PADRENUESTRO
SaMun
 

La oración llamada p. se encuentra en dos tradiciones concurrentes, en Mt 6, 9-13 (con comentario en 14-15) y en Lc 11, 2ss. Ambas redacciones son no sólo espejo de cada ámbito litúrgico de tradición, sino también expresión de una posición distinta frente al final próximo. En conjunto, el p. según Mt parece haberse conservado más originariamente (hasta la súplica final en Mt). Pero entonces el auténtico problema teológico del p. consiste en que, siendo la plegaria de la comunidad (o un modelo de oración; Mt 6, 9: oútos), no contiene ningún elemento originariamente cristiano: en él no se habla de la persona de Jesús ni de la redención obrada por él; ésta se espera más bien para el futuro, y vendrá por la irrupción del reinado de Dios. Para la actualidad se pide la preservación de la angustia y la culpa escatológicas ante el juicio que se aproxima. Este tipo de plegarias se encuentra también, p. ej., en las «dieciocho oraciones» del judaísmo coetáneo (cf. 3: tú eres santo, y tu nombre es terrible; 4: Padre nuestro, danos en la gracia el conocimiento de ti; 5: tú cuidas de los vivos; 6: perdónanos, Padre, porque hemos pecado contra ti. Lava nuestras maldades; 7: redímenos por tu nombre; 9: bendice también este año para el bien en toda clase de beneficios. Harta al mundo; 11: reina sobre nosotros, tú sólo; 18: da tu paz a Israel; 13: danos buena retribución, porque hacemos sólo tu voluntad). Sería una apologética falsa el sostener que las plegarias judías son sólo nacionales, pero que el p., por el contrario, está orientado religiosamente. La ausencia de elementos específicamente cristianos en el p. es una de las razones de su lugar inseguro en las liturgias.

La versión de Mt está encuadrada en una parénesis sobre la práctica religiosa (limosnas, oración, ayuno) que abarca 6, 2-18; aquélla se articula por reglas de la comunidad según el esquema ótan + 2ª. persona. Mt comenta el p. ya antes de ofrecer el texto. El p. se distingue de las profusas oraciones de los paganos. Los justos saben que Dios conoce sus preocupaciones antes de que ellos oren (v. 8). Para Mt el p. no es una súplica por las necesidades, sino más bien una llamada a Dios para que preserve la comunidad de los justos en el tiempo final, y con ello glorifique su nombre, es decir, se glorifique a sí mismo. Las dos mitades del p. (invocación con tres imperativos en 3ª. persona; tres imperativos en 2ª. persona unidos por «y», cuyo objeto es pedido para «nosotros») están, por consiguiente, subordinadas en su contenido: la ostensión del poder divino (objeto de las tres primeras súplicas), según las tradiciones mismas que parten de Dt, Ez y Dan, sólo puede realizarse por el hecho de que Dios guarde seguro y puro a Israel, o a la comunidad de los justos, en todas las calamidades del tiempo final. La comunidad de los justos es el medio por el que Dios demuestra la santidad de su nombre y el hecho de que él reina; cuando esta comunidad, para la cual él es padre, supera victoriosamente el tiempo final y el juicio, se habrá mostrado esa santidad.

Parece que la invocación se ha conservado más originariamente en Mt que en Lc (cf. Lc 6, 35 y Mt 5, 45; Lc 11, 13 y Mt 7, 11; cf. además Mt 5, 45 y 48; 6, 1 9 14 y 26). La invocación «padre nuestro» no es aquí típica para la relación de Jesús o de los discípulos con Dios, sino que se encuentra en las fórmulas judías de oración. Como ejemplos del AT podemos aducir: Is 63, 16 (LXX: emon eí pater); 64, 7 (pater emon sy); es importante el texto de 1 Par 29, 10 en los LXX: ó pater emon (texto masorético: Dios de nuestro padre Israel); en el judaísmo tardío esa invocación se encuentra en Sab 14, 3 (pater), en el apócrifo de Ezequiel (= 1 Clem 8, 3: pater), en 3 Mac 6, 3 (pater al final de la plegaria), en Testls 8, 10 (pater), en las oraciones del schemone esre (b Rez 5; p Rez 4.6: abinu) y en la plegaria de año nuevo abinu malkenu. La invocación «nuestro padre en el cielo» se halla en el seder eliyabu 7 (33j y en tama debe eliyahu 21. La localización «en el cielo» no designa la trascendencia de Dios, sino que inicia el principio — desarrollado a continuación — según el cual lo que sucede en el cielo ha de realizarse también en la tierra. Por consiguiente, el cielo es el ámbito especial del dominio de Dios, en el cual su poder está ya asegurado (cf. para ello 1QM 12, Iss 7). El pensamiento de esta correspondencia entre cielo y tierra no es en modo alguno meramente escatológico y futuro, sino que corresponde a las concepciones de la -> apocalíptica y se halla en TestSal 20, 15 (lo que acontece en el cielo sucede también en la tierra) y en Ascls 7, 10 (Quia sicut est in terca, ita est et in firmamento).

La súplica de la santificación del nombre de Dios se encuentra ya en la tradición que parte de Ez (20, 41; 28, 22; 36, 23). Dios muestra que su nombre es santo en cuanto al final de los tiempos (o sea, en el juicio) hace que Israel triunfe sobre los pueblos. Aquí la ßasileia que viene no es un reino, sino el hecho de que Dios reinará (cf. el targum sobre Miq 4, 7: «Se manifestará el reinado de Dios», en lugar del texto masorético: «Yahveh dominará como rey»). De una venida del reinado de Dios se habla también en Mc 9, 1; Lc 22, 18; cf. Mt 12, 28; Lc 11, 20. Por lo que se refiere al contenido del reinado de Dios, éste no significa otra cosa que la imposición de la voluntad divina; un lugar verbalmente paralelo, apenas tenido en cuenta, se encuentra en JosAnt vr 11 (Abraham pide la realización de un juicio justo: Fiat voluntas Dei). Mt 26, 42b, frente a la base de Mc, ha configurado también la oración del huerto de los olivos guiándose por el texto del p., y así pone en boca de Jesús: genetheto to thelema sou. Con esto Jesús se convierte en modelo de la comunidad orante; él entiende su pasión como una parte necesaria en la serie de los últimos acontecimientos que conducirán finalmente al triunfo de Dios. También en otras partes acentúa Mt el sufrimiento de los justos, que después recibirá su oportuna recompensa. Por tanto, Mt entiende esta frase no sólo en el sentido de la imposición de la gloria de Dios (según el sentido originario del p.), sino que, en el marco de su teología de la retribución, incluye además en el «hágase tu voluntad» el sufrimiento necesario para alcanzar el premio.

Indirectamente, con la significación originaria de esta petición se alude también a la oposición a Dios que se da en la voluntad pervertida de las criaturas caídas, las cuales eligen su propio deseo (cf. Hen[eslavl 7, 3; JosAnt 44, 1).

Las súplicas dirigidas a la comunidad en la segunda parte de la fórmula empiezan con la petición del pan apara mañana» (o bien: el «normal», así mótar en este lugar del Evangelio de los nazareos; o bien: el «necesario» o el «del eón futuro»; la significación de epioúsios es discutida debido a la documentación escasa), que Dios ha de dar hoy a la comunidad. Puesto que en las «dieciocho oraciones» se encuentran claros paralelismos, de hecho podría tratarse ante todo de la petición de la sustentación necesaria, formulada mediante la representación de que Dios alimenta la comunidad día por día. Esta concepción se deriva del cuidado de Dios respecto de la creación según los libros sapienciales (cf. Sal 104); y en consecuencia queda expresada en formulaciones sapienciales y no primariamente escatológicas, como en Mt 6, 34 (cf. también la petición de pan en Prov 30, 8, texto masorético). La súplica tiene un sentido especial para el fin de los tiempos, cuando se producirá una conmoción general de las ordenaciones del mundo. Pero en todo caso Dios cuida de una manera concreta de los justos y, por cierto, cada día de una manera nueva.

La súplica siguiente de la remisión de la culpa se caracteriza por el hecho de que la acción de Dios en los justos es comparada con la de éstos respecto de sus deudores. Detrás de la formulación de la comparación podría estar la concepción del condicionamiento recíproco de ambos perdones de la culpa. El pensamiento es frecuente en Mt (5, 21-26; 18, 23-35), se encuentra también en el fragmento de Mt 11, 25, formalmente emparentado con Mt 6, y a su vez está ya prefigurado en el judaísmo (Arist 208; Eclo 16, 14; TestZab 8, 1). Mt comenta esta súplica en los versículos 14, 15, presentando un condicionamiento mutuo por el que el perdón divino depende del concedido a los hombres (es distinto 18, 23ss, donde se presupone que Dios ha perdonado al justo). Más claramente que las dos súplicas anteriores se puede interpretar la súplica de la preservación contra la tentación en sentido escatológico. La concepción ahí latente corresponde a aquellos estratos más antiguos del AT (Yahvista) según las cuales Yahveh mismo examina y tienta; en estratos más recientes esta función es asumida por seres intermedios caídos (-> demonios, -> diablo). En el p. no se trata de una tentación de tipo educativo, como en la literatura sapiencial; más bien, en el NT las tradiciones apocalípticas (p. ej., Mc 13; Lc 22, 31; Ap 3, 10) hablan de tentaciones para los justos al final de los tiempos.

La súplica final, que falta en Lc, podría ser originaria de Mt. Con la raíz ponérós Mt designa todo lo que, como antípoda de Dios, se opone a la comunidad cristiana al fin de los tiempos (cf. Mt 13, 19 y Mc 4, 15; Mt 5, 37 39; 13, 38). Por el contenido la súplica final corresponde exactamente a las tres primeras peticiones del padrenuestro.

Para la redacción lucana del p. se debe contar con la posibilidad de que la segunda súplica originariamente sonara: «Venga tu Espíritu Santo sobre nosotros y nos purifique», a lo que seguía la petición del pan. Esta forma de lectura está documentada en los códices minúsculos 162 y 170, en Gregorio de Nisa (PG 22, 1157 C), en Máximo el Confesor (PG 90, 840) y en Marción (según TERTULIANO, Adv. Marc. iv 26, 3). Con esta formulación Lc ha sustituido la súplica del reino, pues en él la expectación de un fin próximo deja paso a la idea de una irrupción segura y repentina del fin (por esto se debe orar en todo momento; 18, 1-8); y, por otro lado, la oración de la comunidad se refiere primariamente al Espíritu, cuya venida presente sustituye ahora la aparición del reino (cf. Act 4, 31 y especialmente Lc 11, 13 contra Mt 7, 9ss; Act 1, 6ss). Lc modifica la petición del pan por la adición tó kath'eméran. Puesto que este giro se encuentra igualmente en Act 2, 46, y también en Lc 9, 23 es signo de una reflexión teológica; se ha pensado sobre la posibilidad de que la súplica del pan aquí se entienda ya en sentido eucarístico. Puede decirse con certeza, cosa que hasta ahora ha pasado desapercibida, que la secuencia de la petición del Espíritu y la del pan en la forma originaria de Lc está en relación con la constitución de la epiclesis. Insinúa esto ya el aspecto formal de que bastantes epiclesis empiezan con élthato o veni, palabra que introduce la petición del Espíritu para la transformación del pan. Sin duda, pues, la petición lucana del pan fue interpretada aquí eucarísticamente.

En la tradición siguiente el p. fue primero una oración privada. Según Did 8, 3 (texto con doxología ya) debe rezarse tres veces al día (igual AMBROSIO, De Virg. Jll 4, 19; al levantarse y al acostarse; también Agustín, Nicetas de R., Teodulfo de Orleáns). En esta función el p. ha sustituido el schema judío, el cual debido a su introducción («Oye, Israel...») no era utilizable para los cristianos. El p. tiene gran importancia ya en tiempos de Tertuliano (De Orat. 1: legitima oratio) y de Cipriano (publica et communis oratio). Tertuliano es también el primero que interpreta eucarísticamente la petición del pan (De Orat. 6). Dentro de esa línea el p. aparece a finales del siglo IV como oración de comunión (Cirilo de Jerusalén, Jerónimo, Ambrosio); pero ya mucho antes la petición del Espíritu y del pan (Lc) influye en el principio de las epiclesis (cf. el Veni sanctificator de la misa). Y fue igualmente operante la súplica de perdón. El enlace de la petición del pan con la de perdón antes de recibir la comunión, repercutió fértilmente en el desarrollo de confesiones de las culpas y de súplicas de perdón en relación con el rito de la comunión y de la misa.

En la liturgia bautismal el p. se confió a los candidatos poco antes del bautismo (disciplina del arcano). En la edad media el p. en parte fue rezado al final de las intercesiones y en relación con la predicación. Esta situación insegura del p. en el marco de la liturgia se debe a la dificultad de armonizar las concepciones judías sobre el reinado de Dios y la comunidad de los justos con las ideas sobre el sacramento en el paulinismo vulgar. La inclusión de la petición del Espíritu por parte de Lc y, en relación con ello, la interpretación eucarística de la súplica del pan, son ya indicios de un intento de armonización, eliminando la expectación del reino de Dios. Una interpretación adecuada del p. como plegaria de preparación a la comunión deberá enlazar la interpretación de la petición del pan con el pensamiento del futuro banquete celestial en el «reino», por cuya venida se ruega. En este sentido, las tres primeras súplicas pueden influir en una comprensión más bíblica y escatológica de la cena del Señor, puesto que ésta es una anticipación de la comunión celeste con el Hijo del hombre.

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Klaus Berger