambiar su propia voluntad (v.gr., arrepintiéndose del pecado que cometió).

Con mayor razón, ni los ángeles, ni los demonios, ni criatura alguna pueden forzar directa y eficazmente la voluntad misma del hombre.

2.° La violencia moral nunca suprime la voluntariedad del acto, aunque la disminuye algo.

Es evidente por la noción misma de violencia moral. El acto realizado en virtud de aquellas promesas y halagos será perfectamente humano y, por consiguiente, plenamente responsable.

3º. La violencia física produce el acto involuntario, total o parcial según los casos.

He aquí los principales casos que pueden ocurrir:

a) La violencia física inferida al que resiste todo lo que puede y no consiente interiormente, exime de toda responsabilidad al que la sufre, porque su acto es totalmente involuntario.

b) Si resiste externamente todo lo que puede, pero consiente internamente, el acto no es voluntario ni involuntario, pero sí querido y responsable, aunque con responsabilidad atenuada.

c) Si no consiente internamente, pero no resiste exteriormente todo lo que puede, le alcanza en parte la responsabilidad del acto, porque podría y debería resistir más.

d) Si consiente interiormente y no resiste' externamente todo lo que puede, el acto es voluntario y responsable, aunque algo menos que si no sufriera violencia alguna.

Aplicación. Estos principios tienen aplicación principalmente en el caso de una mujer atropellada violentamente. Suele preguntarse si esa mujer estaría obligada a resistir incluso hasta la muerte propia o del agresor. Hay que decir lo siguiente:

I.° Desde luego es cosa clara que puede dejarse matar en defensa de su pureza, y será mártir si lo hace así (Santa María Goretti).

2.° Se discute si podría echarse a la calle desde una ventana muy alta con peligro casi cierto de producirse la muerte. La mayor parte de los moralistas responden que es licito, porque el cuasi-suicidio sería indirecto e involuntario y hay causa suficiente para ello. Pero no está obligada si está moralmente cierta de que podrá evitar el consentimiento interior a la violencia física.

3º. Puede herir o incluso matar, en legítima defensa, a su injusto agresor. Pero no está obligada, y aun podría ser un excelente acto de caridad no hacerlo, para evitar que el malhechor vaya al infierno por estar en pecado mortal; con tal que tenga seguridad moral de que podrá evitar el consentimiento interior y resista externamente todo lo que pueda.

§ 2.° IMPEDIMENTOS REMOTOS

Además de los impedimentos próximos del acto humano perfecto que acabamos de estudiar, pueden señalarse algunos otros que repercuten sobre él de una manera más indirecta y remota. Algunos de ellos son puramente naturales; otros obedecen a causas patológicas; otros, finalmente, al influjo del ambiente o medio social en que se vive. Vamos a recordar brevemente los principales 10,

1. NATURALES

Sumario: Los principales son el del temperamento, carácter, edad y sexo

A) El temperamento y el carácter

64. I. Noción. El temperamento y el carácter están íntimamente relacionados entre sí, aunque sean dos realidades distintas. He aquí sus nociones:

a) EL TEMPERAMENTO. Se entiende por tal el conjunto de inclinaciones íntimas que brotan de la constitución fisiológica de una persona.

Desde la más remota antigüedad (Hipócrates, s. V antes de Cristo) se distinguen cuatro temperamentos principales: el sanguíneo, nervioso, colérico y flemático, determinados por el predominio de un sistema (los dos primeros) o de un humor orgánico (los dos últimos). En los últimos tiempos se han hecho múltiples tentativas para lograr una clasificación más científica, sin que se haya llegado todavía a nada estable y definitivo.

b) EL CARÁCTER. Es la resultante habitual de las múltiples influencias físicas, psíquicas y ambientales que contribuyen a formar la personalidad moral del hombre.

Como se ve por su misma noción, el temperamento es uno de los elementos que integran el carácter; pero este último recoge, además, las influencias psíquicas procedentes de la propia voluntad y las del medio ambiente que rodea a la persona. El carácter es la manera de ser habitual de un hombre, que le distingue de los demás y constituye su personalidad moral o *marca psicológica* propia.

65. 2. Influjo en los actos humanos. El principio fundamental puede enunciarse en la siguiente forma:

Ni el temperamento ni el carácter suprimen la voluntariedad, libertad y responsabilidad del acto humano, aunque pueden disminuirlas o atenuarlas en parte.

No las suprimen porque, salvo rarísimas excepciones que entran ya en los dominios de lo patológico, el acto humano se realiza con perfecta advertencia y consentimiento, cualquiera que sea el temperamento y carácter del agente.

Las disminuyen en parte, casi de igual forma, pero en grado mucho menor, que algunos de los impedimentos próximos de que hemos hablado: la concupiscencia, las pasiones, los hábitos y costumbres...

B) La edad y el sexo

Sin esfuerzo se comprende el influjo profundo que ejercerán en el acto humano la edad y el sexo de una persona. Es diferentísima la psicología del niño, del adolescente, del joven, del hombre maduro y del anciano. Y lo es también, en múltiples y complicados aspectos, la del hombre y la mujer. Recordemos algunos principios.

66. 1. La edad. Conviene tener en cuenta las principales fases de la vida del hombre que ejercen honda influencia en su conducta humana:

a) LA INFANCIA. Por 10 general, los años de la infancia (1 a 6 años) son del todo premorales. El niño no tiene uso de razón y obra por motivos instintivos, utilitaristas y egoístas, sin responsabilidad moral alguna.

b) LA NIÑEZ (6-7 a II-12 años). Es difícil precisar a qué edad comienza el uso de razón. Autores hay que dicen que el niño no es apto para realizar un acto moral perfecto (pecado mortal) hasta los diez u once años (Huber, Engert); pero esta norma, aplicada indistintamente a todos los países, temperamentos y ambientes, nos parece inaceptable. La vida moral de estos niños es muy indecisa y vacilante; se dejan llevar generalmente de las impresiones del momento, sin mirar hacia el pasado o el futuro. Es la época en que hay que intensificar, con delicadeza y tacto exquisitos, la siembra de buenas semillas en una tierra virgen que puede llegar a producir el ciento por uno o a malograrse quizá para siempre.

c) LA ADOLESCENCIA (12-16 años). En esta época se produce una gran crisis fisio-psicológica en la personalidad del niño, que repercutirá hondamente en su conducta moral y religiosa. Despiertan sus pasiones, se enriquece su vida afectiva, experimenta movimientos de insubordinación y rebeldía contra todo lo que suponga obstáculo a su propia libertad e independencia, etc., etc. Del cuidado y tino en saber encauzar esas tendencias dependerá, en parte grandísima, la conducta moral de toda la vida posterior. Gran responsabilidad de los educadores: padres, maestros, director espiritual, etc.

d) LA JUVENTUD (16 a 25-30 años). Es la época de las grandes pasiones, por un lado, y de los grandes ideales, por otro. La personalidad humana se va plasmando cada vez más acentuadamente hasta adquirir la definitiva impronta moral, que, por lo general, perdurará toda la vida.

e) LA VIRILIDAD (30 a 6o-65 años) es la época en que la vida moral del hombre llega a su máxima intensidad y madurez. El hombre alcanza la plena responsabilidad de sus actos, superada ya la precipitación irreflexiva de la juventud y enriquecido su acervo psicológico con las enseñanzas insubstituibles que le va proporcionando la experiencia diaria en torno a la conducta propia y ajena.

f) LA VEJEZ (65 años en adelante) se caracteriza por una mayor gravedad y ponderación moral—nacida de la larga experiencia—, que con frecuencia es contrarrestada por cierto reverdecer de los defectos de la infancia: egoísmo, avaricia, caprichos, suspicacia, etc. En la senectud muy avanzada, la responsabilidad moral va disminuyendo progresiva y paralelamente a las facultades mentales del anciano.

67. 2. El sexo. Influye también mucho en la vida moral. El hombre se gobierna mejor por los principios intelectuales que por los impulsos afectivos, al revés de la mujer. El egoísmo, la ambición, la sensualidad, el orgullo, la obstinación en el error, etc., son defectos típicamente masculinos, a diferencia de la debilidad de carácter, vanidad, inconstancia, sugestionabilidad, etc., etc., que prenden fácilmente en el corazón femenino. En descargo de los hombres hay que poner su mayor tenacidad y constancia en las grandes empresas, que suponen esfuerzo y heroísmo sobrehumanos (v.gr., en la guerra), mientras que el sacrificio callado y el espíritu cotidiano de abnegación (v.gr., en la educación de los hijos) brillan ante todo en la mujer. Ciertos fenómenos periódicos que experimenta esta última repercuten también, a veces muy intensamente, en su psicología y actividad moral.

C) La herencia

68. Se ha exagerado mucho por algunos psiquíatras y criminalistas la influencia de las tendencias hereditarias en la conducta moral del hombre. Sin negar del todo la huella ancestral que pueda descubrirse en ciertas propensiones naturales a la cólera, sensualidad, robo, embriaguez, suicidio, etc.—lo mismo que para una conducta morigerada y honesta—, es preciso concluir que estos elementos hereditarios repercuten en el acto moral tan sólo de una manera remota, parcial o incompleta, ya que, salvo anormalidades de tipo patológico, no comprometen la libertad substancial con que se realiza, aunque puedan disminuirla o debilitarla un poco.

II. PATOLÓGICOS

La patología repercute, sin duda, fuertemente en la conducta moral del hombre en virtud de las relaciones tan íntimas entre el cuerpo y el alma, de cuya unión resulta el compuesto substancial humano. Por eso, entre todas las enfermedades que pueden asaltar al hombre, las nerviosas y mentales son las que se relacionan más directamente con la moralidad de sus actos.

Imposible un análisis exhaustivo de la amplísima materia que nos sale al paso. Nos limitamos a unas breves observaciones sobre los fenómenos patológicos más frecuentes, que es menester tener muy en cuenta para juzgar de la conducta moral del enfermo y de su grado de responsabilidad ante Dios y los hombres.

A) La neurastenia

69. 1. Noción. Es un estado patológico que consiste en la fatiga y depresión habitual del sistema nervioso por causas orgánicas o psíquicas, o por ambas a la vez.

Sus síntomas o manifestaciones más frecuentes son: la fatiga general por las menores ocupaciones, principalmente intelectuales, dolor de cabeza, insomnio pertinaz, irritabilidad, impresionabilidad, trastornos digestivos y circulatorios (arritmia, palpitaciones), inconstancia, abatimiento, escrúpulos y ansiedades, tristeza, sueños terroríficos u obsesionantes, fobias, abulia, debilidad mental, etc., etc. No siempre se reúnen todos estos síntomas, pero su mayor o menor número es índice del arraigo de la enfermedad en el paciente.

La neurastenia constitucional es casi siempre incurable; la accidental o transitoria, por el contrario, lo es fácilmente: no con el reposo absoluto —como se cree con frecuencia, equivocadamente—, sino más bien con una ocupación tranquila y un ambiente de paz y de optimismo.

70. 2. Influjo moral. Rara vez la neurastenia exime totalmente de la responsabilidad de los actos humanos, puesto que no suprime del todo su voluntariedad y libertad.

Con todo, es muy cierto que la responsabilidad moral de estos pobres enfermos está muy atenuada, y con frecuencia sus actos desordenados estarán desprovistos de malicia grave, principalmente en sus impulsos repentinos e irreflexivos. No obstante, si para contrarrestar su tristeza buscan los placeres prohibidos, que nada tienen que ver con sus impulsos neuróticos, hay que juzgar que cometen verdaderamente pecado grave, presupuestas las condiciones requeridas para ello.

B) La histeria

71. 1. Noción. Es una perturbación nerviosa mucho más intensa que la anterior, caracterizada por una excitación y desorden del sistema nervioso que produce un gran desequilibrio en la sensibilidad y psiquismo del paciente.

Sus síntomas son variadísimos y no ofrecen uniformidad ni siquiera en un mismo paciente. Se ha dicho que »lo único constante en la histeria es su perpetua inconstancia». Con todo, casi nunca faltan, en una forma o en otra, movimientos descompasados, convulsiones, anestesias parciales (vista, oído), hiperestesia de otros sentidos u órganos, vómitos, digestiones retardadas, gran sugestionabilidad, estallidos inesperados de risa o de llanto, enorme inconstancia y volubilidad, propensión a la mentira, a la sensualidad más desenfrenada; prurito de llamar la atención, enorme egoísmo, amenazas de suicidio, irregularidad de la memoria, perturbaciones genitales, alucinaciones vivísimas (jurarían que ven y oyen lo que no existe fuera de su fantasía), etc., etc:

Las causas de este gran desorden nervioso no han sido bien precisadas todavía. Probablemente no es una enfermedad orgánica, sino funcional, o sea, que no proviene de lesiones cerebrales o de otros órganos, sino del mal funcionamiento del sistema nervioso debido a múltiples factores, entre los que parece destacar la autosugestión morbosa o la sugestión extrínseca en sujetos especialmente predispuestos a recibirla.

Como sugiere su mismo nombre (de ystera, útero), es enfermedad más propia de mujeres, aunque también puedan sufrirla los hombres, sobre todo los que poseen un sistema nervioso fácilmente excitable. No siempre procede de una conducta desordenada y culpable, ya que se han comprobado crisis histéricas en personas de gran piedad y exquisita pureza de costumbres.

72. 2. Influjo moral. En los momentos de crisis aguda, la responsabilidad está casi del todo anulada, ya que el paciente no posee el control y dominio de sus actos, o lo posee muy incompleto y atenuado.

En general, el verdaderamente histérico tiene muy disminuido el campo de la conciencia y el control de su libertad, y con frecuencia no habrá acto humano perfecto en su manera de proceder ni, por consiguiente, responsabilidad grave. Con todo, hay momentos en que se dan perfecta cuenta de lo que hacen, y fingen con gran habilidad su acostumbrado desequilibrio para obtener alguna ventaja, casi siempre de tipo egoísta y sensual. El grado de responsabilidad habrá de medirse en cada caso por el de su conocimiento y libertad al realizar el acto, cosa nada fácil de averiguar en la práctica.

C) La epilepsia

73. Es una alteración del sistema nervioso mucho más grave que la histérica. Durante la crisis aguda (coma epiléptico) desaparece en absoluto la responsabilidad moral, puesto que el paciente pierde por completo el control y dominio de sí mismo. En los períodos de calma subsiste, en general, la libertad y responsabilidad de los actos, aunque algo perturbada y disminuida, sobre todo si las crisis son frecuentes.

Estos pobres enfermos han de ser tratados con gran benignidad, apartando de ellos todo motivo de perturbación de su destrozado sistema nervioso.

D) La psicastenia

74. Con este nombre genérico se denominan una serie de perturbaciones psíquicas de índole nerviosa que no alcanzan la virulencia de las que acabamos de citar. Tales son las ideas fijas y obsesionantes, los impulsos obsesivos (al suicidio, la blasfemia, etc.), las fobias y manías (contra la luz, el polvo, el agua, la soledad, etc.), la abulia o falta de voluntad, los tics nerviosos (muecas, gestos inconscientes, etc.), la ciclotimia o tránsito brusco del estado de excitación al de depresión psíquica, etc., etc.

Las causas de estas anomalías psíquicas no se han podido precisar todavía con exactitud. Parece que provienen, en su mayor parte, de ciertas perturbaciones cerebrales de origen hereditario o funcional. Muchos de esos fenómenos—sobre todo las ideas fijas, los impulsos obsesivos, la abulia, etcétera.—disminuyen la libertad del acto humano y atenúan, por consiguiente, su responsabilidad; pero rara vez llegan a suprimirla del todo.

III. SOCIOLÓGICOS

75. Aparte de los impedimentos u obstáculos del acto humano perfecto procedentes de las causas naturales o patológicas que acabamos de recordar, no cabe duda que ejercen gran influjo sobre él otros muchos factores procedentes del ambiente social en que se desenvuelve la vida de un hombre.

Entre ellos destacan por su singular importancia la educación recibida en el seno del hogar y en la escuela o universidad; el ambiente que se respira en el propio taller, oficina, comercio, cuartel, etc.; las lecturas, los espectáculos, las amistades, las conversaciones, los vaivenes de la política, las perturbaciones sociales (huelgas, algaradas revolucionarias, etc.), las guerras y conflictos internacionales, la inmoralidad profesional, los malos ejemplos, las injusticias y atropellos, etc. Todo esto va dejando su huella en la psicología humana, sobre todo en la época juvenil, ejerciendo una influencia a veces decisiva en la formación de la propia personalidad moral.