Juan Pablo II concede indulgencia plenaria para actos de devoción eucarística

VATICANO, 14 Ene. 05 (ACI).-En un decreto publicado hoy por la Penitenciaría Apostólica, la Santa Sede informó que el Papa Juan Pablo II  enriqueció con indulgencias plenarias algunos actos de devoción al Santísimo Sacramento, que tendrán vigencia durante todo el Año de la Eucaristía.

El documento explica que durante la audiencia concedida el 17 de diciembre al Cardenal James Francis Stafford y al Padre Gianfranco Girotti, O.F.M., Penitenciario Mayor y regente de la Penitenciaría Apostólica, respectivamente, “el Santo Padre enriqueció con indulgencias algunos actos de culto y devoción al Santísimo Sacramento aquí indicados. El decreto estará en vigor durante el Año Eucarístico, a partir de la fecha de su publicación en L’Osservatore Romano. No obstante cualquier disposición contraria”.

En el texto –fechado el 25 de diciembre de 2004–, se afirma que “se concede indulgencia plenaria según las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice, con el alma totalmente desprendida del afecto a cualquier pecado), cada vez que los fieles participen con atención y piedad en una ceremonia sagrada o en un servicio piadoso en honor del Santísimo Sacramento, expuesto solemnemente o conservado en el tabernáculo”.

“También se concede, con las condiciones citadas anteriormente, la indulgencia plenaria al clero, a los miembros de los Institutos de Vida Consagrada y de las Sociedades de Vida Apostólica y a los otros fieles obligados por ley al rezo de la Liturgia de las Horas, además de los que están acostumbrados a rezar el Oficio Divino por pura devoción, siempre, al final de la jornada, recen ante el Señor presente en el sagrario, o en común, o de forma privada, Vísperas y Completas”, agrega el decreto.

“Los fieles que por enfermedad u otras causas justas no puedan visitar el Santísimo Sacramento de la Eucaristía en una iglesia u oratorio, podrán conseguir la indulgencia plenaria en su propia casa o en cualquier lugar donde se encuentren a causa del impedimento si con la intención de observar las tres condiciones habituales, hacen espiritualmente la visita con el deseo del corazón y rezan el Padre Nuestro y el Credo añadiendo una invocación piadosa a Jesús Sacramentado”, continúa.

Más adelante, el documento resalta que “si ni siquiera pudieran hacerlo, obtendrán la indulgencia plenaria si se unen con deseo interior a los que practican de forma ordinaria la acción prescrita para la indulgencia y si ofrecen a Dios misericordioso la enfermedad y los problemas de su vida”.

El decreto pide a los sacerdotes, sobre todo a los párrocos, que informen  a los fieles “de la forma más conveniente” sobre estas disposiciones y que se preparen “con espíritu disponible y generoso a confesar y a guiar a los fieles de forma solemne en las oraciones públicas ante Jesús Sacramentado”.

Finalmente, el texto exhorta también a los fieles a “testimoniar abiertamente y a menudo su fe y veneración al Santísimo Sacramento tanto en las procesiones y adoraciones eucarísticas como en la comunión espiritual y eucarística”.