11. III De Letrán. 1179.

Papa Alejandro III. Contra los albigenses, cátaros y valdenses. Condenó a los cátaros y regularizó la elección del Papa, declarando válidamente elegido al candidato que hubiera obtenido los dos tercios de los votos de los cardenales.

Nuevas leyes contra la simonía. Condenación de los cátaros y prohibición de tratar con ellos.

Los Albigenses y los Valdenses eran sectas cristianas contestarias, que si bien en algunos aspectos retrotraían la sencillez y caridad de las primitivas comunidades cristianas, tenían una abierta insubordinación a la jerarquía. Practicaban la hechicería, negaban algunos sacramentos y fomentaban la libre interpretación de la Biblia.

 

Magisterio del C.E III de Letrán

XI ecuménico (contra los Albigenses)

De la simonía

Cap. 10. Los monjes no sean recibidos en el monasterio mediante un pago... Y si alguno, por habérsele exigido, hubiera dado algo por su recepción, no suba a las sagradas órdenes. Y el que lo hubiere recibido, sea castigado con la privación de su cargo.

Deben ser evitados los herejes

Cap. 27. Como dice el bienaventurado León: "Si bien la disciplina de la Iglesia, contenta con el juicio sacerdotal, no ejecuta castigos cruentos, sin embargo, es ayudada por las constituciones de los principes católicos, de suerte que a menudo buscan los hombres remedio saludable, cuando temen les sobrevenga un suplicio corporal". Por eso, como quiera que en Gascuña, en el territorio de Albi y de Tolosa y en otros lugares, de tal modo ha cundido la condenada perversidad de los herejes que unos llaman cátaros, otros patarinos, otros publicanos y otros con otros nombres, que ya no ejercitan ocultamente, como otros, su malicia, sino que públicamente manifiestan su error y atraen a su sentir a los simples y flacos, decretamos que ellos v sus defensores y recibidores estén sometidos al anatema, y bajo anatema prohibimos que nadie se atreva a tenerlos en sus casas o en su tierra ni a favorecerlos ni a ejercer con ellos el comercio.