CLARISAS. HISTORIA.


Reciben este nombre las religiosas que reconocen a S. Clara de Asís por madre y fundadora y observan la regla por ella dada o prescrita a sus hijas por los Papas que se inspiraron en aquélla y en el espíritu de la santa. Las diversas ramas, que se distinguen además por las constituciones, son las siguientes: damianitas, urbanistas, coletinas, capuchinas y clarisas del Santísimo Sacramento. Por tanto, no deben reconocerse por tales las concepcionistas franciscanas (v.), las anunciadas, de Francia, y las isabeles.
     
      Fundación y espíritu. Las c. traen su origen de S. Francisco de Asís aunque tienen también por madre y fundadora a S. Clara (v.). La fecha del comienzo de la Orden debe señalarse la noche del 18 al 19 mar. 1212, en que Clara vistió hábito semejante al de los frailes menores y emitió los tres votos. Más tarde, instaladas la santa, su hermana Inés y varias otras jóvenes en la iglesita asisiense de S. Damián y casa contigua, comenzó a organizarse aquella pequeña comunidad bajo la dirección de Clara y ajustándose a las normas de vida trazadas por S. Francisco (v.).
     
      Las c. son la adaptación del ideal franciscano al mundo monástico femenino. Forman notas características suyas la altísima pobreza, vida de contemplación, rezo coral del oficio divino, entrega a la penitencia y mortificación, aislamiento del mundo por medio de rigurosa clausura, y atención a las necesidades materiales con su trabajo manual o la caridad de los seglares. Los monasterios conservarían entre sí absoluta independencia, gobernados según la regla, las constituciones, estatutos o costumbres particulares de cada uno. Deben destacarse dos puntos importantes: primeramente fueron los frailes menores quienes, tanto en lo espiritual como en lo material, atendían a las c., que vivían sujetas a aquéllos. Con el correr de los años los frailes fueron poco a poco eludiendo dicho compromiso y las religiosas pasaron a la jurisdicción de los obispos. Por otra parte, la estrecha pobreza, observada con el mayor rigor en los comienzos, fue mitigándose con autorización de los Papas, que permitieron y a veces impusieron rentas o posesiones, lo que ocasionó notable relajación. Las c. han sabido reaccionar y hoy día ningún monasterio tiene ni rentas fijas ni posesiones; sólo se autoriza una dote módica, que más bien resulta simbólica.
     
      El fin primordial es la propia santificación, llevando vida pobre, mortificada y penitente, dedicada a la oración y contemplación. Ya con anterioridad, pero sobre todo desde 1930, se advierte entre las c. una apertura hacia actividades externas, como enseñanza, asistencia social, etc., lo que se ha plasmado en realidades en bastantes monasterios, particularmente después de la const. Sponsa Cristi (1950).
     
      Aprobación. Aquel género de vida llevado por la comunidad de S. Damián fue aprobado por el obispo de Asís. Pero los monasterios fueron aumentando y era precisa la sanción pontificia. Y como las normas de vida dadas por S. Francisco, no constituían una regla estricta, y además el conc. IV de Letrán (1215) eXIgió para la aprobación elegir una de las reglas ya reconocidas, el card. Hugolino de Ostia, protector de las c., escogió para éstas la de S. Benito, a la que añadió (1219) estatutos de extremado rigor, imponiéndoles, entre otras cosas, estrecha clausura y renuncia a toda propiedad. Sin embargo, el mismo Hugolino, siendo cardenal y más tarde Papa (Gregorio IX), ofreció y concedió posesiones a varios monasterios, originando así enorme confusión. Inocencio IV quiso poner remedio y, con su bula del 6 ag. 1247, quitó la regla benedictina, dio otra nueva de menos rigor y autorizó rentas y propiedades. Como nada se adelantó con eso, S. Clara se decidió a redactar una regla propia, inspirada en la de los frailes menores, que fue aprobada por Inocencio IV (9 ag. 1253) pero obligando sólo a las monjas del monasterio de S. Damián; más tarde fue adoptada por otros monasterios y en el s. XV la puso en pleno vigor S. Coleta (v. ii); esa misma fue adoptada por las capuchinas en el s. XVI y oficialmente se llama primera regla de S. Clara. La denominada segunda regla se debe a Urbano IV. En su propósito de dar uniformidad y hacer una única Orden de S. Clara, la implantó. con su bula del 18 oct. 1263. Está inspirada en la de la santa fundadora y en los estatutos de Hugolino, pero permite rentas y posesiones. Por eso encontró gran oposición entre las religiosas, que acabaron por dividirse en dos observancias: las llamadas simplemente Clarisas o Damianitas y las Urbanistas.
     
      Reformas. En el s. XIV se nota bastante relajación tanto entre los frailes menores como entre las c. Surgió luego entre aquéllos una fuerte reacción de reforma, y lo propio se verificó en éstas. Tal reforma, por lo que a las c. de Italia se refiere, fue obra de la Santa Sede, que se valió a tal objeto de los frailes menores de la Observancia. Fuera de Italia la principal reformadora fue S. Coleta de Corbie (m. 1447). Inició su labor a poco de profesar en 1406; puso de nuevo en todo su vigor la regla propia de S. Clara y dio además a las religiosas constituciones especiales, que fueron aprobadas por Pío II (1454). Esta reforma de las coletinas, llamadas también descalzas, se extendió a otras naciones, entre ellas España donde las primeras reformadoras llegaron en 1462, fundando primero en Gandía y más tarde en otras poblaciones numerosos monasterios, entre ellos el de las Descalzas Reales de Madrid, trabajando asimismo en reformar otros ya existentes. Colaboraron en esta empresa los frailes menores de la observancia, empeñados en que aquéllas aceptasen rentas y posesiones, como las urbanistas, a lo que no se avinieron, como tampoco a lo dispuesto por el conc. de Trento a tal respecto. Por eso continuó la división existente entre c. urbanistas y c. coletinas o descalzas. Las distancias, sin embargo, se han ido acortando, aun en orden a la pobreza, y la realidad es que, hoy en día, las diferencias son mínimas. Más adelante se dieron otras reformas de escasa importancia, que sólo enunciamos: las recoletas (s. XVI), c. de la estrecha observancia (1631), y las descalzas de S. Pedro de Alcántara (1676).
     
      Otras ramas. No como reforma sino como rama de las c. deben ser tenidas las capuchinas fundadas en Nápoles (1535) por una dama española, María Lorenza Llonc (1463-1542), quien impuso a una comunidad terciaria, por ella establecida, la regla de S. Clara, añadiéndole estatutos muy rígidos, calcados en las constituciones de los capuchinos, cuyo hábito también imitó. Fueron aprobadas por Paulo III (1538). El P. Jerónimo de Castellferreti, capuchino, redactó las constituciones (1610), que aprobó Urbano VIII (28 ag.-1628) y que rigieron hasta 1927. Su primer convento en España fue el de Granada (1587).
     
      Otra rama son las c. del Santísimo Sacramento, fundadas (1898) en Bertinoro (Italia). Observan la regla de S. Clara, teniendo como especialidad la adoración del Santísimo Sacramento; también se dedican a la enseñanza y obras de caridad. Sus constituciones fueron aprobadas en 1915 y reformadas en 1933. No se han extendido a España.
     
      Historia y expansión. Al monasterio de S. Damián sucedieron pronto varios más; en 1218, eran ya cinco, y en 1228, 25; a la muerte de S. Clara (1253) eXIstían 47 en Italia, nueve en España, cuatro en Francia y cinco en Alemania. La primera nación en recibir las c. fue Francia (1220), luego España, comenzando por Pamplona (1228); seguidamente Alemania (1230), países eslavos (1236), Bélgica (1252), Portugal (1258), Inglaterra (1294), Holanda (1349) y tierras de Oriente (1257). Pasaron a América (1551) y se establecieron en Perú (1558); las capuchinas lo hicieron en 1665 y la primera fundación fue en México. En 1384 se contaba ya 404 monasterios y unas 15.000 religiosas; en 1587 eran 600 los monasterios, de ellos 252 en España y América, 191 en Italia, 80 en Francia, 35 en Portugal, 28 en Alemania, etc., con unas 30.000 c.; en 1680 el número de monasterios subió a 925. Pero también las c. experimentaron los tristes efectos del protestantismo y más tarde de la Revolución francesa y de las supresiones habidas en el s. XII; España fue en eso una excepción. Pasados esos años, volvieron a aumentar, de tal modo que, en 1907, eran ya 518 los monasterios, con 10.000 religiosas, y en 1936 eran aquéllos 610, de los que había 343 en España, América y Filipinas. De los 636 monasterios de c. más 85 de capuchinas, existentes en 1942, había en España 233 de aquéllas y 32 de éstas.
     
      Según las últimas estadísticas, las c. tienen 638 monasterios con 12.221 religiosas; las capuchinas, 116 monasterios con 2.568 religiosas, y las del Santísimo Sacramento, 20 conventos con 300 religiosas. Todas ellas están sujetas a los obispos, a excepción de seis monasterios de c. y cinco de capuchinas. El régimen de las casas es de total independencia entre sí, aun en la elección de las abadesas; las distintas ramas conservan las respectivas reglas y constituciones. Las últimas de las c. urbanistas fueron aprobadas el 12 mar. de 1930; las de las coletinas o descalzas, el 19 nov. 1931, y las de las capuchinas, el 12 jul. 1927. Unas y otras están ahora agrupadas en federaciones; en España hay ocho de c. y dos de capuchinas; a estas últimas se han agregado casi todas las de América. Las federaciones se rigen por Estatutos especiales; los de las c. fueron aprobados en 1956 y los de las capuchinas en 1955.
     
      V. t.: CLARA DE Asís, SANTA.
     
     

BIBL.: L. DE AsPURZ, Manual de historia franciscana, Madrid 1954, 429-448; D. CARBAjo, Elementos de historia de la Orden franciscana, Murcia 1958, 621-636; R. DE NANTES, Les origines de l'Ordre de Sainte Claire, «Études Franciscaines», 28 (1912), 105-185; A. IVARS, Origen y propagación de las Clarisas coletinas o descalzas en España, «Archivo Ibero-Americano» 21 (1924) 390-410; 23 (1925) 84-108; 24 (1925) 99-194; 1. TORRADEFLOT, Crónica de las monjas capuchinas en España, Manresa 1907; Santa Chiara d'Assisi. Studi e cronaca del VII centenario (1253-1953), Asís 1954, 313-542; M. DE BARCELONA, Estudio crítico de las fuentes históricas de S. Francisco y S. Clara, Barcelona 1921.

 

BUENAVENTURA DE CARROCERA.

Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991