Autor: . | Fuente: Revista Alfa y Omega

El interés superior del niño


Los derechos de los niños deben ir acompañados de sus respectivos deberes, pero son los padres y educadores los responsables de cumplir por ellos.

 

El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación. Así lo establece el Principio n. 7 de la Declaración Universal de los Derechos del Niño, aprobada el 20 de noviembre de 1959 por el Asamblea General de las Naciones Unidas.

La revista española, Alfa y Omega, al profundizar el significado del concepto “interés superior del niño”, ofrece a los padres y maestros, responsables de su educación y orientación, el siguiente decálogo complementario:


Derechos y deberes


1.- El niño tiene derecho a que sus padres se conozcan debidamente antes de casarse.
Va contra ese derecho la ligereza con que muchos jóvenes viven su noviazgo —predisponiéndose así al fracaso matrimonial—, el convertir el noviazgo en un matrimonio anticipado y el olvidar que más vale rectificar a tiempo que llorar después, durante toda la vida, las consecuencias de una elección mal hecha.

2.- El niño tiene derecho a que sus padres puedan casarse y se casen.
Para ello, la madurez —fisiológica, intelectual, afectiva— y cierta base económica son presupuesto necesario para que puedan casarse. Y quienes deciden unir sus vidas tienen que considerar la posibilidad de que, como fruto de su unión, lleguen unos hijos. Hijos hacia los que contraen obligaciones que quedarían mal paradas si ellos no se encontrasen unidos ante la ley, religiosa o civil.

3.- El niño tiene derecho a que sus padr es le dejen nacer.
Si el futuro hijo ha superado ese primer obstáculo que se presenta, a veces, en su camino -los anticonceptivos-, aceptarle: no convertir, mediante el aborto, el vientre de la madre, cobijo maravilloso que la naturaleza le ha preparado, en el lugar más peligroso para él.

4.- El niño tiene derecho a un mundo infantil.
A través del mundo del entretenimiento, con sus juegos y sus juguetes; del mundo de la fantasía, con sus cuentos y leyendas; y del mundo que le es propio: el mundo infantil. Ésa es la única atmósfera en la que su ser psicológico puede respirar y desarrollarse —dice el psicopedagogo suizo, Eduard Claparéde (1873-1940)—, porque, para que de adulto alcance su plenitud como hombre, es preciso, en la infancia, favorecer su plenitud como niño.

5.- El niño tiene derecho a ser comprendido.
El amor es la atmósfera adecuada para que el niño vaya abriéndose a la vida. Pero el amor ni siquiera es concebibl e si no hay comprensión. Y difícilmente llegaremos a comprenderle si previamente no lo conocemos. De ahí la necesidad de que intentemos respondernos a este interrogante: ¿cómo es ese niño, nuestro hijo, en las distintas etapas de su desarrollo: en la infancia, en la adolescencia y en la juventud?

6.- El niño tiene derecho a una adecuada educación religiosa.
Privarle de ella significa dejar sin respuesta los mil interrogantes que, a medida que crece, se le van planteando. Supone un daño terrible marcarle -es como dejarle mutilado- manteniéndole al margen de la vivencia espiritual que toda persona precisa para su correcto desarrollo.

7.- El niño tiene derecho al cultivo de su inteligencia.
Los padres que lo trajeron al mundo no han cumplido su misión con sólo proporcionarle hogar, alimento y vestido. Tienen también el deber, en conformidad con sus posibilidades, de ir poniendo los medios para que este niño vaya creciendo intelectualment e, de forma que un día pueda independizarse con una preparación que le permita abrirse camino en la vida, a la vez que decir su propia palabra en medio de la sociedad en que se halla inmerso.

8.- El niño tiene derecho al fortalecimiento de su voluntad.
Es común encontramos con personas que, aunque destacan por su nivel intelectual, no logran educar su voluntad. Otras, en cambio, con menos dotes pero con una mayor voluntad, llegan lejos. Y es que en la vida, supuestas unas condiciones razonables de inteligencia, lo que cuenta verdaderamente a la hora de abrirse camino es el carácter, la constancia, la entrega ilusionada al trabajo, la fuerza de voluntad en definitiva. Y ahí tenemos los padres una tarea importantísima a llevar a cabo.

9.- El niño tiene derecho a ser educado en la libertad y para la libertad.
La educación presupone la libertad. El niño no sería educable si no estuviera en estado de pensar, como dice el psicólogo Salvatore Gentile. Y pensar significa ser libre. El desarrollo del pensamiento es desarrollo de la reflexión, es dominio —del niño, del adolescente y del joven— sobre sus propias ideas, sobre sus instintos, sobre su carácter, sobre todo su ser. El desarrollo del pensamiento es, en fin, el desarrollo de la libertad.

10.- El niño tiene derecho a ser educado en el amor y para el amor.
El niño es fruto del amor. El amor hizo que un hombre y una mujer unieran sus vidas y se hiciera el milagro del amor hecho carne. Pero después de ser concebido sigue necesitando del amor, que haga del seno de su madre refugio seguro en el que vaya creciendo hasta nacer. Y, una vez nacido, sigue necesitando del amor. No sólo del amor de sus padres hacia él sino del amor de sus padres entre sí. Es muy significativo que, de cada diez delincuentes juveniles, nueve procedan de familias en las que ha fracasado el amor (separación, divorcio, tensiones.. etc.)

Sólo el día en que los ant eriores derechos sean respetados podremos decir, con verdad, que el interés superior del niño es el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación.

Fuente: publicado en la revista española ALFA Y OMEGA, n. 233 (9-XI-2000)