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EL SACRAMENTO DEL RECONCILIACIÓN
(La Confesión)



En el Evangelio de San Lucas, leemos que cuando Jesús fué presentado en el Templo a los 40 días de nacido, el anciano Simeón, tomándolo en sus brazos dijo: "Este está puesto para caída y elevación de muchos en Israel y para ser señal de contradicción", (Lc. 2, 34)

Si hay algo en el mundo en que se cumpla esta extraña profecía, es respecto al Sacramento de la Reconciliación, practicado fielmente en la Iglesia Católica y rechazado airadamente por sus enemigos y cristianos ignorantes.

¡Cuántas objeciones se alzan contra él! ¡De cuántas maneras se le ataca! Empleando toda clase de subterfugios se empeñan vanamente en negar lo que tan claro está en el Nuevo Testamento, especialmente en los Evangelios.

En el presente estudio trataremos de mostrar la grandeza del Sacramento de la Reconciliación, con la esperanza de aclarar las dudas que en cristianos de buena voluntad, hayan surgido ante el asedio de aquellos que por orgullo o ignorancia, hayan caído en contradicción con Cristo el Señor.

 

QUE SON LOS SACRAMENTOS

Antes de tratar el Sacramento de la Reconciliación en particular, es preciso definir someramente qué son en general los Sacramentos., El Nuevo Catecísmo de la Iglesia Católica, a partir del número 1113, trata el tema con belleza, profundidad y amplitud. Recomendamos su lectura.

"Los Sacramentos están ordenados a la santificación de los hombres, a la edificación del Cuerpo de Cristo y en definitiva, a dar culto a Dios".

Todas las palabras y acciones de Jesús, por ser Dios, eran ya de por sí salvíficas, y quiso comunicar a su Iglesia el mismo poder salvador por medio de siete acciones sagradas que son como "fuerzas que brotan" del Cuerpo de Cristo, que es la Iglesia, en las cuales el Espíritu Santo ACTUA PARA SANTIFICAR A LOS HOMBRES. Son las "obras maestras de Dios".

Cuando la Iglesia celebra un Sacramento, es el mismo Cristo quien actúa por medio del Espíritu Santo. Es por eso que tienen una eficacia absoluta. No dependen de la justicia del hombre que lo da, ni de quien lo recibe, sino del poder de Dios.

Todos los Sacramentos confieren la Gracia que significan. Como el fuego transforma en sí todo lo que toca, así el Espíritu Santo trasforma en Vida Divina todo lo que se somete a su poder.

Podemos, pues, definir los Sacramentos de la siguiente manera: "Son signos sensibles, instituídos por Nuestro Señor Jesucristo, para infundir y acrecentar la Gracia (Vida Divina) en nuestras almas para hacernos Santos". La Iglesia afirma que para los creyentes los Sacramentos son necesarios para la salvación. El fruto de la vida sacramental consiste en que el Espíritu Santo deifica a los fieles comunicándoles la naturaleza divina, uniéndolos vitalmente a Jesucristo.

Maravilloso es pues, el proyecto divino para nosotros: por medio de los Sacramentos, vivir ya desde ahora participando de la Vida Divina, viviendo en santidad en la espera de la manifestación gloriosa de Jesucristo al final de los tiempos. El cristiano que no frecuenta los Sacramentos, sencillamente no ha entendido su vocación y pone en peligro su salvación eterna.

El Sacramento del Perdón

San Juan Evangelista nos relata cómo el mismo día de la Resurrección de Jesucristo, al atardecer "estando cerradas, por miedo a los judíos, las puertas del lugar donde se encontraban los discípulos, se presentó Jesús en medio de ellos y les dijo: 'La paz con vosotros'. Dicho esto les mostró las manos y el costado. Los discípulos se alegraron de ver al Señor. Jesús les dijo otra vez: 'La paz con vosotros. Como el Padre me envió, también Yo os envío'. Dicho esto, sopló sobre ellos y les dijo: 'Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les quedan perdonados; a quienes se los retuviéreis, les quedarán retenidos". (Jn.20,19-23)

Es impresionante el hecho de que lo primero que Nuestro Señor hace una vez resucitado, es conferir a sus Apóstoles el poder de perdonar los pecados. Bien sabe Jesús de qué barro tan frágil estamos hechos y la necesidad que tenemos de restaurar la Gracia bautismal perdida por el pecado mortal.

Diversos nombres de este Sacramento

El principal objetivo de este Sacramento, es nuestra reconciliación con Dios y con la Iglesia. Es por ello el Sacramento de la Reconciliación.

Pero no puede darse dicha reconciliación si permanecemos en pecado, por lo que se impone una conversión de 180 grados, alejándonos de todo aquello que nos aparta de Dios. Por eso también recibe el nombre de Conversión.

No podríamos convertirnos sin un sincero arrepentimiento, que en latín, lengua oficial de la Iglesia Católica, se dicé "penitere" y por eso es el Sacramento de la Penitencia, que incluye una reparación por parte del pecador.

Declarar los pecados ante el Sacerdote, es un elemento esencial de la Reconciliación y por eso, también se denomina Confesión. Es igualmente el Sacramento del Perdón porque por la absolución sacramental del Sacerdote, Dios concede al penitente "el perdón y la paz".

Sólo Dios perdona los pecados

El Evangelio de San Marcos nos refiere la ocasión en que a Jesús le presentan un paralítico bajándolo por entre las tejas del techo, en una camilla. Viendo Nuestro Señor la fe de aquellas personas, le dijo al paralítico: "Hijo, tus pecados te son perdonados". Con toda razón los escribas presentes pensaron que Jesus blasfemaba porque " ¿Quién puede perdonar pecados sino solo Dios?" Pero el Señor, para demostrar su divinidad y el poder que tiene para ello, cura inmediatamente al paralítico, que sale sano y perdonado a la vista de todos. (Mc. 2, 1-12).

Pensar que un hombre cualquiera puede perdonar las ofensas hechas a Dios, es una tontería. El ofendido es Dios y El perdona si es su voluntad.

Pero la voluntad de Dios no es tan solo perdonar al pecador arrepentido; sino el delegar este poder divino a los sacerdotes, desde el mismo día de su gloriosa Resurrección. (Jn. 20, 21-23) Así la Iglesia viene a ser el signo e instrumento del perdón y reconciliación que Cristo nos adquirió al precio de su Sangre. San Pablo se sabe enviado por Cristo para ejercer el "ministerio de la reconciliación" (2 Cor. 5, 18).

Al hacer partícipes a los apóstoles de su propio poder de perdonar los pecados, el Señor les dá también la autoridad de reconciliar a los pecadores con la Iglesia. El poder de "atar y desatar" que Cristo confiere solamente a San Pedro (Mt. 16, 19) como cabeza visible de la Iglesia, significa el poder excluir o aceptar de nuevo al pecador de la comunión con la iglesia... La reconciliación con la Iglesia, es inseparable de la reconciliación con Dios.

 

LA PRACTICA DE LA RECONClLIACION
Actos del Penitente

Contrición

En la Parábola del Hijo Pródigo (Lc. 15, 11-24) encontramos todo el proceso de la Reconciliación. Aquel muchacho no pensó en volver a la casa de su padre, hasta que tomó conciencia de su lamentable estado. Igualmente el pecador no iniciará su vuelta a Dios, sino hasta caer en cuenta de que está en pecado. De pronto, debido sin duda a una inspiración del Espíritu Santo, su conciencia le acusa y se arrepiente de haber pecado.

El arrepentimiento, también llamado contrición o dolor de los pecados, puede surgir por el simple fracaso humano, que el pecado conlleva en muchas ocasiones. El Hijo Pródigo pensó en volver a casa de su padre, simplemente porque tenía hambre. Es un arrepentimiento imperfecto, poco noble. pero Dios lo acepta.

Podemos por el contrario, arrepentirnos al descubrir la grandeza del amor de Dios y sentir horror por el pecado que ha derramado la Sangre Preciosa de Cristo. Surge también el temor de vernos separados de Dios por nuestros pecados. El retorno a Dios por amor, es una contrición perfecta.

Exámen de conciencia.

A la luz de la Palabra de Dios el penitente descubre el número y la gravedad de sus pecados. No tan solo al recordar los 10 Mandamientos de la Ley de Dios y los 5 de la Iglesia, sino al considerar el Sermón de la Montaña y textos apostólicos (Rm. 12-15; 1 Cor. 12-13; Gál. 5; Ef.4-6)

En esta etapa podemos encontrar conciencias equivocadas por falta de formación: desde aquel que no se descubre ninguna falta "porque no roba ni mata", hasta el escrupuloso que agranda nimiedades y más confía en la minuciosa y exacta investigación de sus pecados, que en la misericordia del Dios que le espera con los brazos abiertos.

Tanto la conciencia laxa, como la escrupulosa, deben ser orientadas por el confesor con toda firmeza. Existen muchos manuales de moral que contienen guías adecuadas para hacer un buen examen de conciencia. Recomendarnos el Folleto EVC 252 "La Confesión y el Exámen de Conciencia".

Propósito de enmienda.

Una auténtica Contrición, conlleva necesariamente el firme propósito de no volver a pecar. Sería una farsa pedir perdón por un pecado que estamos decididos a seguir cometiendo.

El propósito debe ser universal, es decir de todos los pecados y perpetuo, o sea, para toda la vida. Absurdo sería arrepentirse de unos sí y de otros no, o hacer un propósito "hasta tal o cual día".

El propósito de enmienda, por firme que sea, va sin embargo acompañado de una posible reincidencia, nacida de la debilidad humana. Es por eso que en el Acto de Contrición prometernos "apartarnos de las ocasiones próximas de pecado"

El que ama el peligro, en él perece, dice el dicho popular. Por triste experiencia, se sabe de lugares, personas y cosas , que nos inducen a pecar. Nuestro Señor nos advierte dramáticamente. "Si pues, tu mano o tu pie te son ocasión de pecado, córtatelo y arrójalo de tí; más te vale entrar en la Vida manco o cojo, que con las dos manos y los dos pies, ser arrojado al fuego eterno". (Mt: 18, 8).

¿Qué caso tiene que un alcóholico entre a la cantina con la esperanza de no beber? ¿Para qué seguir frecuentando a la mujer o al hombre que fueron ocasión de pecado? ¿Cómo seguir en un trabajo que me obliga a la corrupción?

En cuántas ocasiones es el ambiente el que nos induce al pecado: el propósito de enmienda sincero, tal vez nos obligue a dejar ciertos "amigos", lugares y circunstancias que harían naufragar nuestros mejores propósitos. Cuestión de vida o muerte eterna.

Confesión de los pecados. La confesión de los pecados, incluso desde un punto de vista simplemente humano, nos libera y facilita nuestra reconciliación con Dios, con el prójimo, y con nosotros mismos. Por la confesión, el hombre se enfrenta a los pecados de que se siente culpable, asume su responsabilidad y por ello se abre de nuevo a Dios y a la comunión de la Iglesia con el fin de hacer posible un nuevo futuro.

La liberación interior que proporciona la confesión de los pecados, es en parte la labor del psicólogo. La superación de traumas y angustias en muchas ocasiones debe pasar por una "catarsis" que no es otra cosa que una confesión de faltas cometidas. Los Alcohólicos Anónimos, emplean también este método para liberarse de su vicio y sin embargo, personas que no objetarían dichas terapias, se rehusarían a confesar sus culpas ante un Sacerdote, que aparte de escuchar, ¡tiene el poder de perdonar los pecados!

La confesión de los pecados hecha al sacerdote, constituye una parte esencial del Sacramento de la Reconciliación. "En la Confesión, los penitentes deben enumerar todos los pecados mortales de que tienen conciencia después de haberse examinado seriamente, incluso si estos pecados son muy secretos y si han sido cometidos solamente contra los dos últimos Mandamientos del Decálogo, pues a veces estos pecados hieren más gravemente el alma y son más peligrosos que los que han sido cometidos a la vista de todos" (Concilio de Trento).

Callar conscientemente algunos pecados, tal vez los más graves, es evidencia de que no se está presentando ante el sacerdote con ánimo de ser perdonado. San Jerónimo dice acertadamente "si el enfermo se avergüenza de descubrir su llaga al médico, la medicina no cura lo que ignora".

Esta clase de confesiones incompletas voluntariamente, no obtienen el perdón de nada y añaden además un pecado de sacrilegio, por profanar un Sacramento.

Sin ser necesaria la confesión de los pecados veniales, la Iglesia recomienda de todos modos hacerla, ya que esto ayuda a formar la conciencia, a luchar contra las malas inclinaciones, a dejarse curar por Cristo, y a progresar en la Vida EspirItual. Cuando se recibe con frecuencia el Sacramento de la Reconciliación, el don de la misericordia del Padre, impulsa al penitente a ser él también misericordioso.

Según el Mandamiento de la Iglesia "todo fiel llegado a la edad del uso de razón, debe confesar al menos una vez al año, los pecados graves de que tiene conciencia" (Derecho Canónico 989).

Un buen cristiano, ciertamente, no necesita de este Mandamiento; su amor a Dios lo lleva a frecuentar la Confesión de sus pecados, aunque sean leves, para recibir todas las gracias que conlleva. ¿Merecería el nombre de "fiel cristiano" aquel que no es capaz de pedir perdón al Señor ni siquiera una vez al año? Si al automóvil o a una casa les damos mantenimiento periódicamente, ¿es lógico descuidar nuestra alma?

Evidentemente, aquél que se encuentra en pecado mortal, no puede acercarse a la Sagrada Comunión. San Pablo nos advierte fuertemente en contra de tal atrevimiento: "Por tanto, quien coma el pan o beba el cáliz del Señor indignamente, será reo del Cuerpo y Sangre del Señor. Examínese pues, cada cual, y coma así el pan y beba el cáliz. Pues quien come y bebe sin discernir el Cuerpo, come y bebe su propio castigo" (1 Cor.11, 27-29)

Por eso el Derecho Canónico en su número 916 ordena: "Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave que no celebre la Misa ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la Confesión Sacramental". Pudiera suceder que haya un motivo realmente grave, por ejemplo peligro de muerte, y no exista la posibilidad de confesarse antes de la Misa, entonces el fiel debe hacer un acto de contrición perfecta, con la intención de confesarse cuanto antes.

No es correcto, por lo tanto, acercarse a comulgar en pecado mortal en unos XV años o en una boda, para quedar bien con los demás o para salir en la fotografía. Hubo tiempo para todo: vestido, adornos, invitaciones, video, etc... y no para pedir perdón a Dios.

La Satisfacción o Penitencia

Muchos pecados causan daño al prójimo. Es preciso hacer lo posible para repararlo (por ejemplo, restitución de cosas robadas, restablecer la reputación del que ha sido calumniado, compensar las heridas, etc.) la simple justicia exige esto. Pero además el pecado hiere y debilita al pecador mismo, así como sus relaciones con Dios y con el prójimo. La absolución quita el pecado, pero no remedia todos los desórdenes que el pecado causó.

Liberado del pecado, el pecador debe todavía recobrar la plena salud espiritual. Por lo tanto debe hacer algo para reparar sus pecados: debe "satisfacer" de manera apropiada, debe "expiar" sus malas acciones. Esta satisfacción se llama ordinariamente penitencia, que el confesor impone y debe tener en cuenta la situación personal del penitente y buscar su bien espiritual. Debe corresponder todo lo posible a la naturaleza y gravedad de los pecados cometidos. Puede consistir simplemente en oraciones, pero también en ofrendas, obras de misericordia, servicios al prójimo, privaciones voluntarias y sobre todo en la aceptación paciente de las cruces que la vida misma nos impone. Tales penitencias nos configuran con " Cristo el Señor que expió nuestros pecados con su sacrificio en la Cruz. (Rm.3,25)

El Ministro de la Reconciliación

Como ya hemos visto, Cristo confió a sus Apóstoles el ministerio de la Reconciliación, que no podría concluir con la muerte del último de ellos. Por la imposición de las manos este ministerio fué transmitido a sus sucesores hasta nuestros días.

El mismo San Pablo, que no era de los Doce y no estuvo presente en el Cenáculo el día de la Resurrección, se declara "Ministro de la Reconciliación" por la imposición de las manos.

En efecto, los obispos y los presbíteros, en virtud del Orden Sacerdotal, tienen el poder maravilloso, como sucesores de los Apóstoles, de perdonar los pecados "en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo".

El Obispo, cabeza visible de la Iglesia en su territorio o Diócesis, es con justo título, desde los tiempos más antiguos, el que tiene principalmente el poder y ministerio de la Reconciliación. Los demás sacerdotes, sus colaboradores, lo ejercen en la medida en que han recibido del obispo la tarea de administrarlo.

Ciertos pecados particularmente graves, como el aborto, están sancionados con la excomunión que es la pena eclesiástica más severa y que impide la recepción de los Sacramentos o el ejercicio de actos eclesiásticos. La absolución de dichos pecados y la reincorporación al seno de la Iglesia, corresponde al Papa, al Obispo del lugar o a los sacerdotes autorizados por ellos. Sin embargo, en peligro de muerte, todo sacerdote puede absolver de cualquier pecado y levantar toda excomunión.

El Sacerdote no es dueño sino servidor del perdón de Dios. Es el buen pastor o el buen samaritano que va en busca del pecador. Es imagen del Padre que espera al hijo pródigo para perdonarlo. Es instrumento del amor misericordioso de Dios hacia el pecador .

Dada la delicadeza y la grandeza de este ministerio y el respeto debido a las personas, la Iglesia declara que todo Sacerdote que oye confesiones está obligado, so pena de excomunión, a guardar secreto absoluto sobre los pecados que sus penitentes le han confesado. No han faltado sacerdotes que han perdido la vida por dicho secreto, corno San Juan Nepomuceno, que fue arrojado atado de pies y manos al río Moldava en la ciudad de Praga, en el siglo XIV por negarse a violar el sigilo sacramental.

Hay que reconocer que no todos los sacerdotes tienen el don o el "carisma" para escuchar atinadamente las confesiones, o para aconsejar adecuadamente al penitente. Algunas personas se han alejado del Sacramento y hasta de la Iglesia por haber encontrado a un sacerdote poco dotado, impaciente, brusco o regañón. No debería repercutir tanto en el cristiano un encuentro tal. Apartarse de los Sacramentos por un regaño, denota una fe sumamente débil, una sensibilidad desequilibrada o un orgullo desmesurado. Lo importante, a fin de cuentas, es que el peor de los sacerdotes tiene el poder de reconciliar con Dios al pecador. El resto poco importa.

LOS EFECTOS DE LA RECONClLIACION

1. El principal, como su nombre lo indica, es que nos reconcilia con Dios, es decir, nos restituye, si la hemos perdido, a la Gracia de Dios, que no es otra cosa que la participación de la Vida Divina, comunicada al hombre por el Sacramento del Bautismo.

2. El perdón de los pecados sean veniales o mortales, tiene corno resultado, además, la paz y la tranquilidad de conciencia, a las que acompaña un profundo consuelo espiritual. El saberse y sentirse perdonado por Nuestro Padre amoroso es una verdadera resurrección espiritual. Es un nacer de nuevo, libres por fin del peso de nuestros pecados.

3. Hay faltas, como el aborto, que dejan en el alma una huella muy difícil de borrar. Mujeres hay que recurren a un psicólogo para liberarse del complejo de culpa que no las deja vivir en paz. Aquel penitente que realmente contrito y con disposición religiosa confiesa su pecado, puede estar seguro de que Dios le ha perdonado. Es más grande el amor de Dios que cualquiera de los pecados del hombre. Una vez reconciliados con nuestro Padre Dios, no hay por qué sentirse atados a un pasado, por pecaminoso que pueda ser. Cristo devolvió a María Magdalena, mujer de vida disoluta, su dignidad total y la convirtió en Santa María Magdalena, testigo privilegiado y primera anunciadora, a los Apóstoles, de la Resurrección del Señor.

4. El pecado menoscaba o rompe totalmente la comunión fraterna. No hace falta mencionar todos los pecados con los que el hombre ofende al prójimo: mentiras, odios, rencores, injurias, traiciones, calumnias, golpes, asesinatos... Pero no solamente estos pecados que hieren directamente al prójimo, rompen la comunión fraterna: aún los que ofenden directamente a Dios o los muy personales, repercuten en Ia comunión de los santos, al mermar la santidad de la Iglesia.

El Sacramento de la Penitencia restaura la comunión con la Iglesia. No solamente cura al pecador arrepentido, sino que tiene también un efecto vivificante sobre la vida misma de la Iglesia que había sufrido por el pecado de uno de sus miembros (1 Cor.12,26). Una vez restablecida plenamente su participación en la Comunión de los Santos, goza de los bienes espirituales de aquellos que se hallan ya en la Patria Celestial y de los que aún peregrinan en la tierra.

5. Importantísima es también la reconciliación consigo mismo: el penitente perdonado recupera su verdad interior y es liberado del peso que grava su conciencia. Por eso el salmista dice: "Dichoso el que es perdonado de su culpa...cuando yo me callaba se consumían mis huesos... mi pecado reconocí y no oculté mi culpa... y tú absolviste mi culpa, perdonaste mi pecado" (Sal.32,1-5)

6. A toda buena obra, hecha en Gracia de Dios, corresponde un mérito de Vida Eterna, pero al caer en pecado mortal, todos los méritos se pierden totalmente. Cuando somos absueltos y reconciliados, dichos méritos reviven así como los dones del Espíritu Santo y las virtudes infusas.


LA CELEBRACION DEL SACRAMENTO
DE LA RECONClLIACION

Dados los actos previos del penitente (examen de conciencia, contrición, y propósito de enmienda) el Sacramento se realiza concretamente con la confesión de los pecados y la absolución.

Este acto litúrgico ha sido practicado siempre en la Iglesia, aunque de formas distintas. En la antigüedad se acostumbraba la confesión pública en las asambleas litúrgicas, seguidas de un tiempo de penitencia, antes de ser admitidos al rito de la absolución. Gracias a los monjes irlandeses principalmente, el rito se hizo de manera personal y secreta, conservando sin embargo los elementos indispensables para la validez del perdón.

Actualmente la Iglesia nos propone tres modalidades distintas, igualmente válidas para celebrar el Sacramento de la Reconciliación :

1. Individual.

Es la forma más usual y la que permite mayor profundidad en el retorno a Dios.

Se suele dar comienzo con la jaculatoria "Ave María Purísima" a la que el penitente debé responder "Sin pecado concebida", pidiendo a la Madre de Dios, que nunca pecó, que nos ayude a hacer una buena confesión.

Es muy útil para el confesor saber el tiempo transcurrido desde la última confesión del penitente. No es lo mismo escuchar a una persona que hace años no se reconcilia con Dios, a otra que se confesó hace una semana. Por lo tanto, el penitente debe tener presente dicho lapso, al menos aproximadamente.

Como ya se ha indicado, la confesión debe ser completa, sincera y concreta. No es el momento de entrar en detalles que no vienen al caso. Tampoco es la oportunidad de presentar problemas o pedir consejos para asuntos personales o familiares. Si el cristiano necesita Dirección Espiritual, debe concertar una cita con el sacerdote.

Elemental es poder recitar ya sea el "Yo confieso" o el "Señor mío Jesucristo" como expresiones adecuadas de contrición. Si por algún motivo no se saben de memoria, el penitente puede leerlas en un devocionario.

El sacerdote debe dar la absolución de parte de Dios, solamente a quienes juzgue bien dispuestos para recibirla ya que se dan casos en que debe ser diferida, hasta que se cumplan ciertas condiciones o negarla drásticamente cuando no hay más remedio.

El oficio de Confesor es muy difícil y agobiante: horas enteras escuchando y perdonando miserias morales y en muchos casos con la enorme responsabilidad de resolver graves problemas en nombre de Dios a quien representa. Ciertamente el sacerdote no oye confesiones por gusto ni menos por lucro, sino solo con profundo sentido de Fe.

Con razón San Francisco de Sales decía...

El mómento cumbre del Sacramento es cuando el penitente escucha: "Por lo tanto yo te absuelvo de tus pecados..." La fórmula de la absolución indica que la reconciliación procede de la misericordia infinita del Padre, muestra su relación con el Misterio Pascual de Cristo y pone de relieve la acción del Espíritu Santo. Igualmente hace notar el aspecto eclesial del Sacramento ya que la Reconciliación con Dios se pide y se dá por el ministro de la Iglesia.

El penitente absuelto de sus pecados, aparte de cumplir con la penitencia indicada, lo primero que debe hacer, es dar gracias a Dios, no vaya a suceder lo que pasó con aquellos diez leprosos que Cristo curo y tan solo uno, por cierto samaritano, regresó para darle las gracias.

2. Ceremonia comunitaria y confesión personal

Es una nueva forma de celebrar el Sacramento y consiste en una preparación comunitaria escuchando la Palabra de Dios, haciendo en común el acto de contrición y después de un canto apropiado, cada quien se acerca al sacerdote para confesar sus pecados y recibir la absolución individualmente.

Esta manera demuestra claramente la dimensión comunitaria de la Reconciliación, la paz que da la Iglesia, la dimensión social del pecado y la necesidad que tenemos del perdón fraterno. Por otra parte, la confesión y absolución individual, ponen de relieve la responsabilidad personal del pecado y de la conversión.

3. Ceremonia Comunitaria, con absolución general

Esta tercera forma del Sacramento de la Reconciliación es perfectamente válida, completa y excelente y responde a situaciones extraordinarias y de grave necesidad como pueden ser misiones, guerras, siniestros, Congresos Eucarísticos, etc. en donde a la insuficiencia de sacerdotes se suma la asistencia de grandes multitudes.

El Nuevo Ritual de Sacramentos especifica las condiciones para impanir la Absolución General y para poder recibirla válidamente:

+ Arrepentimiento sincero de los pecados con el propósito firme de enmendarse.
+ Estar dispuestos a reparar el daño causado a los demás.
+ Confesarse individualmente lo más pronto posible.
+ Cumplir la penitencia que el Sacerdote impone a todos.

La absolución general siendo válida, no suprime la obligación de la confesión individual ni exime de las disposiciones espirituales para recibir tan gran Sacramento. No se trata de hacer la Reconciliación más cómoda tanto para el sacerdote, como para los fieles.

Hay que aclarar que la obligación de confesar individualmente los pecados graves ya absueltos, no implica que sólo hasta entonces se perdonen, o que la absolución haya quedado en suspenso, sino que se cometería un pecado nuevo al no cumplir una promesa a Dios.

Recibida la absolución general con las debidas disposiciones nos permite Comulgar con toda tranquilidad de conciencia.

LOS PECADOS VENIALES YLOS MORTALES

Una cuestión surge a menudo en la conciencia de los fieles: ¿cómo sabemos que un pecado es mortal? La Iglesia nos da la solución: para que un pecado pueda considerarse grave o mortal, debe reunir tres condiciones:

+ Pleno conocimiento, o sea, que sepamos sin lugar a dudas que una acción es pecaminosa, por ejemplo, robar.
+ Pleno consentimiento, es decir, la aceptación total por parte de nuestra voluntad para cometer esa acción: sé que es pecado robar, pero quiero robar.
+ Materia grave. Dado el pleno conocimiento y el pleno consentimiento, queda aún el criterio de la gravedad de la acción misma. No es lo mismo, siguiendo con el ejemplo del robo, apropiarse de veinte pesos, que de veinte millones, no es lo mismo un empellón que un balazo.

En muchos casos podemos aquilatar la gravedad de la acción cometida por el daño causado al prójimo o a nosotros mismos. En otros casos no será tan fácil resolver la cuestión de la gravedad de la materia. Es necesario informarse, preguntar tal vez al confesor mismo.

Debemos instruirnos en Religión y tener un Director Espiritual. Si no formamos nuestra conciencia rectamente, podemos creer que todo pecado es mortal y privarnos de la Sagrada Comunión, pudiendo hacerlo. Y también puede suceder que nos acerquemos a la Eucaristía inconscientemente estando en pecado mortal.

No podemos basar nuestra conducta moral en el concepto de que "al cabo no es pecado mortal" llevando una vida mediocre de constantes ofensas veniales o leves a Dios Nuestro Señor.

El amor a Nuestro Señor debe impulsarnos a evitar TODA CLASE DE PECADOS. Además el camino al pecado mortal, es ciertamente el venial.

Recurramos frecuentemente al gran Sacramento de la Reconciliación, procurando con toda el alma evitar toda mancha para vivir cada vez más plenamente la Vida de la Gracia que Dios nos otorga en sus Sacramentos.

"La Confesión no debe ser solamente una esponja que borra, sino un tónico que robustece".
San Francisco de Sales.


Bibliografía:
R.P. Pedro Herrasti
2a. Edición 1999
Folleto E.V.C. No. 170
Sociedad E.V.C. Apdo. Postal 8707, 06000, México, D.F.