DEONTOLOGÍA Y TELEOLOGÍA
VocTEO
 

Son dos las figuras argumentativas que se utilizan para el establecimiento de una norma: la teoría teleológica y la deontológica. Según la teoría teleológica, el juicio moral tendrá que formularse siempre a partir de las consecuencias de la acción medidas sobre la base de los valores y sobre todo de la actuación del amor al prójimo. La referencia a los valores y a los no valores producidos por la acción o con los que se identifican sus consecuencias es tan indispensable en la aplicación de esta teoría que ésta presupone, y no puede menos de presuponer, una teoría de los valores muy concreta.

La teoría ético-normativa de tipo teleológico, por consiguiente, mira siempre y ante todo a la realización del valor moral, afirmando que habrá que preferirlo siempre a cualquier otro valor no moral. Sostiene igualmente que, en caso de conflicto entre valores no morales, hay que realizar en primer lugar los más fundamentales y a continuación los menos fundamentales.

Según la teoría deontológica, por el contrario, el juicio moral sobre unas acciones tendrá que establecerse prescindiendo de las consecuencias, cuando se trata de acciones humanas, sobre todo de las que se refieren al ámbito de la sexualidad, del matrimonio, de la vida, del lenguaje, cuyo juicio moral está ya claro por otros caminos.

La teoría deontológica se distingue en deontologia de la regla, que se percibe en Kant y en la teología moral católica, según la cual existen ciertas reglas basadas en los dos argumentos que luego comentaremos, y deontologia del acto, que se advierte en el existencialismo filosófico y en el discurso teológico de la ética de la situación, que excluye la existencia de cualquier norma mixta del comportamiento o que afirma la imposibilidad de formular juicios morales universales y la posibilidad de formular la única norma moral de la actitud.

Los dos argumentos deontológicos presentes en la Tradición católica son: ilícito por ser antinatural e ilícito por falta de permiso. El primero se usa ante todo para las normas morales relativas a la sexualidad y al lenguaje; al segundo se suele recurrir en el proceso valorativo de los comportamientos que atañen a la vida humana.

El deontólogo considera que la ilicitud moral de ciertas acciones aparece así claramente, identificándose con su ser antinatural o con la falta de permiso para que las pueda cumplir el hombre, por lo que no puede ponerse nunca en discusión, ni siquiera en el caso de que esas acciones tuvieran que provocar, consideradas teleológicamente, consecuencias catastróficas para uno mismo y para la humanidad entera, Como se habrá advertido, el término deontológico no se toma aquí en el sentido etimológico de la palabra, que corresponde al conjunto de deberes señalados en un código profesional. Este término se usa más bien para definir la teoría ético-normativa de tipo no teleológico u opuesta a ella. A su vez, teleologia asume el sentido etimológico de estudio de los fines o de las consecuencias. Por consiguiente, entre estas dos teorías argumentativas no hay ningún punto de convergencia en lo que se refiere al tipo de fundamentación que hay que dar a una norma moral: si se sigue una de las dos teorías, se debería excluir categóricamente el uso de la otra.

Éste debería valer por lo menos si se observasen con coherencia las reglas típicas de los dos modos diversos de argumentar. Por desgracia, de hecho, no siempre se siguen estas reglas conrigor lógico; por eso, a veces el deontólogo añade a los argumentos de tipo deontológico otros argumentos de tipo teleológico, y viceversa, agravando más todavía lá confusión ya existente.

Las dos teorías divergen sólo en la fase relativa a la fundamentación de la norma, pero no en el modo de referirse a la norma o en el deber que existe de observarla; aunque divergen en la asunción de los argumentos que fundamentan el juicio moral, no siempre -más aún, muy raras veces- llegan a juicios divergentes.

La teología moral tradicional, entre otras cosas, aunque siempre aplicaba en los ambientes operativos señalados el tipo de fundamentación deontológica, de hecho adoptaba luego la perspectiva teleológica recurriendo al uso de diversos principios, como el del doble efecto, el de la restrictio mentalis, el de la excepción, el de la totalidad, etc., o a las distinciones directo-indirecto, voluntario-involuntario, inocente-culpable, etc. De esta manera se salvaba, pero sólo aparentemente, el modo de proceder deontológico, mientras que en realidad se procedía teleológicamente.

S. Privitera

 

Bibl.: B. Haring, Norma y ley, en La ley de Cristo, 1, Herder, Barcelona 1965, 261-270, 325-339; A. Hortelano, Problemas actuales de moral, 1, Sígueme, Salamanca 1981, 4155; M. Vidal, Moral de actitudes 1: Moral fundamental, PS, Madrid 1990, 447-483; B. Schuller, Modos de fundamentar las normas morales, en Concilium 120 (1976) 535548.