Suicidio
EnciCato
Este artículo tratará el tema bajo los siguientes encabezamientos:
I. Concepto y división del suicidio;
II. Los principios según los cuales debe juzgarse su moralidad;
A. El suicidio directo y definitivo
B. El suicidio positivo y directo
C. El suicidio negativo y directo
D. El suicidio negativo e indirecto
E. Aplicación de los principios
III. Las estadísticas y explicaciones de su frecuencia.
I. CONCEPTO Y DIVISION
El suicidio es el acto en el cual uno mismo causa su propia muerte, sea
destruyendo definitivamente la propia vida —por ejemplo, ocasionándose una
herida mortal—, u omitiendo hacer lo necesario para escapar de la muerte —como
por ejemplo rehusar abandonar una casa en llamas—. Por tanto, desde un punto de
vista moral debemos tratar no sólo la prohibición del suicidio definitivo, sino
también la obligación que le incumbe al hombre de preservar su vida.
El suicidio es directo cuando una persona tiene la intención de causar su propia
muerte, ya como fin, ya como medio para lograr otro fin, como cuando un hombre
se suicida para escapar condenas, vergüenza, ruina, etcétera. Es indirecto
—aunque normalmente no se llame por este nombre— cuando la persona no lo desea,
ya como fin o como medio; no obstante, comete un acto que de hecho provoca la
muerte, como cuando se consagra al cuidado de los aquejados de la peste y sabe
que sucumbirá en la tarea.
II. MORALIDAD
La enseñanza de la Iglesia católica sobre la moralidad del suicidio puede
resumirse como sigue:
A. El suicidio directo y definitivo
El suicidio definitivo y directo perpetrado sin el consentimiento de Dios
constituye siempre una injusticia grave para con Él. Destruir una cosa es
deshacerse de ella como amo absoluto y actuar como alguien que posee dominio
total e independiente sobre ella; mas el hombre no posee este dominio total e
independiente sobre su vida, ya que el dueño debe ser superior a su propiedad.
Dios se ha reservado la potestad directa sobre la vida; Él es dueño de su
sustancia y le ha dado al hombre sólo el dominio práctico, el derecho de uso,
con el cometido de proteger y preservar dicha sustancia, esto es, la vida misma.
Por consiguiente, el suicidio es una tentativa contra la autoridad y el derecho
de propiedad del Creador. A esta injusticia se añade una ofensa grave contra la
caridad que el hombre se debe a sí mismo, ya que por su acción se priva del
máximo bien que posee y de la posibilidad de alcanzar su fin último. Además, la
gravedad del pecado empeora si al quitarse la vida se eluden las obligaciones
existentes de la justicia o los actos de caridad, que podía y debía cumplir,
tales como la piedad conyugal, paternal o filial. Que el suicidio es ilícito es
la enseñanza de la Sagrada Escritura y de la Iglesia, la cual condena el acto
como el crimen más atroz y, por el odio que le tiene y para suscitar el horror
en sus hijos, le niega al suicida el sepelio cristiano. (Actualmente esto ha
sido cambiado y si se le da sepultura cristiana por lo que nos dice el Catecismo
de la Iglesia Católica en el numero 2283; “No se debe desesperar de la salvación
eterna de aquellas personas que se han dado muerte. Dios puede haberles
facilitado por vías que él solo conoce la ocasión de un arrepentimiento
saludable. La Iglesia ora por las personas que han atentado contra su vida.”)
Por otro lado, el suicidio se opone directamente a la tendencia más poderosa e
invencible de toda criatura, especialmente del hombre: la conservación de la
vida. Finalmente, para que un hombre sensato se quite deliberadamente la propia
vida, debe primero, como regla general, haber aniquilado en sí mismo todos los
goces de la vida espiritual, puesto que el suicidio está en total oposición a
todo lo que nos enseña la religión cristiana sobre el fin y el objeto de la vida
y, salvo en casos de locura, es la conclusión natural de una vida desordenada,
débil y cobarde.
La razón que hemos presentado para probar la malicia del suicidio, a saber, el
derecho y el dominio de Dios, justifica asimismo la modificación del principio
general: como Dios es señor de nuestra existencia, Él puede con su propio
consentimiento eliminar del suicidio todo lo que constituya su desorden. De este
modo justifican algunas autoridades la conducta de ciertos santos, quienes,
impelidos por el deseo del martirio y especialmente por el deseo de proteger su
castidad, no esperaron que el verdugo los ejecutara, sino que de una manera u
otra lo buscaron en sí mismos; no obstante, la voluntad divina debería
manifestarse claramente en cada caso particular.
Se ha formulado la pregunta: ¿puede suicidarse un condenado si se lo ordena el
juez? Algunos autores responden esta pregunta afirmativamente y basan su
argumento en la facultad de la sociedad para castigar a ciertos malhechores con
la muerte y de encargar el trabajo de verdugo a cualquiera; por consiguiente,
también el malhechor puede llevar a cabo la sentencia. Nosotros compartimos la
opinión más ampliamente aceptada, a saber, que esta práctica, frecuente en
algunos países del Este, no es lícita. La justicia vengativa —y, en realidad,
toda justicia— requiere una distinción entre el sujeto de derechos y el de
deberes; en el caso presente, entre el que castiga y el castigado. Finalmente,
el mismo principio que prohibe a uno ocasionar su propia muerte también le
prohibe aconsejar, mandar u ordenar —con la intención directa de suicidio— que
otro le ejecute.
B. El suicidio positivo e indirecto
El suicidio positivo pero indirecto cometido sin el consentimiento divino
también es ilícito, a menos que, bien mirado, exista razón suficiente para hacer
lo que traiga como resultado la muerte. De ahí que no sea pecado, sino un acto
de virtud exaltada, el viajar a tierras salvajes para predicar el Evangelio o
acudir a la cabecera de los aquejados por la peste y atenderlos, aun cuando los
que eso hacen prevén la posibilidad de una muerte pronta e inevitable; tampoco
es pecado que los obreros, en cumplimiento de sus deberes, suban a los tejados y
a los edificios y se expongan con ello a la muerte, etcétera. Todo esto es
lícito precisamente porque el acto mismo es bueno y recto, pues, al menos en
teoría, las personas ya aludidas no persiguen, ni como fin ni como medio, el
resultado funesto, es decir, la muerte; y, además, si resultase un mal, sería
compensado en gran parte por el efecto bueno y provechoso que buscan. Por otro
lado, es pecado exponerse al peligro de muerte para dar prueba de valor, para
ganar una apuesta, etcétera, porque en todos estos casos el fin no compensa de
ninguna forma el peligro de muerte que se corre. Para juzgar si existe o no
razón suficiente para una acción a la que aparentemente le seguirá la muerte,
deben considerarse todas las circunstancias, esto es, la importancia del
resultado benéfico, la mayor o menor certeza de que se logrará, el mayor o menor
peligro de muerte, etcétera, problemas que en un caso específico pueden ser
difíciles de resolver.
C. El suicidio negativo y directo
El suicidio negativo y directo sin el consentimiento de Dios constituye el mismo
pecado que el suicidio positivo. De hecho, el hombre tiene sobre su vida
únicamente el derecho de uso con las obligaciones correspondientes de preservar
el objeto del dominio de Dios: la sustancia de su vida. Por consiguiente,
obviamente falla en esta obligación de usufructuario quien descuida los medios
necesarios para la preservación de la vida, esto con la intención de destruirla,
y, por tanto, viola los derechos de Dios.
D. El suicidio negativo e indirecto
El suicidio negativo e indirecto sin el consentimiento de Dios también es una
tentativa contra los derechos del Creador y una injusticia para con Él cuando se
descuidan sin causa suficiente todos los medios de conservación que se deberían
utilizar. Si una persona como usufructuaria está obligada en justicia a
preservar su vida, es lógico que está igualmente obligada a hacer uso de todos
los medios ordinarios que se imponen en circunstancias normales, esto es:
debería emplear todos los medios ordinarios que la naturaleza misma facilita,
tales como comer, beber, dormir y así sucesivamente;
además, debería evitar todos los peligros que pueden evitarse fácilmente; por
ejemplo, huir de una casa en llamas, huir de un animal enfurecido cuando puede
hacerse sin dificultad.
De hecho, descuidar los medios ordinarios para la preservación de la vida
equivale a suicidarse, mas lo mismo no puede decirse con respecto a los medios
extraordinarios. Así, los teólogos enseñan que para preservar la vida uno no
está obligado a emplear remedios que, teniendo en cuenta la salud propia, se
consideran como extraordinarios y suponen gastos extraordinarios; no hay
obligación de someterse a operaciones quirúrgicas muy penosas ni a amputaciones
considerables ni viajar al exilio para buscar un clima más benéfico, etcétera.
Si hacemos una comparación, el arrendatario de una casa está obligado a cuidar
de ella como conviene a un buen padre de familia, a utilizar los medios
ordinarios para la conservación de la propiedad, por ejemplo, extinguir un fuego
que sea fácil de extinguir, etcétera; pero no está obligado a emplear medios
considerados extraordinarios, tales como procurar las últimas novedades que haya
producido la ciencia para prevenir o extinguir un incendio.
E. Aplicación de los principios
Los principios esbozados en las cuatro proposiciones o divisiones dadas arriba
deberían servir para la solución de casos particulares; sin embargo, la
aplicación puede que no siempre sea fácil, y, de esta manera, una persona puede
quitarse la vida mediante un acto objetivamente ilícito y aun así considerarse
tolerable y hasta un acto de virtud exaltada.
Podría preguntarse si una persona puede realizar u omitir un acto que pueda
dañar su salud y acortar su vida. Aplicando los principios anteriores: antes que
nada está claro (por la 1.ª y 3.ª proposición, A y C) que no puede tener como
objetivo adelantar la muerte; mas, haciendo a un lado esta hipótesis, puede
decirse, por una parte, que exponerse sin razón suficiente a un abreviamiento
considerable de la vida constituye un daño grave a los derechos del Creador; y
por otro lado, si el peligro de muerte no es inminente, aunque es de temerse que
la vida pueda acortarse aún por varios años, no es un pecado grave, sino venial.
Este es el caso con el beodo, que por intemperancia causa su muerte prematura.
Nuevamente, debe tenerse en cuenta que, con la adición de un motivo razonable,
la acción puede ser totalmente lícita y hasta un acto de virtud; así, el obrero
no peca al dedicarse a los trabajos pesados, y los santos realizaron un acto muy
meritorio y altamente virtuoso cuando, a fin de vencer sus pasiones, laceraron y
torturaron sus cuerpos con penitencia y ayuno, y, con ello, fueron la causa de
su muerte prematura.
III. FRECUENCIA DEL SUICIDIO; CAUSAS PRINCIPALES
La plaga del suicidio pertenece especialmente al período de la decadencia de las
civilizaciones de la antigüedad: griegos, romanos y egipcios. La Edad Media
cristiana no conoció esta tendencia morbosa, mas ha vuelto a aparecer en los
últimos tiempos, se ha desarrollado constantemente desde el Renacimiento y
actualmente ha alcanzado tal intensidad entre las naciones civilizadas que puede
considerarse uno de los males especiales de nuestros tiempos.
Este índice de suicidio obviamente incluye suicidios que se pueden atribuir a
las enfermedades mentales, pero no podemos aceptar la opinión de un gran número
de médicos, moralistas y juristas que, llevados al error por una filosofía
errada, establecen como regla general que el suicidio siempre se debe a la
demencia, ya que grande es el horror que este acto inspira en todo hombre
cuerdo. La Iglesia rechaza esta teoría y, aunque acepta excepciones, considera
que dichos desgraciados que intentan suicidarse, impelidos por la desesperación
o la ira, a menudo actúan por malicia o cobardía culpable. De hecho, la
desesperación y la ira no son generalmente movimientos del alma imposibles de
resistir, especialmente si uno no descuida la ayuda que ofrece la religión, la
confianza en Dios, la creencia en la inmortalidad del alma y en la vida futura
de recompensas y castigos.
Se han presentado muchas y variadas razones para explicar el alto índice de
suicidio, pero es más correcto decir que no depende de una causa particular,
antes bien, en un conjunto de factores, tales como la situación social y
económica, la miseria de un gran número, una búsqueda más febril de lo que se
considera la felicidad y que a menudo termina en crueles decepciones, la cada
vez más refinada búsqueda del placer, un estímulo más precoz e intenso de la
vida sexual, el agotamiento intelectual, la influencia de los medios de
comunicación y de las noticias sensacionalistas que provee a diario a sus
lectores, las influencias de la herencia, los estragos del alcoholismo,
etcétera. Pero es innegable que el factor religioso es muchísimo más importante,
pues el aumento en los suicidios guarda relación con la descristianización de
una nación.
Francia representa un ejemplo penoso paralelo a la descristianización
sistemática; el número de suicidios por cada 100 000 aumentó de 8.32 en 1852 a
29 en 1900. La razón es obvia. La religión por sí sola, y especialmente la
religión católica, nos instruye con respecto al seguro destino de la vida y de
la importancia de la muerte; ella sola proporciona una solución al enigma del
sufrimiento, ya que presenta al hombre viviendo en el exilio y al sufrimiento
como el medio para conseguir la gloria y la felicidad de una vida futura. Por
sus doctrinas de la eficacia del arrepentimiento y la práctica de la confesión,
alivia el sufrimiento moral del hombre; prohibe y previene en gran medida los
desórdenes de la vida; en pocas palabras, es de una naturaleza que previene las
causas que se calculan impelen al hombre a la acción extrema.
Obras generales de teología y de filosofía moral, especialmente en referencia a
los principios, la frecuencia y las causas del suicidio: WALTER in Staatslexikon
(2.ª ed., Friburgo, 1903), s.v. Selbstmord; MASARYK, Der Selbstmord als sociale
Massenerscheinung der modernen Civilisation (Viena, 1881); MORSELLI, Suicide,
International Scientific Series (Nueva York, 1882); BAILEY, Modern Social
Conditions (Nueva York, 1906); SCHNAPPER-ARNDT, Socialstatistik (Leipzig, 1906);
KROSE, Des Selbstmord im 19en Jahrhundert (Friburgo, 1906); NIEUWBARN, Beknopt
kerkelyk Handwoordenboek (Tilburgo, 1910); JACQUART, Essais de statistique
morale: I, Le Suicide (Bruselas, 1908).
A. VANDER HEEREN
Transcrito por Tomas Hancil
Traducción de Manuel Rodríguez Rmz.