EL CAPITALISMO

MONEDA Y MERCANCÍA

Del justo precio de la cosa.

Justo precio de la cosa es aquel que comúnmente corre en el lugar y tiempo del contrato al contado, consideradas las particulares circunstancias de la manera del vender y comprar, y la abundancia de las mercaderías, la abundancia del dinero, la muchedumbre de los compradores y vendedores, y el aparejo que hay para haber las tales cosas y el provecho que hay del uso de ellas a arbitrio de buen varón, excluido todo engaño y malicia. Declaro cada cosa. Dije en el lugar, porque sola la mudanza de un lugar a otro sube o abate el precio, según que en aquel lugar hay abundancia o falta de mercaderías, como se ve por la experiencia, que en los puertos de mar vale más barato el pescado, y las cosas donde nacen valen más barato que donde las llevan de acarreo. Dícese también el lugar porque se ha de mirar el lugar donde se celebra el contrato y no donde está la mercadería. Porque desde el lugar donde se hace el contrato se consigna la mercadería que está en otra parte y desde allí se da el señorío de ella, por que si yo compro las especias que están en Génova, estando yo en Milán y allí hago el precio y las pago en Milán, el justo precio es el que corre en Milán, como dice Silvestro. Dile más tiempo, porque sólo el tiempo sube o abate el precio de la cosa, como es claro que más vale el trigo en el mes de mayo comúnmente que en el mes de agosto sólo por el tiempo. Dije considerada la manera del vender, porque el que vende rogando pone ordinariamente más barato precio a su mercadería que el que vende rogado, de donde se ve que el que compró una pieza de paño de casa del mercader por justo precio, en su poder vale menos por convidar a los mercaderes y compradores con ella, porque como dice el proverbio latino ultroneae merces vilescunt. Las mercaderías voluntariamente vendidas valen menos y se envilecen. Dije la abundancia de mercaderes y dinero, etc., porque en la verdad ésta es la causa principal de ser cara o barata la mercadería, a la cual se reducen las tres dichas a tiempo y lugar y manera de vender. Porque sola la abundancia o falta de mercaderías, de mercaderes y dinero hace subir o bajar el precio, como la experiencia lo enseña a los prácticos en ferias, porque si la cosa vale más en un tiempo que otro, en un lugar que otro, o vendida rogando o rogado, es por la abundancia o falta de las mercaderías, mercaderes y enero, porque si en el lugar donde hay mercaderías llevan muchos de muchas partes, valdrán barato, que no por otra razón vale más barato el huevo en la aldea que en la ciudad, sino porque en la aldea hay más abundancia de huevos y más falta de compradores y de dineros. Y si en el agosto vale menos el trigo que en el mayo es porque en el agosto hay más abundancia de trigo que en el mayo es, y si vendiendo rogando con la cosa vale menos es porque no hay muchos compradores, que si hubiese muchos que la quisiesen comprar no se vendería por menos de lo que costó de lo justo.

De manera que para arbitrar el justo precio de la cosa solamente se han de considerar estas tres cosas. La abundancia o falta de mercaderías, de mercaderes y dinero, o de cosas que se conmuten, truequen y cambien en lugar de dinero. Fúndase esta doctrina en la de Aristóteles que dice: Precium rei humana indigentia mensurat. La necesidad de los hombres pone precio a la cosa, por lo cual vemos que las casas y heredades valen mucho menos después de las guerras y pestilencias que antes, porque no hay tantos compradores como antes, sin se haber empeorado las casas ni heredades. También al fin de los mercados y ferias valen las mercaderías menos que en el medio de ellas, porque se han ido muchos compradores y sus dueños no quieren esperar a otros. Donde se infiere que la causa o motivo porque alguno vende no sube ni abate el precio, de manera que no hace al caso si al no vende por necesidad o por voluntad, ni si el que vende es rico o pobre. Porque si en una feria el rico y el pobre cada uno por sí compran una pieza de paño por justo precio de ciento, y después el rico la vende por setenta y el pobre por otro tanto, al rico movió voluntad, al pobre necesidad, el justo precio de ambas piezas será setenta, por que de otra manera seguiríase que valdría más la hacienda del pobre que del rico, seguiríase también que si el pobre vendiese por más de lo justo, que la necesidad le excusaría, persuádese esto porque cuando en la almoneda por justicia se vende la prenda del pobre, el justo precio es el que comúnmente se halla y si hay muchos compradores vale mucho y si pocos poco, y lo mismo es de la prenda del rico. Dije excluido todo engaño y malicia por que si hubiese engaño de parte de los compradores o vendedores no sería justo precio el que comúnmente se hallase en el lugar y tiempo, etc. De parte de los compradores si hiciesen monopolio o concierto que comprase uno por todos, o que no diese sino a tal precio, o que no comprasen hasta tal día, porque viendo los mercaderes que no hay compradores maten su mercadería del justo precio; o para comprar barato sacan muchas mercaderías que no se han de vender como si se hubiesen de vender para hacer abajar las mercaderías que quieren comprar. De parte de los vendedores si hiciesen también trato, o monopolio que vendiese uno por todos, o que no vendan sino a tal precio, o hasta tal día por que viendo los compradores que no hay vendedores suban el precio más de lo justo. Estos tales son robadores y lobos.

SARAVIA DE LA CALLE: Instrucción de mercaderes (1544).

Lo segundo y muy fuerte que todas las mercaderías encarecen por la mucha necesidad que hay y poca cantidad de ellas; y el dinero, en cuanto es cosa vendible; trocable o conmutable . por otro contrato es mercadería por lo susodicho, luego también él se encarecerá con la mucha necesidad y poca cantidad de él.

Lo tercero que, siéndolo al igual en las tierras do hay gran falta de dinero, todas las otras cosas vendibles y aun las manos y los trabajos de los hombres se dan por menos dinero que en España; valen mucho menos el pan, vino, paños, manos y trabajos, y aun en España, el tiempo que había menos dinero, por mucho menos se daban las :cosas vendibles, las manos y trabajos de los hombres, que después que las Indias descubiertas la cubrieron de oro y plata. La causa de lo cual es que el dinero vale más donde y cuando hay falta de él, que donde y cuando hay abundancia y lo que algunos dicen que la falta de dinero abate lo al nace de que su sobrada subida hace parecer lo al más bajo, como un hombre bajo cabe un muy alto parece menor que cabe su igual.

M. DE AZPILCUBTA: Comentario resolutorio de cambios (1556).

Y esta posibilidad es la regla cierta del justo, conveniente precio del pan, y cualquiera otra consideración o cuenta que se haga para medir y tantear su natural y justo precio será incierta y desigual y dañosa a la comunidad. El valor y estimación de la moneda y de los metales de que se labra es muy diversa y variable en diversas provincias, ocasiones y tiempos, y así, por la consideración del valor del dinero, no se puede tantear precio que sea universalmente conveniente y justo para, en todos tiempos y lugares. De la misma manera se hallará inútil para este tanteo la comparación del valor de otras cosas usuales con el del trigo: como diciendo que tanta cantidad de vino o aceite será razón que valga cada fanega, porque es medir lo incierto con lo incierto, y el valor de aquellas cosas y su bondad, es cosa desigual e incierta en años y lugares y temporales diferentes.

P. DE VALENCIA: Discurso sobre el precio del trigo (1605).

TEORÍA CUANTITATIVA DEL VALOR

El séptimo respecto que hace subir o bajar el dinero, que es de haber gran falta y necesidad o copia dél, vale más donde, o cuando hay gran falta dél, que donde hay abundancia como lo tienen Calderíno, Laurencio, Rodulpho y Silvestro, con quien Cayetano y Soto concuerdan. Por cuya opinión hace lo primero: que éste es el común concepto de cuasi todos los buenos y malos de toda la Cristiandad y por eso parece voz de Dios y de la naturaleza. Lo segundo y muy fuerte, que todas las mercaderías encarecen por la mucha necesidad que hay, y poca cantidad de ellas, y el dinero, en cuanto es cosa vendible, trocable o conmutable por otro contrato, es mercadería, por lo susodicho, luego también él se encarecerá con la mucha necesidad y poca cantidad dél. Lo tercero, que (siéndolo al igual) en las tierras donde hay gran falta de dinero, todas las otras cosas vendibles, y aun las manos y trabajos de los hombres se dan por menos dinero que do hay abundancia dél: como por la experiencia se ve que en Francia, do hay menos dinero que en España, valen mucho menos el pan, vino, paños, manos y trabajos de hombres; y aun en España, el tiempo que había menos dinero, por mucho menos se daban las cosas vendibles, las manos y trabajos de los hombres, que después que las Indias descubiertas la cubrieron de oro y plata. La causa de lo cual es que el dinero vale más donde y cuando hay falta dél, que donde y cuando hay abundancia. (...)

La razón porque los ducados de Flandes cuestan comúnmente más en Medina que los mismos de Medina, es que los ducados valen harto más allí que aquí; y aunque la ausencia quite algo de su precio, pero no quita tanto que no quede siempre mucho más caro.

M. DE AZPILCUETA: Comentario resolutorio de cambios (1556).

La tercera razón que otros piensan ser fundamento es la diversa estimación de la moneda. Y para entenderla, porque es muy buena, es de advertir no ser lo mismo el valor y precio del dinero y su estima. Ejemplo clarísimo es de esto que en Indias vale el dinero lo mismo que acá, conviene a saber, un real 34 maravedís, un peso de minas 13 reales y lo mismo vale en España; mas, aunque el valor y precio es el mismo, la estima es muy diferente en entrambas partes. Que en mucho menos se estima en Indias que en España. La calidad de la tierra y su disposición lleva de suyo que, en entrando uno en ella, se le engendra un corazón tan generoso en esta tecla, que no tiene una docena de reales en más, que acá, a modo de decir, una de maravedís. Tras las Indias do en menos se tiene es en Sevilla, como ciudad que recibe en sí todo lo bueno que hay allá, luego las demás partes de España. Estímase mucho en Flandes, en Roma, en Alemania, en Inglaterra. La cual estima y apreciación se causa: lo primero, de tener gran abundancia o penuria de estos metales v como en aquellas partes nace y se coge tiénese en poco, que aun los hombres, según el refrán, no se honran ni se estiman comúnmente en su patria. Conforme a esto es que los religiosos agustinos y soldados que su majestad envió poco ha de la Nueva España a la China, do crían los ríos mucho oro, les dicen a los indios que dello tienen ya gran hastío, cómo se dan tan poco por sacarlo, responden ellos, que allí en los ríos está seguro para cuando lo quisieren.

Hace también mucho al caso haber mucho que comprar y vender, aunque la primera causa es la principal. Vemos que en las Indias hay mucho que comprar y se compra por precios excesivos, como cosa que va tan lejos de acarreo, y con todo se estima el dinero en menos porque la abundancia es tan grande que deshace esta otra causa; mas en otras partes cierto el ser lugar de trato común, especialmente de extranjeros, hace valer mucho la moneda, porque allí no sólo se compra y vende lo que se gasta la tierra adentro si no lo que se ha de llevar a todas las otras, como en Flandes, donde todos van o envían a mercar, o en Roma donde muchos extranjeros van a residir y gastar en mantenerse o en seguir sus pretensiones, que son grandes en pagar las pensiones de sus beneficios a los curiales o en haberlos o conmutarlos, en alcanzar v expedir gracias, breves, exenciones, dispensaciones. Como están en tierra ajena y no les envían de las suyas reales no pueden dejar: lo uno, de tener necesidad, lo otro de hacer, con su continua necesidad, sea el dinero tenido en mayor estima, aunque no se mude el valor.

Esta misma distinción de precio y estima percibiremos claramente por lo que se suele decir de un avaro. Que tiene el real en 34, valiéndolos cualquier real en poder de quien quiera, mas los liberales esta misma cantidad estiman en menos, los avaros, al contrario, aun en 40. Así hay reinos y provincias que por estas causas que tengo dichas y por otras que pueden concurrir v en efecto concurren que no las alcanzo o no se me ofrecen, vale v se estima en mucho más el dinero que aquí, reteniendo un mismo precio en entrambas partes. Clarísimo ejemplo de esto es que, dentro aun de España, siendo los ducados y maravedís de un mismo valor, vemos que en mucho más se tienen mil ducados en Castilla que en Andalucía y aun en una misma ciudad por la diversidad de los tiempos hallamos el mismo discrimen. Que ahora treinta años eran gran cosa doscientos mil marevedís que en la era presente no se estiman en nada con ser los maravedís de un mismo precio. Pues la diferente reputación que han hecho los tiempos, dentro de un mismo pueblo, en la moneda por varios sucesos, causan las razones que dije en un mismo tiempo en diversos reinos. Todo esto, supuesto y entendido, digo que la justicia de los cambios que ahora se usan estriba y se funda en la diversa estima de la moneda que hay en diversas partes y que esto basta para justificarlas.

T. DE MERCADO: Summa de tratos y contratos (1569).

Encuentro que los altos precios que tenemos actualmente se deben a unas cuatro o cinco causas. La principal y casi única (a la que nadie se ha referido hasta ahora) es la abundancia de oro y plata, que actualmente es mucho mayor en este reino que hace 400 años, para no remontarnos más lejos. Más aún, los registros de la Corte y de la Cámara no alcanzan más allá de unos 100 años; lo demás ha de obtenerse de viejas historias, con poca seguridad de exactitud. La segunda razón a que obedecen los altos precios se debe, en parte, a los monopolios. La tercera es la escasez, ocasionada parcialmente por a exportación v también por el desperdicio. La cuarta es el placer de los reyes y grandes señores, que elevan el precio de las cosas que les, agrada. La quinta se refiere al precio del dinero, que ha bajado de su tipo anterior. Me ocuparé brevemente de todos estos puntos.

La principal razón por la que se eleva el recio de todas las cosas, dondequiera que estén, es la abundancia de monea, la cual gobierna el avalúo y precio de las mercancías.

Ahora lo que sucede es que el español, que obtiene su subsistencia solamente en Francia, estando obligado por necesidad inevitable a venir aquí por trigo, telas, drogas, tintes, papel y aun muebles y todos los productos de las artes manuales, va a los confines de la tierra, en busca de oro y plata v especias para pagamos con ellas.

Por otra parte el inglés, el escocés y toda la gente de Noruega, Suecia, Dinamarca y la costa del Báltico, que tienen una infinidad de minas, extraen los, metales del centro de la tierra para comprar nuestros vinos, nuestro azafrán, nuestros cereales, nuestra tintura y especialmente nuestra sal, que es un maná que Dios nos da, como un favor especial, a costa de poco trabajo.

Otra causa de la riqueza de Francia es el comercio con el Oriente, que se abrió a nosotros como resultado de la amistad entre la casa de Francia y la de los otomanos ,en tiempos de Francisco I; así es que desde entonces los mercaderes franceses han hecho negocios con Alejandría, El Cairo, Beirut y Trípoli, tan bien como los venecianos y genoveses; y tienen, al igual que los españoles, una buena posición en Fez y Marruecos. Este tráfico principió cuando los judíos fueron arrojados de España por Fernando y se establecieron en Languedoc, acostumbrando a los franceses a comerciar con Berbería.

Otra causa de la abundancia de oro y plata ha sido el Banco de Lyon que fue abierto, para decir la verdad, por el rey Francisco I, quien comenzó a pedir prestamos con el 8 1/4 %, su sucesor con el 10 %, después el 16 1/2 % y arriba el 20 % en casos de emergencia. Inmediatamente los florentinos, lucanos, genoveses, suizos y alemanes, atraídos por las altas ganancias, trajeron a Francia una gran cantidad de oro y plata. Muchos de ellos se establecieron aquí, en parte por la suavidad del clima y en parte por la natural bondad del pueblo y la fertilidad del suelo.

Estos, señor, son los medios que nos han traído oro y plata en abundancia en las últimos 200 años. Hay mucho más en España e Italia que en Francia, debido a que en Italia aun los nobles se ocupan del comercio, y la gente de España no tiene otra ocupación; y así todo es más caro en España que en Italia. Esto es cierto aun tratándose de los sirvientes y artesanos, lo cual atrae a nuestros cocheros hacia España, como lo he comprobado por mí mismo, porque ganan tres veces más que en Francia; porque el rico, orgulloso e indolente español vende su trabajo muy caro, como lo atestigua Clenard, quien escribe en sus cartas, en una nota por separado: "Para ser rasurado en Portugal, 15 ducados por año". Es, por lo tanto, la abundancia de oro y plata la que causa en parte los elevados precios de las cosas.

J. BODINO: Réponse aux paradoxes de M. de Malestroit, touchant le tait des monnaies et l'enchérissement de toutes choses (1568).

LA PARIDAD DE LOS PODERES DE COMPRA

Hemos de tratar en este opúsculo cómo y de cuántos modos se puede trocar una moneda por otra y como se suele tratar de muchas, que no se puede hacer, diremos lo lícito e ilícito, lo justo y prohibido.

Tres causas ha habido hasta ahora do nació y salió este contrato. La primera la diversa materia y valor de moneda que hay en diversas partes, una de cobre plomo y aun yo he visto una que es fruta de comer, el cacao que usan los in ios de Nueva España en sus ventas y compras. Hay otras de plata, otras de oro y en cualquier deltas diversos valores. En la de cobre, plomo y estaño hay cuartos, ochavos y blancas y solfa haber tarjas y nuevas. En la de plata hay reales, medios y enteros; de a dos, de a cuatro y de a ocho, que es un peso de Tepusque. En oro hay coronas, ducados y doblones de a cuatro, de a ocho y de a diez. Y como ahora corren estas monedas, corrían en otro tiempo otras diversas do vino que tenían y tienen muchas veces necesidad los hombres de trocar, en un mismo lugar, una moneda por otra: reales por maravedís, coronas por reales, doblones por ducados, para versos intentos. De esta raíz y suerte manó la primera especie de cambio que por su bajeza llaman todos menudo y realmente es menuda y poca su ganancia, que consiste en trocar una moneda gruesa por otra menuda, o al contrario; como parece en estos ejemplos que poníamos. Concurría lo segundo, a las veces haber menester uno luego aquí los dineros que tenía ausentes en otra ciudad dentro del reino, o fuera, y estaba necesitado trocar la suya con la que de presente aquí hallaba en poder de algún vecino. Esta necesidad inventó el cambio real, que es trocar dos monedas de un mismo valor, o diverso, por sólo estar en diversos lugares. De la cual necesidad de más de las causas particulares y accidentales que pueden concurrir, o de no haber traído los suyos consigo, o, si trufo, haberlos gastado, concurren en muchas partes otras generales. y comunes que es, principalmente, no poder pasar la moneda de una provincia a otra; o por ser el metal diferente o el precio desigual o, si todo es conforme, por estar prohibido el pasaje con penas que no se quieren exponer a la ejecución de ellas. Lo primero, no en todos los reinos y provincias tienen los metales un mismo valor sino diferente, según que o el oro es en sí más subido y la plata más fina, o la tierra y su prosperidad es más expediente. Un oro hay bajo de pocos quilates, otro de muchos. El de Tepusque es bajísimo, el de Minas excelente. Así un peso de Tepusque vale ocho reales, uno de Minas trece. Entre los cuales, como consta, puede haber trueque y permuta siendo desigual su valor. También sucede que una provincia y tierra es abundante de un metal y pobre de otro, do viene que el que corre en una arte no corre ni se recibe en otra y están necesitados los negociantes de amas partes a no sacarlo de ninguna, sino darlo a persona que tenga crédito fuera para que se pueda valer dello do ha menester. Y aun el mismo metal, en la misma cantidad y de la misma figura vale más en un reino que en otro. Diferencia y desigualdad provechosa y prudente, para que no se pueda llevar fuera, que es un no poder poderosísimo y utilísimo, sino que siempre lo tenga en sí el reino y sea rico. Porque una de las cosas principalmente requisitas para la prosperidad y felicidad de un reino es tener en sí, a la continua, gran cantidad de moneda v abundancia de oro y plata, que son en sustancia todas las riquezas temporales de esta vida, o todas se vienen a resolver en ellas; teniendo dineros las tienen en alguna manera todas. Pocas o ningunas le faltarán, que a la fama de su riqueza le traerán aun hasta los unicornios y elefantes del preste Juan. Y lo que destruye esta abundancia y causa pobreza es la saca cuando se permite, porque no puede haber tanta fertilidad y copia que, si a la continua se disminuye, en fin no se acabe y necesariamente se disminuye llevándose fuera. De lo cual son buen testigo las Indias occidentales que, con ser tierras tan fértiles y abundantes de estos metales que son su propia cosecha y frutos, y los producen y llevan como otras producen viñas y olivas, muchas veces, con la continua saca que hay para estos reinos, se siente tan gran penuria que no parece en hartos días punta de plata. A cuya causa toman algunas repúblicas, por remedio de este mal, subir el precio a la moneda; medio muy eficaz e infalible para impedir fácilmente nunca se saque, cosa que por ninguna otra vía ni pena se consigue.. Porque estándoles en tanto a los mercaderes no la pueden ni osan llevar a parte do vale menos, por la pérdida. Que si me cuesta una corona en Sevilla 16 reales, no la llevaré a Florencia si vale sólo 12, y es muy mejor remedio este para conservar los metales en el reino, que no vedar ni prohibir la saca con pena aun de la vida, como en España, que por mucho se mande y por rigor que se ponga en ejecutarlo, despojan la tierra los extranjeros de oro y plata e hinchen la suya, buscando para ello dos mil embustes y engaños; tanto que en España, fuente y manantial a modo de decir de escudos y coronas con gran dificultad se hallan unas pocas y si vais a Génova, a Roma, a Amberes, a Venecia v Nápoles veréis en la calle de los banqueros y cambiadores sin exageración tantos montones dellos acuñados en Sevilla, como hay en San Salvador o en el arenal, de melones. Si este dejo y robo tan manifiesto se hubiera remediado desde el principio que las Indias se descubrieron, según han venido millones, estoy por decir hubiera más oro y plata en España que había en sola Jerusalén reinando Salomón.

T. DE MERCADO: Summa de tratos y contratos (I 569).

UN PROGRAMA DE DESARROLLO

Entendido está que de una arroba de lana que a los extranjeros cuesta quince reales, hacen obraje de tapicerías y otros paños y cosas labradas fuera de España, de que vuelven dello mismo a ella, valor de más de quince ducados, y por el semejante de la seda cruda en madeja, de dos ducados que les cuesta una libra, hacen rasos de Florencia y terciopelos de Génova, teas de Milán y otras de que sacan aprovechamiento de más de veinte ducados; y en el hierro y acero, de lo que les cuesta un ducado hacen: frenos, tenazuelas, martillos, escopetas, espadas, dagas y otras armas y cosas de poco valor, de que sacan más de veinte ducados, y a veces más de ciento. Y ha venido la cosa a tanta rotura, que aun la vena de que se hace el hierro llevan a Francia, y allá tienen de poco acá herrerías nuevas, todo en daño no sólo de nuestras honras, pues nos tratan peor que a bárbaros, mas aún de nuestras haciendas, pues con estas industrias nos llevan el dinero; y la misma orden se tiene en la grana y en la cochinilla y en los demás que en España se cría y viene de Indias, que de más de proveerse otros reinos de lo que Dios nuestro Señor nos da en éstos, que ni sabemos aprovecharnos dellos ni conservarlos, es causa no sólo de llevarnos el dinero, mas de que en estos reinos valgan las cosas tan caras por vivir por manos ajenas, que es vergüenza y grandísima lástima de ver, y muy peor lo que burlan los extranjeros de nuestra nación, que cierto en esto y en otras cosas nos tratan muy peor que a indios, porque a los indios para sacarles el oro 0 plata llevárnosles algunas cosas, de mucho o poco provecho, mas a nosotros con las nuestras propias no sólo se enriquecen y aprovechan de lo que les falta en sus naturalezas, más llévannos el dinero del reino con su industria, sin trabajar de sacarlo de las minas, como nosotros hacemos. Y el remedio para esto es vedar que no salgan del reino mercaderías por labrar, ni entren en él mercaderías labradas. Con esto es visto que los mercaderes extranjeros vendrán a comprar lo que les falta en sus tierras, y como ahora pagan por el arroba de lana quince. reales, pagarán por la obra que delta resultare quince ducados y así en todo lo demás, conforme a lo dicho, que por cuenta líquida se verificará que, si se pasa de presente un millón de mercaderías en cada un año, sacarán, por lo menos, remediándose lo susodicho de aquí adelante, con sola la mercadería que tenía el dicho valor más de ocho o diez millones; y de todo lo que de lo susodicho se montare, es imposible que vuelva a España la décima parte de su valor de mercaderías por labrar de otros reinos, y lo restante forzosamente ha de volver en dineros. Y la orden que en lo susodicho se ha de tener se entenderá por otro memorial adelante de esto, por lo que se verá más claro el remedio y otros grandes bienes que de ello redundarán a S. M. y a estos reinos de España y el orden que en ello se debe tener para que se haga sin dificultades y es lo siguiente:

Lo primero que deroguen las leyes del reino por las cuales están los oficiales mecánicos aniquilados y despreciados, y se promulguen y hagan otras en favor de ellos, dándoles honras y oficios, como se hace en Flandes y en los otros reinos, donde hay ordenadas repúblicas con estas libertades. Se ha de mandar que todos los que al presente son nacidos en estos reinos, de diez años abajo, y los otros que nacieren de aquí adelante para siempre jamás, aprendan letras, artes o ocios mecánicos, aunque sean hijos de grandes y de caballeros y de todas suertes y estados de personas; y que los que llegaren a diez v ocho años que no supieren arte, ni oficio, ni se ejercitaren en él, sean habidos por extraños de estos reinos y se ejecute en ellos otras graves penas; y esto no se entienda con los labradores y personas que actualmente traba aren con sus manos cavando, arando y cultivando la tierra y guardando ganaos y haciendo las otras labores y cosas que se requieren en el campo, ni con los que trajinaren en carretas y otras cosas, bestias, bastimentos y mercaderías y otras cosas, de unas partes a otras, a las cuales [personas] se han de dar las mismas libertades que a los oficiales, porque no se pierda la labor del campo y ejercicio susodicho.

LUIS DE ORTIZ: Memorial a Felipe II (1558).

LA POBLACIÓN CAUSA DE RIQUEZA

Vengamos ahora a las verdaderas fuerzas, que consisten en la gente: pues que todas las fuerzas se reducen a ésta, y quien tiene abundancia de hombres, la tiene de todas aquellas cosas a las cuales se extiende la industria e ingenio del hombre, como aparecerá en el progreso de este nuestro discurso, por lo cual de aquí en adelante usaremos indistintamente del hombre y de la gente y de las fuerzas. Y dos maneras de fuerza se consideran en la gente, que son la multitud y el valor.

Italia y Francia no tienen minas de oro, ni de plata ,y con todo eso tienen más que otra ninguna provincia de Europa, por la mucha habitación, que es causa que venga el dinero por medio del comercio, porque donde hay mucha gente, se cultiva mucho la tierra: y por esto escribe Suidas que en su tiempo se cultivaba la tierra, más por la multitud que por la industria de los hombres: y que se sacaba de la tierra el mantenimiento de la gente y la materia de las artes: y de aquí nace que la abundancia de la hacienda y la variedad de los artificios enriquecen al particular y al público, y si España es tenida por provincia estéril no es por defecto de la tierra, sino por falta de gente...

JUAN BOTERO: La razón de Estado (1589).

LA BALANZA COMERCIAL

Arbitrios y medios particulares para incrementar la exportación de nuestras mercancías y para disminuir nuestro consumo de efectos extranjeros. La renta o patrimonio de un reino por la cual es provisto de efectos extranjeros es un bien natural o bien artificial. La riqueza natural lo es solamente en tanto que puede sustraerse de nuestro propio uso y necesidades para exportarse al extranjero. La artificial consiste en el trueque de nuestras manufacturas por mercancías extranjeras, acerca de lo cual expondré algunos detalles que pueden servir para el asunto de que nos ocupamos.

Primero, aunque este reino sea ya muy rico por naturaleza, sin embargo, puede enriquecerse más, poniendo las tierras ociosas (que son infinitas) en empleos tales, que de ninguna manera estorben la renta actual de otras tierras abonadas, sino que de esta manera nos abasteceremos y evitaremos las importaciones de cáñamo, lino, cordelería, tabaco y varias otras cosas que ahora obtenemos de los extranjeros, para nuestro gran empobrecimiento.

Podemos igualmente disminuir nuestras importaciones si nos refrenamos sobriamente del consumo excesivo de efectos extranjeros en nuestra dieta y vestidos; que con tan frecuentes cambios de costumbres en uso resulta un aumento de desperdicio y carga, vicios que en la actualidad son más notables en nosotros que en épocas pasadas. Sin embargo, pueden fácilmente corregirse obligando a la observancia de tan buenas leyes como las que se observan estrictamente en otros países, en contra de los excesos mencionados, en los que, ordenando igualmente que sus propias manufacturas deben usarse, evitan la aparición de otras, sin prohibición y agravio a los extranjeros en su comercio mutuo.

En nuestras exportaciones no solamente debemos atender a nuestros sobrantes, sino también debemos tomar en consideración las necesidades de nuestros vecinos, por lo que se refiere a los efectos que no quieran recibir o de que no puedan ser provistos de ninguna otra parte; así estaremos en posibilidad (además de dar salida a nuestras materias) de ganar otro tanto por su manufactura, puesto que podemos y también debemos venderlas caras, hasta tanto que el precio alto no ocasione una menor salida en cantidad. Pero el sobrante de nuestras mercancías que los extranjeros usan y qué también pueden obtener le otras naciones, con pocos inconvenientes, puede reducir su salida por el uso de mercancías de igual clase de otros lugares; en este caso debemos esforzarnos para vender tan barato como nos sea posible, mejor que perder el mercado de tales efectos, ya que hemos encontrado, por la buena experiencia de los últimos años, que estando en posibilidad de vender nuestras telas baratas en Turquía, hemos aumentado grandemente su salida, y los venecianos han perdido mucho en su mercado de las suyas en esos países, porque son más caras.

El valor de nuestras exportaciones puede subir mucho, igualmente, cuando las llevemos a cabo nosotros mismos en nuestros propios barcos, porque entonces ganamos no solamente el precio de nuestros efectos en lo que valen aquí, sino también la ganancia del comerciante, los gastos de seguros y del flete del transporte marítimo. (...)

El gasto frugal de nuestra riqueza natural puede, igualmente, aumentar mucho anualmente lo que es susceptible de exportarse y si en nuestro propio vestido somos despilfarradores, seámoslo, a lo menos, con nuestras propias materias primas y manufacturas, como telas, encajes, bordados, calados y otros semejantes, en los que el exceso del rico puede ser el empleo del pobre, cuyos trabajos, serían, sin embargo, más provechosos para la república si fueran hechos para el consumo de los extranjeros. (...)

Un mercado o almacén para maíz, añil, especias, seda cruda, algodón en rama del extranjero o cualquier otro artículo de cualquier clase que se importe, y exportándolos de nuevo a donde sean solicitados, aumentará la navegación, comercio, la riqueza, y los derechos aduanales del rey; movimiento de comercio que ha sido el principal medio del progreso de Venecia, Génova, los Países

Bajos y algunos otros, y para este pro sito Inglaterra está situada holgadamente, sin necesitar para llevar a buen puerto esta actuación más que su diligencia y su empeño. (...)

Por último, en todas las cosas debemos de tratar de sacar todas las ventajas posibles, ya se trate de cosas naturales o artificiales y puesto que la gente que vive de los oficios es mucho más numerosa que los que son dueños de los frutos, debemos lo más cuidadosamente posible sostener esos esfuerzos de la multitud, en lo que consiste el mayor vigor y riqueza tanto del rey como del reino, puesto que donde la población es numerosa y las manufacturas buenas, el comercio debe ser grande y el país rico. Los italianos emplean un mayor número de gente y obtienen más dinero por su industria y manufacturas de sedas brutas del reino de Sicilia, de lo que el rey de España y sus súbditos tienen de las rentas de estas ricas mercancías; pero, ¿para qué necesitamos traer ejemplos de lejos cuando sabemos que nuestros propios productos naturales no nos producen tanto beneficio como nuestras industrias? Es por esto por lo que el mineral de hierro en las minas no es de gran valor cuando se le compara con el empleo y ventaja que da al excavarlo, ensayarlo, transportarlo, comprarlo, venderlo, fundirlo en cañones, mosquetes y muchos otros instrumentos de guerra, ofensivos y defensivos, forjarlo en anclas, cerrojos, alcayatas, clavos y otras cosas semejantes para el uso de embarcaciones, casas, carros, coches, arados y otros instrumentos de labranza. Compárese nuestro vellón en nuestras telas que requieren la trasquila, el lavado, el cardado, el hilado, el tejido, el bataneo, el teñido, el aderezo y otros arreglos, y encontraremos que estas manufacturas son más provechosas que la riqueza natural.

T. MUN: La riqueza de Inglaterra por el comercio exterior (1621).

LA CONDENA DE LA USURA

Mas el verdadero medio de hacer parar el curso de los usureros y dar alivio perpetuo a los pobres, y guardar las obligaciones legítimas, es seguir la ley de Dios, que ha prohibido todo género de usuras entre los súbditos, porque sería injusta la ley en favor de los extranjeros si les fuese permitido dar a usura a los súbditos, de los cuales sacarían la sustancia, el oro y la plata, cuando al contrario no pudiesen los súbditos usar de la misma prerrogativa  con los extranjeros. Esta ley fue siempre estimada y tenida en mucho de todos los legisladores, y de los mayores políticos como de Solón, Licurgo, Platón, Aristóteles y especialmente de los diez comisarios diputados, para corregir las costumbres Roma y hacer elección de las leyes más útiles. No quisieron que la usura fuese más crecida que de 1 % al año, que llamaban uncearia, porque la usura de cada mes no montaba más de una onza que era la duodécima parte del centésimo escudo, o dinero tomado a empréstito, y el usuario que llevase más intereses era condenado a volver cuatro veces tanto, teniendo ‑dice Catón‑ por más perverso al usurero que al ladrón, que no era condenado a más del doble de la cosa robada.

J. BODINO: Los seis libros de la República (1576).

EL PROTECCIONISMO INDUSTRIAL

Se desprende de ahí que el mayor beneficio que puede proporcionarse al Estado es no consentir que dentro de él permanezca ninguna parte ociosa; y, por consiguiente, que es una ocupación tan útil como honrosa hacer pulir con habilidad y criterio las facultades naturales de los hombres que en él viven, hacerlos útiles por la unión y provechosos para el mantenimiento y conservación del cuerpo universal, del que son miembros animados, haciendo brillar en ellos por todos lados la acción, como el único espíritu vital que les imprime un pulso vigoroso, testigo de su perfecta salud.

En este trabajo público, dividido en tantas artes y oficios, debéis principalmente hacer que vuestros súbditos no se mezclen o se diversifiquen tanto en una sola mano. Los alemanes y flamencos, que no se ocupan voluntariamente más que de una tarea, son aquellos a quienes debe imitarse, porque de esa manera obtienen mejores resultados, en tanto que nuestros franceses, deseosos de hacerlo todo bien, se exponen a que todo les salga mal, lo que los desvía del camino recto que conduce a la perfección de una cosa determinada. El ánimo se debilita cuando se aplica atentamente a diversos asuntos, y no tiene ni tiempo ni fuerzas para encontrar lo que busca, lo que existe de bueno distraído por la necesidad o por la curiosidad.

Para poner el remedio a esto e impedir en ese terreno la inconstancia de nuestra inclinación al cambio, V. M. permitirá, si lo tiene a bien, que se instalen en las diversas provincias de Francia varios talleres de los oficios que son más necesarios universalmente, y se dé la dirección y administración de ellos, con privilegios útiles y honrosos, a aquellos individuos capaces y suficientemente dotados de la inteligencia que se requiere para su cometido, con el objeto de que puedan repartir con criterio las tareas y los trabajos entre los artesanos, según la habilidad y capacidad que hayan adquirido o que posean por naturaleza. Bien establecido este orden, de él surgirá la ciencia exquisita y la práctica excelente de las artes y de los oficios para bien y provecho de vuestros súbditos, para la recomendación de vuestra prudencia y para la gloria del Estado. (. .)

Es imposible hacer la guerra sin hombres, mantener a los hombres sin soldada, proveer la soldada sin tributos, imponer los tributos sin comercio. Por esto el ejercicio del comercio, que forma gran parte de la. acción política, se ha practicado siempre entre los pueblos que han estado florecientes de gloria y de poder, y en la actualidad más diligentemente que nunca por los que persiguen su fuerza y grandeza. Es también el medio más corto de enriquecerse y, por medio de la riqueza, subir al pináculo del honor y de la autoridad. Como prueba y ejemplo de esto, tenemos a la vista a Holanda, así como nuestros antepasados tuvieron a las repúblicas de Génova y de Venecia.

A. DE MONTCHRESTIEN: Tratado de Economía Política (1616).

EL ACTA DE NAVEGACIÓN (1651)

Para incremento de la marina y fortalecimiento de la navegación de esta Nación, el Parlamento decreta que desde el primer día de diciembre de 1651 ninguna mercancía, materia prima o manufactura de Asia, África, o América o de cualquier parte o isla perteneciente a ellas, tanto de plantaciones inglesas como de otras se llevará a Inglaterra, Irlanda o cualesquier otra tierra, isla, plantación o territorio de esta Comunidad, en barco distinto de los que verdaderamente y sin fraude pertenecen al pueblo de esta Comunidad; en el que el capitán y marineros sean también en su mayoría del pueblo de ella, bajo pena de confiscación y pérdida de todas las mercancías que se importen en forma contraria a lo dispuesto en esta Acta, como también del barco en que se transporten; de tal decomiso, una mitad será para beneficio de la Comunidad, y la otra para el de la persona o personas que hayan apresado las mencionadas mercancías; se perseguirá, además, al transgresor ante cualquier tribunal de esta Comunidad.

La autoridad antedicha decreta además que sólo se exceptúan del reglamento mencionado los barcos y navíos extranjeros que pertenecen al pueblo del país o lugar del que proceden las mercancías mencionadas; o los puertos en que las mercancías se embarcan normalmente para su transporte; y que, bajo la misma pena de confiscación y pérdida expresada en el primer párrafo de esta ley, los muchos decomisos se emplearán como más arriba se expresa.

Se dispone además que ninguna mercancía producida o manufacturada en país extranjero, y que haya de transportarse a esta Comunidad en navíos pertenecientes al pueblo de la misma, se embarcarán o llevarán de ningún lugar o país, salvo de los que dichas mercancías proceden; o de aquellos puertos donde exclusiva o normalmente se embarcan para el transporte; y de ningún otro 'lugar o país bajo la misma pena de confiscación y pérdida expresado en el ,primer párrafo de esta ley.

Se dispone además que ninguna clase de bacalao, curadillo, arenque, sardina u otra especie de pescado salado, usualmente pescado por la gente de esta nación; ni ningún aceite de cualquier clase de pescado; ni aletas o huesos de ballena, de ahora en adelante se importarán a esta Comunidad, o a Irlanda o cualquier otra tierra, isla, plantación o territorio perteneciente a ella o en su posesión, sino únicamente aquellas que se cojan en navíos que pertenezcan verdaderamente al pueblo de esta nación; y el mencionado pescado lo salará y el susodicho aceite lo fabricará el pueblo de esta Comunidad exclusivamente, bajo la pena y la pérdida expresasen el primer párrafo de la presente ley; la mencionada mercancía será confiscada y empleada como allí se expresa.

Se dispone además que ninguna clase de bacalao, curadillo, arenque, sardina, u otra especie de pescado sala que coja y ahúme el pueblo de esta Comunidad se exportará desde el primer día de febrero de 1653 de ningún lugar de ella, en naves que no pertenezcan verdaderamente al pueblo de la misma, como legítimos propietarios de ellas; y a condición que el capitán y marineros sean en su mayor parte ingleses, bajo la pena v pérdida expresadas en el primer párrafo de la presente Acta; la mencionada mercancía será confiscada y empleada como allí se expresa.

Se dispone además que en adelante no será legal que persona alguna cargue v transporte en ningún barco, del que sea propietario un extranjero (a menos de que se haya nacionalizado), ningún pescado, víveres, mercancía o cosas de cualquier naturaleza, de un puerto o ensenada de esta Comunidad a otro de la misma, bajo pena de que a todo el que actúe de forma contraria a lo dispuesto en este párrafo de la presente Acta, se le confisquen todas las mercancías que haya embarcado o transporte, así como también el barco en que las embarcó o las transporta; dicha confiscación se empleará como se indica en el primer párrafo de esta Acta.

Acta de Navegación (1651).