CARTA PASTORAL


Suelen recibir este nombre los documentos escritos por los obispos (v.), en el ejercicio de su función magisterial, dirigidos a todos los cristianos de su diócesis (v.), sobre cuestiones relativas a la fe y a la moral.
      La misión salvadora y santificadora de Jesucristo fue confiada por éste a su Iglesia. Dentro de ella, hizo partícipes a sus Apóstoles y a sus sucesores de aquellos plenos poderes que había recibido del Padre. «Me ha sido dado todo poder en el cielo y en la tierra; id, pues, enseñad a todas las gentes, bautizándolas..., y enseñándoles a observar todo cuanto yo os he mandado»: Mt 28,18-20. El conc. tridentino recuerda este deber de enseñar (Sessio XXIII, cap. 1) y fundamenta su argumentación en el mandato de Cristo, que los Apóstoles cumplieron cuidadosamente, porque «no es razonable, decían, que nosotros abandonemos el ministerio de la Palabra de Dios para servir a las mesas» (Act 6,2) (v. MAGISTERIO ECLESIÁSTICO).
      El ministerium verbi, ejercido con todo celo por los Apóstoles, renovó la faz de la tierra y preparó el camino a la cristianización de los pueblos. El apóstol S. Pablo podía decir con toda verdad: «evangelizar no es gloria para mí, sino necesidad, y ¡ay de mí si no evangelizara! » (1 Cor 9,16); manejó con destreza y sin descanso el arma de la predicación y la recomendó encarecidamente a sus discípulos: «Predica la Palabra de Dios, insiste a tiempo y a destiempo, reprende, amenaza, exhorta con toda paciencia y doctrina», dice a Timoteo (4,2). El conc. Vaticano II recuerda también este sagrado deber a los obispos y ha dedicado todo un decreto, Christus Dominus, al oficio pastoral de los mismos.
      En función de este ministerio hablado o escrito, encontramos ya en los Apóstoles y en S. Pablo los orígenes de las c. p. Las diversas cartas y escritos del N. T. sirvieron de inspiración y modelo a diversos escritos pastorales, que toman, unas veces, la forma de cartas (S. Clemente Romano, S. Ignacio de Antioquía, S. Policarpo, S. Cipriano, S. Agustín, etc.; v. art. correspondientes) y otras, de tratados o manuales catequísticos de carácter litúrgico o constitucional, como son la Didascalia (v.) y otras Constituciones (v.) eclesiásticas, cuyos autores fueron casi siempre obispos. El aspecto magisterial del ministerio episcopal fue cuidadosamente cultivado por los Padres de la Iglesia. Basta recordar nombres como los de S. Atanasio, S. Cirilo de Alejandría, S. Basilio el Grande, S. Gregorio Nacianceno, S. Gregorio Niseno y S. Juan Crisóstomo en Oriente, y los de S. Hilario de Poitiers, S. Ambrosio, S. Agustín, S. Gregorio Magno y S. Isidoro de Sevilla en Occidente (v. art. correspondientes). Aparte de los escritos dedicados a temas muy concretos, abundan las cartas que tratan temas dogmáticos o disciplinares en forma sencilla, relacionados siempre con la vida religiosa, moral y espiritual de sus diocesanos. A esta época se remontan los que podríamos llamar «primeros directorios para la vida y ministerio pastoral de los obispos», como el Apologeticus de fuga de S. Gregorio Nacianceno (v.), la obra De sacerdoteo de S. Juan Crisóstomo (v.) y la Regula pastoralis de S. Gregorio Magno (v.), donde se traza la figura ideal del Buen Pastor. En estos documentos, obispos y sacerdotes aprendieron el difícil arte de llevar las almas a Dios, de gobernar sabiamente sus comunidades eclesiales y de conformar sus vidas con el modelo propuesto por el santo pontífice Gregorio Magno de «qualiter vivant, qualiter doceant».
      El eco de estos documentos tuvo resonancia a lo largo de la Edad Media y encontró continuidad en la época de la restauración católica en las Acta ecclesiae Mediolanensis de S. Carlos Borromeo (v.), en el Stimulus pastorum de fray Bartolomé de los Mártires (v.), y en un sermón de fray Luis de Granada (v.), De officio el moribus episcoporum aliorumque praelatorum, a los que bien pueden añadirse los Memoriales al concilio de Trento y las Advertencias al concilio de Toledó de S. Juan de Ávila (v.). En todos ellos se destaca, como uno de los principales deberes del obispo, la predicación de la Palabra de Dios y la evangelización (cfr. B. de los Mártires, o. c., 199-205). Complemento de estos escritos son los Apuntes en el régimen de la diócesis, de S. Antonio María Claret (v.). Su obra, su doctrina, su método de misionar en pueblos y ciudades influyeron extraordinariamente en España e Hispanoamérica y revelan al Buen Pastor que sabe ponerse en comunicación con sus ovejas a través de su predicación y de sus escritos pastorales.
      Desde esta época arranca una nueva forma de actividad episcopal a través de las Cartas pastorales. La aparición de los boletines oficiales diocesanos, que coinciden poco más o menos con el conc. Vaticano I (1869-70), favorece esta forma de actividad pastoral, que no sustituye en los prelados la obligación de predicar (v. PREDICACIóN), sino que la complementa, haciendo posible que su pensamiento y su voz lleguen a todos los diocesanos. A partir de la segunda mitad del s. XII es muy corriente encontrar c. p., sobre todo en los tiempos de Adviento y Cuaresma, en las que se abordan temas de carácter doctrinal relacionados con las necesidades y circunstancias de cada momento histórico. Muchas veces son muy largas, casi verdaderos tratados de teología sobre un punto determinado; constituyen una fuente importante del magisterio eclesiástico episcopal (v.).
      Las c. p. han de tener como principal objetivo orientar y formar la conciencia de los fieles en todos los problemas relacionados con la salvación eterna de sus almas. Dicha orientación han de recibirla de la doctrina evangélica, de la tradición de la Iglesia y del magisterio eclesiástico, que han sido y seguirán siendo para el pueblo cristiano una fuente de luz y de energía moral. Parece recomendable que, además de una base doctrinal segura y clara, las c. p. busquen la concisión, de tal suerte que puedan ser leídas al Pueblo de Dios de una sola vez y en un tiempo relativamente breve, puesto que lo más necesario suelen ser ideas claras, orientaciones precisas, concretas, capaces de edificar la Iglesia de Dios y preparar en las almas el advenimiento de su Reino.
      Entre las c. p. podemos enumerar o catalogar los documentos colectivos del Episcopado de una nación o región determinada, que, después del conc. Vaticano II, se han hecho más frecuentes. En ellos se- abordan temas que afectan más en concreto a toda una nación o a una provincia eclesiástica. Las frecuentes reuniones de las Conferencias Episcopales (v.) y el estudio en común de los problemas referentes a toda una nación han mostrado la necesidad de publicar esos documentos colectivos para orientar con ellos a los fieles ante situaciones o circunstancias de singular importancia, relacionadas con la vida religiosa, social y aun política del país.
      Es evidente que, ante la importancia y difusión conseguida hoy por los medios de comunicación, los obispos tienen en las c. p. un valioso medio para hacer llegar a sus diocesanos las enseñanzas y principios orientadores de la fe y moral cristianas, tan necesarias para la recta formación de las conciencias.
     
      V. t.: ENCÍCLICA; OBISPO; MAGISTERIO ECLESIÁSTICO; PASTORAL, PRAXIS; APOSTOLADO
.
     
     

BIBL.: CONO. VATICANO II, Decr. Christus Dominus, AAS 58 (1966) 673-696; M. CABREROS DE ANTA, A. ALONso LOBO, S. ALONSO MORÁN, Comentarios al Código de Derecho Canónico, I, Madrid 1963, can. 1-681; B. DE LOS MÁRTIRES, Stimulus Pastorum ex sanctorum floribus arden tioribusque verbis praecipue concinatus, Braga 1963; A. M. CLARET, «Episcoporum stimulus» o apuntes de un plan para conservar la hermosura de la Iglesia y preservarla de errores y vicios, Madrid 1868; J. I. TELLECHEA, El Obispo ideal en el siglo de la reforma, Roma 1963; C. FLORISTÁN y M. USEROs, Teología de la acción pastoral, Madrid 1968; 1. ESQUERDA, y B. JIMÉNEZ DUQUE, Juan de Ávila, Escritos sacerdotales, Madrid 1969.

 

 

D. MANSILLA REOYO.

Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991