Missale Hispano-Mozarabicum. Ordo Missæ. Liber Offerentium. (Latín y español).

 


 

CONGREGATIO PRO CULTU DIVINO

Prot. n. 203/86

HISPANIÆ DIŒCESIUM

Hispaniarum Ecclesiæ, quæ studiose necnon assidue fidem in Christo Domino acceperunt, propagarunt atque defenderunt, iam ab antiquo eandem fidem celebraverunt liturgia propria, quæ iuxta temporum diversitatem «hispanica» ac «visigothica» appellata est, et post araborum invasionem «mozarabica».

Postquam regna hispanica ritum romanum adoptaverunt, venerabilis liturgia hispanica vivens exstitit usque ad hodiernum diem in nonnullis civitatis Toletanæ ecclesiis.

Concilii autem Œcumenici Vaticani II præscripto obsecuta, ut ritus particulares ad pristinam sanctorum Patrum normam restituerentur necnon ad hodierna requisita et condiciones accommodarentur, Hispaniæ Conferentia Episcoporum attenta cura mandavit libros liturgicos hispanicos in lucem edi.

Commissio vero liturgiæ hispanicæ recognoscendæ instituta et nunc allaborat ut, e fontibus authenticis, Ecclesiis quæ hodie sunt in Hispania, possibilitas offeratur Eucharistiam celebrancli iuxta normas, uberi patrum thesauro fideliter servato.

Quapropter instantia Excellentissimi Domini Gabini Diaz Merchán, Archiepiscopi Ovetensis et Coetus Episcoporum Hispaniæ Præsidis, per litteras die 18 decembris 1986 datas, accepta, vigore facultatum huic Congregationi a Summo Pontifice Ioanne Paulo II tributarum, textus Prænotandorum et Ordinis Missæ, necnon Proprii de Tempore, scilicet Temporis Adventus, Natalis, Quadragesimæ, Paschæ et Temporis per annum, ad interim perlibenter probamus seu confirma-mus, prout exstant in adiecto exemplari, usque dum reliquarum partium Missalis instauratio sit peracta.

In textu imprimendo inseratur ex integro hoc Decretum, quo ab Apostolica Sede petita confirmatio conceditur.

Eiusdem insuper textus impressi duo exemplaria ad hanc Congregationem transmittantur.

Contrariis quibuslibet minime obstantibus.

Ex ædibus Congregationis pro Cultu Divino, die 17 iulii 1988, in celebratione sanctarum Iustæ et Rufinæ, virginum et martyrum.

Eduardus Card. Martínez Somalo

Præfectus

X Vergilius Noé

Archiepiscopi tit. Voncariensis
a Secretis


 

DECRETO

 

El texto del Ordo Missæ del rito Hispano Mozárabe fue aprobado por la XLV Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española (17-22 de noviembre de 1986) y posteriormente confirmado ad interim por el Decreto Hispaniarum diœcesium de la Congregación para el Culto Divino y para la Disciplina de los Sacramentos (17 de julio de 1988).

En consecuencia, dicho texto, publicado en el presente volumen Ordo Missæ iuxta ritum Hispano-Mozarabicum, debe ser tenido como típico y oficial ad interim para el uso litúrgico en todas las diócesis de España.

Dado en Madrid el día 8 de enero, festividad mozárabe del Martirio de los Niños de Belén, del año 1990.

X Ángel Card. Suquía Goicoechea

Arzobispo de Madrid
Presidente de la Conferencia
Episcopal Española

 


 

PRESENTACIÓN

 

Al entregar el Señor a su querida Esposa, la Iglesia, en la última cena, el sacrificio memorial de su Pascua, mandó a sus Apóstoles y a sus Sucesores que lo ofrecieran para actualizar el misterio de la Redención del género humano (Cf. Conc. de Trento, sesión XXII, cap. 1). La Iglesia, extendida de Oriente a Occidente, se ha mostrado siempre fiel en el cumplimiento del mandato del Señor.

La manera propia y peculiar con que cada Iglesia ha verificado el mandato del Señor de celebrar el memorial eucarístico, ha quedado plasmado en lo que hoy llamamos Ordo Missæ. Fundamentalmente idéntico, varía, no obstante, de un Rito a otro Rito, manifestando al mismo tiempo la unidad y la catolicidad de la Iglesia de Cristo.

Las Iglesias de la Hispania Romana interpretaron el mandato del Señor de celebrar la Eucaristía según su propia personalidad e idiosincrasia, forjada en la aceptación de la Tradición que a su vez transmitieron a las generaciones posteriores. De esta manera se fue elaborando el Ordo Missæ propio de las Iglesias de España y con el Ordo Missæ, todo el conjunto del rito llamado visigótico o hispano-mozárabe.

La elaboración del Rito fue obra lenta, cuyos resultados pueden apreciarse en los Concilios Hispano-Romanos y Visigóticos, sobre todo en los Concilios III y IV de Toledo. San Isidoro en su Liber primus de Ecclesiasticis Officiis (PL 83, 752-753) dedica un amplio comentario a la serie de oraciones variables que constituyen uno de los elementos más característicos del Ordinario de la Misa Hispano-Mozárabe.

Suprimido el Rito a instancias del Papa Gregorio VII en 1080, pervivió, no obstante, en las Parroquias Mozárabes de Toledo todavía bajo dominio musulmán. Efectuada la Reconquista en 1085, se planteó el problema de la sustitución del Rito para los fieles de la Mozarabía toledana, que veían en él el vínculo que les había mantenido firmes en su fe cristiana. La solución de compromiso fue que se mantuviera el Rito ancestral para los Mozárabes agrupados en seis Parroquias, mientras que las Parroquias, creadas para los nuevos pobladores castellanos y francos, seguirían el Rito romano lo mismo que el restaurado Cabildo Catedral.

Consciente el Cardenal Cisneros, Arzobispo de Toledo, del patrimonio teológico, litúrgico y cultural del antiguo Rito que se mantenía aún vivo en las citadas Parroquias toledanas y para asegurar su permanencia, editó en 1500 el Misal y fundó la Capilla del Corpus Christi en la Catedral Primada de Toledo, para que en ella se celebrara la misa y el oficio según tan venerable liturgia. Rito que ha perdurado hasta nuestros días gracias a la Capilla Mozárabe y a las familias mozárabes, descendientes de aquellos que, en medio de los musulmanes, mantuvieron su fidelidad a la fe expresada en su Rito propio y peculiar.

El Cardenal Cisneros, al editar el Missale Mixtum o misal plenario para mejor adaptarlo a su época, integra un Ordo Missæ que se encontraba en algunos códices del Misal Romano Toledano, que, como otros libros litúrgicos occidentales, había sufrido las influencias medievales. Dicho Ordo Missæ no representaba un proceso evolutivo y homogéneo de la Misa Mozárabe. El Cardenal Lorenzana en 1804 se limita a reeditar este Misal.

Son razones litúrgico-pastorales las que han movido al Concilio Vaticano II a promover la reforma de la liturgia romana, a fin de que los fieles participen plena, activa y conscientemente en las celebraciones litúrgicas (Cf. Sacrosanctum Concilium 14). Esta misma solicitud se hace extensible a los otros ritos no romanos, los cuales, si fuere necesario, han de ser revisados según la sana tradición para que adquieran nuevo vigor.

De acuerdo con estas directrices conciliares fue surgiendo en Toledo la idea de que había que acometer de alguna manera la reforma del Rito. La Capilla Mozárabe inició pequeñas reformas formales de adaptación coincidiendo con el interés científico sobre el Rito que cristalizó en el 1 Congreso Internacional de Estudios Mozárabes el año 1975.

Considerado el Arzobispo de Toledo por la Santa Sede como Superior Responsable del Rito Hispano-Mozárabe, creí oportuno afrontar una reforma profunda del mismo a fin de que en los lugares en donde habitualmente se celebra y en donde pudiera celebrarse por diversas razones, se dispusiera de los respectivos libros litúrgicos renovados que hicieran posible una digna celebración de los Misterios del Señor.

Para ello propuse a la Conferencia Episcopal Española la conveniencia de la Revisión del Rito. La Conferencia Episcopal me encargó la realización de tal proyecto. Para lo cual instituí el 12 de julio de 1982 una Comisión de expertos que desde esta fecha ha venido trabajando en ello.

El 17 de julio de 1988, festividad de las Santas Justa y Rufina, titulares de la Parroquia Mozárabe de Toledo, la Santa Sede aprobaba ad interim los primeros frutos del trabajo realizado, a saber, el Ordo Missæ, el Propio del Tiempo del Misal y los Prenotandos, que previamente habían sido aprobados por la Conferencia Episcopal Española.

Esperamos que con este Misal Hispano-Mozárabe sea más consciente, más plena y más activa la participación en la celebración eucarística. Esta es la finalidad que nos hemos propuesto al revisar los libros litúrgicos según la manera propia y peculiar con que las Iglesias de España celebraron el sacrificio de la Misa, el Memorial de la Pascua del Señor, esperando su retorno glorioso desde el cielo.

Ahora se ofrece a la Iglesia de España la edición de los Prenotandos y el Ordo Missæ, como primer paso de la reforma del venerable Rito.

Toledo 2 de enero, festividad mozárabe del Inicio del año, del año 1990.

Marcelo Card. González Martín

Cardenal Arzobispo de Toledo
Primado de España

Superior Responsable
del Rito Hispano-Mozárabe

 


PRENOTANDOS

 

I. INTRODUCCIÓN HISTÓRICA DEL RITO

a) Origen y formación

1. El antiguo rito hispánico formó parte del grupo de liturgias de lengua latina que, entre los siglos V y VII, se constituyeron en Occidente.

No todas las liturgias occidentales lograron alcanzar su pleno desarrollo. Nada ha sobrevivido de las liturgias de Cartago y de Aquileya, que no superaron la fase inicial. Muy poco se ha salvado de la liturgia beneventana. Se llegó a la compilación de algunos libros del rito céltico, en Irlanda; pero su contenido demuestra el escaso rendimiento de lo que habría tenido que ser su período de creatividad. El rito de Milán, con su producción musical, ejerció un influjo decisivo en la composición de los cantos del rito romano y con ello se impuso como modelo supremo en Occidente; su escuela eucológica conoció un momento de esplendor; pero circunstancias históricas impidieron que siguiera formándose libremente hasta la compilación definitiva de sus libros litúrgicos. Algo semejante ocurrió a la liturgia galicana, que tuvo sus orígenes en la región de Provenza y que fue prácticamente desechada cuando el Reino franco-germánico adoptó el rito romano.

Las dos únicas liturgias occidentales que pudieron formarse ampliamente, con abundancia de medios, sin límites de tiempo y sin obstáculos de cualquier género procedentes del exterior, fueron los ritos romano e hispánico.

2. En la formación del rito hispánico, intervinieron tres grandes sedes metropolitanas: Tarragona, Sevilla y Toledo.

La mayoría de autores de textos y cantos quedó en el anonimato. Pero la tradición ha conservado algunos de sus nombres: Justo de Urgell (primera mitad del s. VI), san Leandro de Sevilla (c. 540-600), san Isidoro de Sevilla (c. 560-636), Pedro de Lleida (med. s. VII), Conancio de Palencia (med. s. VII), san Eugenio II de Toledo (+ 657), san Ildefonso de Toledo (c. 610-667), san Julián de Toledo (c. 642-690).

3. Varios factores contribuyeron al pleno desenvolvimiento del rito hispánico. En primer lugar, una sólida base cultural, que en la época de la dominación romana había dado ya nombres ilustres a la literatura latina, y que logró mantenerse en las zonas más latinizadas de la Península, a pesar de las sucesivas invasiones y de las guerras entre invasores.

Gracias a una relativa paz religiosa obtenida con la conversión oficial al Catolicismo del Reino de los Visigodos (Concilio III de Toledo, a. 589), florece en España un verdadero humanismo latino, fomentado por la corte visigótica, del que son representantes san Isidoro, san Braulio, san Eugenio y san Ildefonso. Los textos eucológicos constituyen el patrimonio literario más importante de los siglos VI y VII (Cf. nn. 65 y 70).

4. Los autores hispánicos que dedicaron su arte literario o musical a la composición de piezas litúrgicas sabían ya, por experiencia, lo que la liturgia significa, en cuanto instrumento catequético, para la vida de la Iglesia (Cf. n. 63). Ellos seguían el ejemplo de sus venerables predecesores, que habían actuado, al principio, guiados por una especie de intuición profética. El fenómeno de la creatividad en España se produjo más tarde y se prolongó mucho más que en las otras iglesias del ámbito mediterráneo.

Los Padres hispánicos, observando lo que sucedía en otras iglesias, habían aprendido que, para infundir la doctrina católica y una espiritualidad verdaderamente cristiana en la mente de los fieles, resultaban más eficaces los textos litúrgicos que los tratados, los sermones o las homilías. En la oración, la teología no se presentaba ya como materia sujeta a ulteriores discusiones, sino como iluminación de la fe, que el cristiano, sumergido en la presencia de Dios, se asimilaría pacíficamente.

Por eso la eucología, la himnodia, las centonizaciones bíblicas de los cantos sacros, fueron los géneros literarios preferidos en la España de aquella época.

5. La solicitud de las iglesias, en España, para realizar sabiamente, del mejor modo posible, la celebración de la Eucaristía y del oficio divino, la ordenación del año litúrgico y la administración de los sacramentos y sacramentales, se manifiesta también en la atención que los concilios dedican a las cuestiones litúrgicas.

Disposiciones relativas a la liturgia emanan de los concilios de la provincia Tarraconense de la primera mitad del siglo VI, de los concilios de Braga y, a partir del IV Concilio de Toledo (a. 633), que consagra a la liturgia diecisiete de sus cánones, volverán a ocuparse de liturgia varios de los concilios toledanos del siglo VII.

6. En la formación del rito convergen, por lo tanto, la obra literario-doctrinal de los Padres de las Iglesias hispánicas y la legislación de los concilios. Pero el valor documental de las disposiciones conciliares no siempre es de carácter estrictamente disciplinar.

San Isidoro de Sevilla, en sus años juveniles, había escrito el tratado De Ecclesiasticis Officiis, que bien puede ser considerado el primer «manual de liturgia» de la historia. Allí se demostraba ya informado sobre los usos litúrgicos de otras iglesias occidentales. El mismo san Isidoro, en la plena madurez de su erudición y su experiencia pastoral, presidió el IV Concilio de Toledo y redactó personalmente las actas del mismo. Los cánones relativos a la liturgia no eran ya simples normas de observancia, antes bien cada uno de ellos contenía una ilustración adecuada para que fuesen comprendidas las razones históricas o doctrinales de lo que el concilio ordenaba.

El X Concilio de Toledo (656) instituía la fiesta de Santa María, el 18 de diciembre. Esta vez el canon 1 fue redactado por san Ildefonso, que jugó un papel decisivo en aquel concilio. Las razones que en el mismo se exponen son de máximo interés para la historia y la teología del año litúrgico (Cf. n. 154).

7. Desde las iglesias hispánicas que, antes de proceder a la constitución de una liturgia autóctona, habían adoptado formularios procedentes de otras iglesias (Cf. nn. 50, 90-91, 95), se siguieron observando los signos de evolución que se producían en otras iglesias locales. Ni en el momento de mayor intensidad creadora, se pierde el contacto con las lejanas liturgias de Oriente -de tipo alejandrino, antioqueno o siro-caldeo- y con las más cercanas de la Galia meridional, Milán y Roma (Cf. nn. 79-80). La liturgia hispánica iba afirmándose, manteniéndose siempre vinculada a la tradición universal.

8. De una.provincia a otra, se establece un intercambio de la producción eucológica y musical respectiva.

La uniformidad, en materia litúrgica, invocada más de una vez por los concilios, si realmente llega a realizarse, se limita al ámbito de la provincia eclesiástica. Se difunden las listas de perícopas bíblicas, los cantos y textos eucológicos de la Misa y del oficio; y todo esto se convierte en patrimonio común. Pero cada una de las iglesias metropolitanas lo ordena a su propio modo.

Esto explicará que en las fuentes que han llegado hasta nosotros deba reconocerse la existencia de dos tradiciones distintas (Cf. nn. 15-16) y que, en manuscritos de una misma tradición, se verifiquen divergencias de composición de una cierta importancia.

9. De la necesidad de preparar los textos para la celebración, nacieron compilaciones parciales y provisorias, en forma de libelos, y de éstos, se pasó a los primeros esbozos de los libros litúrgicos.

En realidad no se podía pensar en la codificación definitiva de los libros hasta que no se registrasen los primeros indicios de extinción del período de la creatividad. Esto acontece con la muerte de san Ildefonso.

La compilación de los libros litúrgicos, o gran parte de ellos, es atribuída a san Julián por su mismo biógrafo. Con ello se daba un paso decisivo hacia la efectiva uniformidad litúrgica, por lo menos en dos provincias eclesiásticas: la Tarraconense y la Cartaginense; la capitalidad de la Cartaginense se había establecido en Toledo.

b) Período mozárabe

10. La invasión de los árabes que en pocos años, del 711 al 719, ocuparon casi por entero la Península Ibérica, interrumpió bruscamente el proceso evolutivo del rito hispánico.

Algunos clérigos consiguieron emigrar llevando consigo los libros litúrgicos. Un oracional del oficio, procedente de Tarragona, se conserva actualmente en Verona. Otros enriquecieron las bibliotecas de las escuelas monásticas, en donde florecía el renacimiento cultural promovido por Carlo Magno y sus sucesores. De este modo, textos de origen hispánico fueron incluidos en la composición del pontifical romano-germánico.

Un baluarte de resistencia a la ocupación islámica se había establecido en Asturias. Apenas consolidada aquella base para la futura reconquista, el año 790, Alfonso el Casto decretó que en Oviedo fuese restaurada la liturgia palatina, tal como se había celebrado en Toledo.

11. Los emigrados que se habían refugiado en la Septimania, armados y dirigidos por los jefes militares del Reino de los Francos, en 782 habían liberado las dos vertientes de los Pirineos orientales. Desde allí reconquistarían sucesivamente los condados de la Marca Hispánica, y éstos formarían Cataluña. En la zona liberada se instalaron varios monasterios benedictinos que introdujeron el rito romano.

En los códices litúrgicos de rito romano copiados en Cataluña, concretamente en la parte correspondiente al ritual, subsistieron elementos del rito hispánico.

12. En cambio, el antiguo rito seguía celebrándose en la España ocupada por los árabes y en los nuevos reinos de León, Castilla y Navarra. Se han conservado un gran número de códices y fragmentos del rito hispánico copiados, durante los siglos X y XI, en los escritorios de León, San Millán de la Cogolla, San Juan de la Peña, Santo Domingo de la Calzada y Santo Domingo de Silos.

Los manuscritos demuestran la existencia de un reflorecimiento musical, que habría tenido lugar durante el siglo X. Los centros principales habrían sido León y San Millán. Ese movimiento renovador implicaba una relativa creatividad. No se limitaban a transcribir los cantos antiguos, sino que los enriquecían con nuevos versículos.

El fenómeno de la creatividad se extiende al campo de la eucología. A Salvo de Albelda (+ 962) se atribuyen una serie de misas votivas, que podrían identificarse con las que componen la tercera parte del liber ordinum. Algunos de los manuscritos del siglo XI transcritos en Silos han conservado otros textos eucológicos que corresponden aproximadamente al mismo período.

c) Abolición y relativa supervivencia del rito

13. Legados del papa Alejandro II impusieron la sustitución del antiguo rito por el rito romano en el monasterio de San Juan de la Peña (1071).

El papa san Gregorio VII obtuvo, después de la implantación del rito romano

en Leyre (1076), que el rey Alfonso VI convocara el Concilio de Burgos (1080), en el que se decretó la abolición del rito «gótico» en los reinos de Castilla y de León.

14. Los que, hallándose en la España ocupada por los árabes, querían permanecer fieles a la religión de sus padres, para poder celebrar el culto cristiano o participar en él, tenían que pagar un tributo especial a las autoridades locales. Estos recibieron el nombre de «mozárabes».

Al liberar la ciudad de Toledo (1085), el rey Alfonso VI concedió a los mozárabes, en reconocimiento a sus méritos, el privilegio de poder seguir celebrando el antiguo rito hispánico en las seis parroquias que entonces existían en Toledo.

El arzobispo Bernardo de Sahagún (1085-1124) intentó suprimir tal privilegio. Pero las comunidades mozárabes, a las que, a principios del siglo XIII, se habían incorporado un gran número de emigrantes de la España meridional y del norte de África, defendieron tenazmente su sagrado derecho.

Los escritorios de las parroquias de las Santas Justa y Rufina y de Santa Eulalia siguieron renovando los libros litúrgicos del antiguo rito durante los siglos XII y XIII, hasta principios del siglo XIV.

15. Los manuscritos copiados en la parroquia de las Santas Justa y Rufina se distinguen de los demás códices procedentes del norte de la Península y del escritorio de Santa Eulalia de Toledo.

La tradición A, representada por la mayoría de los manuscritos, revela una compilación más perfecta y elaborada de los libros litúrgicos destinados a la celebración de la Misa y del oficio divino.

Pero la tradición B, representada por los que proceden del escritorio de la parroquia de las Santas Justa y Rufina, presenta signos innegables de arcaísmo, y no puede en modo alguno ser considerada una versión deformada de la otra tradición.

Las divergencias entre ambas tradiciones no conciernen solamente a la ordenación o correspondencia' de los textos; consisten también en detalles, algunos de una cierta importancia, de la estructura de la Misa y del oficio. La mayor independencia entre ellas se verifica en las distribuciones de lecturas para la Misa.

16. Dada su extensión, la tradición A no puede ser otra que la que resultó de la obra de codificación de san Julián de Toledo.

Varios indicios inducen a identificar en la tradición B la liturgia tal como se celebraba en la iglesia metropolitana de la provincia Bética, la sede de san Leandro y san Isidoro, que los emigrantes del sur habrían llevado consigo a Toledo, y que habrían celosamente observado en la parroquia dedicada a las mártires sevillanas.

d) Restauración del Cardenal Cisneros

17. El Cardenal Francisco Jiménez de Cisneros, al tomar posesión de la sede arzobispal de Toledo, el año 1495, se dio cuenta enseguida del valor religioso y cultural de la liturgia de los mozárabes. Advirtió también los peligros de extinción que la amenazaban.

Ante las dificultades que comportaban la necesidad práctica de renovar continuamente los libros litúrgicos y la iniciación de los nuevos sacerdotes a un rito tan peculiar, casi todas las parroquias mozárabes habían adoptado el rito romano. La que perseveraba con mayor constancia en la conservación del rito era la parroquia de las Santas Justa y Rufina.

18. Para asegurar la continuidad del rito ancestral, el Cardenal Cisneros instituyó la Capilla Mozárabe, le asignó el altar-capilla del Corpus Christi sito en la misma Catedral, para que allí se celebrara todos los días el oficio y la Misa según el antiguo rito, y confió al canónigo Alfonso Ortiz la preparación de una edición impresa del misal y del breviario.

El canónigo Ortiz formó una comisión de capellanes mozárabes. Dirigía los trabajos el párroco de Santa Justa y Rufina; todos habían constatado que éste era el que estaba mejor preparado para la lectura e interpretación de los códices.

De este modo, probablemente sin que entonces nadie se diese cuenta de ello, los libros impresos prolongaban la existencia de la tradición B (Cf. nn. 15-16). Gran parte de los manuscritos de que se sirvieron los editores del misal y del breviario han desaparecido.

19. El año 1500 apareció en Toledo el Missale mixtum secundum regulam beati Isidori, dictum mozarabes y en 1502 el Breviarium secundum regulam beati Isidori.

El misal fue reeditado en Roma, en 1755, con una presentación y notas explicativas del jesuíta Alejandro Lesley. La reedición de Lesley fue reproducida en la Patrología Latina de Migne, tomo LXXXV. Posteriormente el Cardenal Francisco Antonio de Lorenzana, arzobispo de Toledo, publicó, también en Roma, el año 1804, una nueva edición corregida del misal, bajo el nombre de Missale Gothicum secundum regulam beati Isidori Hispalensis episcopi.

El mismo Cardenal Lorenzana había reeditado ya el breviario, en Madrid, el año 1775, con el título de Breviarium Gothicum, secundum regulam beatissimi Isidori. La Patrologia Latina de Migne, en el tomo LXXXVI, reprodujo esta edición revisada del breviario.

20. Los primeros estudios de la época moderna que tomaron en consideración el antiguo rito hispánico conocían solamente las ediciones del misal y del breviario. El epíteto dictum mozarabes del título del misal de 1500 indujo a los investigadores a adoptar la denominación de «mozárabe». Conviene notar, sin embargo, que el primer editor de un manuscrito litúrgico hispánico, J. Bianchini, que publicó el oracional festivo conservado en Verona, lo llamaba Gothico-Hispanus.

Considerando impropio el término «mozárabe», otros investigadores han preferido designarlo «visigótico», que resulta a su vez cronológicamente restrictivo y realmente inadecuado.

Es verdad que el antiguo rito hispánico se desarrolló mayormente durante el período del Reino de los Visigodos. Pero ni los medios expresivos de que se sirvieron sus autores, ni el contenido doctrinal que en él se ha acumulado, son de origen visigótico.

En realidad, el rito hispánico ahondaba sus raíces en una cultura ancestral hispano-romana, y adaptaba a su propio ambiente una tradición litúrgica cristiana greco-latina.