Artículo
VII
LOS
CRITERIOS PRIMARIOS
A) LOS MILAGROS
TESIS 13 - LOS MILAGROS SON POSIBLES
160.-
NOCIÓN DE MILAGRO
MILAGRO,
por su etimología, viene de mirando (digno de admiración), indica una
cosa nueva, fuera de lo acostumbrado, misteriosa,
que produce admiración y estupor. Otros nombres con los que en la Sagrada
Escritura se designa lo mismo, son (dinamis), virtud fuerza, (semeion) signo (tenas)
, prodigio.
En
los milagros, "una cosa es lo que se hace que excede las facultades de la
naturaleza, y según lo cual, los milagros se llaman virtudes. Otra cosa
es aquello por lo que se hacen los milagros, es decir, para manifestar algo
sobrenatural, y según esto, generalmente, se les llama signos, por su
excelencia se les llama portentos o prodigios, como si manifestasen algo
lejano". (2.2.q. 178 a. 1 ad 3.)
Por
lo que ahora nos toca a nosotros, es decir, para la apologética y en
general como algo demostrativo para los hombres, el milagro se puede definir: a)
un suceso sensible, b) superior al curso común de la naturaleza, c) realizado
por Dios.
161.- a) SUCESO SENSIBLE en sí o en sus efectos. Esto se requiere
para que puede ser discernible y criterio de la revelación (o de la
manifestación de cualquier cosa: de la santidad de un siervo de Dios, de la
bondad divina... que quiere Dios manifestar a los hombres) ( Como la
transustanciación no es sensible, en este sentido no se le llama milagro en la
apologética).
162.-
b) SUPERIOR AL CURSO COMÚN DE LA NATURALEZA
El
curso de la naturaleza es lo que resulta de las leyes naturales.
Ley,
en general, es una norma según la, cual, uno es inducido o retraído de obrar.
Y leyes naturales son las inclinaciones constantes puestas por el Creador
de las cosas.
Tal
inclinación es la ley "in actu primo", el acto que proviene de
esa inclinación o su ejercicio, es lo que se llama ley "in actu secundo".
Cuando
por un milagro se hace una excepción en el curso de la naturaleza o en las
leyes naturales, la excepción se realiza en la ley in actu secundo, no en la
ley in actu primo, porque promueve la inclinación al acto y su exigencia,
puesto que pertenece a la esencia de esa cosa.
El
hecho es milagroso si no solo se hace por encima de las fuerzas de una cosa,
sino también contra su exigencia, por eso, la creación del alma, el concurso
y la conservación por Dios, no son milagros, porque, aunque la naturaleza no
tiene fuerzas para esto, existe, sin embargo, su existencia.
Según
Santo Tomás, para que una cosa sea milagro, no basta que sea sobre el orden
de la naturaleza de alguna cosa particular...
se llama milagro a lo que excede al orden de toda la naturaleza creada.
Porque esto no lo puede hacer nadie, sino sólo Dios, pues lo que hace un ángel
o cualquier otra criatura por su propia virtud, eso lo hace según el orden de
la naturaleza creada y ya no es un milagro.
Pero,
según el mismo Santo Doctor, como no conocemos todo el poder de la naturaleza
creada, por eso, cuando se hace algo por encima de la naturaleza creada que
nosotros conocemos, por un poder creado desconocido para nosotros, entonces es
un milagro con respecto a nosotros.
BENEDICTO
XIV, junto con otros, afirmó que son milagros los efectos insólitos y
admirables que exceden las fuerzas y facultades de la naturaleza creada
visible y corpórea conocida por nosotros, aunque no excedan las fuerzas y
facultades de la naturaleza creada invisible e incorpórea. Por eso decía
distinguiendo: los milagros mayores exceden las fuerzas de toda la naturaleza
creada y los milagros menores exceden solamente las fuerzas de la
naturaleza corpórea y sensible.
Pero
como a) en la práctica es a veces difícil distinguir si sólo Dios
puede hacer alguna cosa maravillosa, o si también pudo ser hecha por alguna
criatura (v.gr., angélica), b) para la apologética, que considera el
milagro como un signo de la revelación, y además, c) para los efectos
de la canonización de los santos y para la manifestación de la bondad y de las
maravillas divinas, esto es, como en casi toda consideración sobre los
milagros, se admiten como milagros plenamente verdaderos y aptos, los que
solamente superan a la naturaleza sensible, por eso, parece que podemos
distinguir con Benedicto XIV, entre milagros mayores, que superan las
fuerzas de toda la naturaleza creada (v.gr., la resurrección de un muerto) y
los milagros menores que solamente superan la naturaleza sensible.
163.- REALIZADO POR DIOS
1)
Porque Dios tiene que ser la causa eficiente del suceso milagroso, sea física,
sea moral, por lo menos. (v.gr., un ángel), sea una cosa (v.gr., el barro).
Si
una criatura hace una cosa maravillosa por sus propias fuerzas, sean naturales (v.gr.,
los espíritus que influyen en un movimiento local, etc.), sea concedida
habitualmente por Dios, entonces, para que esto sea un milagro verdadero, se
requiere que Dios sea la causa moral de ese suceso maravilloso, es decir, o
imperándolo, o exhortándolo o aprobándolo, etc.
2)
Dios tiene que ser también la causa final en todo milagro verdadero. Porque
todo suceso maravilloso, para que sea un verdadero milagro, debe servir a la
gloria de Dios (fin último) y manifestar también un cierto orden a
Dios, como la revelación, la santidad de algún siervo de Dios, o la
manifestación de las riquezas de su bondad... ( fin próximo).
De
donde, si una causa supramundana realizase algo maravilloso en el mundo para un
fin malo, no sería un milagro verdadero, no sería hecha por Dios, ni final ni
moralmente eficiente. Porque eso no lo aprobaría Dios.
EL
MILAGRO COMO SIGNO DIVINO - Por el mismo hecho por el que se dice que un milagro
es un suceso sensible e insólito (es decir, sobre el común curso de la
naturaleza) y realizado por Dios, ya se entiende que el milagro es un sino
divino, puesto que un milagro se entiende algo hecho por Dios, y que, (en
cuanto que es un signo), es conocido con anterioridad y nos conduce el
conocimiento de otra cosa. Porque las cosas insólitas y mucho más si son
sobre el curso común de la naturaleza, atraen la atención, y Dios al hacerlas,
pretende, sin duda, atraer nuestra atención y conducirnos al conocimiento de
otra cosa.
Nos
preguntamos que es lo que Dios pretende enseñarnos por este signo, o lo que es
lo mismo, cual es la teología del milagro. Se conoce por la finalidad propia de
cada milagro, o por la verdad relativa de cada uno (n. 170 c).
Ahora
nos interesa ver la teología del milagro para poner un sello a una revelación,
puesto que tratamos de los criterios de la revelación.
Se
pueden designar también otros fines, como los que describimos más abajo
(n.496), al tratar de los milagros de Jesucristo, como, por ejemplo manifiestan
más evidentemente el corazón misericordioso y benéfico de Dios por sus
beneficios milagrosamente realizados. En general, siempre ha sido certísimo que
en los milagros se debe reconocer su importancia religiosa.
164.- DIVISIONES DE LOS MILAGROS .
1)
Por razón de la perceptibilidad del suceso, el milagro se divide en físico,
si el suceso es perceptible en sí mismo, y en espiritual o síquico, si
sólo es mediatamente perceptible en los efectos. Tal milagro puede ser intelectual,
si se refiere al orden del entendimiento
(sabiduría
admirable, don de lenguas, conocimiento profético...), o moral, si se
refiere al orden de las costumbres (una conversión repentina o una mutación
admirable del corazón ...)
2)
Por razón de la naturaleza superada, pueden ser milagros físicos, por
razón de la sustancia del hecho, o por razón de si mismo, si lo que
se hace supera las fuerzas de la naturaleza (v. gr., los dotes de un cuerpo
glorioso), o por razón del sujeto, si lo que se hace puede realizarse
con las fuerzas de la naturaleza pero no en tal sujeto (v. gr., la infusión de
la vida en un cadáver), o por fin, pueden ser por razón del modo, si lo
que se hace, puede realizarse por las fuerzas de la naturaleza y también en tal
sujeto, pero no de tal modo ( v. gr., la curación instantánea de una
enfermedad orgánica).
3)
Por razón de la oposición a las exigencias naturales, los milagros
pueden ser sobre la naturaleza o contra la naturaleza, o al margen de la
naturaleza. En los milagros sobre la naturaleza, induce Dios una forma
que la naturaleza sola no puede inducir, o al menos, no lo podría en tal
estado. En los milagros contra la naturaleza, permanece en el sujeto una
disposición contraria a los efectos que Dios produce por el milagro, v. gr., si
el fuego produce frío; los milagros al margen de la naturaleza, son
aquellos efectos que podría producir la naturaleza, pero no de ese modo.
4)
Por razón de la superación de toda o solamente de la naturaleza creada
sensible, el milagro puede ser mayor o menor, según lo explicado más
arriba (nº 162) o absoluto y relativo.
5)
Los milagros pueden ser suspensivos de la ley, e intensivos de la
ley.
165.-
ADVERSARIOS
1)
Indirectos son los materialistas, panteístas, deístas, racionalistas, todos
los que niegan la posibilidad de todo lo sobrenatural.
2)
Directos son los que a) niegan la mutabilidad de las leyes físicas,
atribuyéndoles una fijeza absoluta, como los deterministas, o b) los que
niegan la existencia de tales leyes, como los contingentistas: Hume,
Stuart Mill y algunos más recientes, quienes por la física de su tiempo,
afirmaban que el milagro es una excepción meramente estimada en una ley, solo
también estimada, o en una ley que no tiene más que un valor estadístico.
Los
espiritistas y teósofos atribuyen los milagros a los espíritus,
o al trato natural con Dios, como si no fuesen fuera del orden de la naturaleza,
Para
los modernistas el milagro es un suceso que no es explicable todavía y
que es atribuido a Dios por un sentimiento religioso (cfr. D. 2017, 2096, 2145).
166.-
DOCTRINA DE LA IGLESIA
La
noción eclesiástica de milagro está de acuerdo con la definición que hemos
propuesto, puesto que los milagros, según el Concilio Vaticano I, son hechos
divinos que demuestran luminosamente la omnipotencia de Dios, (puesto que
son hechos por Dios omnipotente que muda el curso de la naturaleza) y son signos
externos de la revelación (luego, son sensibles) ( D. 1790) .
En
el mismo Concilio es condenado el que dijese que no se puede hacer ningún
milagro. (D. 1813) Cfr. también D. 1812, 2195.
VALOR
DOGMÁTICO.
De fe divina y católica solemnemente definida (D. 1813).
167.-
PRUEBA
1) A posteriori por los milagros que ya se han realizado.
2)
A priori, atendiendo al concepto de milagro físico, en cuanto que
depende de la excepción en las leyes físicas. El milagro seria imposible (con
imposibilidad interna o metafísica), si repugnase a) de parte de la
excepción que experimenta la ley física, o b) de parte de Dios que
realiza esa excepción. Porque estas dos cosas se contienen en la definición
del milagro, pero:
a) no repugna por la excepción que
sucede en la ley física. Porque el orden de la naturaleza, fuera del cual
se hace, no es absolutamente necesario, puesto que depende de las leyes físicas
que Dios puede mudar, o negando su concurso libre, o produciendo con su
omnipotencia un efecto maravilloso que supere al efecto ordinario o que lo
contradiga.
b) ni repugna por parte de Dios que
realiza esa excepción. Porque el milagro puede realizarse físicamente del
modo dicho, puesto que depende de la omnipotencia libre de Dios, porque ni Dios
está obligado, por una necesidad antecedente a ningún orden de la naturaleza
ni a ningunas leyes, ni tampoco está obligado con una necesidad consecuente, ni
tampoco se muda en sí por el hecho de que realice una excepción
establecida desde la eternidad.
Estudiemos
ahora la posibilidad moral, o la razón suficiente, o el fin razonable en
Dios para que realice esa excepción. Se concibe perfectamente que puede existir
esa razón suficiente o ese fin razonable en Dios para manifestar su
omnipotencia que no está sujeta a un curso determinado de la naturaleza, o
para mostrar su sabiduría, puesto que es propio del sabio el ordenar las
cosas al fin, y Dios ordenaría los seres inferiores y sus excepciones para
conseguir unos fines más altos (v. gr., para imprimir su sello a la
revelación, igualmente, para manifestar su bondad y las riquezas de su corazón
en los efectos de su misericordia, que se habrían de conseguir fuera de todo
orden preestablecido, (como sucedió en los milagros de Jesucristo).
NB.-
En este argumentó, con una forma negativa en apariencia, deducimos una verdad
positiva, es decir, la posibilidad del milagro, demostrándola positivamente,
puesto que excluimos positivamente su repugnancia (cfr. n. 110).
La
posibilidad de los milagros morales,
se pruebe con menor dificultad, puesto que la constancia de las leyes
sicológicas o morales, por las que se rige la actividad acostumbrada de los
hombres, goza de una fijeza menor que la constancia de las leyes físicas. Dios
podrá obtener el efecto que quiere, incluso el libre, y como una excepción
clara en el modo acostumbrado de obrar que tienen los hombre, por su voluntad
libérrima y omnipotente y por su presciencia eficacísima.
168.- OBJECIONES .
1-
El milagro sería una excepción en las leyes de la naturaleza. Es así, que las
leyes de la naturaleza no pueden padecer excepciones. Luego, no se pueden hacer
milagros.
Niego
la menor.
Para probar esta menor, se podrían aducir todas las objeciones conocidas en
Cosmología, contra la mutabilidad de las leyes naturales.
2-
Pruebo la menor. Lo que es inmutable no puede tener excepciones. Es así,
que las leyes naturales son inmutables. Luego ....,
Conced.
la mayor, distingo la menor.
Las leyes in actu primo (sus inclinaciones constantes) son inmutables, conc.
la menor; las leyes in actu secundo (su ejercicio), subdist.
son inmutables a cada paso y sin razón, conc., que nunca pueden
mudarse y sin excepción, niego.
3-
Lo que emana necesariamente de las cosas es siempre inmutable. Es así que las
leyes naturales (aún consideradas in actu secundo) dimanan necesariamente de
las esencias determinadas de las cosas. Luego, las leyes de la naturaleza (aún
consideradas in actu secundo, es decir, en su ejercicio), son siempre
inmutables.
Dist.
la mayor.
Lo que dimana por necesidad metafísica o como accidente meramente lógico
(esto es, sólo según nuestro modo de concebirlas), siempre es inmutable, concedo
la mayor (v. gr., la risibilidad que dimana como una propiedad de la esencia
del hombre), pero lo que dimana de la esencia de la cosa por una necesidad
solamente física, siempre es inmutable, niego la mayor. Contradist.
la menor.
4-
"Operan sequitur esse" (la operación sigue a la esencia) (la obra
corresponde al ser de
la
cosa). Es así que las esencias de las cosas son absolutamente inmutables.
Luego, las
operaciones
de las cosas o las leyes in actu secundo son absolutamente inmutables.
Dist.
la mayor.
"Operan sequitur esse", esto es, la operación está en el mismo
orden de la esencia espiritual o material, según sea la esencia, y no se
extiende más allá de las propiedades de la esencia, conc. la mayor, la
operación tiene plenamente las mismas notas y propiedades que la esencia, es
decir, es una sustancia, y eterna e inmutable como se dice de la esencia, niego
la mayor.
5-
Las cosas de la naturaleza deben obrar siempre del mismo modo. Lo pruebo.
La esencia de una cosa consiste en que necesariamente obre de tal o de tal modo.
Es así, que no obraría necesariamente de tal o de tal modo, si se le hace
alguna excepción. Luego,
Niego
el antecedente y distingo la mayor de
la prueba. La esencia de una cosa está en que obre de tal o de tal modo según
la exigencia, conc. la mayor, según el ejercicio subdist., de
modo que obre así con necesidad física, conced. con necesidad
metafísica, niego. Centradist. la menor.
6-
Instancia. Es así que de la esencia se sigue con necesidad metafísica
un modo determinado de obrar. Lo pruebo: Lo que es esencial a alguna naturaleza
es absoluto y metafísicamente necesario. Es así que es esencial a las cosas un
determinado modo de obrar. Luego, en las cosas es absoluta y metafísicamente
necesario un determinado modo de obrar.
Niego
la instancia y dist. la mayor de la prueba.
Lo que es esencial a alguna naturaleza como constitutivo de la esencia
metafísica le es absolutamente necesario, conced. la mayor, lo que es
esencial como propiedad que fluye de su esencia, subdist. Si fluye con
una necesidad metafísica, conc., de lo contrario, lo niego. Dist. la
menor. Un determinado modo de obrar in actu primo, o sea, según la
exigencia, es esencial, pase, o conc. la menor, un de terminado
modo de obrar in actu secundo, o sea, según su ejercicio es esencial, subdist,
como constitutivo de la esencia, niego, como una propiedad que fluye
de la esencia, vuelvo a subdist, que fluye con necesidad física, conc.,
que fluye con necesidad metafísica, niego.
7-
Es así que Dios no puede impedir el ejercicio de las leyes de la naturaleza de
ninguna manera. Lo pruebo. Dios haría algo desordenado al impedir el ejercicio
de las leyes de la naturaleza.
Niego
el antecedente y distingo la prueba.
Dios haría algo desordenado con relación al orden universal, niego, con
relación a un orden particular, subdist, si le hiciese constantemente y
sin razón, le concedo, de le contrario, lo niego.
8-
Es así, que aunque fuese con relación a una naturaleza particular, haría algo
desordenado. Lo pruebo. A un artista que, hiciese algo contra la obra
compuesta por él mismo, se le acusaría de error y de imperfección. Luego, el
artista divino, al hacer algo contra la obra hecha por él; debería ser acusado
de error e imperfección.
Niego
la Subsunción y dist. la prueba. El
artista que hace algo centra su propia obra, debe ser acusado de error y de
imperfección si su arte y su obra se desarrolla y concluye adecuadamente en esa
misma obra, conc. (sucedería así si sólo se pretendiese hacer esa
obra), pero si su arte no se concluye adecuadamente en esa obra, sino que se subordina
a un orden superior, niego. Distingo igualmente la consecuencia.
9-
Es así que, aunque se desarrollara inadecuadamente la obra artística en alguna
naturaleza, sería también contra la sabiduría divina el hacer excepción en
las leyes naturales. Lo pruebo. El actuaría contra las leyes dadas por
sí mismo es contra la sabiduría del legislador. Es así que Dios, al hacer una
excepción en las naturales, actuaría contra las leyes dadas por sí mismo.
Luego....
Niego
la subsunción. Dist. la mayor de la prueba.
Actuar contra las leyes dadas por sí mismo es contra la sabiduría del
legislador, si lo hace constantemente y sin razón, conc. la mayor. Si lo
hace a modo de privilegio, niego la mayor. Contradist. la menor.
10-
Es así que tal excepción sería contra la sabiduría de Dios y contra su
providencia. Lo pruebo. Porque se acabaría con la certeza en las cosas
físicas, porque ésta supone la constancia de esas mismas leyes físicas.
Niego
la subsunción. Distingo la prueba. Se
acabaría generalmente con la certeza de las cosas físicas, niego.
Alguna vez subdist., si se engendra la sospecha de que va a haber
suspensión en la leer, concedo, de lo contrario, lo niego. Pero
esto no es contra la sabiduría y providencia de Dios. Más aún, tenemos que
reconocer que no es absoluta la constancia que se supone en las leyes físicas,
sino hipotética y físicamente necesaria.
11-
Las leyes de la naturaleza son decretos de Dios. Es así que los decretos de
Dios no pueden padecer jamás excepciones, Luego, las leyes de la naturaleza no
rueden padecer nunca excepciones.
Dist.
la mayor. Las leyes de la naturaleza son decretos hipotéticos, concedo,
absolutos, lo niego. Contradist. la menor.
12-
Es así, que ni aún hipotéticamente pueden padecer excepciones. Lo pruebo.
Dios quiere con necesidad lo que necesariamente entiende como real. Es así que
entiende necesariamente como real este orden de la naturaleza. Luego, quiere con
necesidad este orden de la naturaleza que, por lo tanto, es absolutamente
inmutable.
Niego
la subsunción. Corc. la mayor de la prueba. Distingo la menor.
Dios entiende
necesariamente
como real este orden de la naturaleza con sus excepciones. conc., sin las
excepciones producidas por El mismo, lo niego. Distingo igualmente la
consecuencia.
13-
Como Dios ha querido necesariamente y sin excepciones, el orden de la justicia,
así también ha querido sin excepciones, el orden de la naturaleza. Luego ...
Niego
la paridad.
El orden de la justicia depende de la santidad de Dios, el orden de la
naturaleza depende de su omnipotencia, una excepción querida por Dios repugna
absolutamente a su santidad, pero no repugna a la omnipotencia, sino que a veces
es muy conveniente.
14-
El milagro era previsto por Dios o no. Si no era previsto es imposible, y si lo
preveía, ya pertenece al curso de la naturaleza. Luego, no sería un milagro.
Concedo
la disyunción y distingo el segundo miembro. El
milagro, si ya era previsto, pertenecía al curso extraordinario de la
naturaleza, concedo, estaba ya en el curso ordinario de la naturaleza, lo
niego. Distingo igualmente la consecuencia.
15-
Contra la existencia de leyes necesarias. El milagro supone la existencia
de leyes físicas. Ahora bien, esas leyes no se dan. Pruebo la menor. La
ley es una ordenación de la razón. (Sto. Tomás 1,2 q. 90 a.4) Es así que la
ley física no es una ordenación de la razón. Luego, no es una verdadera ley.
Resp:
Dist. la mayor. La ley en el legislador (activamente considerada)
es una ordenación de la razón, conc. la mayor, la ley en el
legislador (pasivamente considerada) es una ordenación de la razón,
subdist., la ley moral conc.- la ley física, vuelvo a
subdist., en cuanto que está ordenada a la ordenación de la razón que
está en el legislador, conc., como si se debiera dar una facultad
racional en el mismo sujeto en que existe esta ley, lo niego.
169.-
16 - Por la mecánica cuántica moderna (las cuentas de Planck),
conocemos la imposibilidad de determinar en el microcosmo de las moléculas, el
curso micro-mecánico de los últimos elementos (electrones, protones), de donde
solo percibimos macro-mecánicamente el resultado total al montón (sin orden) y
que proviene de la frecuencia casi estadística del curso de los elementos
(neutrones, protones) y que se tiene que determinar por un cálculo de
probabilidades. Es así, que una frecuencia estadística y probable, como ésta
, admite la excepción, según el mismo orden de la naturaleza. Luego, tales
excepciones y los supuestos
milagros se darían, según el orden de la misma naturaleza y no serían
milagros verdaderos.
Resp.
1-
La resultante total en la masa que se observa macro-mecánicamente, tiene una
fijeza tan constante, que funda la constancia física y la determinación cierta
de las leyes físicas en el microcosmo, aunque se conceda que no podemos
determinar aún con certeza la composición de los movimientos de esos
elementos. Por lo tanto, no se puede
transferir al microcosmo, lo que es válido sólo para el microcosmo, como
tampoco se puede afirmar que el testimonio de una multitud produce solamente una
probabilidad por el hecho de que cada uno de los testigos no dé más que un
testimonio probable. Porque, por el principio de la razón suficiente, se muda
el valor del testimonio, según que se trate de algún testigo o de muchos que
tienen ciencia y verdad. Así pues, ilógicamente se transfiere al macrocosmo lo
que sólo vale para el microcosmo.
2-
Por más que "de las relaciones inciertas" (Heisenleig) se pueda
rectamente concluir, en
cuento
a nosotros, la distancia entre las leyes ciertas ( causales y dinámicas) y
entre las leyes que aparecen como estadísticas en el curso de los elementos,
fundadas en la probabilidad, sin embargo, no se puede suponer de ningún modo
que se da una determinación libre en los elementos últimos, sino que es
desconocida para nosotros la razón de tal o tal movimiento en el microcosmo
3-
Además, debemos advertir que aunque por la mecánica moderna ignoramos el modo
de determinar la cantidad de los movimientos y el curso último de los
elementos, no por eso vale lo mismo de su reacción cualitativa, v. gr., es una
reacción cualitativa cierta, que se produce calor por el flujo de la
electricidad en un metal filiforme, aunque quizá se ignore la cantidad y la ley
por qué se rige[1].
4-
Las excepciones que se tienen en las leyes estadísticas de orden psicológico,
son mucho más frecuentes que las excepciones que por los milagros se tienen en
las leyes físicas, más aún, cuando se da alguna excepción en una ley física
por un milagro realizado, se conoce ordinariamente la razón final y teológica
por la que se realiza esta excepción.
5-
Aunque el movimiento de cada uno de los elementos se conozca solamente con un
cálculo incierto y concedamos que se dan en la molécula movimientos
verdaderamente caóticos en sus elementos, pero, sin embargo, todo ésa no puede
dar un resultado ordenado, más aún ordenadísimo, sin un ordenador
sapientísimo que los rija de un modo conforme a su naturaleza, es decir, por
unas inclinaciones constantes insertas en su propio ser, aunque en los
cálculos humanos se ignore el modo por el qué resulta siempre la misma
disposición. Porque si se tuviese que estudiar por el cálculo de
probabilidades esta disposición constante que existe en la naturaleza entre
tantas combinaciones posibles de los diferentes movimientos de los elementos
mínimos, la probabilidad matemática, (habida cuenta del número de los
elementos que se deberían combinar), esa probabilidad sería absolutamente
nula.[2]
17- Insto a la Respuesta 4) - Si las excepciones en las leyes estadísticas (v.gr., sobre la criminalidad) son solo más frecuentes que las excepciones producidas por los milagros en las leyes de la naturaleza, el más y el menos no cambian la especie. Luego, las leyes estadísticas y las leyes de la naturaleza no son distintas específicamente. .
Dist,
el antecedente.
Si la razón de la diferencia entre esas leyes solo se toma según el más y el
menos en cuanto a la frecuencia de la excepción, pase, si además, la razón de
la diferencia está en que las leyes estadística de las que hemos hablado
antes, suponen un sujeto que actúa libremente, y en que se conoce la
razón final cuando, por un milagro, se realiza la excepción en las leyes de la
naturaleza, niego que unas y otras leyes no sean específicamente diversas.
TESIS
14
- LOS MILAGROS SON CONOGSCIBLES COMO CRITERIO DE LA REVELACIÓN.
170.-
ESTADO DE LA CUESTIÓN
1)
En la Cosmología se trata también de la cognoscibilidad de los
milagros, pero no como un criterio de la revelación, solamente en cuanto
que supera el curso de la naturaleza.
2)
No decimos que todos los milagros sean cognoscibles por cualquier
hombre, sino que puesta la debida diligencia, pueden ser conocidos
generalmente por aquellos para quienes se hacen.
3)
Para que conste de algún milagro cerro confirmación de alguna revelación,
debe constar de su veracidad histórica, filosófica y relativa.
a) LA VERDAD HISTÓRICA está en que el hecho que se dice milagroso suceda realmente y tal como se narra. Esta verdad responde a la nota de suceso sensible que está en la definición del milagro.
b) LA VERDAD FILOSÓFICA consiste en que en el hecho narrado se cumpla la definición de milagro, tal como la hemos dado. En esta definición deben considerarse dos elementos (además de ser un suceso sensible): primero, que se trate de un suceso que aurora el curso dela naturaleza, segundo, que ha sido hecho por Dios. Hay autores que reservan y restringen la verdad filosófica del milagro" al cumplimiento real del primer elemento, es decir, si el suceso maravilloso supera realmente el curso de la naturaleza, y llaman VERDAD TEOLÓGICA del milagro, al cumplimiento del segundo elementos es decir, si esa obra que excede el curso de la naturaleza es realmente hecha por Dios.
c)
LA VERDAD RELATIVA consiste en que el milagro sea ordenado
realmente por Dios para confirmar aquello por lo que se produce, en este
caso, para sellar y confirmar la revelación. Para éste se requieren dos cosas:
primero que el taumaturgo invoque explícita o equivalentemente tal milagro como
testimonio de su misión, segundo, que conste que el milagro ha sido hecho por
Dios que lo aprueba para ase fin. Esto constará si las circunstancias en las
que se verifica el milagro no dan señal alguna por la que se pueda sospechar
que ese milagro esté ordenado o permitido por otros fines ocultos. Así se
excluye la posibilidad del abuso en la hipótesis de un falsario que abusase de
hechos preternaturales para persuadir una doctrina falsa.
171.-
ADVERSARIOS
1)
Contra la cognoscibilidad de la verdad histórica: HUME, STRAUSS, ZELLER...
afirman que a su favor hay un testimonio de orden moral, mientras que la
experiencia física está en contra, esto es, la certeza física que supera a la
certeza moral del testimonio.
2)
Contra la cognoscibilidad de la verdad filosófica: SPINOZA, VOLTAIRE, RENAN,...
afirman que se deben dar ciertas condiciones favorables, para que el milagro
pueda ser examinado científicamente, v. gr., que se pueda repetir el milagro ad
libitum en un círculo de sabios.
Igualmente,
A. HARNACE y muchos otros, quienes, por los prejuicios racionalistas, sostienen
la imposibilidad de los milagros, y por lo tanto, su incognoscibilidad
filosófica. Sobre la sentencia de HARNACK. cfr. más abajo n. 477.
3)
Contra la cognoscibilidad como criterio de la revelación, todos los que no
admiten los criterios externos, P. ROUSSELOT requería una luz sobrenatural para
que al sujeto le coste el valor objetivo del milagro para demostrar el hecho de
la revelación ( cfr. n. 183).
172
.- DOCTRINA DE LA IGLESIA
El
Concilio Vaticano I definió solemnemente (D. 1813) que los milagros pueden ser
conocidos con certeza (al menos) algunas veces y que con ellos se puede probar
debidamente el origen divino de la religión cristiana. Luego, según el
Vaticano I los milagros son cognoscibles como criterio de la revelación.
La
doctrina de la tesis se contiene, además, abierta e implícitamente en la
proposición que debía ser suscrita por L.E. BAUTAIN ( a.1840), "La prueba
tomada de los milagros de Jesucristo, sensible e impresionante para los testigos
oculares, no ha perdido su fuerza y su vigor para las generaciones siguientes (D
1624).
La
misma doctrina se encuentra también en el juramento contra los errores
modernistas: "admito y reconozco como signos certísimos del origen divino
de la religión cristiana, los argumentos externos de la revelación, esto es,
hechos divinos y en primer término, los milagros y las profecías y sostengo
que son sobremanera acomodados a la inteligencia de todas las edades y de los
hombres, aún los de este tiempo ( 2145).
VALOR
DOGMÁTICO
La
tesis está revelada, puesto que en las Escrituras, Cristo, el Señor, los
Apóstoles, los profetas,.. apelan a los milagros como a signos de la auténtica
revelación y además, se propone por la Iglesia como revelada (D. 1790). Luego,
la tesis es de fe divina y católica solemnemente definida. ( D1813).
173
.- PRUEBA-
Para que los milagros sean cognoscibles como criterio de la revelación,
se requiere y es suficiente, que sean cognoscibles en cuanto a su verdad
histórica, filosófica ( teológica) y relativa. Y esto sucede así. Luego, los
milagros son cognoscibles como criterio de la revelación.
Pruebo
la menor:
1) CONOGSCIBILIDAD EN CUANTO A LA VERDAD HISTÓRICA
El
milagro formado específicamente (lo que se llama milagro) es un suceso
sensible, CONFORME A LA DEFINICIÓN QUE DIMOS de él. Ahora bien, un suceso
sensible puede ser conocido por los presentes, es decir, si tienen los sentidos
sanos y aplican la mente para conocer el suceso, y los que estando presentes lo
hayan percibido, podrán transmitir el suceso con certeza, por su testimonio, a
otros y a los posteriores, es decir, (por lo probado en la Lógica), si consta
de la ciencia y de la veracidad de los testigos. Luego, otros coetáneos y
posteriores, en ciertas condiciones y circunstancias, podrían conocer con
certeza que se realizó ese suceso y el modo como se realizó, por lo tanto,
podrán conocer con certeza la verdad histórica del milagro.
2)
LA COGNOSCIBILIDAD EN CUANTO A LA VERDAD FILOSÓFICA.
En
un suceso sensible podrá constar con frecuencia lo que se requiere para que sea
un verdadero milagro, según su definición
a) Que el suceso supere las fuerzas
de la naturaleza, dejadas a sí mismas o aplicadas por los hombres, porque,
aunque ignoramos hasta donde pueden extenderse las fuerzas naturales, sin
embargo, frecuentemente, podemos conocer con certeza hasta donde no pueden
extenderse en determinados adjuntos, y que esto conste con una inducción no
menor que otras leyes físicas positivas, así, por ejemplo, sabemos
certísimamente que solo con la palabra no se calma repetidamente una tempestad,
ni que con la palabra se resucita a un muerto o se sana a un enfermo de una
enfermedad orgánica. Y juzgaría imprudentemente quién pensase que en ciertas
circunstancias obraban fuerzas ocultas naturales, si no pretende caer en un
escepticismo pleno. Así podrá constar que tal suceso se debe atribuir a alguna
causa supramundana.
b) Además, podrá constar que ese
suceso ha sido hecho por Dios, o como algunos dicen, podrá constar de la
verdad teológica del milagro. Porque hay sucesos maravillosos que, sea por
razón de la esencia del hecho, o por razón del sujeto, o por razón del modo
como se realizan, únicamente se pueden atribuir a Dios, v. gr., la
resurrección de un muerto, pues a nadie se le ha concedido arrebatar las almas
de Dios remunerador o de Dios que castiga después del estado preparatorio para
obtener el último fin, estado preparatorio que (hablando filosóficamente) se
considera razonablemente que está en esta vida antes de la muerte. Además, por
razón del modo como se hace, los milagros se deberán atribuir únicamente a
Dios, si el taumaturgo lleva a cabo un gran numero de milagros, de modo que los
realiza por el solo imperio de su voluntad sin que necesite un sujeto
preparado... Estos serían los milagros absolutos, que piden que sea el
mismo Dios la causa física eficiente.
Hablando
en general, se deben atribuir únicamente a Dios los milagros que manifiesten
una fuerza equivalente a la virtud creativa divina, o si la razón
suficiente del hecho o de los hechos es únicamente la voluntad del taumaturgo
que manifiesta su dominio absoluto en toda la naturaleza, en toda clase de seres
y obrando solamente por su voluntad. Porque entonces la razón suficiente de
todas esas maravillas, no es la disposición de la materia o del sujeto que sea
adecuada a la virtud del taumaturgo, sino que es solamente su voluntad.
Ahora
bien, la criatura al obrar, depende de la materia propuesta, no obra por su sola
voluntad y sin sujeto presupuesto. Luego, depende del sujeto al obrar y sólo
puede hacer cosas que dependen de las condiciones del sujeto.
Pero
si alguien actúa independientemente del sujeto, y de las condiciones del
sujeto, deducimos con razón, que él tiene una fuerza independiente de
cualquier sujeto, o sea, una fuerza y un dominio absoluto y que es el Creador de
las cosas, Dios, o que tiene un poder divino comunicado para realizar estos
efectos. Por lo tanto, si los efectos manifiestan esa fuerza, tendremos los
milagros absolutos, v. gr., las dotes del cuerpo glorioso (la
compenetración, la agilidad repentina), la resurrección de un muerto (que
procede independiente mente de la disposición del sujeto), la restitución
repentina de un miembro que falta, multiplicar de repente los panes... Porque
todo esto supone una fuerza creativa, por eso, los milagros absolutos se
llaman a veces creación virtual.
Se
enumeran como obras de este primer género, las resurrecciones de los
muertos, las que, o suponen una creación, o equivalen a una creación, como la
producción de la vida, las acciones a distancia, obrar sin un sujeto
presupuesto, esto es, sin la aplicación a una materia aptamente dispuesta,
obrar repentinamente, sin ningún tiempo interpuesto.
Pero
a otros hechos maravillosos que se piensa que se podrían hacer físicamente por
otras causas distintas de Dios, o a hechos también maravillosos que no aparecen
claramente como milagros absolutos, se les podría, sin embargo, reconocer que
provienen de Dios como causa moral, y que,
por su tendencia hacia El como a su fin, y se podrá reconocer también si han
sido hechos por Dios moral y finalmente. Porque no se le puede negar a la
sabiduría y bondad de Dios una providencia y cuidado sobre los hombres, de modo
que éstos tengan un medio claro con qué conozcan si un espíritu malo o una
causa no divina ha realizado ese hecho maravilloso, o si
por último, se le deba atribuir a Dios, que manda o aprueba que actúen
milagrosamente causas supramundanas.
Pero
la intromisión de los espíritus en los destinos de este mundo, en primer
lugar, no siempre aparece clara, y si esto ocurriese, estarían (come todo lo
que sucede), bajo la providencia divina y esta providencia y bondad y
benignidad, no permitirá que seamos engañados por esos espíritus en cosas de
importancia.
“Porque,
como es propio de la Divina Providencia que preside este mundo, no permitir que
él (el ángel malo) abuse de su poder en cosas en que se perturbaría el orden
natural del universo, o se turbase grandemente el gobierno político del género
humano, con mayor razón le corresponde a esa divina Providencia, no permitir
que el espíritu maligno abuse de su mismo poder natural para confirmar con
signos y milagros una religión o santidad falsa" ( BENEDICTO XIV, De
servorum Dei beatificatione 1.4.p 1.e.6 n.6).
Podemos
considerar a los espíritus supramundanos que se entremetiesen en los destinos
del mundo o malos, es decir, que pretendiesen un mal moral, o indiferentes, es
decir, que no pretendiesen nada bajo el aspecto moral, o buenos, que deseasen el
bien moral. Pero difícilmente se pueden concebir unos espíritus indiferentes,
con relación al engaño humano, por lo tanto se reducen a una ú otra de esas
dos categorías. Los espíritus malos, cuyas acciones Dios sólo las permite,
serán en último término, reconocidos como malos, o por sus mismas acciones, o
por los efectos que producen, pues no pueden luchar contra sí mismos, y los
espíritus buenos, serán, a su vez, reconocidos de muchos modos. Estos obrarán
de acuerdo con la voluntad de Dios y aparecerán sus acciones el beneplácito
divino.
Debemos
decir a priori, que se puede conocer una obra maravillosa como
proveniente de Dios. De lo contrario, el mismo Dios no podría manifestarse como
autor de sus propias obras.
Pero
el modo por el que se podrá reconocer tal intervención divina, será posible
1) por la consideración de la persona del taumaturgo, 2) por su modo
de obrar, 3) por el fin que pretende, 4) por los efectos que se
siguen.
Luego, podrán constar con certeza todas las cosas que se requieren para que se cumpla la definición de milagro, es decir, podría constar la verdad filosófica del milagro.
3)
COGNOSCIBILIDAD EN CUANTO A LA VERDAD RELATIVA
En
primer lugar, debemos advertir que el milagro es un medio optimísimo como
testimonio en favor de una revelación o doctrina o verdad, porque mudar el
curso de la naturaleza es una obra especialísima de Dios, su autor, y así
todos nos sentimos impulsados a considerar el milagro como un sello divino.
Para
que conste de la verdad relativa del milagro, debe constar :
a)
que el taumaturgo apela explícita o equivalentemente al milagro en
confirmación de tal
revelación
o doctrina, y b) que esta conexión es aprobada por Dios.
Es
así, que pueden constar las dos cosas: a) lo primero, como de cualquier
hecho histórico, b) lo segundo, si por las circunstancias (de la
persona, de su modo de obrar, del fin pretendido, de los efectos que se siguen,
no existe ninguna razón sólida para sospechar que el abuso o el milagro está
ordenado o permitido por Dios para otros fines ocultos. Porque si en estas
circunstancias, y después de haber puesto una diligencia adecuada para
encontrar la verdad, Dios permitiese el engaño, se privaría a sí mismo, de un
medio óptimo para confirmar la revelación divina y el mismo Dios sería
testigo de una falsedad por permitir el mal uso de su sello.
174.-
OBJECIONES - CONTRA LA COGNOSCIBILIDAD HISTÓRICA
1.-
La realización de un milagro es, a lo más, moralmente cierta, que el milagro
no se realiza es físicamente cierto. Luego, debe prevalecer que milagro no se
realiza.
Dist.
el segundo miembro del antecedente.
Que el milagro no existe es físicamente cierto. Si no hay razón alguna para
sospechar una excepción en las leyes naturales, conc., si existe una
razón sólida para sospechar la excepción en las leyes naturales, más aún, si
es moralmente cierto que se ha dado esa excepción, niego.
Para
que se dé una certeza física o moral, se requiere un doble elemento, uno
positivo y otro negativo: el elemento positivo consiste en la fijeza de
las leyes físicas o morales (del orden psicológico del modo acostumbrado de
obrar) y el elemento negativo consiste en la carencia de una sospecha
sólida de la excepción ocurrida o por ocurrir en la ley. Entonces puedo y o
debo afirmar, sin temor prudente de errar, y en esto consiste precisamente la
certeza, pero debo obrar de otro modo si falta el segundo elemento.
2.-
Para que conste la verdad histórica de los milagros, se requiere el testimonio
de muchos sabios. Luego, frecuentísimamente, apenas podrá constar la verdad
histórica de los milagros.
Dist,
el antecedente.
A veces se requiere el testimonio de muchos sabios, pase el
antec.,
frecuentemente y para la comprobación de un hecho sensible, niego el antec.
3.-
Muchos dan el testimonio de que no ha sucedido un milagro, y serán pocos los
que den testimonio de que ha sucedido ese milagro. Luego, debe prevalecer
siempre el testimonio de los que lo niegan.
Dist.
el antec.
Muchos dan testimonio de que el milagro no se da ordinariamente, pase el
antec., pero con relación al hecho particular que se afirma, niego el
antec. y niego el consecuente y la consecuencia.
4.-
CONTRA LA COGNOSCIBILIDAD FILOSÓFICA
Para
que conste la verdad filosófica del milagro, debe constar que han sido
excluidas las fuerzas ocultas de la naturaleza. Es así que esto no podrá
constar nunca con certeza. Luego, Conc. la mayor y nieto la menor.
Frecuentemente, según el modo de obrar, solamente mediante la voz y el imperio de la voluntad, sin manipulaciones ni instrumentos, más aún, con medios a veces naturalmente contrarios, consta suficientemente que no se han aplicado las fuerzas de la naturaleza, a no ser que se quiera caer lógicamente, en un pleno excepticismo. Además, a veces consta también y claramente, que en toda la naturaleza no existen fuerzas para realizar alguna cosa, como es la resurrección de un muerto.
5.-
En otro tiempo también se creía que no existían en la naturaleza fuerzas para
algunas cosas (por ejemplo, para la radio, la televisión, etc.), y sin embargo,
se ha comprobado después que son plenamente naturales. Luego, siempre podemos
temer que las fuerzas de la naturaleza se extiendan hasta aquello que suponemos
milagroso.
Dist,
el antecedente.
En otro tiempo se pensaba rectamente así, para los casos en
los
que no se empleaban instrumentos,
manipulaciones, una atención peculiar y estudio, conced., el atec. (y
con razón se pensaba así), en otro tiempo se pensaba así, si hubiesen visto
los instrumentos actuales, las manipulaciones y el modo artificioso o técnico
de actuar... subdist., se
hubiese juzgado así imprudentemente, conc., prudentemente, niego.
Igualmente dist. el consiguiente. Podemos temer razonablemente que las
fuerzas naturales se extiendan a algo, si hay razones para sospecharlo o se
aplican las fuerzas naturales, conc., el consiguiente, de lo contrario, subdist.
y podemos temerlo imprudentemente, conc., prudentemente, niego.
6.-
Toda religión apela al milagro. Ahora bien, siendo esto así, los milagros no
pueden ser un criterio cierto y válido de la revelación. Luego, Dist. la
mayor, Toda religión apela a los milagros verdaderos o falsos, o
simplemente estimados como tales y que requieren ser examinados, conc. la
mayor, como si tuviésemos que erradicar todos los milagros, niego la
mayor. Dist. la menor. Si esto es así, los milagros no pueden ser un
criterio de la revelación sin un examen adecuado, conc. la menor, no
pueden ser criterio de la revelación con un examen previo, niego la menor.
Esto es como si alguien dijese: Hay monedas falsas, luego, las monedas no sirven. Sin embargo, hay monedas verdaderas que, examinándolas, se deben distinguir de las falsas.
7.-
Como Dios puede permitir que alguien abuse de algún don "gratis dado"
(dado gratuitamente) y habitualmente concedido, v. gr., el don de absolver y de
consagrar, así también se puede abusar del don de realizar milagros. Luego,
nunca podremos saber si Dios aprueba los milagros en favor de alguna doctrina o
revelación.
Niego
la paridad.
Porque, aunque alguien abuse de estos dones sacerdotales, sin embargo, no se
frustra plenamente el fin para el que han sido concedidos, otra cosa sería si
alguien abusase del don de hacer milagros y los hombres no pudiesen conocer a
pesar de una diligente consideración de los adjuntos ó circunstancias, porque
este error redundaría en coarta del mismo Dios que da tal facultad y permite el
uso depravado de su sello divino y el milagro se frustraría llenamente en su
propio fin de ser el signo material de una cosa divina.
8.-
Se sopesa y se estudia la misma doctrina del taumaturgo, o sea, la doctrina
revelada para probar la verdad relativa de los milagros, y al mismo tiempo se
dice que el milagro es el criterio en favor de la doctrina revelada. Ahora bien,
en esto hay un circulo vicioso. Luego,
Dist.
la mayor.
Se sopesa y estudia la doctrina del taumaturgo en cuanto que es conforme con las
verdades racionales y con las verdades reveladas ya conocidas y comprobadas como
creíbles, conc., de lo contrario, lo niego. Contradist. la menor.
Más
objeciones en VAN LAAK, Repetitorium Theolog. fundam. Pronos 8.9.10.
B ) LAS PROFECÍAS
TESIS
15 - LAS
PROFECÍAS SON POSIBLES (I) Y DESPUÉS DE SU CUMPLIMIENTO SON COGNOSCIBLES COMO
CRITERIO DE LA REVELACIÓN (II)
Ahora tratamos de otro criterio primario, el, vaticinio, que es una especie en el género del milagro intelectual.
175.‑
NOCIONES
Por
PROFETA, de (profenu), se entiende el que predice (praedicere) alguna cosa, o el
que habla en lugar de otro (dicere proalio). En este último sentido significa
lo mismo que intérprete y puede tomarse en sentido amplio y en sentido
estricto.
En
un sentido amplio, se entiende del que habla por instinto de Dios
sobre las cosas divinas que se refieren a Dios, aunque no sean precisamente
ocultas, en sentido estricto, se entiende del ministro de Dios que manifiesta
algo oculto en cuanto al lugar (criptogmasia, telepatía), o en cuanto a los
pensamientos y deseos internos (cardiognosia), o en cuanto al tiempo.
176.- En el sentido técnico y apologético, del que ahora
tratamos, la PROFECIA es el conocimiento y la predicción determinada y
cierta de algún suceso futuro libre.
a)
Es un conocimiento: que alguien profetice de un modo humano, no delirando[3].
Este
conocimiento incluye dos cosas: la representación de la cosa y el juicio cierto
(al menos para la revelación pública) acerca de la significación y el origen
divino de la cosa representada. De lo contrario, es más bien un instinto
profético (Cfr. Jn. 11,51, cuando Caifás dice que es necesario que muera
un hombre por el pueblo).
b)
Es, una predicción determinada, no con palabras ambiguas y dudosas.
c)
Es una predicción cierta, no como una conjetura, casualidad o temeridad.
d)
Se trata de un suceso futuro libre de Dios o de la criatura racional. Por lo
tanto, no se trata de un futuro necesario que se podría calcular por la
ciencia. Ni tampoco conjetura que pudiese ser conocida por los espíritus, como
un hambre, una buena cosecha. Esto sería respecto a nosotros con vaticinio
relativo[4].
177.-
1)
DIVISIONES DE LA PROFECÍA
Por
razón de la facultad por la que son percibidas inmediatamente estas
cosas por el profeta, la profecía puede ser: corporal, si se perciben
inmediatamente por los sentidos externos, imaginaria, si se perciben
inmediatamente por la imaginación, intelectual, si se perciben inmediata
y únicamente Por el entendimiento. Pero, siempre, al menos mediatamente, se da
un elemento intelectual, o sea, el juicio acerca de la presentación de esa cosa
y de su origen divino. De lo contrario, serían profetas los que solamente
percibiesen una representación con los sentidos o con la imaginación (por
ejemplo, en la cena del rey Baltasar)
2) La razón del modo como se representan esas cosas, la representación profética puede ser, en vigilia, en éxtasis, en un rapto durante el sueño, en cuanto que alguno las percibe despierto, no en el sueño, o en éxtasis, es decir, en una paulatina abstracción de los sentidos, o en un rapto, o sea, una abstracción de los sentidos repentina, o por último en el sueño.
3)
Por razón del futuro que se vaticina, la profecía puede ser absoluta
o condicional, según que se prediga la cosa como absolutamente futura, o bajo
alguna condición que se debe cumplir.
4)
Por razón de la ejecución, puede darse la profecía de conminación,
predestinación o presciencia, según que con las palabras del profeta, se
signifique alguna conminación, predestinación o mera predicción de algo
futuro.
178.-
ADVERSARIOS,
fuera de los que rechazan toda acción milagrosa, los adversarios ahora más
directos son:
a)
Los que niegan la prescencia divina de los actos libres, como Marco Tulio
Cicerón, quién, "cuando quiere hacer libres (a los hombres) los hace
sacrílegos".(Cicero De Divinationes, Ag. de Civitate Dei).
b)
También los fatalistas, que dicen que todo ocurre necesariamente y
niegan los sucesos libres.
c)
Otros, como los protestantes liberales y modernistas, quienes explican
como interpolaciones después de un suceso los hechos de los que consta
históricamente, otros lo explican por cierta fuerza poética y nervios
excitadísimos que conducen a una cierta intuición, o como los teósofos,
por la participación natural de la ciencia de un ser superior.
179.- DOCTRINA DE LA IGLESIA
Claramente
está en el Concilio Vaticano I (F 1790): las profecías son hechos
divinos" & luego, posible) y "signos certísimos de la revelación
divina" (luego, cognoscibles también como criterio de la revelación),
Cfr.
además del juramento antimodernista (D 2145).
VALOR
DOGMÁTICO
La
Tesis es de fe divina y católica, porque está contenida en la Escritura, y en
el Magisterio de la Iglesia se enseña como revelada, al menos en magisterio
ordinario. Cfr. también D.1790, " y nuevamente está escrito..."
180.-
PRUEBA 1ª. PARTE
- LAS PROFECÍAS SON POSIBLES
Dios puede revelar al hombre lo que sabe. Es así que conoce todos los futuros libres. Luego, podrá revelar al hombre los futuros libres. Luego, el hombre podrá conocer y preanunciar sucesos futuros libres[5]
181.-
PRUEBA 2ª. PARTE
- LAS PROFECÍAS SON COGNOSCIBLES COMO CRITERI0 DE LA REVELACIÓN, al
menos algunas veces (como decíamos del milagro). Para esto se requiere y basta
que pueda constar su triple verdad histórica, filosófica y relativa. Ahora
bien, puede constar de estas tres verdades.
1)
Para que conste de la verdad histórica, se requiere y es suficiente que
conozcamos con certeza:
a) que se ha realizado una determinada
predicción,
b) que se ha seguido el suceso libre
c) la conformidad entre uno y otro.
Es
así que esto podemos saberlo como cualquier hecho histórico. Luego, puede
constar la verdad histórica de la profecía[6].
2)
Para que conste la verdad filosófica se requiere y basta que conste que
han sido superadas las fuerzas de la naturaleza en la predicción y puede
constar:
a)
si se trata de un efecto futuro libre (y no manifestado anteriormente por su
b)
Constaría también de la sobrenaturalidad de la profecía, si la predicción se
hace
sin
temeridad, duda o conjetura probable. Podría también constar si predice el
hecho con muchas circunstancias y en muchas profecías, o como dependiente de
muchas circunstancias, de modo que se excluya el que esa misma cosa ocurra por
casualidad o si es una cosa sobrenatural o que depende únicamente de la
voluntad divina... Porque. así se excluye la temeridad en la predicción o la
conjetura probable, de tal modo que pueda constar con certeza de lo contrario[7].
3)
Para que conste de la verdad relativa, se requiere y es suficiente que
aparezca
claramente.
a)
que la profecía está en conexión con alguna revelación o testimonio de
ella misma. Es así que esto puede claramente manifestarse, v. gr., si el
legado apela al cumplimiento de un vaticinio emitido por él o sobre él mismo,
o si el legado que había de venir, se pronuncia como distinto de otros hombres
por sus propias características cognoscibles.
b)
Debe, además, constar que este nexo está aprobado por Dios, y esto
constará, como en los milagros, si no hay ninguna razón sólida para sospechar
de la falsedad del vaticinador. Y esto aparecerá por el examen de las
circunstancias (persona santa, modo honesto de obrar, fin bueno, efectos
salutíferos). Porque en estas circunstancias, Dios no puede permitir el abuso y
honrar al falsario por el cumplimiento de las profecías. Además, se privaría
Dios de un medio óptimo y exclusivo (en cuanto a los sucesos futuros libres, de
los que tratamos), de sellar su revelación[8].
Luego,
puede constar de la verdad relativa de las profecías.
Luego,
las profecías son recognoscibles como criterio de la revelación.
182.-
OBJECIONES
1.-
Si la profecía es posible, los futuros sucesos vaticinados ocurrirán
necesariamente. Ahora bien, en ese caso no se trata de un suceso libre. Luego,
Dist.
la mayor
- Los sucesos ocurrirán necesariamente con una necesidad consecuente al
ejercicio de la libertad previsto por Dios, conc. la mayor, con una
necesidad antecedente al ejercicio de la libertad, niego la mayor. Contradist,
la menor.
2.- Los gentiles profirieron también vaticinios. Luego, no se hacen por intervención de Dios.
Resp.
1) Consta que Cicerón tuvo aquél (de Apolo) pero falso y ambiguo y verdadero,
por casualidad.
En
cuanto a los vaticinios de las sibilas, se tienen hoy como interpolaciones
después del suceso
2)
No repugnan por lo dicho que algún gentil fuese profeta.
3)
También en las sesiones espiritistas los que están en un sueño hipnótico,
dicen y manifiestan muchas cosas maravillosas. Luego, el vaticinio es algo
natural.
Resp.
En esas sesiones se deben atribuir muchas cosas a un simple fraude, realizadas
en la oscuridad, con imposturas y trampas para engatar. También por la
anormalidad de un estado psíquico, de modo que profieren muchas cosas tomadas
de conocimientos pretéritos, aptamente unidas (como aquélla que hablaba en
hebreo de aquellas cosas que siendo joven había oído a su pastor religioso
cuando éste leía en alta voz la Biblia hebrea).
Además,
consta la diferencia con los vaticinios cristianos, aún los relativos
por el modo de
obrar
en los vaticinios genuinos, por un modo de obrar santo manifiesto,
reverente para con Dios, no vanc, no frívolo... totalmente contrario a las
sesiones espiritistas.
De
donde, si se dice algo maravilloso y se prueba que no se puede atribuir a
causas naturales sensibles (hablamos condicionalmente, hipotéticamente),
alguna vez se podrá sospechar del influjo superior de algún espíritu,
que permitiéndolo Dios, se entremete en el curso del mundo.
4.-
Se dice a veces que hay hombres que tienen el poder de conocer lo que ocurre a
distancia (v. gr., algunos en Westfalia).
Resp.
No todas las fuerzas de la naturaleza son conocidas suficientemente(v. gr., la
telepatía), pero ni lo que se cuenta ocurre en una sola región, parece
insinuar que se puede atribuir a una causa natural.
En
muchas de esas maravillas de que se habla, difícilmente consta de una prueba
histórica y clara, sino que el vulgo mezcla muchas cosas y frecuentemente
falsas, y especialmente, las que se refieren al conocimiento de los futuros
libres que no hayan sido conocidos por una conjetura y, por casualidad. Dando
por impuesta la realidad de los hechos, decimos que no aparece una
repugnancia total y omnímoda de que los hombres (no sólo los espíritus puros)
conozcan cosas distantes y pasadas[9].
183.-
ESCOLIO
- SI SE REQUIERE PER SE (DE SUYO, PROPIAMENTE) UNA ILUSTRACIÓN INTERNA
SOBRENATURAL PARA CONOCER CON CERTEZA EL HECHO DE LA REVELACIÓN
a)
Para que el hombre pueda percibir la fuerza probativa de los criterios del hecho
de la revelación y estar, por tanto, cierto de la verdad objetiva de la
revelación, no se requiere por si (de suyo), es decir, por la misma naturaleza
de esta materia y de las facultades de los hombres, sino que preste atención a
estos criterios que son una, luz objetiva, Por lo tanto, sin una
ilustración interna sobrenatural, o sin una luz subjetiva, con tal que
tenga una disposición subjetiva por parte de sus facultades, el hombre tiene
potencia física para formar los juicios de credibilidad y de credentidad.
Porque para esto es suficiente el tener entendimiento y atender a los motivos y
criterios propuestos que prueban con certeza.
b)
Pero, si negamos que la gracia sea, de suyo físicamente necesaria para
formar estos juicios de credibilidad y credentidad, no pretendemos, por eso, negar
una cierta necesidad moral del auxilio divino, sea amplia (lata), sea
estricta, en ciertos casos, es decir, es tan grande la dificultad sicológica en
algunos sujetos para demostrarse a sí mismos esos juicios y convencerse por
ellos, que podemos decir con algún juicio prudente que algunos individuos, o
apenas o nunca llegarán a formarse esos juicios.
Así,
por ejemplo, aquellas personas que han estado imbuidas durante largo tiempo por
prejuicios filosóficos arraigados del idealismo, materialismo, etc., los que
por su desenfrenada fantasía, no tratan de darse a ningún trabajo de un serio
razonamiento y tienen especiales dificultades para la vida intelectual o los que
se han alimentado de vicios, etc.
c)
De hecho, como enseñan los teólogos que tratan de la fe, tales juicios
de credibilidad y de credentidad están ordenados por Dios al fin sobrenatural
que constituye al ahombre y son, por lo tanto, actos al menos
extrínsecamente sobrenaturales.
Aún queda la pregunta de si estos actos son también de hecho , entitativamente sobrenaturales.
d)
Para esto debemos recordar que la fe teológica, o sea, el asentimiento
intelectual a una verdad revelada por Dios (y movidos a ese asentimiento) por la
autoridad de Dios que revela (no la fe puramente natural o científica), es
entitativamente sobrenatural, e igualmente es entitativamente sobrenatural el
imperio de la voluntad que impera directamente este asentimiento, porque
nosotros no podemos (D180) por la fuerza de la naturaleza, (luego, se requiere
físicamente la gracia elevarte) elegir algo que pertenece a la
salvación de la vida eterna, ni consentir a la predicación evangélica
sin la iluminación e inspiración del Espíritu Santo que da a todos la
suavidad en el consentir y creer a la verdad.
Luego,
asún este imperio de la voluntad, o sea, el "pius credulitatis
afecctus", como ahora se suele llamar por los teólogos, deba por un acto
sobrenatural, como todo acto salutífero que conduce positivamente a la
salvación.
Pero
este imperio de la voluntad, como la misma fe, no es de ningún modo, un
movimiento cielo del alma (D 1791), sino que es un obsequio conforme a la
razón (D 1790), el cual presupone un juicio de credibilidad cierto,
o sea, un juicio cierto del hecho de la revelación divina y un juicio cierto
de credentidad, o sea, un juicio cierto de la honestidad y de la obligación
de creer.
Así
pues, el imperio de la voluntad por el que la fe se determina, supone, a su vez,
un juicio próximo práctico de credentidad (ahora conviene y debe creer)
y por ese juicio se determina el mismo imperio de la voluntad. Pero porque por
este juicio se piensa algo que pertenece a la salvación de la vida eterna, no
puede hacerse por las fuerzas naturales (D. 180) y es un juicio entitativamente
sobrenatural. Y conviene, en verdad, por otra parte, que el principio que
mueve (moralmente) al "pium credulitati affectum" (al imperio de la
voluntad) esté en el mismo ordena sobrenatural que el mismo afecto de
credulidad.
De
un modo semejante, como se afirma comúnmente, se verifica en el juicio
último de credibilidad (esto es, ahora, creíble para mí), que dirige y
conduce positivamente al "pium credulitatis efectum". Así pues, este
juicio último de credibilidad es un juicio entitativamente sobrenatural.
Y
tampoco repugna (más aún parece que es así) que los juicios remotos de
credibilidad y los juicios remotamente prácticos, cuántas veces retienen en el
orden de la providencia como gérmenes e inicios de la fe, son también
entitativamente y no sólo extrínsecamente sobrenaturales. Porque por estos
juicios se piensa algo que pertenece a la salvación (aunque remotamente), y
además, el Vaticano I habla de los auxilios internos del Espíritu Santo antes
de la fe (D 1790).
Pero
debemos notar que esta acción de la gracia elevarte da ciertamente un valor
sobrenatural al acto elevado, pero, generalmente, no es un dato inmediato de
la conciencia, de donde tampoco se muda la índole lógica y sicológica
normal de ese acto.
a
)
Afirman la necesidad de una luz interna, los protestantes conservadores, que
exigen esa ilustración interna para conocer como divina la externa proposición
de la revelación por la Sagrada Escritura.
Además,
de un modo semejante, hacia el año 1.700, J.B. GORMAZ y J, DE ULLOA.
Y
también P. ROUSSELOT, al enseñar los motivos de esa credibilidad, dice que,
aunque tengan un valor objetivo y muevan al asentimiento, sin embargo, no se
pueden percibir como tales sin el auxilio sobrenatural de la gracia, es decir,
sin la luz de la fe ("les yeux de la foi" ( los ojos de la fe)). Así
se explica porque unos creen y otros no.
Según
este autor, la impotencia del entendimiento para percibir el nexo entre el
motivo de credibilidad con la verdad revelada, y la necesidad de la gracia que
lo eleva, no son meramente morales, sino verdaderamente físicas, y el milagro
no es el objeto de un juicio de la razón meramente natural, sino que, para que
se perciba como es, como un signo de la verdad sobrenatural, se requiere esa
gracia interna. De lo contrario, aunque en el milagro exista la fuerza objetiva
para probar el hecho de la revelación, sin embargo, le falta al entendimiento
la fuerza física sintética para percibir ese nexo
Pero
con esa luz, el hombre ve la conexión entre el motivo o signo y la verdad
revelada: a) cuando el motivo se propone con perfección y este es el
caso de les hombres doctos, b) cuándo la prueba no se propone
plenamente, y éste es el caso de los rudos y de los niños, c) más
aún, también, cuando el motivo, aunque de hecho esté unido con la verdad sin
embargo, no tiene una conexión necesaria y de derecho con ella, como en el
niño católico que cree por el testimonio del párroco o de su madre.
184
.- DOCTRINA DE LA IGLESIA
Supone
plenamente esta potencia física del hombre para que pueda conocer con certeza
el hecho de la revelación divina.
Así,
en las proposiciones que debió suscribir BAUTAIN (D 1623-1627).Porque esta
última dice así: “Aunque la razón quedó debilitada y oscurecida por el
pecado original (habla, como claramente se ve, de la razón natural, no en
cuanto elevada), quedó, sin embargo, en ella bastante claridad y fuerza para
conducirnos con certeza al conocimiento de la existencia de Dios y de la
revelación hecha a los judíos por Moisés y a los cristianos por nuestro
adorable hombre Dios",
También
en la carta de Pío IX, Qui Pluribus (9 Noviembre 1846), se enseña
abiertamente, tratando de las relaciones entre la fe y la razón, que es propio
de la razón humana (y se trata de la razón, en cuarto razón contradistinta a
la fe, inquirir diligentemente sobre el hecho de la revelación divina, para que
le conste con certeza que Dios ha hablado (D. 1637), y
habiendo propuesto varios y diversos argumentos racionales para probarlo
(D. I638), concluye por fin: "conociendo clara y patentemente por estos
argumentos, a par luminosísimos y firmísimos, que Dios es el autor de la misma
fe, la razón humana no puede ir más allá..." (D. 1639) Cfr. 2120 ( Pío
X, De Philosophiae munere).
En
el juramento antimodernístico, se habla de los milagros como de signos
certísimos del origen divino de la religión cristiana y acomodados a la
inteligencia de todos los hombres (D. 2145). Lo que ya se indicaba en el
Concilio Vaticano I, que llama también a los milagros señales certísimas de
la revelación divina y acomodados a la inteligencia de todos (D. 1790).
Si
pues, se dice que estos signos se acomodan a la inteligencia de todos los
hombres, se insinúa su valor para mover la mente de los hombres, aún sin el
auxilio interior de la gracia, porque no parece que se pueda decir que son
acomodados a la inteligencia de todos, si se requiriese el auxilio interno para
reconocer su valor probativo.
Y
abiertamente, se enseña la doctrina que proponemos, en la Encíclica "Humani
Generis": "la mente humana puede a veces sufrir dificultades hasta
para formar un juicio cierto sobre la "credibilidad" de la fe
católica, no obstante ser tantos y tan maravillosos los signos externos
divinamente expuestos, por los que, aún con la sola luz natural de la
razón, puede probarse con certeza el origen divino de la religión cristiana.."
(D. 23G5).
VALOR
TEOLÓGICO
de la proposición que defendemos: doctrina católica, puesto que según
los documentos precedentes, se enseña en toda la Iglesia católica y, sin
embargo, no tiene una cualificación superior como de fe.
185.-
LA RAZÓN DE NUESTRA AFIRMACIÓN
está en el hecho de que la Iglesia suponga plenamente, por los documentos
precedentes y por todo su modo de obrar, el valor científico y apologético de
los criterios de la revelación.
De
donde se puede demostrar científica y rigurosamente, aún a los no creyentes,
la racionalidad de nuestra fe y la obligación de creer. Aún, "los
demonios creen y se estremecen" Iac 2,19), pues claramente ven que debe
creerse lógicamente lo que Dios atestigua con sus signos y, por lo tanto,
tienen una fe, meramente científica, pero no teológica y sobrenatural, por que
otra coca es que ellos quisieran creer y prestar este obsequio a Dios,
como es necesario para la salvación, lo que rechazan absolutamente y para esto
se requiere la gracia de Dios.
Está,
además, a favor de nuestro aserto, la razón interna antes indicada. Porque,
para que alguien se forme los juicios de credibilidad y de credentidad, de suyo,
no aparece ningún otro requisito, sino que el hombre tenga entendimiento y lo
aplique a los argumentos naturales ( filosóficas e históricos) que prueban con
certeza y convención de esos juicios.
Muchas
OBJECIONES en S. TROMP. De revelatione p.179-182.
[1]
Esto mismo se indica luminosamente y se prueba en la obra de J. A. Pérez
del Pulgar S.J. y J.. Orland,
S.J.. Introducción
a las Ciencias fisicoquímicas
(Conferencias dadas en la Facultad de Filosofía del Colegio Pignatelli, a
1934‑1935) Ediciones I.C.A.I. ( Lieja) .
Se
llamé ley estadística, la ley que ha sido determinada por
procedimientos estadísticos, esto es, por una serie de puntos. Ley
dinámica, llamamos, a la determinada por observación directa y continua
con asignación de límites " (p.17).
"Para
nosotros, el adjetivo estadístico no indica un carácter estadístico
de la ley, sino que califica simplemente el proceso experimental mediante e1
cual hemos llegado a formularle.
"Para
el relativismo crítico, las leyes que ellos llaman estadísticas,
expresan que los hechos fuera de nuestro entendimiento están
indeterminados, al menos, hasta el momento en que ocurren, existiendo a parte
nei (en la misma cosa), solo una probabilidad de que se determinen de un
modo o de otro. De modo que el relativismo crítico atribuye también a la
palabra probabilidad un sentido objetivo, en tanto que nosotros
sostenemos como vamos a demostrar más tarde que la palabra probabilidad se
refiere solo a nuestro conocimiento, o mejor, la ignorancia en que
estamos de la ley efectiva que liga entre sí los hechos, y aunque nosotros
no la conozcamos con exactitud, podemos llegar a adquirir certidumbre
absoluta de su existencia" ( ibid p.18).
"
En la ley determinada por puntos, no hay ley, sino una serie de hechos que
hace pensar en la existencia de una ley y nos da una cierta probabilidad de
que luego vuelva a ocurrir tal fenómeno". (Ibid p.18).
Sobre
las leyes estadísticas y las leyes en el universo, trata J.M, Riaza, S.J.,
Ciencia Moderna y Filosofía (Madrid 1961) c.30 ( Leyes en el Universo.
p.629 sig.)
[2]
''Por otra parte" Si admitimos, en virtud de un cálculo aproximado,
que la cantidad total de electrones es un número que habría de escribirse
con ochenta cifras, a la que se inclinan los astrónimos, y variamos
indefinidamente su posición en el espacio, distancias mutuas y actividades
diversas que pueden ejercitar unos en otros, no solamente obtendríamos
cifras aterradoras, sino matemáticamente infinitas por varios titules
acumulados, es decir, infinitos multiplicados varias veces por infinitos...
Sin salirnos de los principios elementales del cálculo de posibilidades, la
posibilidad de que procedan (por pura casualidad los agentes naturales) con
la constancia uniforme y universal que presenciamos, estaría
matemáticamente expresada por una fracción cuyo numerador fuese de unidad
y el denominador el infinito múltiple antes mencionado, es decir, no
solamente nula, sino con nulidad múltiple, del mismo grado que ese
infinito" ( A Due, La Acción de Dios y la Ciencia pag. 85 sig.)
De
donde a la objeción, conc. el primer miembro,
conocemos la imposibilidad de determinar con certeza cada uno de los
movimientos de los elementos. Dist. el segundo miembro: solo
percibimos el resultado total de la masa, esto es, ignoramos el modo de
determinar el curso de los últimos elementos en el microcosmo, conc.,
y por eso obran libremente o no tienen leyes algunas que determinen el
movimiento, niego.
[3]
Para la profecía no se requiere el éxtasis, cromo decían los montanistas.
Dios usa del profeta como un instrumento tal cual es, es decir, humano, de
modo que conozca lo que dice, aunque no requiere una ciencia perfectísima
(2.2.q. 173.2.a.3).
[4]
Algunos autores tratan también de estos vaticinios relativos, que
pueden ser signos, si de un modo semejante al que decíamos de los milagros
relativos, constase de que son hechos por Dios por el hecho de que Dios
fuese su causa moral y final. Si Dios solamente lo permite, entonces
no sería un verdadero vaticinio, sino una adivinación, de la cual trata la
Teología Moral.
[5]
Esta prueba de la posibilidad, si no se restringe el vaticinio de un objeto
sobrenatural, sino que sólo se extiende al vaticinio preternatural, parece
positiva.
[6]
No se requiere que cuando se hace la predicción se conozca plenamente la
profecía, pero basta con que se entienda una vez que se ha seguido el
efecto. Aunque la profecía sea oscura, de suyo, se esclarece en su
cumplimiento. Así, Varios vaticinios del A.T. y de Nuestro Señor
Jesucristo que se han entendido después.
[7]
BUCHEL, S.J., ofrece un compendio de los conatos e hipótesis que se han
hecho para explicar naturalmente la precognición del futuro de algunos
criterios, por los cuales se distingue la profecía auténtica de los
presentimientos, ya por la razón de la certeza y seguridad, ya por la
razón de la amplitud y de la conexión interna de las cosas que se
vaticinan. Recordemos que la auténtica profecías en el sentido
estrictamente apologético, trata de los futuros estrictamente libres, que
no se conocen con anterioridad por conjetura o presentimiento o
adivinación.
No
decimos nada de la verdad teológica de la profecía, como decíamos
de los milagros, n. 170, 173, es decir que debe constar que está hecha
precisamente por Dios. Porque, si consta de la verdad filosófica, es decir,
que se trata de una verdadera profecía de un suceso futuro libre, siempre
tiene la verdad teológica, o sea, que es conocida solamente por Dios.
[8]
Requerimos esto y lo examinamos porque, aunque la genuina y estricta
profecía se produzca por la ciencia divina, sin embargo, no parece que, de
suyo, quede excluido el que, alguien dotado del don profético, abuse de
él, como se podría pensar del abuso de los milagros, aunque se tendrá que
excluir esto, especialmente si se trata de los vaticinios relativos.
No
repugna que alguna vez use Dios de un seudo‑profeta, como era Balaam
(2 Ptr. 2,15, Apoc. 2,14) para proferir profecías genuinas (num 23,1 ss.),
pero, por las circunstancias concretas constará que en ese caso habla por
instinto divino.
Ni
repugna que un gentil, v. gr., Virgilio, fuese un profeta, como lo estimaron
algunos, Padres y teólogos del medioevo. Pero si consideramos atentamente
aquella perícopa, estimada proféticas vemos que no se trata de un
vaticinio mesiánico, sino de una edad feliz periódica y esperada... "Novus
ab integro saeclorum nascitur ordo" (Nace plenamente un nuevo orden de
los siglos"). Ni el hijo esperado de (Polion o del emperador) es el
autor y la causa de esa edad, sino algo que le es concomitante.
[9]
Según el R.P. SCHLAGENHAUFEN, (Theolog. fundamentalis
n.131, "Mas aún (no parece que repugna absolutamente), el que se
puedan conocerlas cosas futuras, si ya son presentes por la voluntad y por
la intención".