IGLESIAS HERMANAS
DicEc
 

«Iglesias hermanas» es una expresión usada en un importante breve, Anno ineunte, dirigido por Pablo VI al patriarca Atenágoras (25 de julio de 1967). Su fundamento es la filiación común de los bautizados, que supone la >fraternidad (>Fratricelli). El término se encuentra también en el Decreto sobre ecumenismo del Vaticano II (UR 14) en relación con los vínculos que unen a las Iglesias locales ortodoxas: «Por eso prevaleció y prevalece entre los orientales la preocupación y el interés por conservar las relaciones fraternas en la comunión de la fe y de la caridad, que entre las Iglesias locales, como entre hermanas, deben tener vigencia».

El uso de la palabra «hermanas» por parte de Pablo VI tiene importantes implicaciones eclesiológicas, en particular porque el Papa evocaba el contemplativo Oriente aludiendo a María, la hermana de Marta: «te apuras por muchas cosas y sólo es necesaria una» (Le 10,41-42) y, citando He 15,18 (cf UR 18), «hemos de procurar no imponer más cargas que las necesarias». Lo que se deduce claramente de esto —como puede verse también en el modo en que el Papa se refiere en el breve a sí mismo y al patriarca— es que ha llegado un nuevo momento en las relaciones entre las dos Iglesias y nuevas oportunidades que conviene no dejar escapar.

Pablo VI usó la expresión «Iglesia hermana» para referirse también a la Iglesia anglicana, [aunque en un contexto diferente, puesto que el Papa hablaba de un futuro posible.

Esta expresión de «Iglesias hermanas» ha sido objeto de una Nota de la Congregación para la doctrina de la fe (CDF) del 30 de junio de 2000 que hace las siguientes indicaciones sobre el uso de la expresión: 1) «En sentido propio, Iglesias hermanas son exclusivamente las Iglesias particulares (o las agrupaciones de Iglesias particulares: por ejemplo, los patriarcados y las Iglesias metropolitanas). Debe quedar siempre claro, incluso cuando la expresión Iglesias hermanas se usa en este sentido propio, que la Iglesia universal, una, santa, católica y apostólica, no es hermana sino madre de todas las Iglesias particulares»; 2) «Se puede hablar de Iglesias hermanas, en sentido propio, también en referencia a Iglesias particulares católicas y no católicas, y, por tanto, también la Iglesia particular de Roma puede ser llamada hermana de todas las Iglesias particulares. Pero, como ya ha sido recordado, no se puede decir propiamente que la Iglesia católica sea hermana de una Iglesia particular o grupo de Iglesias. No se trata de una cuestión terminológica, sino sobre todo de respetar una verdad fundamental de la fe católica: la de unicidad de la Iglesia de Jesucristo. En efecto, existe una única Iglesia, y por eso el plural Iglesias solamente se puede referir a las Iglesias particulares»; 3) Por último, «también se debe tener presente que la expresión Iglesias hermanas en sentido propio, como testimonia la tradición común de Occidente y Oriente, puede aplicarse exclusivamente a aquellas comunidades que han conservado válidamente el Episcopado y la Eucaristía»].