DOBLE EFECTO
VocTEO
 

Para resolverlas situaciones de conflicto en que se puede alcanzar un bien o impedir un mal solamente con la condición de tener que tolerar un efecto malo querido indirectamente, se ha formulado el principio del doble efecto, que permite actuar a una persona con tal que se verifiquen las cuatro condiciones siguientes: a) el acto mismo no debe ser malo en sí, sino que ha de ser bueno o al menos indiferente; b} el efecto bueno y el efecto malo tienen que proceder al menos de manera igualmente inmediata del acto opuesto (si el efecto malo fuese más inmediato, sería un medio para alcanzar el fin bueno); c) la intención del agente tiene que dirigirse solamente al efecto bueno; d} tiene que darse una razón proporcionalmente grave para permitir el efecto malo.

Este principio, del que se encuentran ya algunas premisas en santo Tomás (S. Th. 11111, q. 64, a. 7), se remonta en su formulación probablemente a Juan de santo Tomás (1589-1644) y adquirió una notable importancia en la moral neoescolástica, aunque en los últimos veinte años ha sido objeto de vivas controversias.

Los conflictos para los que se aplica son por un lado casos en los que se trata de cooperar a un mal moral y por otro lado casos en los que el efecto tolerado es una acción considerada en la Tradición como intrínsecamente mala (por ejemplo, el aborto, la contracepción, la masturbación). La crítica del principio del doble efecto se refiere sobre todo al segundo tipo de casos, bien porque se pone en duda la argumentación deontológica según la cual las respectivas acciones se consideran como intrínsecamente malas, o bien porque se observa que a menudo la distinción entre directo e indirecto, entre inmediato y mediato no es tan evidente. Varios autores reducen entonces el principio del doble efecto solamente a la cuarta condición que hemos señalado, y que pide una valoración de los bienes y de los valores en causa.

C Golser

 

Bibl.: S. Privitera, Principios morales tradicionales, en NDTM, 1474-1483. especialmente 1478-1479; AA. VV" Praxis cristiana, 1, San Pablo, Madrid 1980, 32255; K, HOrmann, El principio del doble efecto, en Diccionario de moral cristiana, Herder, Barcelona 1975; R, McCormick, El principio del doble efecto, en Concilium 120 (1976) 564582.