IV. LA CELEBRACIÓN DEL SACRAMENTO DE LA PENITENCIA

Lugar de la celebración

12. El sacramento de la penitencia normalmente se celebra, a no ser que intervenga una causa justa, en una iglesia u oratorio.

Por lo que se refiere a la sedo para oír confesiones, la Conferencia de tos Obispos de normas, asegurando en todo caso que existan siempre en lugar patente confesionarios provistos de rejillas entre el penitente y el confesor, que puedan utilizar libremente los que así lo deseen.

No se deben oír confesiones fuera del confesionario, si no es por justa causa. (53)

Tiempo de la celebración

13. La reconciliación de los penitentes puede celebrarse en cualquier tiempo y día. Sin embargo, es conveniente que los fieles conozcan el día y la hora en que esta disponible el sacerdote para ejercer este ministerio. Acostúmbrese a los fieles para que acudan a recibir el sacramento de la penitencia fuera de la celebración de la misa, principalmente en horas establecidas. (54)

El tiempo de Cuaresma es el más apropiado para celebrar el sacramento de la penitencia, pues ya en el día de la Ceniza resuena una invitación solemne ante el pueblo de Dios: "Convertíos y creed el Evangelio." Es conveniente, por tanto que durante la Cuaresma se organicen con frecuencia celebraciones penitenciales para que se ofrezca a los fieles la ocasión de reconciliarse con Dios y con los hermanos y de celebrar con un corazón renovado el misterio pascual en el Triduo sacro.

Vestiduras litúrgicas

14. En lo que hace referencia a las vestiduras litúrgicas en la celebración de la penitencia, obsérvense las normas establecidas por los Ordinarios de lugar.

A) Rito Para Reconciliar a un Solo Penitente

Preparación del sacerdote y del penitente

15. El sacerdote y el penitente prepárense a la celebración del sacramento ante todo con la oración. El sacerdote invoque el Espíritu Santo para recibir su luz y caridad; el penitente compare su vida con el ejemplo y los mandamientos de Cristo y pida a Dios el perdón de sus pecados.

Acogida del penitente

16. El sacerdote acoge al penitente con caridad fraternal y, si es oportuno, salúdele con palabras de afecto. Después el penitente hace el signo de la cruz, diciendo; «En el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén.» El sacerdote puede hacerlo al mismo tiempo. Después el sacerdote le invita con una breve fórmula a la confianza en Dios. Si el penitente es desconocido por el confesor, aquél indicará oportunamente su situación y también el tiempo de la última confesión, sus dificultades para llevar una vida cristiana y otras circunstancias cuyo conocimiento sea útil al confesor para ejercer su ministerio.

Lectura de la palabra de Dios

17. Entonces el sacerdote, o el mismo penitente, lee, si parece oportuno, un texto de la Sagrada Escritura; esta lectura puede hacerse también en la preparación del sacramento. Por la palabra de Dios el cristiano es iluminado en el conocimiento de sus pecados y es llamado a la conversión y a la confianza en la misericordia de Dios.

Confesión de los pecados y aceptación de la satisfacción

18. Después el penitente confiesa sus pecados, empezando, donde sea costumbre, con la fórmula de la confesión general: «Yo confieso...» El sacerdote, si es necesario, le ayudará a hacer una confesión íntegra, además le exhortará para que se arrepienta sinceramente de las ofensas cometidas contra Dios; por fin le ofrecerá oportunos consejos para empezar una nueva vida y, si fuere necesario, le instruirá acerca de los deberes de la vida cristiana.

Si el penitente hubiese sido responsable de daño o escándalo, ayúdele a tomar la decisión de repararlos convenientemente.

Después el sacerdote impone al penitente una satisfacción que no sólo sirva de expiación de sus pecados, sino que sea también ayuda para la vida nueva y medicina para su enfermedad; procure, por tanto, que esta satisfacción esté acomodada, en la medida de lo posible, a la gravedad y naturaleza de los pecados. Dicha satisfacción es oportuno realizarla por medio de la oración, de la abnegación y, sobre todo, del servicio al prójimo y por las obras de misericordia, con las cuales se pone de manifiesto cómo el pecado y su perdón revisten también una dimensión social.

Oración del penitente y absolución del sacerdote

19. Después el penitente manifiesta su contrición y el propósito de una vida nueva por medio de alguna fórmula de oración, con la que implora el perdón de Dios Padre. Es conveniente que esta plegaria esté compuesta con palabras de la Sagrada Escritura.

El sacerdote, después que el penitente ha terminado su oración, extendiendo sus dos manos, al menos la derecha, sobre la cabeza del penitente, dice la absolución, cuya parte esencial son las palabras; «YO TE ABSUELVO DE TUS PECADOS EN EL NOMRE DEL PADRE, Y DEL HIJO, Y DEL ESPÍRITU SANTO.» El sacerdote, mientras dice estas últimas palabras, hace la señal de la cruz sobre el penitente. La fórmula de la absolución significa cómo la reconciliación del penitente tiene su origen en la misericordia de Dios Padre; muestra el nexo entre la reconciliación del pecador y el misterio pascual de Cristo; subraya la intervención del Espíritu Santo en el perdón de los pecados; y, por último, ilumina el aspecto eclesial del sacramento, ya que la reconciliación Con Dios se pide y se otorga por el ministerio de la Iglesia.

Acción de gracias y despedida del penitente

20. Una vez recibido el perdón de los pecados, el penitente proclama la misericordia de Dios y le da gracias con una breve aclamación tomada de la Sagrada Escritura; después el sacerdote lo despide en la paz del Señor.

El penitente ha de continuar y manifestar su conversión, reformando su vida según el Evangelio de Cristo y con un amor a Dios cada vez más generoso porque «el amor cubre la multitud de los pecados». (55)

Rito breve

21. Cuando la necesidad pastora! lo aconseje, el sacerdote puede omitir o abreviar algunas partes del rito; sin embargo, siempre ha de mantenerse íntegramente: la confesión de los pecados y la aceptación de la satisfacción, la invitación a la contrición, la fórmula de la absolución y la fórmula de despedida. En inminente peligro de muerte, es suficiente que el sacerdote diga las palabras esenciales de la fórmula de la absolución, a saber: «YO TE ABSUELVO DE TUS PECADOS EN EL NOMBRE DEL PADRE, Y DEL HIJO, Y DEL ESPÍRITU SANTO.»

B) Rito Para Reconciliar a Varios Penitentes con Confesión y Absolución Individual

22. Cuando se reúnen muchos penitentes a la vez para obtener la reconciliación sacramental, es conveniente que se preparen a la misma con la celebración de la palabra de Dios.

Pueden también participar en esta celebración aquellos fieles que en otro momento recibirán el sacramento.

La celebración común manifiesta más claramente la naturaleza eclesial de la penitencia, ya que los fieles oyen juntos la palabra de Dios, la cual al proclamar la misericordia divina, les invita a la conversión; juntos, también examinan su vida a la luz de la misma palabra de Dios y se ayudan mutuamente con la Oración. Después que cada uno ha confesado sus pecados y recibido la absolución, todos a la vez alaban a Dios por las maravillas que ha realizado en favor del pueblo que adquirió para sí con la sangre de su Hijo.

Si es preciso, estén dispuestos varios sacerdotes, para que, en lugares apropiados, puedan oír y reconciliar a cada uno de los fieles.

Ritos iniciales

23. Una vez reunidos los fieles, se canta si parece oportuno, un canto adecuado. Después, el sacerdote saluda a los fieles y él mismo, u otro ministro los introduce, si parece oportuno, con breves palabras, en la celebración y les da las indicaciones prácticas sobre el orden que se va a seguir en la misma. A continuación, invita a todos a orar, y, después de un momento de silencio dice la oración.

Celebración de la palabra de Dios

24. Es conveniente que el sacramento de la penitencia empiece con la lectura de la palabra. Por ella Dios nos llama a la penitencia y conduce a la verdadera conversión del corazón.

Puede elegirse una o más lecturas. Si se escogen varias, intercálese un salmo u otro canto apropiado o un espacio de silencio, para profundizar más la palabra de Dios y facilitar el asentimiento del corazón. Si sólo se hace una lectura, es conveniente que se tome del Evangelio.

Elíjanse principalmente lecturas por las cuales:

a) Dios llama a los hombres a la conversión y a una mayor semejanza con Cristo.

b) Se propone el misterio de la reconciliación por la muerte y resurrección de Cristo y también como don del Espirito Santo.

c) Se manifiesta el juicio de Dios sobre el bien y el mal en la vida de los hombres, para iluminar y examinar la conciencia.

25. La homilía, a partir del texto de la Escritura, ha de ayudar a los penitentes al examen de conciencia, a la aversión del pecado y a la conversión a Dios. Así mismo debe recordar a los fieles que el pecado es una acción contra Dios, contra la comunidad y el prójimo, y también contra el mismo pecador. Por tanto, oportunamente se pondrán en relieve:

a) La infinita misericordia de Dios, que es mayor que todas nuestras iniquidades y por la cual siempre, una y otra vez, él nos vuelve a llamar a sí.

b) La necesidad de la penitencia interna, por la que sinceramente nos disponemos a reparar los daños del pecado.

c) El aspecto social de la gracia y del pecado, puesto que los actos individuales repercuten de alguna manera en todo el cuerpo de la Iglesia.

d) La necesidad de nuestra satisfacción, que recibe toda su fuerza de la satisfacción de Cristo, y exige en primer lugar, además de las obras penitenciales, el ejercicio del verdadero amor de Dios y del prójimo.

26. Terminada la homilía, guárdese un tiempo suficiente de silencio para examinar la conciencia y suscitar una verdadera contrición de los pecados. El mismo presbítero, o un diácono u otro ministro, puede ayudar a los fieles con breves fórmulas o con una plegaria litánica, teniendo en cuenta tu condición, edad, etc.

Si parece oportuno, este examen de conciencia y exhortación a la contrición puede sustituir a la homilía; pero, en tal caso, se debe tomar claramente como punto de partida el texto de la Sagrada Escritura leído anteriormente.

Rito de la reconciliación

27. Después, a invitación del diácono u otro ministro, todos se arrodillan o se inclinan y dicen una fórmula de confesión general (por ejemplo, «Yo confieso...».); a continuación, de pie, recitan, si se cree oportuno, una oración litánica o entonan un cántico adecuado que expresa su condición de pecadores, la contrición del corazón, la petición del perdón y también la confianza en la misericordia de Dios. Al final se dice la oración dominical, que nunca deberá omitirse.

28. Dicha la oración dominical, los sacerdote, se dirigen al lugar determinado para oír las confesiones. Los penitentes que desean hacer la confesión de sus pecados se acercan al sacerdote que han elegido, y después de aceptar la debida satisfacción, son absueltos por él con la fórmula para reconciliar a un solo penitente.

29. Una vez terminadas las confesiones, los sacerdotes vuelven al presbiterio. El que preside la celebración invita a todos a la acción de gracias, con la que los fieles proclaman la misericordia de Dios. Lo cual puede hacerse con un salmo o un himno o una plegaria litánica. Finalmente, el sacerdote concluye la celebración con una oración de alabanza a Dios por la gran caridad con la que nos ha amado.

Despedida del pueblo

30. Acabada la acción de gracias, el sacerdote bendice a los fieles. Después el diácono o el mismo sacerdote despide a la asamblea.

C) Rito Para Reconciliar a Muchos Penitentes con Confesión y Absolución General

Disciplina de la absolución general

31 La confesión individual e integra y la absolución constituyen el único modo ordinario con el que un fiel consciente de que está en pecado grave se reconcilia con Dios y la Iglesia; sólo una imposibilidad física o moral excusa de este modo de confesión, en cuyo caso la reconciliación se puede tener también por otros medios.

No puede darse la absolución a varios penitentes a la vez sin previa confesión individual con carácter general, a no ser que:

a) amenace un peligro de muerte y el sacerdote o los sacerdotes no tengan tiempo para oír la confesión de cada penitente;

b) haya una grave necesidad, es decir, cuando, dado el número de penitentes, no hay suficientes confesores para oír con el conveniente sosiego (rite) las confesiones de cada uno en un tiempo razonable, de tal manera que los penitentes se vean obligados, sin culpa por su parte, a quedar privados por un notable tiempo (diu) de la gracia sacramental o la sagrada comunión; pero no se considera suficiente necesidad cuando no se puede disponer de confesores a causa sólo de una gran concurrencia de penitentes, como podría darse en una fiesta grande o una peregrinación. (56)

32. Corresponde al Obispo diocesano juzgar si se dan las condiciones requeridas antes expuestas (cf. núm. 31), el cual, teniendo en cuenta los criterios acordados con los demás miembros de la Conferencia de los Obispos puede determinar los casos en los que se verifica esta necesidad. (57)

33. Para que un fiel reciba válidamente la absolución sacramental dada a varios a la vez, se requiere no sólo que esté debidamente dispuesto, sino que se preponga a la vez hacer en su debido tiempo confesión individual de todos los pecados graves que en las presentes circunstancias no ha pedido confesar de este modo.

En la medida de lo posible, también al ser recibida la absolución general, instrúyase a los fieles sobre los requisitos antes expresados y exhórtese antes de la absolución general, aun en peligro de muerte si hay tiempo, a que cada uno haga un acto de contrición. (58)

34. Aquellos a quienes se les han perdonado pecados graves con una absolución común acudan a la confesión individual lo antes posible, en cuanto tengan ocasión, antes de recibir otra absolución general, a no ser que una justa causa se lo impida. En todo caso están obligados a acudir al confesor dentro de un año, a no ser que los obstaculice una imposibilidad moral. Ya que también para ellos sigue en vigor el precepto por el cual todo cristiano debe confesar a un sacerdote individualmente, al menos una vez al año, todos sus pecados, se entiende graves, que no hubiese confesado en particular. (59)

Rito de la absolución general

35. Para reconciliar a los penitentes con la confesión y absolución general en los casos prescritos por el derecho, se procede de la misma forma antes citada para la reconciliación de muchos penitentes con la confesión y absolución individual, cambiando solamente lo que sigue:

a) Después de la homilía, o dentro de la misma, adviértase a los fieles que quieran beneficiarse de la absolución general que se dispongan debidamente, es decir, que cada uno se arrepienta de sus pecados., esté dispuesto a enmendarse de ellos, determine reparar los escándalos y daños que hubiese ocasionado, y al mismo tiempo proponga confesar individualmente a su debido tiempo los pecados graves, que en las presentes circunstancias no ha podido confesar; (60) además propóngase una satisfacción que todos deberán de cumplir, a la que, si quisieran, podrán añadir alguna otra.

b) Después el diácono, u otro ministro, o el mismo sacerdote, invita a los penitentes que deseen recibir la absolución a manifestar abiertamente, mediante algún signo externo, que quieren recibir dicha absolución (por ejemplo, inclinando la cabeza, o arrodillándose, o por medio de otro signo conforme a las normas establecidas por las Conferencias Episcopales), diciendo todos juntos la fórmula de la confesión general (por ejemplo, «Yo confieso...»). Después puede recitarse una plegaria litánica o entonar un cántico penitencial, y todos juntos dicen o cantan la oración dominical, como se ha dicho antes en el número 27.

c) Entonces el sacerdote recita la invocación por la que se pide la gracia del Espíritu Santo para el perdón de los pecados, se proclama la victoria sobre el pecado por la muerte y resurrección de Cristo, y se da la absolución sacramental a los penitentes.

d) Finalmente, el sacerdote invita a la acción de gracias, como se ha dicho antes en el número 29, y, omitida la oración de conclusión, seguidamente bendice al pueblo y lo despide.


Notas

53. Cf. Código de Derecho Canónico, can. 964. [Regresar]

54. Cf. Sagrada Congregación de Ritos. Instrucción Eucharisticurn myster¡um, de 25 de mayo de 1967, núm. 35: AAS 59 (1967), pp. 560- 561. [Regresar]

55. 1P 4, 8. [Regresar]

56. Cf. Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, Normas pastorales sobre la absolución sacramental impartida de modo general, de 16 de mayo de 1972, núm. III: AAS 64 (1972), p. 511. [Regresar]

57. Cf. ibid., núm. V: AAS 64 (1972), p. 512. [Regresar]

58. Cf. Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, Normas pastorales sobre la absolución sacramental impartida de modo general, de 16 de mayo de 1972, núms. VI y XI: AAS 64 (1972), pp. 5l2- 5l4. [Regresar]

59. Cf. ibid, núms. VII y VIII: AAS 64 (1972), pp. 512- 513. [Regresar]

60. Cf. Ibid, núm VI: AAS 64 (1972), p. 512. Cf. ibid, núms. VII y VIII: AAS 64 (1972), pp. 512- 513.