PRIVILEGIO PAULINO
VocTEO


El privilegio paulino consiste en la posibilidad de disolución de un matrimonio natural legítimo, en el caso de que uno de los dos contrayentes se convierta a la fe y se haga de hecho imposible, por la mala voluntad del otro, la convivencia pacífica entre los dos. El fundamento de este privilegio se encuentra en el texto paulino de 1 Cor 7 12. No es sencilla la interpretación de este texto. Pablo parece exhortar ante todo al cónyuge creyente a que permaneza en la unión, observando que él está en disposición de santificar también al no creyente mediante la comunicación de la gracia de su pertenencia al Señor. Sin embargo, existe en la tradición y en la misma teología medieval, así como en la tradición canonista posterior, un consentimiento casi unánime a la hora de reconocer aquí la posibilidad de disolver el matrimonio, aunque sólo sea en casos excepcionales.

Es evidente que el ejercicio de este privilegio supone la existencia de una amenaza efectiva para el bien de la fe. En efecto, el objetivo es el de salvaguardar ese bien siempre que se den las condiciones que lo pongan en peligro. En ese caso queda superada la indisolubilidad natural, ya que está en juego una causa superior.

La aplicación de este principio ha dado lugar a una casuística jurídica detallada y compleja, que tiende a establecer cuándo y cómo puede ser utilizado. La presencia simultánea de dos bienes -el de la indisolubilidad y el de la fe- impone un serio discernimiento.

El reconocimiento por parte de la Iglesia de la indisolubilidad del matrimonio como institución natural -un reconocimiento que nunca se ha negado- plantea también serios problemas de orden teológico. La superioridad del bien de la fe está fuera de discusión, pero la importancia del bien de la indisolubilidad exige que la excepción que se hace del mismo se base en razones de extrema gravedad.

El conflicto entre los dos bienes era muy acentuado en contextos de persecución o de ateísmo militante. Hoy el clima de tolerancia tan difundido en nuestra sociedad facilita el respeto mutuo y la convivencia pacífica entre creyentes y no creyentes. Quizás el mayor peligro sea el de la indiferencia. Pero para oponerse a ella lo mejor no es la disolución del matrimonio, sino el robustecimiento de la fe por parte del que se confiesa creyente.

G. Piana

 

BibI.: Y Bartocetti, Privilegio paulino, en DTM, 1000; G. Ghirlanda, El derecho en la Iglesia, misterio de comunión, San Pablo, Madrid 1992, 445-451.