Pecado
EnciCato
El tema será tratado bajo los siguientes títulos:
I. Naturaleza del Pecado.
II. División
A. Pecado Material y Formal
B. Pecados Internos
C. El Pecado Capital o Vicios
III. Pecado mortal.
A. Descripción Bíblica del Pecado
B. Sistemas que niegan el pecado o distorsionan su Verdadera Noción
C. Errores Protestantes
D. El Pecado Filosófico
E. Condiciones de Pecado Mortal: Conocimiento, libre voluntad, materia grave
F. Imputabilidad
G. Malicia
H. Gravedad
I. Distinción Específica y numérica del Pecado
J. Materia que causa Pecado
K. Causas de Pecado
L. Efectos del Pecado
IV. Pecado venial.
A. Definición
B. Malicia del pecado venial
C. Condiciones
D. Efectos
V. Permisos y Remedios.
VI. El Sentido del Pecado.
I. Naturaleza del Pecado
Dado que el pecado es un mal moral, es necesario en primer lugar determinar qué
entendemos por mal y particularmente por mal moral. El Mal, es definido por
Santo Tomás (De malo, 2:2) como una privación de forma u orden o de medida
debida. En el orden físico, una cosa es buena en la proporción que posee
entidad. Solo Dios es esencialmente ser y Solo El es bien esencial y perfecto.
Todo lo demás posee entidad pero limitada y, en la medida que posee entidad, es
bueno. Cuando tiene su debida proporción de forma, orden y medida es, en su
propio orden y grado, bueno (ver BIEN). El Mal implica una deficiencia en la
perfección, por lo tanto, no puede existir en Dios, quien es esencialmente y por
naturaleza, bueno; sólo se encuentra en seres finitos los cuales, debido a sus
orígenes de la nada, son sujetos a la privación de forma u orden o debida medida
y, por la oposición que encuentran, son sujetos a un aumento o disminución de la
perfección que tienen: "en sentido amplio, el mal puede ser descrito como la
suma de oposición, la cual la experiencia demuestra que existe en el universo,
en los deseos y necesidades de los individuos; por consiguiente surgen, entre
los seres humanos al menos, el sufrimiento el cual abunda en la vida” (ver MAL).
De acuerdo a la naturaleza de la perfección con la cual limita, el mal es
metafísico, físico o moral. El mal metafísico no es mal propiamente tal; no es
sino la negación de un bien superior, o la limitación de los seres finitos por
otros seres finitos. El mal físico priva al sujeto afectado de algún bien
natural y es adverso al bienestar del sujeto, como dolor y sufrimiento.
El mal moral sólo se encuentra en los seres inteligentes; los priva de algún
bien moral. Aquí trataremos solamente con el mal moral. Este puede ser definido
como una privación de conformidad con la recta razón a la ley de Dios. Dado que
la moralidad de un acto humano consiste en su concordancia o no concordancia a
la recta razón y a la ley eterna, un acto es bueno o malo en el orden moral de
acuerdo a si involucra esta concordancia o no concordancia. Cuando la creatura
inteligente, conociendo a Dios y Su ley, deliberadamente rehúsa obedecerla,
resulta el mal moral.
El pecado no es mas que un acto moralmente malo (Santo Tomás, “De Malo”, 8:3) un
acto en discordia con la razón informada por la ley Divina. Dios nos ha dotado
de razón y libre voluntad, y un sentido de responsabilidad; Nos ha hecho sujetos
de Su ley, la cual es dada a conocer a nosotros por los dictados de la
conciencia, y nuestros actos deben conformarse a estos dictados, de lo
contrario, pecamos (Rom. 14.23). En todo acto pecador, deben considerarse dos
cosas, la sustancia del acto y el deseo de rectificación o conformidad (Santo
Tomás, I-II: 72:1) El acto es algo positivo. El pecador intenta aquí y ahora
actuar de determinada forma, desmedidamente eligiendo ese particular bien
desafiando la ley de Dios y los dictados de la recta razón. La deformidad no es
directamente intencionada como tampoco está involucrada en el acto al parecer y
en la medida que éste es físico, pero si en cuanto el acto procede de la
voluntad que tiene el poder sobre sus actos y es capaz de escoger este o aquel
bien particular contenido dentro de la visión de su objeto adecuado, es decir,
el bien universal (Santo Tomás, “De Malo”, Q3, a.2, ad2um). Dios, como primera
causa de toda la realidad, es la causa del acto físico como tal, la libre
voluntad de la deformidad (Santo Tomás I-II:84:2; "De malo", 3:2). El acto malo
considerado adecuadamente tiene por sus causas, la libre voluntad eligiendo
defectuosamente un bien mutable en lugar de un bien eterno, Dios, y por lo
tanto, desviándose de su verdadero destino último.
En todo pecado se encuentra una privación del debido orden o conformidad a la
ley moral, pero el pecado no es una pura o total privación de todo bien moral
(Santo Tomás, “De Malo”, 2:9; I-II: 73:2). Hay una privación en dos sentidos;
una, total que no deja nada de su opuesto, como por ejemplo, la oscuridad que no
deja nada de luz; otra, no total, que deja algo del bien del cual se opone como
por ejemplo, la enfermedad que no destruye totalmente las aún equilibradas
funciones del cuerpo necesarias para la salud. Una privación pura o total
privación de bien puede ocurrir en un acto moral sólo bajo el supuesto que la
voluntad puede inclinarse al mal como tal, así como por un objeto. Esto es
imposible porque el mal como tal no está contenido dentro del punto de vista de
un objeto adecuado de la voluntad, la cual es buena. La intención del pecador
termina en algún objeto en el cual hay una participación de la bondad de Dios, y
este objeto está directamente encaminado por El. La privación del debido orden,
o la deformidad, no está directamente propuesta, aunque es aceptada al punto que
los deseos del pecador tienden a un objeto en el cual este deseo de conformidad
está involucrado, de manera que el pecado no es una pura privación, sino un acto
humano carente de su debida rectitud. Del defecto emerge el mal del acto, del
hecho, que es voluntario, su imputabilidad.
II. División del Pecado
En relación al principio por el cual procede el pecado, éste puede ser original
o actual. La voluntad de Adán, como cabeza de la raza humana para la
conservación o pérdida de la justicia original es la causa y fuente del pecado
original. El pecado actual es cometido por un acto personal libre de la voluntad
del individuo. Se divide en pecados de comisión y de omisión. Un pecado de
comisión es un acto positivo contrario a algunos preceptos prohibitivos; un
pecado de omisión es una falta de hacer lo que ha sido ordenado, o al menos
desear algo incompatible con su cumplimiento (I-II:72:5) En cuanto a su malicia,
los pecados se distinguen en pecados de ignorancia, pasión o dolencia, y
malicia; en cuanto a las actividades que involucran, en pecados del pensamiento,
palabra o hecho (cordis, oris, operis); en cuanto su gravedad, en mortales o
veniales. Esta última división es, sin dudas, la más importante de todas y
requiere un tratamiento especial. Aunque, previo a entrar en los detalles,
resulta útil mostrar algunas distinciones posteriores que ocurren en teología
así como en el uso general.
A. Pecado Material y Formal:
Esta distinción está basada en la diferencia entre los elementos objetivos (el
objeto en sí mismo, circunstancias) y los subjetivos (advertencia del pecado en
el acto). Una acción que, de hecho, es contraria a la ley Divina pero no es
conocida como tal por el agente, constituye un pecado material; mientras que el
pecado formal es cometido cuando el agente libremente trasgrede la ley tal como
se lo ha mostrado su conciencia, ya sea que tal ley realmente exista o si sólo
se cree que existe por aquel que actúa. Por lo tanto, una persona que toma algo
ajeno mientras piensa que es suyo, comete un pecado material; pero el pecado
sería formal si toma lo ajeno en la creencia que pertenece al prójimo, sea ésta
su creencia correcta o no.
B. Pecados Internos.
Pecado que puede ser cometido no solo por actos externos sino también por la
actividad interna de la mente fuera de cualquier manifestación externa, son
simplemente los preceptos del Decálogo: “ No codiciarás los bienes ajenos” y del
reproche de Cristo a los escribas y fariseos a quienes asemejó como “sepulcros
blanqueados...llenos de inmundicia” (Mateo 23:27). De ahí que, el Concilio de
Trento (Sess. XIV, c.v), al declarar que todos los pecados mortales deben ser
confesados, hace especial mención a aquellos que son más secretos y que violan
sólo los últimos dos preceptos del Decálogo, sumando que ellos “a veces hieren
más gravemente el alma y son más peligrosos que los pecados cometidos
abiertamente”. Usualmente, podemos distinguir tres tipos de pecados internos:
· delectatio morosa, i.e. el placer logrado en un pensamiento pecaminoso o
imaginación incluso sin desearlo;
· gaudium, i.e. vivir complacido con pecados ya cometidos; y
· desiderium, i.e. el deseo por aquello que es pecaminoso.
Un deseo efficacious ej. Uno que incluya la intención deliberada de realizar o
satisfacer el deseo, tiene la misma malicia, mortal o venial, como la acción que
tiene en vista. Un deseo inefficacious es aquel que conlleva una condición de
tal forma que la voluntad está preparada para realizar la acción en caso que la
condición se verificara. Cuando la condición es tal que elimina todo pecado de
la acción, el deseo no involucra pecado. Ej. Con gusto comería carne los Viernes
si tuviera la dispensa; y en general este es el caso ya sea que la acción sea
prohibida sólo por ley positiva.
Cuando la acción es contraria a la ley natural y sin embargo dadas las
circunstancias permitida, o en un estado particular de la vida, el deseo, si
incluye aquellas circunstancia o ese estado como condiciones, no es pecado en sí
mismo. Ej. Yo mataría así o asa si tuviera que hacerlo en defensa propia.
Usualmente, sin embargo, tales deseos son peligrosos y por lo tanto ameritan
reprimirlos. Si, por otro lado, la condición no elimina el pecado de la acción,
el deseo es también pecaminoso. Este es claramente el caso donde la acción es
intrínsecamente y absolutamente mala, ej. Blasfemia: uno no podría sin cometer
pecado, tener el deseo – Blasfemaría contra Dios si no fuera malo; la condición
es un imposible y por lo tanto, no afecta al deseo mismo. El placer tomado de un
pensamiento pecaminoso (delectatio, gaudium) es, en términos generales, un
pecado del mismo tipo y gravedad como la acción de la que es pensamiento. Sin
embargo, mucho depende de los motivos por los cuales uno piensa en acciones
pecadoras. El placer, por ejemplo, que se puede experimentar al estudiar la
naturaleza de un asesinato o de cualquier otro crimen, en lograr ideas claras
sobre el caso, trazando sus causas, determinando culpabilidad, etc, no es un
pecado; por el contrario, a menudo es tanto útil como necesario. El caso es por
su puesto distinto cuando el placer significa gratificación por el objeto
pecaminoso o la acción en sí misma. Y, es evidentemente un pecado cuando uno se
jacta de sus proezas malvadas y aún más por el escándalo otorgado.
C. El Pecado Capital o Vicios.
De acuerdo a Santo Tomás (II-II:153:4) “un vicio capital es aquel que tiene un
fin excesivamente deseable de manera tal que en su deseo, un hombre comete
muchos pecados todos los cuales se dice son originados en aquel vicio como su
fuente principal”. Entonces, no es la gravedad del vicio en sí mismo que lo
torna en capital sino el hecho que da origen a muchos otros pecados. Estos son
enumerados por Santo Tomás (I-II:84:4) como vanagloria (orgullo), avaricia,
glotonería, lujuria, pereza, envidia, ira. San Buenaventura (Brevil., III,ix)
enumera los mismos. Escritores anteriores habían distinguido 8 pecados
capitales: Así también San Cipriano (De mort., iv); Cassian (De instit. cænob.,
v, coll. 5, de octo principalibus vitiis); Columbanus ("Instr. de octo vitiis
princip." in "Bibl. max. vet. patr.", XII, 23); Alcuin (De virtut. et vitiis,
xxvii y sgtes.) El número siete, sin embargo, fue dado por San Gregorio el
Grande (Lib. mor. in Job. XXXI, xvii), y se mantuvo por la mayoría de los
teólogos de la Edad Media.
Es necesario hacer notar que “pecado” no se predica unívocamente de todos los
tipos de pecado. “La división de pecados en veniales y mortales no es una
división de género y especies que participan igualmente de la naturaleza del
género, sino la división de un análogo en cosas de las cuales se predica primera
y secundariamente”. (St. Thomas, I-II:138:1, ad 1um). “Pecado, no se predica
unívocamente de todos los tipos, sino primariamente como pecado actual
mortal...y por lo tanto no es necesario que la definición de pecado en general
deba verificarse excepto en aquel pecado en el cual se encuentra perfectamente,
la naturaleza del género. La definición de pecado puede ser verificado en otros
pecados en cierto sentido” (Santo Tomás, II, d. 33, Q. i, a. 2, ad 2um). El
pecado actual consiste principalmente en un acto voluntario repugnante al orden
de la recta razón. El acto pasa, pero el alma del pecador se mantiene manchada,
privada de gracia, en estado de pecado, hasta que el desorden se haya restaurado
por penitencia. Este estado es llamado pecado habitual, maccula peccati, reatus
culpae (I-II:87:6). La división del pecado en original y actual, mortal y venial
no es una división de género y especies porque el pecado no tiene la misma
significación cuando se aplica al pecado original y personal, moral y venial. El
pecado mortal nos desgarra completamente de nuestro verdadero destino final; el
pecado venial sólo nos impide en sus logros. El pecado actual personal es
voluntario por un acto propio de la voluntad. El pecado original es voluntario
no por un acto personal voluntario nuestro, sino por un acto de la voluntad de
Adán. El pecado original y actual se distinguen por la forma bajo la cual son
voluntarios (ex parte actus); el pecado mortal y venial por la forma bajo la
cual afecta nuestra relación con Dios (ex parte deordinationis). Siendo que un
acto voluntario y sus desórdenes son la esencia del pecado, es imposible que el
pecado pueda ser un término genérico respecto al pecado original y actual,
mortal y venial. La verdadera naturaleza del pecado se encuentra perfectamente
sólo en un pecado personal mortal, en otros pecados imperfectamente, de manera
que el pecado se predica principalmente del pecado actual y sólo secundariamente
de los otros. Por lo tanto, debemos considerar: primero, el pecado personal
mortal; segundo, el pecado venial.
III. El Pecado Mortal
El pecado mortal es definido por San Agustín (Contra Faustum, XXII, xxvii) as "Dictum
vel factum vel concupitum contra legem æternam", ejemplo, algo dicho, hecho o
deseado contrario a la ley eterna, o pensamiento, palabra o acto contrario a la
ley eterna. Esta es una definición de pecado en tanto acto voluntario. En tanto
defecto o privación, debería ser definido como una aversión a Dios, nuestro
verdadero destino final, en razón de una preferencia dada a algún bien mutable.
La definición de San Agustín es aceptada generalmente por los teólogos como
principalmente una definición del pecado actual mortal. Explica muy bien los
elementos materiales y formales del pecado. Las palabras "dictum vel factum vel
concupitum” muestra el elemento material del pecado, el acto humano: "contra
legem æternam", el elemento formal. El acto es malo porque transgrede la ley
Divina. San Ambrosio (De paradiso, viii) define el pecado como una
“prevaricación (dolo*) de la ley Divina”.
La definición de San Agustín, estrictamente considerada, es decir el pecado como
un impedimento a nuestro verdadero fin último, no comprende el pecado venial,
sino en tanto que el pecado venial es, de alguna manera, contrario a la ley
divina, aunque no es impedimento de nuestro fin último, se puede decir que está
incluido en la definición tal como está. Mientras que en primer lugar una
definición de pecados de comisión, los pecados de omisión pueden estar incluidos
en la definición porque ellos presuponen algún acto positivo (Santo Tomás,
I-II:71:5) y la negación y la afirmación se reducen al mismo género. Los pecados
que violan la ley humana o la ley natural también están incluidos, por cuanto lo
que es contrario a la ley humana o natural, es también contrario a la ley
Divina, en tanto cada ley humana justa se deriva de la ley Divina y no lo es,
sino estando en conformidad con la ley Divina.
A. Descripción Bíblica del Pecado.
En el Antiguo Testamento, el pecado es establecido como un acto de desobediencia
(Gen., ii, 16-17; iii, 11; Is., i, 2-4; Jer., ii, 32); como un insulto a Dios
(Num., xxvii, 14); como algo detestado y castigado por Dios (Gen., iii, 14-19;
Gen., iv, 9-16); como injurioso al pecador (Tob., xii, 10); como algo expiable
por penitencia (Ps. 1, 19). En el nuevo Testamento, es claramente enseñado en
San Pablo que el pecado es una trasgresión de la ley (Rom., ii, 23; v, 12-20);
una esclavitud de la cual somos liberados por la gracia (Rom., vi, 16-18); una
desobediencia (Heb., ii, 2) castigada por Dios (Heb., x, 26-31). San Juan
describe el pecado como una ofensa a Dios, un desorden de la voluntad (Juan, xii,
43), una iniquidad (I Juan, iii, 4-10).
Cristo, en muchas de Sus declaraciones enseña la naturaleza y extensión del
pecado. El vino a promulgar una nueva ley mas perfecta que la antigua, que se
pudo extender a ordenar no solo los actos externos sino internos a un grado
desconocido anteriormente y, en Su Sermón de la Montaña condena como pecadores
muchos actos que eran juzgados como honestos y correctos por los doctores y
maestros de la Antigua Ley. Denuncia de modo especial la hipocresía y el
escándalo, la infidelidad y el pecado contra el Espíritu Santo. El enseña en
particular, que los pecados vienen del corazón (Mat., xv, 19-20).
B. Sistemas que niegan el pecado o distorsionan su Verdadera Noción.
Todos los sistemas, religiosos o éticos, ya sea que niegan, por un lado, la
existencia de un creador personal y legislador distinto y superior a su
creación, o por otro lado, la existencia de la voluntad libre y la
responsabilidad en el hombre, distorsionan o destruyen la verdadera noción
bíblica-teológica del pecado. En los comienzos de la era Cristiana, los
Gnósticos, aunque sus doctrinas variaban en sus detalles, negaban la existencia
de un creador personal. La idea del pecado en el sentido Católico no estaba
contenida en su sistema. Para ellos, no hay pecado, salvo el pecado de
ignorancia que no necesita expiación; Jesús no es Dios (Ver GNOSTICISMO). El
Maniqueísmo (q.v.) con sus dos principios eternos, bien y mal, en guerra
perpetua entre ellos, es también destructivo de la verdadera noción de pecado.
Todo mal, y consecuentemente todo pecado, viene del principio de mal. El
concepto Cristiano de Dios como dador de ley se destruye. El pecado no es un
acto voluntario conciente de desobediencia a la voluntad Divina. Los sistemas
panteístas que niegan la distinción entre Dios y Sus creaturas, hacen que el
pecado sea imposible. Si el hombre y Dios son uno, el hombre no es responsable
de ninguno de sus actos, donde la moralidad es destruida. Si él es su propia
regla de acción, no se puede desviar del bien como enseña Santo Tomás (I:63:1).
La identificación de Dios y el mundo por el Panteísmo (q.v.) no da lugar al
pecado.
Debe haber alguna ley donde el hombre es sujeto, superior y distinto de él, la
cual puede ser obedecida y trasgredida, donde el pecado puede entrar dentro de
sus actos. Esta ley debe ser mandato de un superior, porque las nociones de
superioridad y sujeto son correlativas. Este superior solo puede ser Dios, quien
es el único autor y señor del hombre. El Materialismo, negando como lo hace la
espiritualidad y la inmortalidad del alma, la existencia de absolutamente ningún
espíritu, y consecuentemente de Dios, no admite el pecado. No hay voluntad
libre, todo está determinado por las inflexibles leyes del movimiento. La
“Virtud” y el “vicio” son calificaciones de actos, sin sentido. El Positivismo
coloca el fin último del hombre en algún bien sensible. Su ley suprema de acción
es buscar el máximo de placer. El Egotismo o el altruismo es la norma suprema y
criterio de los sistemas Positivistas, y no la ley eterna de Dios como revelada
por El y dictada por conciencia. Para los materialistas evolucionistas, el
hombre no es sino un animal altamente desarrollado, y la conciencia, un producto
de la evolución. La Evolución ha revolucionado la moralidad y ya no existe el
pecado.
Kant en su “Crítica a la Razón Pura”, habiendo rechazado todas las nociones
esenciales de la verdadera moralidad, es decir, libertad, el alma, Dios y una
vida futura, intentó en su “Crítica de la Razón Práctica” reestablecerlas en la
medida que eran necesarias para la moralidad. La razón práctica, nos dice, nos
impone una idea de ley y deber. El principio fundamental de la moralidad de Kant
es “el deber por el bien del deber”, no Dios ni Su ley. El deber no puede ser
concebido en sí mismo como una cosa independiente. Trae consigo ciertos
postulados, el primero de los cuales es la libertad. En su doctrina, el hombre,
en virtud de su razón práctica “Yo debo, luego yo puedo” tiene conciencia de la
obligación moral (imperativo categórico). Esta conciencia supone tres cosas:
libre voluntad, inmortalidad del alma, y la existencia de Dios, de otro modo el
hombre no sería capaz de cumplir sus obligaciones, no podría haber suficiente
sanción por la ley Divina, ningún premio o castigo en la vida futura. El sistema
moral kantiano se maneja entre oscuridades y contradicciones y es destructivo de
muchas de las enseñanzas de Cristo. La dignidad personal es la regla suprema de
las acciones del hombre. La noción de pecado como oposición a Dios, es
suprimida. De acuerdo a las enseñanzas del materialismo Monista hoy en día tan
diseminado, no hay ni puede haber voluntad libre. De acuerdo a esta doctrina
solo existe un cosa y que produce todos los fenómenos, incluido el pensamiento;
no somos sino muñecos en sus manos, llevados de aquí para allá a su voluntad y
finalmente llevados a la nada. En tal sistema, no hay lugar para el bien y el
mal, una libre observancia o una trasgresión voluntaria de la ley. El pecado en
su sentido verdadero, es imposible. Sin ley y libertad y un Dios personal no hay
pecado.
Que Dios existe y puede ser conocido por Sus creaciones visibles, que El ha
revelado sus decretos de Su eterna voluntad al hombre y es distinto de Sus
creaturas (Denzinger-Bannwart, "Enchiridion", nn. 178 2, 1785, 1701), son
materias de fe y enseñanzas Católicas. El hombre es un ser creado dotado de
libre voluntad (ibid., 793), hecho el cual, puede ser probado en las Escrituras
y en razón del pecado de Adán quien ha perdido su inocencia primitiva, y
mientras la voluntad libre permanece, sus poderes han sido disminuidos. (Ver
PECADO ORIGINAL)
C. Errores Protestantes.
Lutero y Calvino muestran como su error fundamental que propiamente hablando no
queda voluntad libre en el hombre luego de la caída de nuestros primeros padres;
que el cumplimiento de los preceptos de Dios es imposible aún con la asistencia
de la gracia, y que el hombre peca en todos sus acciones. La Gracia no es un don
interno, sino algo externo.
A algunos no se les imputa pecado, porque están cubiertos con el velo del mérito
de Cristo. La sola fé salva y no hay necesidad de buenas obras. En la doctrina
de Lutero, el pecado no puede ser una trasgresión deliberada de la Ley Divina.
Jansenio en sus “Agustinos” enseñó que, de acuerdo a los poderes presentes en el
hombre, algunos preceptos de Dios son imposibles de cumplir incluso para el
justo que se esfuerza por cumplirlos, y luego enseña que la gracia por medio de
la cual es posible el cumplimiento es deseada incluso por el justo. Su error
fundamental consiste en enseñar que la voluntad no es libre sino que está guiada
necesariamente ya sea por la concupiscencia o la gracia. La libertad interna no
es necesaria para el mérito o demérito. Basta la Libertad de coerción. Cristo no
murió por todos los hombres. Baio enseñaba una doctrina semi luterana. La
libertad no está enteramente destruida, sino que tan debilitada que sin la
gracia no puede sino pecar. La verdadera libertad no se requiere para pecar. Un
acto malo cometido involuntariamente vuelve al hombre responsable (proposiciones
50-51 en Denzinger-Bannwart, "Enchiridion", nn. 1050-1). Todos los actos hechos
sin caridad son pecados mortales y merecen la condenación porque proceden de la
concupiscencia. Esta doctrina niega que el pecado sea una trasgresión voluntaria
de la Ley Divina. Si el hombre no es libre, los preceptos no tienen ningún
sentido en la medida que a él le corresponda.
D. El Pecado Filosófico.
Aquellos que construyen un sistema moral independiente de Dios y Su Ley,
distinguen entre el pecado teológico y el pecado filosófico. El pecado
filosófico es un acto moralmente malo que viola el orden natural de la razón y
no la Ley Divina. El pecado teológico es una trasgresión a la ley eterna.
Aquellos que tienen tendencias ateas y sostienen esta distinción, ya sea que
niegan la existencia de Dios o mantienen que El no ejecuta providencia alguna en
relación a los actos humanos. Esta posición es destructiva del pecado en su
sentido teológico, en tanto Dios y Su Ley, premio y castigo, son hechos fuera de
Él. Aquellos que admiten la existencia de Dios, Su Ley, la libertad humana y la
responsabilidad, y aún así afirman una distinción entre el pecado filosófico y
el teológico, mantienen que en el orden presente de la providencia de Dios son
actos moralmente malos, los cuales, mientras violan el orden de la razón, no
ofenden a Dios en tanto que el pecador puede ser ignorante de la existencia de
Dios o no pensar actualmente en El y en Su Ley cuando actúa. Sin el conocimiento
de Dios o consideración de El, es imposible ofenderlo. Esta doctrina fue
censurada como escandalosa, temeraria y errónea por Alejandro VIII (24 de Agosto
de 1690) y la siguiente proposición, fue condenada: “El pecado filosófico o
moral es un acto humano en desacuerdo con la naturaleza racional y la recta
razón, el pecado teológico y mortal es una trasgresión libre a la ley Divina.
Por muy doloroso que parezca el pecado filosófico en alguien ya sea ignorante de
Dios o no está actualmente pensando en Dios, es un pecado sin duda penoso, pero
no es una ofensa a Dios, tampoco un pecado mortal que disuelve la amistad con
Dios, ni tampoco merecedor del castigo eterno”. (Denzinger-Bannwart, 1290).
Esta proposición fué condenada porque no hace una distinción entre la ignorancia
vencible y la invencible, más aún, supone la ignorancia invencible como
suficientemente común, en vez de solo metafísicamente posible y porque en la
dispensa presente de la providencia de Dios se nos enseñó claramente en las
Escrituras que Dios castigará todo mal que venga de la libre voluntad del
hombre. (Romanos ii, 5-11). No hay acto moralmente malo que no incluya una
trasgresión a la ley Divina. Desde el hecho que una acción es concebida como
moralmente mala, es concebida como prohibida. Una prohibición es ininteligible
sin la noción de alguien prohibiendo. Quien prohíbe en este caso y liga la
conciencia del hombre solo puede ser Dios, Quien es el único que tiene el poder
sobre la voluntad libre del hombre y sus acciones, de manera que del hecho que
cualquier acto sea percibido como moralmente malo y prohibido por conciencia,
Dios y Su ley son percibidos, al menos confusamente, y una trasgresión
voluntaria al dictado de la conciencia es necesariamente también una trasgresión
a la ley de Dios. Cardenal de Lugo (De incarnat., disp. 5, lect. 3) admite la
posibilidad del pecado filosófico en aquellos que son inculpablemente ignorantes
de Dios, aunque el sostiene que actualmente no ocurre, porque en el orden
presente de la providencia de Dios no puede haber ignorancia invencible de Dios
y su Ley. Esta enseñanza no cae necesariamente dentro de la condena de Alejandro
VIII, aunque es comúnmente rechazada por teólogos por que un dictado de
conciencia necesariamente involucra un conocimiento de la ley Divina como un
principio moral.
E. Condiciones de Pecado Mortal: Conocimiento, libre voluntad, materia grave.
Contrario a la enseñanza de Baio (prop. 46, Denzinger-Bannwart, 1046) y a los
Reformistas, un pecado debe ser un acto voluntario. Aquellas acciones en sí
mismas son llamadas propiamente humanas o acciones morales las cuales proceden
de la voluntad humana actuando deliberadamente con conocimiento del fin por el
cual se actúa. El hombre difiere de toda creatura irracional precisamente que el
es dueño de sus acciones en virtud de su razón y voluntad libre. (I-II:1:1).
Siendo que el pecado es un acto humano defectuoso de la debida rectitud, debe
tener en tanto es un acto humano, los constituyentes esenciales de un acto
humano. El intelecto debe percibir y juzgar la moralidad del acto y la voluntad
libremente elegir. Para que haya un pecado deliberadamente mortal debe haber
advertencia total de parte del intelecto y consentimiento total de parte de la
voluntad en una materia grave. Una trasgresión involuntaria de la ley incluso en
una materia grave, no es formalmente, sino un pecado material. La gravedad de la
materia es juzgada por las Enseñanzas en las Escrituras, las definiciones de
concilios y papas, y también de la razón. Aquellos pecados juzgados como
mortales son los que contienen en sí mismos algún desorden grave en relación a
Dios, nuestro prójimo, nosotros mismos o a la sociedad. Algunos pecados no
admiten liviandad material, como por ejemplo, la blasfemia, odio de Dios; son
siempre mortales (ex toto genere suo), a no ser que se vuelva venial por
necesidad de total advertencia por parte del intelecto o consentimiento total
por parte de la voluntad. Otros pecados admiten materia liviana; son pecados
graves (ex genere suo) en tanto su materia en sí misma es suficiente para
constituirse en pecado grave sin la suma de ninguna otra materia, aunque es de
tal naturaleza que, en un caso dado, debido a su pequeñez, el pecado puede ser
venial, por ejemplo, el hurto.
F. Imputabilidad
Para que el acto del pecador pueda serle imputado no es necesario que el objeto
en el cual termina y especifica el acto, esté directamente querido como fin o
medio. Es suficiente que sea querido indirectamente o en su causa, es decir, si
el pecador prevee, al menos confusamente, qué se seguirá del acto el cual
libremente realiza o de la omisión de un acto. Cuando la causa produce un efecto
doble, uno de los cuales es directamente querido, y el otro indirectamente, el
efecto que se sigue indirectamente es moralmente imputable al pecador cuando se
verifican estas tres condiciones:
· Primero, el pecador debe preveer al menos confusamente los efectos malos que
se siguen de aquello que causa,
· Segundo, debe ser capaz de abstenerse de ser causa;
· Tercero, debe estar bajo la obligación de prevenir el efecto malo.
El error y la ignorancia en relación al objeto o circunstancias del acto
causado, afectan el juicio del intelecto y consecuentemente, la moralidad e
imputabilidad del acto. La ignorancia invencible excusa totalmente de pecado.
La ignorancia vencible no excusa aunque hace al acto menos libre (ver
IGNORANCIA). Las pasiones, mientras ellas perturban el juicio del intelecto,
afectan más directamente a la voluntad. La pasión antecedente aumenta la
intensidad del acto, el objeto es más intensamente deseado, aunque menos
libremente, y la perturbación causada por la pasión puede ser tan grande al
punto de hacer del juicio libre un imposible, dejando al agente, por el momento,
fuera de sí (I-II:6:7 al 3um.) La pasión consecuente, la cual surge del comando
de la voluntad, no disminuye la libertad, sino que mas bien es un signo de un
intenso acto volitivo. El miedo, la violencia, la herencia, los estados
temperamentales y patológicos, en tanto afectan la volición libre, afectan la
malicia e imputabilidad de pecado. De la condenación de los errores de Baio y
Jansenio (Denz-Bann, 1046, 1066, 1094, 1291-2) queda claro que para que haya
pecado actual y personal son necesarios y se requieren el conocimiento de la ley
y un acto personal voluntario y libre de coerción. Ningún pecado mortal es
cometido bajo estado de ignorancia invencible o en un estado de media
conciencia. No se requiere la advertencia actual de lo pecaminoso de un acto,
basta la advertencia virtual. No es necesario que esté presente la explícita
intención de ofender a Dios y romper su Ley, basta el total y libre
consentimiento de la voluntad a un acto malo.
G. Malicia.
La verdadera malicia del pecado mortal consiste en la trasgresión conciente y
voluntaria de la ley eterna e implica un desprecio de la voluntad Divina, un
total alejamiento de Dios, nuestro verdadero fin último y la preferencia por
algo creado a lo cual nos subyugamos. Es una ofensa ofrecida a Dios, y una
injuria a El; no en el sentido que afecta ningún cambio en Dios, quien es
inmutable por naturaleza, sino que el pecado a través de su acto, priva a Dios
de la reverencia y honor que se le debe: no es una falta de malicia de parte del
pecador sino la inmutabilidad de Dios que lo previene a El del sufrimiento. Como
una ofensa ofrecida a Dios, el pecado mortal es, de alguna manera infinito en su
malicia, en tanto es dirigido contra un ser infinito, y la gravedad de la ofensa
es medida por la dignidad del ofendido (Santo Tomás, III:1:2 al 2um). En cuanto
acto, el pecado es finito, la voluntad del hombre no es capaz de malicia
infinita. El pecado es una ofensa contra Cristo Quien ha redimido al hombre (Fil,
iii, 18); contra el Espíritu Santo Quien nos santifica (Heb, x, 29), una injuria
al hombre mismo, causando la muerte espiritual del alma y convierte al hombre en
servidor del demonio. La primera y mas importante malicia del pecado se deriva
del objeto sobre el cual la voluntad desordenadamente tiende, y del objeto
considerado moralmente, no físicamente. El fin por el cual el pecador actúa y
las circunstancias que rodean el acto son también factores determinantes de su
moralidad. Un acto el cual, objetivamente considerado, es moralmente
indiferente, puede quedar como bueno o malo por las circunstancias, o por la
intención del pecador. Un acto que es objetivamente bueno puede quedar como
malo, o de le pueden agregar nuevas especies de bien o mal, o un nuevo grado.
Las circunstancias pueden cambiar el carácter del pecado a tal grado que se
torna específicamente diferente del considerado objetivamente; o pueden
simplemente agravar el pecado aunque no cambie su carácter específico, o pueden
disminuir su gravedad. Para que ejerzan esta influencia determinante, son
necesarias dos cosas: deben contener en sí mismas algún bien o mal y deben ser
aprehendidas, al menos confusamente, en su aspecto moral. El acto externo, en
tanto es mera ejecución de un acto interno eficaz y voluntario, de acuerdo a la
opinión tomista común, no agrega ninguna bondad o malicia esencial al pecado
interno.
H. Gravedad.
Mientras que todo pecado mortal nos aleja de nuestro verdadero fin último, no
todos los pecados mortales son igualmente graves, como queda claro en las
Escrituras (Juan, xix, 11; Mat, xi,22; Luc, vi) y también de la razón. Los
pecados se distinguen específicamente por sus objetos, los cuales alejan al
hombre no de igual modo de su fin último. Nuevamente, siendo que el pecado no es
pura privación sino una mezcla, todos los pecados no destruyen de igual modo el
orden de la razón. Los pecados espirituales, otras cosas siendo iguales, son mas
graves que los pecados carnales. (Santo Tomás, "De malo", Q. ii, a. 9; I-II, Q.
lxxiii, a. 5).
I. Distinción Específica y numérica del Pecado.
Los pecados se distinguen específicamente por sus formalmente diversos objetos;
o por su oposición a diferentes virtudes, o por diferentes preceptos morales de
la misma virtud. Los pecados que son específicamente distintos son también
numéricamente distintos. Los pecados dentro de la misma especie se distinguen
numéricamente de acuerdo al numero de actos completos de la voluntad en relación
al total de los objetos. Un objeto total es aquel que, ya sea por sí mismo o por
la intención del pecador, forma un todo completo y no está referido a otra
acción como parte del todo. Cuando los actos completos de la voluntad se
relacionan al mismo objeto hay tantos pecados como actos moralmente
interrumpidos.
J. Materia que causa Pecado.
Considerando que el pecado es un acto voluntario carente de debida rectitud, el
pecado se encuentra, como en una materia, principalmente en la voluntad. Empero,
dado que no solo los actos producidos por la voluntad, son voluntarios, sino
también aquellos que son producidos por otras facultades bajo el comando de la
voluntad, el pecado puede encontrarse en estas facultades, en tanto son sujetas
en sus acciones al comando de la voluntad, son instrumentos de ella, y se mueven
bajo su guía (I-II:74)
Los miembros externos del cuerpo no pueden ser principios efectivos de pecado
(I-II:74:2, ad 3um). Son meros órganos que tienen actividad por el alma; no
inician la acción. Los poderes apetitivos, por el contrario, pueden ser
principios efectivos de pecado, porque ellos poseen, a través de su conjunción
inmediata con la voluntad y subordinación a ella, una cierta, pero imperfecta
libertad (I-II:56:4, ad 3um). Los apetitos sensuales tienen sus propios objetos
sensibles a los cuales se inclinan naturalmente, y siendo que el pecado original
ha roto el lazo que los mantiene en completa sujeción a la voluntad, pueden
anteceder la voluntad en sus acciones y tender a sus propios objetos
desordenadamente. Por lo tanto, pueden ser principios próximos de pecado cuando
se mueven desordenadamente, contrario a los dictados de la recta razón.
Es propio de la razón regir las facultades inferiores, y cuando aparece un
disturbio en lo sensorial, la razón puede hacer uno de dos cosas: puede
consentir al deleite sensible o puede reprimir y rechazarlo. Si consiente, el
pecado ya no pertenece a la parte sensible del hombre, sino del intelecto y la
voluntad y, consecuentemente, si la materia es grave, el pecado es mortal. Si lo
rechaza, no se puede imputar pecado alguno. No puede haber pecado en la parte
sensible del hombre independiente de la voluntad. Los movimientos desordenados
del apetito sensible a los que les preceden la advertencia de la razón, y que
son padecidos involuntariamente, no son siquiera pecados veniales. Las
tentaciones de la carne no consentidas, no son pecados. La concupiscencia, que
queda luego de la culpabilidad del pecado original es perdonada en el bautismo,
no es pecadora al punto que no es consentida (Coun. of Trent, sess. V, can. v).
El apetito sensible por sí mismo no puede ser sujeto de pecado mortal, porque no
puede ni asir la noción de Dios como un fin último, ni apartarnos de El,
aversión sin la cual no puede haber pecado mortal.La razón superior, cuya
gestión es ocuparse ella misma de la cosas Divinas, puede ser el principio
próximo del pecado, ambos, en relación a su propio acto, conocer la verdad, y,
en el sentido que dirige las facultades inferiores: En relación a su propio
acto, en tanto que voluntariamente abandona el conocer lo que se puede y debe
saber; en relación al acto a través del cual dirige las facultades inferiores,
al punto que comanda los actos desordenados o falla en reprimirlos. (I-II:74:7,
ad 2um) . La voluntad nunca consiente un pecado que no sea al mismo tiempo un
pecado de la razón superior como malamente dirigiéndola, ya sea por estar
actualmente deliberando y comandando el consentimiento, o fallando en la
deliberación e impedimento al consentimiento de la voluntad cuando puede y debe
hacerlo. La razón superior es el último juez de los actos humanos y tiene una
obligación de deliberar y decidir si el acto a realizar está de acuerdo a la ley
de Dios o no. El pecado venial también se puede encontrar en la razón superior
cuando deliberadamente consiente pecados que son veniales en su naturaleza, o
cuando no hay un total consentimiento en el caso de un pecado que es considerado
objetivamente mortal.
K. Causas de Pecado.
Bajo este título, es necesario distinguir entre la causa eficiente, ej. El
agente que realiza la acción pecadora, y aquellos otros agentes, influencias o
circunstancias que incitan al pecado y consecuentemente involucran peligro, mas
o menos grave, para aquel que está expuesto. Estas causas incitantes son
explicadas en artículos especiales sobre OCASIONES DE PECADO y TENTACIÓN. Aquí
consideraremos solo la causa eficiente o causas de pecado. Estas son interiores
y exteriores. La causa total y suficiente de pecado es la voluntad, la cual es
regulada en sus acciones, por la razón y actúa sobre los apetitos sensitivos.
Las causas internas principales de pecado son la ignorancia, flaqueza o pasión,
y la malicia. Ignorancia por parte de la razón, flaqueza y pasión por parte del
apetito sensible y malicia por parte de la voluntad. Un pecado tiene cierta
malicia cuando la voluntad peca por su propio mérito y no bajo la influencia de
la ignorancia o la pasión.
Las causas exteriores del pecado son el demonio y el hombre, quien lleva al
pecado por medio de la sugestión, la persuasión, tentación y el mal ejemplo.
Dios no es la causa del pecado (Concilio de Trento, sess, VI, can vi, in Denx-Bann,
816). El dirige todas las cosas a El y es el fin de todas sus Acciones, y no
puede ser la causa del mal sin auto-contradicción. En cualquier entidad donde
hay pecado como acción, él es la causa. La mala voluntad es la causa del
desorden (I-II:79:2). Un pecado puede ser causa de otro en tanto un pecado puede
estar ordenado a otro como a su fin. Los así llamados, siete pecados capitales,
pueden ser considerados como la fuente de donde proceden otros pecados. Son
propensiones pecadoras las cuales se revelan en actos pecaminosos particulares.
El pecado original en razón de sus lamentables efectos, es la causa y fuente de
pecado y por esta razón, nuestra naturaleza ha sido herida e inclinada al mal.
La ignorancia, la enfermedad, la malicia y concupiscencia son consecuencias del
pecado original.
L. Efectos del Pecado.
El primer efecto del pecado mortal en el hombre es alejarlo de su verdadero fin
último, y privar su alma de la gracia santificante. El acto pecaminoso ocurre y
el pecador es dejado en un estado de aversión habitual de Dios. El estado
pecaminoso es voluntario e imputable al pecador, porque necesariamente se sigue
del acto de pecado que el libremente realiza, y se mantiene hasta su
satisfacción. (ver PENITENCIA). Este estado de pecado es llamado por los
teólogos, pecado habitual, no en el sentido que el pecado habitual implique un
hábito vicioso, sino en el sentido que significa un estado de aversión de Dios
dependiente del pecado actual que precede, consecuentemente voluntario e
imputable. Este estado de aversión lleva necesariamente consigo, en el presente
orden de la providencia de Dios, la privación de la gracia y caridad por medio
de los cuales el hombre está ordenado a su fin sobrenatural. La privación de la
gracias es la “macula peccati” (Sto. Tomás, I-II, Q 1xxxvi) la mancha del pecado
del que se habla en las Escrituras (Jos., xxii, 17; Isaias, iv, 4; 1 Cor., vi,
11). No es nada positivo, cualidad o disposición, una obligación al sufrimiento,
una denominación extrínseca que viene del pecado, sino solamente la privación de
gracia santificante. No hay distinción real sino conceptual entre el pecado
habitual (reatus culpae) y la mancha de pecado (macula peccati). El pecado
habitual es uno y la misma privación considerada como destructiva del debido
orden del hombre a Dios, y la mancha o “macula” del pecado es considerado como
privador del alma de la belleza de la gracia.
El segundo efecto del pecado está en transmitir el dolor del sufrimiento
padecido. (reatus paenae). El pecado (reatus culpae) es la causa de esta
obligación (reatus paenae). El sufrimiento puede estar inflingido en esta vida a
través del medio de castigos medicinales, calamidades, enfermedades, males
temporales, los cuales tienen a alejarnos dl pecado; o pueden ser inflingidos en
la vida por venir por la justicia de Dios como castigo vindicativo. Los castigos
en la vida futura son proporcionados al pecado cometido y es obligación padecer
este castigo por pecados no arrepentidos, que es lo que significa la “reatus
poenae” de los teólogos. El dolor a padecer en la vida futura, se divide en
sanciones de pérdidas (poena damni) y penas del sentido (poena sensus). La pena
de pérdida es la privación de visión beatífica de Dios como castigo por alejarse
de El. La pena del sentido es el sufirimiento como castigo por la conversion a
alguna cosa creada en lugar de Dios. Este doble sentido del color por el castigo
del pecado mortal es eterno (I Cor., vi, 9; Mat., xxv, 41; Mar ix,45). Un pecado
mortal es sufuciente para caer en el castigo (ver INFIERNO). Otros efectos del
pecado son: remordimiento de conciencia (Sab, v, 2-13); una inclinación hacia el
mal, así como los hábitos son formados por la repetición de actos similares; un
oscurecimiento de la inteligencia, una dureza de la voluntad (Mat., xiii, 14-15;
Rom., xi, 8); un enviciamiento general de la naturaleza, la cual sin embargo no
destruye totalmente la sustancia y las facultades del alma sino meramente
debilita el recto ejercicio de sus facultades.
IV. Pecado Venial
El pecado venial es esencialmente diferente del pecado mortal. No nos aleja de
nuestro verdadero fin último, no destruye la caridad, el principio de unión con
Dios, ni priva al alma de gracia santificante y es intrínsecamente reparable. Es
llamado venial precisamente porque, considerada su propia naturaleza, es
perdonable; en sí mismo, meritorio de castigo temporal, no eterno. Se distingue
del pecado mortal en cuando al desorden. Con el pecado mortal, el hombre queda
enteramente apartado de Dios, su verdadero fin último y, al menos
implícitamente, coloca su fin último en alguna cosa creada. Con el pecado
venial, el no es apartado de Dios, tampoco coloca su fin último en creaturas. Se
mantiene unido con Dios por caridad, pero no tiende a El como debiera. La
verdadera naturaleza del pecado en tanto contraria a la ley eterna, que repele
especialmente al principal fin de la ley, se encuentra en el pecado mortal. El
pecado venial es solo de manera imperfecta, contrario a la ley en tanto no es
contrario al principal fin de ley, ni aleja al hombre de su fin al que está
encaminado por la ley. (St. Thomas, I-II, Q. lxxxviii, a. 1; and Cayetano, I-II,
Q. lxxxviii, a. 1, para el sentido de præter legem y contra legem de Sto.
Tomás).
A. Definición.
Siendo que el acto voluntario y su desorden son la esencia del pecado, el pecado
venial en tanto que es un acto voluntario puede ser definido como un
pensamiento, palabra o realidad discorde con la ley de Dios. Retarda al hombre
en el logro de su fin último al tiempo que no lo aleja de El. Su desorden
consiste ya sea en la elección no totalmente deliberada de algún objeto
prohibido por la ley de Dios, o en la adhesión deliberada a algún objeto creado
no como fin último sino como medio, cuyo objeto no aleja al pecador de Dios,
pero no está, sin embargo, referido a El como un fin. El hombre no puede
apartarse de Dios excepto al colocar deliberadamente su fin último en cosas
creadas, y con el pecado venial no adhiere a ningún bien temporal disfrutandolo
como fin último, sino como medio en referencia a Dios no actualmente sino
habitualmente en tanto él mismo está ordenado a Dios por caridad. "Ille qui
peccat venialiter, inhæret bono temporali non ut fruens, quia non constituit in
eo finem, sed ut utens, referens in Deum no n actu sed habitu" (I-II:88:1, ad 3)
Para que haya pecado mortal, debe ser adherido al menos implícitamente, algún
bien creado como un fin último-
Esta adherencia no puede ser lograda por un acto semi-deliberado. Al adherir a
un objeto que está en desacuerdo con la ley de Dios y sin embargo no es
destructivo del fin principal de la ley Divina, no se ha establecido una
verdadera oposición entre Dios y ese objeto. El bien creado no es deseado como
un fin. El pecador no está colocado en la posición de escoger entre Dios y la
creatura como fines últimos que se oponen, sino que está en tal condición mental
que si el objeto al cual se adhiere fuera prohibido como contrario a su
verdadero fin último, el no adheriría a él, sino que preferiría mantener su
amistad con Dios. Un ejemplo podría darse en la amistad humana. Un amigo se
abstendría de hacer algo que por sí mismo tendiera directamente a disolver la
amistad, al tiempo que se permitiría a veces hacer cosas que desagradan al amigo
sin destruir la amistad.
La distinción entre el pecado mortal y venial está establecida en las
Escrituras. En San Juan (1 Juan v, 16-17) está claro que hay algunos pecados que
llevan “hacia la muerte” y algunos pecados que no “llevan hacia la muerte”; es
decir, mortal y venial. El texto clásico de la distinción entre el pecado mortal
y venial es aquel de San Pablo (1 Cor., iii,8-15) donde el explica en detalle la
distinción entre el pecado mortal y el venial.
“[11] Pues nadie puede cambiar la base; ya está puesta, y es Cristo Jesús. [12]
Sobre este cimiento se puede construir con oro, plata, piedras preciosas,
madera, caña o paja. [13] Un día se verá el trabajo de cada uno. Se hará público
en el día del juicio, cuando todo sea probado por el fuego. El fuego, pues,
probará la obra de cada uno. [14] Si lo que has construido resiste al fuego,
serás premiado. [15] Pero si la obra se convierte en cenizas, el obrero tendrá
que pagar. Se salvará, pero no sin pasar por el fuego.” La madera, caña y paja
significan los pecados veniales (Santo Tomás, I-II:89:2) los cuales, construidos
sobre la base de una fe viva en Cristo, no destruyen la caridad y de sus mismas
naturalezas, no merecen castigo eterno, sino temporal. “Así como” dice Santo
Tomás (la madera, la caña y la paja) “son juntados en una casa y no pertenecen a
la sustancia del edificio, así también los pecados veniales se multiplican en el
hombre, más el edificio espiritual se mantiene, y por estos, el hombre sufre ya
sea el fuego de las tribulaciones temporales en esta vida, o en el purgatorio
después de esta vida y sin embargo, obtiene la salvación eterna”. (ibid).
La conveniencia de la división en madera, caña y paja está explicada por Santo
Tomás (iv, dist. 21, Q. i, a. 2). Algunos pecados veniales son mas graves que
otros y menos perdonables y esta diferencia está bien explicada por la
inflamabilidad de la madera, la caña y la paja. El que exista una distinción
entre los pecados mortales y veniales, es un asunto de fe (concilio de Trento,
sess, VI, c.xi y cánones 23-25; sess. XIV de poenit, c.v). Esta distinción es
comúnmente rechazada por todos los herejes modernos y antiguos. En el siglo
cuarto Jovino afirmó que todo pecado era igual en culpa y merecedor de algún
castigo (St. Aug., “Ep. 167”, ii, n.4); Pelagio (q.v), afirmó que todo pecado
priva al hombre de justicia y por lo tanto, es mortal; Wyclif, que no hay
garantías en las Escrituras que diferencien el pecado en mortal y venial, y que
la gravedad del pecado depende no de la calidad de la acción, sino en el grado
de predestinación o reprobación de manera que el peor de los crímenes del
predestinado es infinitamente menos que la mas leve falta del reprobado; Hus,
que todas las acciones de los viciosos, son pecados mortales mientras que todos
los actos del virtuoso, son buenos y virtuosos (Denz-Bann, 642); Lutero, que
todos los pecados de los no creyentes son mortales y todos los pecado del
regenerado, con excepción de la infidelidad, son veniales; Calvino, al igual que
Wyclif, basa la diferencia entre el pecado mortal y el venial en la
predestinación, pero agrega que un pecado es venial por la fe del pecador. La
veinteava de las proposiciones condenadas de Baio reza: “No hay pecado venial
por naturaleza, aunque todo pecado merece castigo eterno” (Denz-Bann., 1020).
Hirscher en tiempos mas recientes, enseñó que todos los pecados que son
completamente deliberados, son mortales, aunque negaba la distinción de pecados
en razón de sus objetos, sino que ésta descansa en la imperfección del acto. (Kleutgen,
2nd ed., II, 284, etc.).
B. Malicia del pecado venial.
La diferencia en la malicia del pecado mortal y venial consiste en lo siguiente:
el pecado mortal es contrario al fin principal de la ley eterna, esto es, ataca
la sustancia misma de la ley la cual comanda que ningún ser creado debe ser
preferido a Dios en tanto fin o igualado a El, mientras que el pecado venial es
sólo un desacuerdo con la ley, no contraria u opuesta a ella, no ataca su
sustancia. Lo sustancial de la ley, su perfecto logro es entorpecido por el
pecado venial.
C. Condiciones.
Es Cometido un pecado venial cuando la materia del pecado es liviano, aunque la
advertencia del intelecto y el consentimiento de la voluntad son totales y
deliberados, y, cuando, aunque la materia del pecado sea grave, no hay total
advertencia por parte del intelecto y consentimiento total por parte de la
voluntad. Un precepto, obliga sub gravis aquello que tiene por objeto un fin
importante que lograr y su trasgresión está prohibida bajo pena de perder la
amistad de Dios. Un precepto obliga sub levi cuando no está tan directamente
impuesto.
D. Efectos.
El pecado venial no priva al alma de la gracia santificante, ni la disminuye. No
produce una mácula o mancha, como lo hace el pecado mortal, pero disminuye el
lustre de la virtud – "In anima duplex est nitor, unus quiden habitualis, ex
gratia sanctificante, alter actualis ex actibus virtutem, jamvero peccatum
veniale impedit quidem fulgorem qui ex actibus virtutum oritur, non autem
habitualem nitorem, quia non excludit nec minuit habitum charitatis"
(I-II:89:1). El pecado venial frecuente y deliberado disminuye el fervor de la
caridad, dispone al pecado mortal (I-II:88:3) y obstruye la recepción de gracias
que de otra forma Dios daría. Disgusta a Dios y obliga al pecador a castigo
temporal ya sea en su vida o en el Purgatorio. No podemos evitar todo pecado
venial en esta vida. “Aunque el mas justo y pío ocasionalmente durante su vida
cae en algunos leves pecados diarios, conocidos como veniales, no por ellos deja
de ser considerado justo” (Concilio de Trento, sess VI, c. Xi). Y el cánon xxiii
dice: “Se alguien declara que un hombre una vez absuelto, no puede pecar de
nuevo, o que puede evitar para el resto de su vida todo pecado incluso venial,
excomulguemoslo” pero de acuerdo a la opinión común, podemos evitar solo el que
sean totalmente deliberados. El pecado venial puede coexistir con el pecado
mortal en aquellos que estan separados de Dios por el pecado mortal. Este hecho
no cambia su naturaleza o reparabilidad intrínseca, y el hecho que no sea
coexistente con la caridad no es resultado de pecado venial sino del mortal. Es
per accidens, por una razón extrínseca que el pecado venial en este caso sea
irreparable y castigado en el infierno. Que el pecado venial puede aparecer en
su verdadera naturaleza como esencialmente diferente al pecado mortal es
considerado de facto coexistente con la caridad (I Cor, 3, 8-15). El pecado
venial no necesita la gracia de absolución. Puede ser remitido con la oración,
la contrición, la comunión ferviente y otras obras pías. Sin embargo, es
laudable su confesión (Denz-Bann, 1539).
V. Permisos de Pecado y Remedios.
Dado que por fé sabemos que Dios es omnipotente, omnisapiente y toda bondad, es
difícil considerar el pecado en Su creación. La existencia del mal es el
problema subyacente en toda teología. Se han dado varias explicaciones que den
cuenta de su existencia, que difieren de acuerdo a los principios filosóficos y
credos religiosos de sus autores. Cualquier explicación católica debe tener en
cuenta las verdades definidas de la omnipresencia, onmisapiencia y bondad de
Dios; la libre voluntad por parte del hombre; el hecho que el sufrimiento es el
castigo por el pecado. Del mal metafísico, la negación de un bien mayor, Dios
como causa, en tanto ha creado seres con formas limitadas. Del mal físico (malum
pænæ) del cual El es también causa. Considerado como procedente de Dios, el mal
físico es bueno, y es inflingido como castigo del pecado de acuerdo con decretos
de justicia divina, compensando así la violación del orden por el pecado. Es
malo sólo para el sujeto afectado por él.
Dios no es la causa del mal moral (malum culpae) (Concilio de Trento, Sess. VI,
can.vi) ni directa ni indirectamente. El pecado es una violación del orden, y
Dios ordena todas las cosas a El, como el fin último, consecuentemente El no
puede ser la causa directa del pecado. El retiro de Dios de la gracia la cual
previene el pecado, no lo hace a El la causa indirecta del pecado por cuanto
este retiro es efectivo de acuerdo a los decretos de Su divina Sabiduría y
justicia como castigo de pecado previo. El no está obligado de impedir el
pecado, consecuentemente, no se le puede imputar como causa (I-II:79:1). Cuando
leemos en las Escrituras y en los Padres que Dios inclina a los hombres a pecar,
el sentido es, ya sea que en Su justo juicio El permite a los hombres caer en el
pecado por una licencia punitiva, ejerciendo Su justicia al castigar el pecado
pasado; o que El directamente causa no el pecado sino ciertas obras externas,
buenas en sí mismas, las cuales son tan abusadas por las voluntades malas de los
hombres que aquí y ahora cometen mal; o que el les da el poder de lograr sus
malos designios. Respecto del acto físico del pecado, Dios es la causa en tanto
que es una entidad y buena. La mala voluntad del hombre es causa suficiente de
la malicia del pecado. Dios no puedo haber impedido la creación del hombre por
el hecho de prever su caída. Esto habría significado la limitación de su
Omnipresencia por una creatura, y habría sido destructiva de El. El era libre de
crear al hombre aunque El previó su caída, y El no creó otorgándole libre
voluntad y dándole los medios suficientes para perseverar en el bien y así
haberlo querido. Debemos agregar nuestra ignorancia de la permisión del mal
diciendo las palabras de San Agustín, que Dios no habría permitido el mal y que
El no fue lo suficientemente poderoso para hacer bien del mal. La finalidad de
Dios al crear este Universo es El mismo, no el bien del hombre y de alguna
manera u otra el bien y el mal sirven para Sus fines, y finalmente habrá una
restauración del orden violado gracias a la justicia Divina.
Ningún pecado quedará sin castigo..El mal que hacen los hombres debe ser purgado
ya sea en este mundo a través de un acto de contrición (Ver PENINTENCIA) o en el
mundo por venir en el purgatorio o el infierno, de acuerdo al pecado mortal o
venial no arrepentido que mancha el alma, y merece castigo eterno o temporal
(ver MAL). Dios ha proporcionado un remedio contra el pecado y ha manifestado Su
amor y bondad frente a la ingratitud del hombre a través de la Encarnación de Su
Divino Hijo (ver ENCARNACIÓN); a través de la institución de Su Iglesia para
guiar a los hombres e interpretar para el Su ley, la administración de los
Sacramentos, que son siete canales de gracia, las cuales usadas apropiadamente
suministran un remedio adecuado al pecado y es un medio de unión con Dios en el
cielo, el cual es el fin de Su ley.
VI. Sentido del Pecado
La comprensión del pecado, en la medida que pueda ser entendido por nuestra
inteligencia finita, sirve para unir más al hombre con Dios. Le imprime de un
temor saludable, temor de sus propios poderes, temor, si es dejado a sí mismo,
de perder la gracia; con la necesidad que existe tras la búsqueda de la ayuda y
gracia de Dios para mantenerse firme en el temor y amor de Dios, y así progresar
en la vida espiritual. El pecado no puede ser entendido, sin la toma de
conciencia que el estado moral presente del hombre no es aquel con el cual Dios
lo creó, que sus poderes están debilitados; que tiene que lograr un fin
sobrenatural, el cual es imposible por sus propios esfuerzos y sin ayuda, que
sin la gracia no hay proporción entre el fin y los medios; que el mundo, la
carne y el mal son en realidad agentes activos luchando contra el llevandolo
para que los sirva en lugar de servir a Dios. La hipótesis de la evolución da
cuenta de la evolución física del origen del hombre, la ciencia no conoce
ninguna condición humana bajo la cual el hombre exhiba características del
estado de justicia original, ni estado de no pecado. La caída del hombre en esta
hipótesis es en realidad un ascenso a un grado superior de ser. “Una caída
podría parecer, así como a veces un hombre vicioso parece estar degradado por
debajo de las bestias, aunque como promesa y potencia, en realidad fue un
ascenso” (Sir O.Lodge “Life and Matter” pag. 79). Esta enseñanza destruye la
noción de pecado tal como es enseñada por la Iglesia Católica. El pecado no es
una fase de un lucha ascendente, es más bien un rechazo deliberado, y voluntario
a luchar. Si no hubiera habido caída desde un estado superior a uno inferior,
entonces la enseñanza de las Escrituras, en relación a la Redención y la
necesidad de una regeneración bautismal es ininteligible. La enseñanza Católica
es aquella que coloca el pecado bajo su verdadera luz, que justifica la condena
del pecado que encontramos en las Escrituras. La Iglesia continuamente se
esfuerza por inculcar en sus hijos un sentido de temor reverencial al pecado
algo a lo cual hay que temer y evitar. Somos creaturas caídas, y nuestra vida
espiritual en la tierra es una lucha. El pecado es nuestro enemigo y mientras
con nuestras propias fuerzas no lo podemos evitar, con la gracia de Dios si
podemos. Si nosotros no ponemos obstáculos a las obras de la gracia, podemos
evitar todo pecado deliberado. Si tenemos la mala fortuna de pecar, y buscar la
gracia de Dios y su perdón con un corazón humilde y contrito, El no nos
repelará. El pecado tiene remedio por la gracia, la cual es dada por Dios, por
los méritos de Su único Hijo, Quien nos ha redimido, restaurando con Su pasión y
muerte, el orden violado por el pecado de nuestros primeros padres y haciéndonos
nuevamente hijos de Dios y herederos del Cielo. Mientras el pecado sea visto
como una condición humana necesaria e inevitable, donde la inhabilidad para
evitar el pecado es concebido como necesario, el desaliento le sigue
naturalmente. Pero, no hay desaliento si son tomadas en cuenta la doctrina
Católica de la creación del hombre en un estado superior, la caída por una
trasgresión voluntaria, los efectos de ésta transmitidos por decreto Divino a la
posteridad, la destrucción del equilibrio de las facultades humanas que dejan al
hombre inclinado al mal; los dogmas de la redención y la gracia como reparación
del pecado. Dejados a nuestra merced, caemos, pero manteniéndonos cerca de Dios
y continuamente buscando Su ayuda podemos pararnos y luchar contra el pecado, y
si debemos ganarnos la fé durante la batalla, la recompensa será coronada en el
cielo. (Ver CONCIENCIA; JUSTIFICACIÓN; ESCÁNDALO).
TRABAJOS DOGMÁTICOS: STO TOMÁS,, Summa theol., I-II, QQ. lxxi-lxxxix; IDEM,
Contra gentes, tr. RICKABY, Of God and His Creatures (London, 1905); IDEM,
Quaest. disputatae: De malo in Opera omnia (Paris, 1875); BILLUART, De peccatis
(Paris, 1867-72); SUAREZ, De pecc. in Opera omnia (Paris, 1878); SALMANTICENSES,
De pecc. in Curs. theol. (Paris, 1877); GONET, Clypeus theol. thom. (Venice,
1772); JUAN DE ST. TOMAS, De pecc. in Curs. theol. (Paris, 1886); SILVIO, De
pecc. (Antwerp, 1698); Catechismus Romanus, tr. DONOVAN, Catechism of the
Council of Trent (Dublin, 1829); SCHEEBEN, Handbuch d. kath. Dogmatik (Freiburg,
1873-87); MANNING, Sin and its Consequences (New York, 1904); SHARPE, Principles
of Christianity (London, 1904); IDEM, Evil, its Nature and Cause (London, 1906)
; BILLOT, De nat. et rat. peccati personalis (Rome, 1900); TANQUEREY, Synopsis
theol., I (New York, 1907).
A.C. O'NEIL
Transcrito por Frank O'Leary.
Traducido por Carolina Eyzaguirre Arroyo.