CITEAUX, MONASTERIO DE


Situado en la región de Borgoña, Francia. Su importancia radica en el hecho de haber sido el monasterio que dio origen a la Orden monástica cisterciense. Los inicios y el objetivo de su fundación fueron narrados por «los primeros fundadores de la Iglesia de Citeaux» en el Exordium cisterciensis coenobii (Parvum Exordium, PL CXLVI, col. 1501 ss. Una redacción posterior de mayor extensión, que incluye narraciones edificantes constituye el Magnum Exordium, PL CLXXXV, col. 995 ss.). En 1098, 21 monjes de Molesme, bajo la dirección de su abad Roberto, se establecieron en la selvática soledad del bosque de C. con el ánimo decidido a practicar la Regla de S. Benito al pie de la letra. Los monjes del «Nuevo Monasterio» renunciarían a todas las costumbres introducidas posteriormente a S. Benito, a la vez que reasumirían todo cuanto había caído en desuso, en especial el trabajo agrícola. El sucesor de Roberto, Alberico (1099/1100-09) procedió a la consolidación jurídica de C. Ya en el 1100 obtuvo de Pascual II el «Privilegio Apostólico», en virtud del cual el «Nuevo Monasterio» se ponía al abrigo de cualquier ingerencia eclesiástica o secular, sin dar lugar por ello a la exención respecto a la autoridad episcopal. Se redactaron las Instituta monachorum cisterciensium de Molismo venientium (cap. 15 del Parvum Exordium). Cabe destacar en ellas, además del respeto absoluto a la Regla de S. Benito, el auge que se dio a la institución de los hermanos legos o laici conversi. Los monjes de C., ajustándose a la norma benedictina de no preocuparse del color y tosquedad de los vestidos, cambiarían la cogulla negra ya tradicional, por la blanca o más bien no teñida; de ahí la distinción entre monjes negros y blancos. El tercer abad de C. fue el inglés Esteban Harding (1109-33). Su obra capital fue la Charta charitatis, base jurídica de la Orden. Se organizaba el gobierno de la misma y se consagraba el vínculo espiritual y jurídico que debería unir todas las fundaciones salidas de C. Cada monasterio gozaría de una cierta autonomía, se reconocía el derecho de apelación y se establecía un régimen de visitas. Las decisiones empero de orden más general incumbían al Capítulo anual de abades reunidos en C. La Regla benedictina debía ser observada en todos los monasterios tal como se practicaba en C. y se prescribía asimismo la uniformidad en el canto y en los libros litúrgicos. Una primera redacción de la Carta fue aprobada por Calixto II en 1119. Una segunda, que lo fue por Eugenio III en 1152 y ulteriormente por otros pontífices, eXIme a la Orden de la jurisdicción episcopal. Este documento marca un jalón muy importante en la Historia del Derecho monástico y del Derecho común de los religiosos.
     
      C. tuvo una vida difícil hasta que en 1112 un grupo de 30 clérigos y nobles llamaron a sus puertas; el alma de este movimiento era Bernardo de Fontaine, el futuro abad de Claraval (V. BERNARDO DE CLARAVAL, SAN). Este, acontecimiento marcó el inicio de la proliferación y de la prosperidad de C. La abadía vivió alternativamente épocas de estrechez económica y devastaciones, y épocas pacíficas en que gozó de la protección de muchos pontífices y del favor de príncipes. En 1791 C. fue confiscado y vendido, y su iglesia destruida. De las construcciones monásticas quedan apenas algunos restos. En 1898 los cistercienses reformados (trapenses) recuperaron C.
     
      De los 1.200 números del catálogo de la biblioteca de la abadía compuesto en 1480, subsisten 312 que se conservan en Dijon. Sobresalen, por su interés, entre otros, La Biblia de Esteban Harding, los Comentarios de San Jerónimo, y el Obituario de Citeaux.
     
      V. t.: CISTERCIENSES ;CLARAVAL.
     
     

BIBL.: J. M. CANIVEZ, Citeaux (Abbaye), en DHGE XII, col. 852-874; A. MANRIQUE, Annales Cistercienses, Lyon 1646; L. J. LEKAI, Les moines blancs. Histoire de l'ordré cisterciene, París 1957.

 

R. CIVIL DESVEUS.

Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991