La gran teofanía del Sinaí
 

El Decálogo

 

 

Y hablo Dios todo esto diciendo << Y hablo Dios todo esto diciendo << Yo soy Yahvé, tu Dios, que te ha sacado de la tierra de Egipto, de la casa de la servidumbre. No tendrás otro Dios que a mi. No te harás imágenes talladas, ni figuración alguna de lo que hay en lo alto de los cielos, ni de lo que hay abajo en la tierra, ni lo que hay en las aguas debajo de la tierra. No te postraras ante ellos ni les servirás, porque yo soy Yahvé, tu Dios; un Dios celoso, que castiga en los hijos las iniquidades de los padres hasta la tercera y cuarta generación de los que me odian, y hago misericordia hasta mil generaciones de los que me aman y guardan mis mandamientos.

 

No tomaras en falso el nombre de Yahvé, tu Dios, porque no dejara Yahvé sin castigo al que tome en falso su nombre.

 

Acuérdate del día del sábado para santificarlo. Seis días trabajaras y harás tus obras, pero el séptimo día es día de descanso, consagrado a Yahvé, tu Dios, y no harás en el trabajo alguno, ni tu, ni tu hijo, ni tu hija, ni tu siervo, ni tu sierva, ni tu ganado ni el extranjero que esta dentro de tus puertas; pues en seis días hizo Yahvé los cielos y la tierra, el mar y cuanto en ellos se contiene, y el séptimo des- canso; por eso bendijo Yahvé el día del sábado y lo santifico.

 

Honra a tu padre y a tu madre, para que vivas largos años en la tierra que Yahvé, tu Dios te da.

 

No mataras.

 

No adulteraras

 

No robaras

 

No testificaras contra tu prójimo falso testimonio.

 

No desearas la casa de tu prójimo, ni la mujer de tu prójimo, ni su siervo ni su sierva, ni su buey, ni su asno, ni nada de cuanto le pertenece. >>

 

 

     La palabra “Decálogo” parece que fue empleada por primera vez por Clemente Alejandrino. No aparece en la Biblia, aunque se hable en ella de las “Diez Palabras” , aludiendo a los mandamientos del Decálogo, que primitivamente debieron de estar formulados de un modo muy breve, pues las dos formulaciones bíblicas del Decálogo que ahora conocemos parece ser una amplificación de un núcleo sustancial más reducido

 

     Aunque en la Biblia se hable de “Diez” mandamientos, sin embargo, no convienen los autores antiguos en su distribución, pues Filón y Flavio Josefo y muchos Padres de la Iglesia distinguen como dos mandamientos la prohibición de la idolatría y la del culto a las imágenes. Serian los dos primeros mandamientos. Orígenes, en cambio, agrupa ambas prohibiciones en un mandamiento, y distingue dos mandamientos en el deseo de la mujer y los bienes, de forma que el deseo de la mujer constituyera la prohibición del noveno mandamiento, mientras que la referencia al deseo de los bienes del prójimo seria el décimo mandamiento. Es la división adoptada por S. Agustín y la teolo- gia católica.

 

     En los textos bíblicos se habla de dos “Tablas de la Ley”, en las que estaban los diez mandamien-tos. Los autores no están concordes al distribuir los diez mandamientos en las dos tablas. Algunos, como Flavio Josefo y Filón , creen que era una distribución por igual: cinco en cada una; mientras que otros exegetas suponen que en la primera estaban los cuatro mandamientos relativos a Dios, y en la segunda los seis siguientes al prójimo. Fundamentalmente, los críticos atribuyen al núcleo sustancial de la redacción de los diez mandamientos al autor “elohísta”, aunque hay retoques redaccionales del tipo sacerdotal o deuteronómico.

 

     Ante todo, Yahvé hace su presentación al pueblo alegando los títulos que tiene para dar su ley a Israel, a quien acaba de librar de la servidumbre egipcia : << Yo soy Yahvé, tu Dios, que te hice salir de la tierra de Egipto >> La afirmación es solemne y enfática, pues implica en su formulación que por sus beneficios pasados tiene derecho a imponer a su pueblo rescatado, su vo- luntad y sus mandamientos. Precisamente la finalidad de sacarle de la “ casa de la servidumbre” era cumplir las antiguas promesas y formar una nueva teocracia a base de una alianza bilateral entre El y su pueblo. El autor sagrado insiste en el origen divino del Decálogo al afirmar reiteradamente que los mandamientos han sido gravados en piedra por el dedo de DiosEs una expresión realista y antropomórfica oriental que recalca el origen divino del Decálogo, y, por tanto, no se ha de tomar al pie de la letra, sino en sentido metafórico. Dios se dirige en la formulación al pueblo como colectividad, pero al mismo tiempo urgiendo el cumplimiento a sus componentes. Si embargo, mas adelante se insistirá en el carácter de responsabilidad colectiva, ya que los individuos son considerados como integrantes de una comunidad que va a sellar una alianza con su Dios. 

 

 

     

 

     Literalmente, el precepto podría traducirse “ No tendrás otros dioses ante mi” ( fuera de mi ). Es la primera exigencia de Dios, que ha de mostrarse “celoso” de su honor a través de la historia de Israel. Todos los pueblos tenían su dios nacional, que venia a dar su nombre al pueblo o recibirlo de el. Pero esto no excluye la veneración de otras divinidades secundarias. Sin embargo, Yahvé que saco a Israel de Egipto, no consiente compañía en la adoración de su pueblo. En otros lugares dirá que es el Dios único: El Deuteronomio nos ofrece el sentido de este primer precepto cuando dice <<Oye, Israel, Yahvé, nuestro Dios, es solo Yahvé. Amaras a Yahvé, tu Dios, con todo tu corazón, con toda tu alma, con todo tu poder, y llevaras muy dentro de tu corazón estos mandamientos que hoy te doy >>

 

     En absoluto, la formulación del precepto, que esta en el texto, puede entenderse en el sentido he- noteista, es decir, que se propone a Yahvé como Dios único de Israel, pero sin abordar el problema de otros dioses para otros pueblos. Sin embargo, en todo el conjunto de las formulaciones y narra- ciones del Pentateuco encontramos un sentido plenamente monoteísta en sentido estricto, aunque la formulación externa no este tan clara como en los escritos proféticos. Naturalmente, en esta prohi.-bición esta incluido el culto a los genios demoníacos intermedios, que eran como divinidades de segundo orden, cuyo culto estaba muy extendido en todos los pueblos orientales y aún subsiste en- tre las poblaciones beduinas.

 

     En este sentido, el primer mandamiento es algo totalmente insólito en las culturas religiosas de la antigüedad, ya que todos los pueblos orientales eran politeístas. Ninguna religión se muestra tan es-

clusivista como la mosaica, en cuanto que no admite ninguna divinización de las fuerzas cósmicas. Por otra parte esta exigencia monoteísta, no se presenta en la Biblia como fruto de una abstracción filosófica, sino como una manifestación concreta del mismo Dios celoso de los hebreos. En la histo- ria patriarcal encontramos ya este monoteísmo estricto. El-Sadday es el Dios de Abrahán, pero tiene poder sobre otros pueblos, pues castiga a Sodoma y Gomorra y amonesta al rey de Egipto. Y en la misma historia bíblica anterior a los patriarcas encontramos al Elohim único que creo todo el mundo visible, y que impuso un precepto a los primeros padres, presentándose a ellos como el único Dios providente y justiciero. Es el mismo que reclama a Caín la sangre vertida del primer inocente. Henos empezó a invocar el nombre de Dios, y ese Dios es el que envió el diluvio sobre toda la huma

nidad.

 

     Vemos, pues, que en la historia bíblica, el monoteísmo aparece desde los albores de la humani- dad. Moisés no hará mas que recordar a su pueblo la primitiva tradición recibida desde tiempo inmemorial, poniendo las bases del nuevo Israel como comunidad teocrática en torno al único Dios del universo, que se digno escoger a Israel y salvarlo de la servidumbre para cumplir las promesas hechas a los Patriarcas. Esta ideal altísima del Dios único es algo inexplicable en el ambiente politeísta del antiguo Oriente. Los críticos racionalistas han hecho lucubraciones sobre el posible origen de la idea monoteísta. Y así, mientras unos ven en el monoteísmo mosaico un eco de la refor- ma religiosa de Amenofis IV Ekhnatón ( 1380-1362 a.C. ), el cual pretendió unificar el panteón egipcio destacando solo al dios Atón ( reforma religiosa que no tuvo ningún éxito y que sucumbió al morir el creador de ella ), otros pretenden encontrar las raíces del monoteísmo en el ambiente geográfico de el desierto. La idea del Dios único surgirá espontáneamente ante el sentimiento estético de la monotonía de las estepas del Sinai; el beduino quedaría muy sobrecogido ante la majestad de una fuerza superior unificadora y justiciera que envía implacablemente sus rayos des- vastadores. Es una suposición bella, pero totalmente gratuita, ya que no encontramos entre los nómadas del desierto ( anteriores al islamismo ) esta idea del Dios único. El misterio, pues, del mo-noteísmo israelita permanecerá en pie mientras no se admita una revelación positiva, una irrupción de Dios único en la historia de un pueblo que culturalmente era inferior a los pueblos egipcios, feni- cio o mesopotámico.

 

     Este precepto de amor al Dios único encuentra su plena significación en la interpretación de Cristo ( Mt. 22,34-ss ) El Deuteronomio manda amar a Dios, porque Dios amo a Israel y, llevado de este amor, le eligió entre todos los pueblos de la tierra, señalándole tan altos destinos en cumpli- miento de las promesas hechas a los Patriarcas ( Dt. 7,6-s ). Cristo ve en este precepto y en el del prójimo la síntesis de la Ley y los profetas. S. Juan, siguiendo la enseñanza del Maestro, se remonta a los mas altos planos de la Providencia en la historia: << De tal manera amó Dios al mundo ( no solo a Israel ) que le dio a su Unigénito Hijo, para que todo el que crea en El alcance la vida eterna >> (  Jn. 3,16 ) Y porque El nos amo primero de esta forma, por eso nos pide que nosotros le amemos a El en correspondencia ( 1ª Jn. 4,9-s ) Jesucristo es la gran revelación del amor de Dios hacia la humanidad y el que hace verdadera aquella definición sublime << Dios es amor >> ( 1º Jn. 4,8-16. )   

 

            

 

 

Los pueblos primitivos empezaron por adoptar ciertos símbolos groseros para representar a sus dioses; pero, perfeccionando tales símbolos, fabricaron imágenes, y poco a poco acabaron por concebir los dioses según las imágenes con que las representaban, hasta caer en el antropomorfismo más craso. El precepto segundo del Decálogo se ordena a imponer a los israelitas una concepción inma- terial de su Dios, camino para llevar a la sentencia del Salvador: << Dios es espíritu, y los que le adoren, en espíritu y en verdad le tienen que adorar >> ( Jn. 4,23 ) La Sagrada Escritura nos habla mucho de la tendencia de Israel hacia los ídolos. Si al fin vino a prevalecer en el pueblo el concepto de no usar imágenes en el culto a Yahvé, fue gracias a los esfuerzos de los profetas, que mas de una vez ridiculizan los usos de los paganos de rendir culto a los ídolos ( Is. 44,12-17; y Jer. 10,11; ) Veamos como se expresa el autor de Is. 44,14-17 << Plántanse cedros, que hace crecer la lluvia; se dejan que se hagan grandes en el bosque..... sirven luego de leña para calentarse y para cocer el pan. Además se hacen de ellos dioses ante los cuales se posternan, ídolos que adoran. Ha quemado el fuego la mitad de la leña; sobre las brasas asa el leñador la carne y se sacia comiendo el asado. Caliéntese luego diciendo ¡¡Ea!! Me caliento, siento la lumbre. Con el resto hace un dios, un ídolo al que suplica diciéndole ¡¡Tu eres mi dios!!  ¡¡Sálvame!! ( Is. 44,14 ) La ironía es sangrienta. Jeremías se expresa en términos parecidos al prevenir a sus compatriotas contra el peligro de la ido- latria << Se decoran con plata y oro y se sujetan a martillazos para que no se caigan ( los ídolos ). Son como espantajos en melonar y no hablan, hay que llevarlos, porque ellos no andan. No le tengáis miedo, pues no pueden hacer mal ni bien. ( Jer. 10,11 )

 

     Para comprender bien el alcance de esta prohibición de imágenes representativas de la divinidad debemos tener en cuenta el medio ambiente egipcio, de donde salían los israelitas. Los egipcios habían llegado al paroxismo en la adoración de los fenómenos naturales, de los astros y seres creados. La zoología tenia manifestaciones sin numero. Herodoto ridiculizaba esta proliferación de dioses. Entre los mesopotámicos, el culto astral privaba bajo diferentes formas.

 

     En la historia de Israel, este precepto relativo a la prohibición de imágenes representativas de Yahvé fueron muchas veces desobedecidas. La propensión de los israelitas de copiar los cultos cananeos, fenicios y asirios fue la obsesión de la predicación profética. Ya en el Sinai prevaricaron los hebreos al levantar el becerro de oro ( Ex. 32 ). Mas tarde, ya en Canaán, esta tendencia se acentuó por influencia del frondoso culto de los habitantes de la región ( Jue. 17;  1ª Re. 12,28;  13,34;  14,16, ) Sin embargo, los representantes del yahvismo tradicional se levantaron contra estos abusos. En la época de Cristo, la Ley era estrictamente observada, de tal forma que los escritores romanos acusaban a los judíos de << ateos >> por su repugnancia a plasmar en imágenes sus ideas religiosas

 

     Para ponderar la gravedad del precepto, Yahvé amenaza con castigar a los trasgresores, porque es un Dios celoso, que castiga en los hijos la iniquidad de los padres hasta la tercera y cuarta generación. Esta amenaza va contra todas las trasgresiones en general, pero sobre todo a los que conculquen estos dos primeros preceptos fundamentales . este celo es como la ofensa de la divinidad a sus intereses, y aparece en todos los dioses paganos; pero estos toleraban, al lado de su culto, a otras divinidades secundarias. En cambio Yahvé no tolera rival. En el castigo y en la retribución, las generaciones son solidarias. ( Sam. 24,10, Am. 7,17; Is. 14,21; )  La justicia y la misericordia van implicadas en la idea de solidaridad en el pecado y en la virtud. En la Biblia, el individuo suele ser considerado ( antes del exilio ) como miembro de una colectividad, y por eso sus actos tienen una resonancia social. Después del destierro babilónico ( deshecha la comunidad nacional ), la teología israelita se orienta mas hacia el individualismo y la responsabilidad personal. Con todo, hemos de notar cómo la misericordia prevalece en los planes divinos sobre la justicia: << Hago misericordia hasta mil generaciones de los que me aman y guardan mis mandamientos >> Es una invitación al cumplimiento de los mandamientos después de anunciar los castigos. En Dt. 24,16-s; dice que no pagara el hijo por el padre, ni el padre por el hijo, y que cada uno morirá por su pecado. Conforme a esta norma, se dice que el rey Amasías, para vengar la muerte de su padre Joás << castigo a los servidores que habían matado al rey su padre, pero no hizo morir a los hijos de sus asesinos  según esta escrito en la Ley de Moisés > ( 2ª Re. 4,5-s )  La observación del autor sagrado es un indicio de que aún entonces se seguía la norma contraria en la administración de la justicia. Prueba evidente de esto la tenemos en la historia de David, que entrego a los gabaonitas a los descendientes de Saúl para que pagaran las injurias que les había inferido, quebrantando el juramento que Israel les hiciera en otro tiempo.( 2ª Sam. 21,1-s ) Y conforme a este modo de obrar de la justicia humana ( regida por el principio de la solidaridad ) se concebía la justicia divina ( Ez. 18 ). Pero los juicios de Dios van siempre dirigidos por su sabiduría y templados por su misericordia, aunque, al hablar a los hombres, la Escritura se amolda a su lenguaje y mentalidad. La solidaridad familiar dio origen a esta ley, que pagaran los hijos por los padres. Esta ley es, en parte, natural en una organización de tribus en las que tiene que privar la ley de la defensa. La ley de la sangre es la defensa de las organizaciones primarias, y, en virtud de ella, los miembros de una familia tienen que pagar por los crímenes de uno de ellos.

 

     En este precepto hay que considerar dos cosas: la materialidad del precepto y la finalidad del mismo. Lo primero tiene razón de ser en la rudeza de un pueblo. Cuando, mediante la revelación evangélica, haya desaparecido esa rudeza, la Iglesia hará uso de las imágenes, no solo para representar al Verbo encarnado, sino al mismo Padre Eterno, mediante imágenes sensibles, inspiradas en las visiones de los profetas, y representar al Espiritu Santo y a  los mismos Ángeles, para elevar nuestra mente por medio de las cosas sensibles y las espirituales. Los que alegan este precepto contra la practica de la Iglesia nos suponen, o se suponen a si mismos, con la misma mentalidad de los antiguos hebreos o gentiles. Semejante precepto no es de ley natural, sino de ley positiva y circunstancial, destinado a ser suprimido y sustituido por otro cuando las circunstancias cambien. La Iglesia muy sabia y conocedora de la naturaleza humana e inspirada en el Espiritu Santo, se sirve de las artes para elevar las almas a Dios, como la hacia la Ley mediante la suntuiosi- dad del Tabernáculo y del Templo, y la solemnidad de las funciones sagradas. La fuerza de este precepto no es mayor que la del precepto sabático, que los cristianos han dejado a los judíos, sustitu- yéndolo por el domingo. Que el hombre consagre algún tiempo al culto divino, se puede considerar como ley natural; pero que sea este o el otro día, ya no cae bajo la misma ley. 

 

         

 

 

     Cuando el hombre quiere asegurarse de la palabra de otro hombre de quien no se fía del todo, exige la presencia de testigos, que con su testimonio aseguren el cumplimiento de la palabra dada y hagan esta palabra verdadera. Pues el juramento no es otra cosa que la invocación de Dios como testigo de los dichos humanos. Es este un acto de religión, con el que se honra la veracidad divina, creyendo que no permitirá ser conculcada con el perjurio. Jesucristo amplia el precepto, incluyendo en él los juramentos en que resplandece algún atributo de Dios, como el cielo que es el trono de Dios, por la tierra, que es el escabel de sus pies, por el Templo, que es su morada: ( Mt. 5,33-s ) La Iglesia nos enseña a jurar, cuando se ha de hacer, por el crucifijo y los Santos Evangelios. La Ley, no solo condena él, perjurio, sino también el juramento por los dioses extraños. Y los profetas anuncian que, en los tiempos mesiánicos, todos los hombres juraran por el nombre de Yahvé, confesando con esto que es un Dios único. ( Is. 19,18 ) Parece que los judíos eran muy amigos de jurar, lo que era faltar a la reverencia del nombre divino y ponerse en peligro de perjurar. Jesucristo condena el juramento en cuanto en cuanto exigido por la desconfianza mutua de los hombres. Si reinara entre ellos la perfecta caridad que pide el Evangelio estaba excusado el juramento. Por desgracia la caridad esta muy lejos de predominar, y por eso las leyes eclesiásticas y civiles exigen, en muchos casos, el juramento, sobre todo en la administración de justicia. Pero no hay duda que el empleo injustificado del juramento no solo es una ofensa para la persona a quien se le exige, sino también una falta de reverencia hacia el nombre divino. La doctrina de algunas Iglesias protestantes, que se niegan a prestar el juramento exigido por las leyes civiles a los ciudadanos, nace de tomar muy materialmente las palabras del Señor, o de creerse ellos tan perfectos, que exigirles a ellos lo que la ley exige a todos es inferirles una ofensa grave.

 

     La observancia del juramento llevaba a veces ha extremos inconcebibles para nosotros. Veamos el ejemplo: Israel sufría hambre desde hacia tres años. Consultado Yahvé sobre el caso, respondió  << Es por la casa de Saúl y por la sangre que hay sobre ellas, por haber hecho perecer a los gabao-nitas >> Saúl ya había muerto y su casa no reinaba en Israel; sin embargo la responsabilidad de la infracción pesaba sobre los descendientes de Saúl, y por ello David los entrego a los gabaonitas, que <<los colgaron en el monte de Yahvé >>. Con esto habría cesado la calamidad. No a Dios, sino a la rudeza de los israelitas hay que atribuir hechos como este.

 

     Dios y los ángeles, hablando a los hombres y acomodándose a su estilo, hacen también uso del juramento ( Gen. 22,16;  Sal. 89,4-36;  Sal. 110,4;  Hab. 6,17;  Ap. 10,6 )

 

      Es muy significativo el uso del juramento en el código de Hammurabi, y hasta la impresión con que se indica: hará averiguar el verdadero propietario de un objeto perdido, << los testigos que conocen el objeto deben declarar delante del dios lo que saben >> ( código de Hammurabi. Art. 9 ) << Si un esclavo fugitivo muere en casa del que lo apreso, con animo de devolvérselo a su dueño, el aprehensor jurara por el nombre del dios ante el dueño del esclavo, y quedara libre >>. Si un hombre fuera asaltado por bandoleros, << reclamara delante del dios lo perdido, y la ciudad en la que se cometió el latrocinio le restituirá lo perdido >> Dando tanta autoridad al juramento, no es maravilla que la ley mosaica castigara muy severamente al perjuro, profanador del nombre de Dios. ( Lev. 19, 13;  Dt. 19,16-s; )

 

      El juramento era uno de los medios de resolver las causas dudosas. El “código de la alianza” ordena que, si uno entrega en deposito a su prójimo un asno, buey oveja, o cualquier bestia y lo depositado muere, o se deteriora, o es cogido por los enemigos, sin que nadie lo haya visto, se inter- pondra entre ambas partes el juramento de Yahvé, de no haber puesto el depositario la mano sobre el bien de su prójimo. El dueño del deposito aceptara el juramento, y el depositario no será obligado a restituir. Entre los nómadas rige el mismo derecho; si el acusado de un crimen se niega y alega razones eficaces de su negación, se recurre al juramento de la siguiente forma: << El acusador en presencia de la asamblea, traza una circunferencia con el sable e invita al acusado a tomar la empuñadura del arma y pronunciar el juramento “Por Alah grande que yo no he robado, no he matado, no he derramado sangre.....” Aceptado por todos el juramento, el acusado queda libre, y el proceso terminado.

 

     En el código de Hammurabi se recurre muchas veces al juramento para zanjar casos como este: << Si un esclavo fugitivo fuese cogido por un hombre con el propósito de devolverlo a su dueño, pe- ro muriese antes de realizar la entrega, jurara por el nombre del dios al dueño del esclavo, y quedara libre >>   << Una mujer acusada de infidelidad por su marido, pero no ha sido sorprendida con otro

hombre, jurara por el nombre del dios y retornara a su casa ><

 

     En el antiguo Derecho canónico admitía también la purgatio canónica por el juramento. Es un eco de legislaciones antiguas.

 

     El precepto, pues, del Decálogo según el contexto del Éxodo, prohíbe el uso del nombre de Dios en los juramentos ( la palabra heb. saw que traducimos << en falso >>, significa propiamente << en vano >> ) El nombre era símbolo y expresión de la persona; por tanto participa de su santidad, y, en consecuencia a de ser tratada con todo respeto, y por supuesto no puede ser utilizada en falso, pues esto es declarar mentiroso al mismo Dios. Queda implícitamente prohibida aquí la magia y adivina- ción utilizando el nombre de Dios, como era usual entre los pueblos antiguos. << Como los dos pri-meros mandamientos tenían por objeto salvaguardar la unicidad y espiritualidad de Yahvé, el tercero tiene como finalidad salvar la santidad divina, de la que participa esencialmente el nombre >

 

     Entre los judíos de la época tardía, para evitar infringir este precepto, no pronunciaban el nombre de Yahvé, sustituyéndole por otros, como Adonai, Elyón, el cielo.... etc. Además, la idea de la trascendencia de Dios formaba parte muy importante de la especulación teológica de la época sapien cial y rabínica.

 

 


 

 

     Todos los pueblos han tenido sus días festivos dedicados a sus divinidades, al descanso y al esparcimiento humano; pero en ninguna parte encontramos la institución regular del descanso sabá- tico tal como aparece en la legislación mosaica. La palabra sábado, parece venir del arameo sabath  (<<cesar, descansar>>). ( Algunos autores antiguos, como Lactancio, relacionaban el nombre hebreo sabbat con el numeral Seba (siete), porque se da cada siete días ) Se ha pretendido relacionar el sábado hebraico con el sabattu de los babilonios, es decir, el día de la luna llena ( día 15 del ciclo lunar ). Parece que existía en Babilonia una división cuadripartita del mes, en relación con las fases de la luna, a base de periodos de siete días: día primero, día séptimo, día catorce, día veintiuno. En asirio-babilonia, la palabra sabattu parece significar << estar bien dispuesto, en buen estado >>. El día sabattu babilónico era un día de purificación y expiación, cuyo fin era restablecer las relaciones amistosas entre los dioses y el hombre. En el vocabulario asirio-babilonico, el sabattu es llamado también “día de la tranquilización del corazón” (Um nûj libbi ). Era el día que los dioses hacían las paces con los hombres, reanudando las buenas relaciones a causa de los sacrificios expiatorios y las ofrendas que se le presentaban Parece que los representantes de algunas de las categorías sociales, como el rey, el medico, el adivino, eran los obligados a ciertas practicas religiosas rituales. ( Mirar como se describe en una tableta couniforme la festividad del sabattu. <<A la noche, el rey presentara su sacrificio a Marduk e Istar el día 7, a belit y Negal, el día 14 a Ninive y Gula, el día 21 a Ea y Belit-ile, el día 28. Derrama la ofrenda del sacrificio, y su oración es recibida por el dios >> El pastor de los pueblos numerosos ( el rey ) no debe comer carne cocida sobre carbones ni pan cocido sobre cenizas. No debe cambiar de vestidos, ni poner túnicas llamativas, ni esparcir el don de los sacrificios. El rey no debe subir sobre su carro ni hablar como jefe. El mago no debe proferir oráculos en su morada misteriosa. El medico no debe extender su

mano sobre los enfermos >> “ Cuneiforms Inscriptions of Western Asien” )  Así, el sabattu babilónico  es un día consagrado a determinadas divinidades, que se repetía cada siete días. Es mas, para celebrar estas festividades se prohibía a determinados personajes ( las fuerzas vivas de la sociedad ), como el rey, el medico y el mago, ejercer su oficio. Lo que implica también la idea de cesación. En esta división del mes en cuatro periodos de siete días aparte de la influencia que hayan tenido los ciclos lunares, quizá haya influido también el misterioso valor del numero siete, pues los babilónicos hablaban de siete dioses, siete planetas...... etc.

 

     Ahora bien: ¿que relación hay entre el sabattu babilónico y el sábado ( en hebreo sabat ) de los hebreos? Sin duda hay analogías que parecen indicar una tradición común. Los hebreos antes de la legislación mosaica, parece tenían ya una tradición que consagra el día séptimo por la cesación de ciertas ocupaciones. Así, Moisés mando recoger doble ración de maná el día sexto, porque << mañana es sábado, día de reposo, consagrado a Yahvé >> ( Ex. 16,23; ).Y no se dan explicaciones sobre su origen, sino que se da como aceptado y conocido de los israelitas. Parece, pues, una cos-tumbre antigua, en vigor entre los israelitas, que el nuevo legislador acepta en el nuevo orden de las cosas. En la historia de los Patriarcas no se alude para nada esta practica del sábado. En Egipto era desconocida la división del mes en periodos de siete días, ya que los egipcios la dividían en periodos de diez, que eran presididos cada uno por un genio y solemnizado con fiestas, que señalaban el prin- cipio de la nueva década.

 

     Lo mas verosímil es suponer que el sábado hebraico proviene radicalmente de una tradición mesopotámica, si bien adaptada a las exigencias religiosas de los israelitas. Por ello todos los sábados eran consagrados al Dios único, Yahvé, en vez de ser a divinidades distintas, como en babi- lonia. Por otra parte, la cesación de los trabajos afectaba en los hebreos a toda la población, mientras que entre los babilonios sólo a los representantes de las principales clases sociales. Además, entre los hebreos, el sábado se computaba ininterrumpidamente, mientras que en aquellos el computo se hacia siempre a partir del primero de cada mes; pues por seguir los meses lunares de veintinueve días y medio , no podía hacerse una división exacta del mismo en siete días. Algunos autores han creído encontrar los antecedentes del sábado hebraico en la tribu de los “Qenitas”, o forjadores de hierro, los cuales dejaban de trabajar cada siete días en honor de su dios Saturno, y se relaciona con ello el texto de Ex. 35,3; donde se prohíbe encender el fuego los sábados. Los moabitas parece que consideraban como día nefasto el séptimo. Todo ello parece avalar el hecho de que el día séptimo tenia algo de sagrado. En los textos de Ras Samra, aparece también la división de los días en periodos de siete. Luego se puede rastrear el origen del sábado hebraico en el fondo semita antes de Moisés.

 

     En la legislación mosaica, el sabado tiene carácter de día sagrado, dedicado a Yahvé y, en con- secuencia, viene la idea de cesar todo trabajo que pudiera distraer el animo de todos los israelitas. Es la idea de la formula del Decálogo: << Acuérdate del día del sábado para santificarlo >> (Ex. 20,8; ) Hasta los animales deben de abstenerse del trabajo ( Ex. 23,12; ). Es también como signo externo de que el pueblo de Israel es algo consagrado a Dios, aparte de todos los pueblos. En adelante, el reposo sabatico esta como dominado por la idea de la alianza de Yahvé con su pueblo. Se excluían todos los trabajos que se consideraban incompatibles con el carácter sagrado del día; cocer alimentos ( Ex. 16,23; ) recogerlos, ( Ex.16,26-30, ), laborar y recolectar ( Ex. 34,21; ) encender el fuego ( Ex. 35,3; ), recoger leña ( Ex. Num. 15,32,36; ), transportar cargas ( Ex. Jer. 34,21; ). Pero al mismo tiempo se prescribían ciertos actos de culto; un sacrificio de dos corderos de un año (Num. 28,9-10; ) y la “asamblea santa” ( Lev. 23,3; ), aunque no se dice en que consistía esta ceremonia, es de suponer que se recitaban oraciones y alabanzas a Dios.

 

    

     El autor sagrado da una razón teológica para justificar el descanso sabático y es que Dios descan-so el séptimo día de su obra de la creación, y con su descanso santifico el día . Es sin duda una razón convencional, acomodándose a la tradición de la creación del universo por Dios en seis días de la semana. Como Dios descanso el día séptimo, así debe hacerlo el hombre. El Deuteronomio alega otra razón de índole practica << para que tu siervo y tu sierva descansen, como descansas tu >>. (Dt. 5,44; y Ex. 23,12 ) Cristo dará el verdadero valor moral al sábado << el hombre no fue hecho para el sábado, sino el sábado para el hombre >> ( Mc. 2,27; ). Los doctores de la Ley creían que el sábado era santo por naturaleza y, por tanto no era licito quebrantarlo en ningún caso, ni aun por motivos de humanitarismo.

 

     La importancia de este cuarto precepto en Israel se entiende por el hecho de hallarse repetido en diversos códigos que integran el Pentateuco. En efecto, en Éxodo 34,21se lee: << seis días trabajaras y el séptimo descansaras, no araras en el ni recolectarás >>. El código sacerdotal insiste más, decre- tando la pena de muerte contra el sacrílego profanador del sábado y poniendo al sábado como señal de alianza perpetua con Yahvé e Israel ( Ex. 31,12-17; ) También los profetas insisten en la obser- vancia del sábado: << Guardaos, dice Yahvé por Jeremías, por nuestra vida, de llevar cargas en día de sábado y de introducirlas por las puertas de Jerusalén. No saquéis tampoco cargas de vuestras casas en día de sábado ni hagáis labor alguna, santificar así el día del sábado, como se lo mande a vuestros padres>> ( UER. 17,21-22; ). Nehemías  tomo muy a pecho implantar en Jerusalén la observancia del sábado ( Neh. 13,15-22; ) y con que eficacia lo consiguió tenemos la prueba en las mismas doctrinas de los doctores sobre el sábado, tal como resulta de los relatos evangélicos y del Talmud.

 

     La Iglesia, ya desde la edad apostólica, cambio el sábado por el domingo en memoria de la resurrección del Señor. La suspensión de los trabajos llamados serviles, como las actuaciones publicas, se estableció en beneficio de los siervos y litigantes, a fin de que todos pudieran concurrir a los cultos divinos, y hoy la Iglesia los impone para que los fieles, dejando los negocios temporales, se dediquen a los eternos. Los Estados imponen el descanso semanal por otras razones sociales. 

 

 

 

 

     Después de Dios, a nadie es el hombre mas deudor que a los padres que le dieron el ser, le criaron y le educaron. Nada pues mas justo, que este precepto, que prescribe el honor a los padres y, con el honor, el socorro en caso de necesidad. Cuanto signifique este nombre de padre, se entenderá que es el nombre que se da a Dios en el Evangelio y el mas dulce y evocador de misericordia para los hombres. Por esto la piedad, ( virtud cuyo objeto es la honra y amor a los padres ) es también el don del Espiritu Santo que nos mueve a rendir culto a Dios considerándole como Padre.

 

     En las sociedades primitivas de régimen patriarcal, este precepto de honrar a los padres llevaba consigo el respeto a las enseñanzas de los mismos y a las tradiciones de la familia o de la tribu, y así resultaba un precepto de importancia social. Además del amor a los padres nace el amor de los hijos entre si, la unión y la paz de la familia, de donde proceden las bendiciones que a los guardadores de

este precepto se prometen. ( Dt. 4,40;  5,16;  Ef. 6,25; ).

 

     Los mandamientos anteriores se referían a los deberes directos para con Dios, y realmente los cuatro primeros preceptos pueden considerarse como totalmente originales, al menos los tres prime-ros, respecto a las otras naciones del Antiguo Oriente. En cambio, los preceptos del tipo social, que se abren como el del honor a los padres, no son específicamente israelitas, ya que se hayan en los demás códigos orientales conocidos. Son expresión de la ley natural en su expresión mas primaria. La novedad y originalidad mosaica esta en reunirlos a los mandamientos relativos a los deberes para con Dios, estableciéndolos todos juntos como base de la nueva teocracia hebrea . En esta concep-ción teocratica, los deberes para con Dios y los referentes a las relaciones humanas son inseparables y expresión de la voluntad divina. No se dan razones éticas para basar su obligación, sino simplemente como la voluntad del Dios de Israel.

 

     El primer precepto de tipo social es relativo al honor de los padres, a los que se considera como representantes de Dios en la vida familiar. Así se castiga con la muerte al que maldiga a sus padres, exactamente igual que el que maldiga a Dios ( Ex. 21,17;  Lev. 20,9; y 24,15-s; ). Los filósofos griegos consideran el honor a los padres como el deber primordial después del honor a los dioses (Aristóteles, Ética a Nicómaco ).

 

     El premio al buen comportamiento con los padres es de orden temporal, como la ley en todo el Decálogo: << Honra a tu padre y a tu madre, para que vivas largos años en la tierra que Yahvé tu Dios te dará >>. Este pragmatismo del A.T. en la época anterior al destierro se explica porque los hebreos no tenían revelaciones sobre el premio de otra vida mas halla de la muerte. ( Ex. 23,26;  Dt. 5,16; )

 

     Se ha querido oponer este precepto a la frase radical de Jesús << Si alguien viene a mi..... y no odia a su padre, a su madre...... , no puede ser mi discípulo >< ( Lc. 14,26; ). Pero para entender esta frase aparentemente dura y en contradicción con la ley natural, hay que tener en cuenta el modo ra- dical de expresarse de Jesús. Ya sabemos que los orientales no gustan de las medias tintas, y sus ideas las presentan con paradojas y frases exageradas para inculcarlas mas a gentes de mentalidad imaginativa. En el contexto, la frase de Jesús, expresada y matizada conforme a la lógica occidental, es << el que antepone el amor de su padre y de su madre al mío..... no puede ser mi discípulo >>. Se trata de las disposiciones para entrar en el Reino de los Cielos, y Cristo anuncia que van a ser muchos los obstáculos para entregarse a Él, y uno de los mayores son los lazos familiares y sus inte- reses, que muchas veces luchan contra El << unum necessarium >>, la salvación del alma: << el que ama a su vida la perderá, y el que la odia la salvará >>. Y << es más conveniente obedecer a Dios que a los hombres >> 

 

 

SEXTO  MANDAMIENTO
<<  NO  MATARAS  >>

 

  El respeto a la vida del prójimo es el primer deber de la vida social. En el Génesis se inculca la gravedad de este precepto por el castigo de Caín. ( Gen. 4,10; ).Y, como si fuera poco, amenaza Dios hasta a las fieras que atenten contra la vida humana, porque << el hombre es imagen de Dios >> ( Gen. 9,5; ) La Ley castiga con la pena de muerte al homicida, a quien niega absolutamente la gracia del indulto. Es la defensa elemental de la vida social, y por ello en todos los pueblos el homicidio ha sido castigado con la muerte del asesino.

     En el mismo precepto quedan incluidas quedan incluidas las ofensas inferiores, que la Ley castiga con la pena del talión: << ojo por ojo >>: Los doctores de Israel miraban este precepto como puramente jurídico, que solo prohibía el acto de matar. Pero Jesucristo, en el << Sermón de la Montaña >>, lo entien- de en sentido moral, y condena todo mal sentimiento contra el prójimo, como quiera que se manifieste y aun que quede oculto. ( Mt. 6,21-s; )  Mas aun, Jesucristo prescribe el amor al prójimo, sin excluir a los enemigos, a los que se debe socorrer en las necesidades. ( Mt. 6,43; ). Es ya la máxima perfección del precepto del Éxodo. En esta materia es donde mejor se ve que vino a <<perfeccionar >> la Ley. Jamás la humanidad había llegado a tal altura moral. Cristo se sitúa en una esfera nueva, en una nueva dimensión del amor, ya que considera este precepto como regulador de las relaciones entre los hijos del Padre que es Dios (relación de amor a su imagen y semejanza ) mas que las relaciones entre simples mortales

     En este precepto del Decálogo mosaico se condena el asesinato, pero no se aborda el problema de los muertos en combate, que se consideraba justificado. El homicidio aparece condenado en todos los códigos de la antigüedad, porque el respeto a la vida del inocente es algo que surge de la conciencia mas elemental

En la confesión del difunto ante Osiris, el sujeto proclama que no ha matado a nadie. Al comparar la legislación mosaica con las orientales, veremos el paralelismo con otros códigos  

 

SEPTIMO  MANDAMIENTO
<<  NO  ADULTERARAS  >>
    

 

     Siguiendo el plan de proteger la vida y los bienes sociales, este precepto tiende sobre todo a salvaguar- dar la paz y el orden de la familia, velando por los derechos del hombre sobre la mujer y la legitimidad de los hijos. En la Ley antigua, que admitía la poligamia, no eran iguales los derechos de la mujer sobre su marido que los de este sobre aquella. Los doctores de Israel, siempre materialistas en la concepción de la Ley, entendían también este precepto en el sentido puramente jurídico, de los actos exteriores; pero Jesucristo, entra mas adentro y, entendiéndolo en el sentido moral profundo, condena el deseo de la mujer,

La simple mirada provocativa ( Mt. 6,27-s; ).

     El Apóstol Pablo, llevando hasta el fin el pensamiento del Maestro, declara que siendo el hombre tem- plo de Dios, debe conservarse santo y puro en su cuerpo, so pena de incurrir en profanación de este templo como sacrilegio. Con esto y con la restitución del matrimonio a su estado primitivo, condenando la poligamia y el divorcio, tenemos el sentido pleno de este precepto del Decálogo, tal como lo declaro Jesu-cristo conforme a la primitiva institución creada por Dios: Pero el principio de S. Pablo no mira solo a las relaciones de la vida conyugal, sino a la de todo el individuo, a quien Dios exige la castidad propia de cada estado. Naturalmente esto ya es hilar muy fino para la mentalidad del A.T., al menos en la primera fase mosaica. De hecho en el Decálogo no se alude al pecado de fornicación, sino al de adulterio, en cuanto que es causa de trastorno social. Sera preciso la revelación evangélica para desentrañar el profundo sentido del precepto. Dios, Padre y Maestro de la humanidad, y particularmente de Israel, ha ido puliéndole poco a poco, sin cambios bruscos, conforme a las exigencias de su psicología ruda y de dura cerviz.

     Como se apuntaba antes, la situación de la mujer en caso de adulterio era desesperada, no así en el caso del marido. Aquella debía ser condenada a muerte, así como su cómplice. ( Lev. 20,10;  Dt. 22,22; ).

     En las legislaciones orientales encontramos unas disposiciones similares, y se muestran dan duros en el castigo de infidelidad conyugal de la mujer. El código de hammurabi ordena atar juntos a los culpables y arrojarlos al Eufrates. Prevé sin embargo que el marido ultrajado perdone a la mujer, y entonces el rey dará libertad a su siervo. Si se trata de una mujer desposada pero que aun vive en casa de su padre, su vio- lación acarreara la muerte de la culpable. El código hitita condena a muerte al que viola a una mujer en el monte, pero, si fuera en casa de la mujer, ambos pagaran con la misma pena, y si el marido burlado los coge en flagrante delito y los mata, queda libre de culpa. Las leyes asirías concuerdan también con estas disposiciones. En caso de sospecha sobre la fidelidad de la mujer, ésta << jurara por el nombre de dios, y regresara a su casa >>. Pero si las sospechas son publicas  << a causa de su marido, ella será arrojada al río >>, y este juzgara sobre la verdad de la sospecha. Es decir, si ella se ahoga; es culpable, si se salva; es inocente. En el “Libro de los muertos” egipcio, el difunto declara que no ha adulterado

 

OCTAVO  MANDAMIENTO
<<  NO  ROBARAS  >>
         

 

     Se trata de proteger los bienes del prójimo, que son fruto de su trabajo, extensión por tanto, de su personalidad e indispensable para el sustento del hombre y de su familia. En una nueva época mas alta, Jesucristo condena la avaricia, como fuente del deseo de lo ajeno, y enseña a buscar sobre todo el Reino de Dios y ha confiar en la Providencia del Padre, que proveyendo a todas las cosas, no dejara de mirar por sus propios hijos ( Mt. 6,19-s ; ).

     El hurto propiamente se comete cuando uno se apropia de los bienes de otra persona vinculados por las leyes a otra persona que no es la suya. Pero teniendo en cuenta que Dios ha concedido los bienes materiales al hombre, es decir, a la familia humana, se puede considerar como no incluidos en este precep-

to aquellos actos por lo que uno se apropia de una cantidad de esos bienes que el dueño no necesita, y que para otros son necesarios. Claro, que este principio solo este principio tiene aplicación cuando se trata de bienes naturales, como campos y productos naturales de estos pues si se trata de bienes potenciales, que el hombre en su actividad actualiza, ya no se aplicaría en la misma medida, sin que se pueda prescindir totalmente de el, porque a fin de cuentas, la industria humana no crea nada, ya que necesita siempre de las materias primas, y estas son bienes de la naturaleza. Con esto no se hace sino una indicar algunos princi-pios necesarios para resolver una cuestión tan compleja como esta de la propiedad humana, de la que alguien se atrevió a decir que era un hurto ( Teoría de Sto. Tomas ).

     La legislación mosaica determina las penas contra el hurto ( Ex. 21,16;  22,1;  Lev. 19,11-13; ) las cua- les son mas humanas en esta materia que las del código de Hammurabi, en el que se dicta la pena de muerte para el ladrón. En el “Libro de los muertos “ el difunto declara que no se ha apropiado de lo ajeno. El reconocimiento del derecho de propiedad es una de las bases de las legislaciones antiguas de todos los códigos conocidos.

 

NOVENO  MANDAMIENTO
<<  NO  TESTIFICARAS  CONTRA  TU  PROJIMO  FALSO  TESTIMONIO  >>

 

Por la formulación de este precepto se ve que se limita al testimonio prestado por los testigos en los juicios La administración de la justicia es cosa principalisima para el establecimiento de la paz social, y por ello, indispensable la veracidad de los testigos.

     El “código de la alianza” condena con la pena del talión a los que con mentira tratan de perjudicar al prójimo. Jesucristo, ahondando mas en el precepto, condena no solo el falso testimonio judicial, sino también la mentira. En el llamado “código de santidad” leemos. << No hurtaras, ni os haréis engaño ni mentira unos a otros >> ( Lev. 19,11, ) El libro de los Proverbios señala entre otras cosas que Yahvé abo- rrece “la lengua mentirosa y el testigo falso, que difunde calumnias y enciende rencores entre hermanos”  (Pro. 6,17-19; ) Óseas reprende a los hijos de Israel porque “perjuran, mienten, matan, roban, adulteran y oprimen” ( Os. 4,2; ). S. Pablo dirá mas tarde a los efesios << Por lo cual, despojándonos de la mentira, hable cada uno verdad con su prójimo, pues todos somos miembros unos de otros”. ( Ef. 4,25; ) Es la mas alta razón que se puede alegar, ya que considera a los cristianos como miembros del Cuerpo Místico de Cristo. A los galatas dice, en consonancia con esto, que somos uno en Cristo y, por tanto, no debemos hacer nada que perjudique a nuestros prójimos, a quienes estamos tan íntimamente unidos en Cristo.

     En las legislaciones orientales se condena severamente a los falsos testigos así se dice en el código de Hammurabi: << Si un hombre ha recriminado a otro y a arrojado sobre él el maleficio, pero no le ha convencido de culpa, el que le recrimino será reo de suerte >>   << Si un hombre hecho suerte sobre otro, pero no le ha convencido de la culpa, aquel sobre el que se hecho suerte ( suerte igual a acusación ) ira al rió y se arrojara en él. Si el río se apodera de él, el acusador tomara su casa; pero si le declara inocente y queda salvo, el que hecho las suertes perderá la vida, y el acusado tomara la casa del que le acuso >>. Así, pues, el Eufrates, como si fuera una divinidad, esta convertido en juez supremo e inapelable en casos du- dosos.

 

DECIMO  MANDAMIENTO
<<  NO  DESEARAS  LA  CASA  NI  LA  MUJER  DE  TU  PROJIMO . . . . .  >>
 

     El ultimo precepto se diferencia de los demás en que no prohíbe actos externos, sino deseos internos. La formulación completa es como sigue: << No desearas la casa de tu prójimo, ni su mujer, ni su siervo ni su sierva, ni su buey ni su asno, ni nada de cuanto le pertenece >>. Es la codicia el principio de los hurtos, y así este precepto mira a la raíz de los preceptos anteriores, de los cuales se diferencia de que no tiene por jueces mas que a la propia conciencia y ha Dios, que ve cuanto pasa en el corazón del hombre.

     Sobre el objeto de este precepto observemos que abarca a cuanto al hombre pertenece. <<su casa>> con todo lo que esta expresión implica en el lenguaje bíblico; es decir, en el primer lugar << su esposa>> comprada por el marido por una suma convenida de dinero, y sus << siervos>>  y sus bienes. El mal deseo de la mujer del prójimo es fuente de adulterios. El deseo de los bienes materiales puede ser principio del robo, lo que esta condenado en el precepto octavo.

     En el texto bíblico, el deseo de la mujer esta prohibido no tanto por salvaguardar la castidad, sino la justicia, en cuanto que la esposa es considerada como algo que en justicia pertenece al marido. Por eso en el contexto figura entre los bienes de este, junto a la casa, los siervos, el buey y el asno.....

     Para entender esto hay que tener en cuenta la situación de la mujer en la sociedad antigua, privada de muchos derechos inherentes al hombre. Reflejo de esta mentalidad es la legislación mosaica relativa a la mujer como veremos. En Dt. 5,22 se lee: << No codiciaras la mujer de tu prójimo, ni codiciaras su casa ni nada de cuanto al prójimo le pertenece >>. Aquí vemos como la mujer es un objeto comprado por el marido. Esta situación de inferioridad fue atenuándose en Israel, llegando a su plena rehabilitación en el mensaje evangélico, cuando se prohíbe todo deseo de la mujer y todo divorcio por cualquier causa..

     ¿Qué sentido tiene en el texto la palabra prójimo (re´a )? Parece que el legislador aquí piensa en el israelita, pues al hablar de los extranjeros en la legislación mosaica, se llama gêr  (Lev. 19,18; Dt.10, 19; ) Sera Cristo el que extienda el precepto a toda la humanidad, incluso a los enemigos ( Mt. 5,14, ) Pero no podemos trasladar la pureza de la moral evangélica a los tiempos mosaicos. La revelación se ha dado fragmentada y progresivamente, y solo con la encarnación del Verbo llego aquélla a su plenitud.

     Los malos deseos aparecen también condenados en la legislación egipcia, pues el difunto confiesa también ante Osiris en el “Libro de los muertos” << Mi corazón no ha sido criminal>>. En la historia patriarcal aparece ya la condenación de los malos deseos. ( Gen. 4,7;  8,21;  20,4-7; )

 

CONSIDERACIONES  FINALES  SOBRE  EL  DECALOGO  MOSAICO
    

Como se ve por lo antes expuesto, estos diez preceptos no corresponden del todo a los del Decálogo cris- tiano, el cual suprime el segundo, que prohíbe las imágenes; corrige el cuarto, y divide los dos últimos. La formulación actual tiene en cuenta tiene en cuenta el progreso de la revelación, que culmino en la doctrina del Evangelio.

     En estos preceptos mosaicos se hallan resumidos los principios de la ley moral. Abarca cuatro precep-tos que regulan las relaciones del hombre con Dios, uno con los padres y cinco con el prójimo. Y tenemos una gradación descendente, Dios, los padres, el prójimo y sus bienes. También en los grupos primero y tercero observamos una gradación. La distinción de preceptos es bien fácil de entender por la exposición que de ellos queda hecha. En los comentaristas antiguos existe alguna discordancia, que acaso proviene de no haber tenido en cuenta el progreso de la revelación divina, la cual se extiende a la ley moral contenida en el Decálogo.

     Supuesto que estos preceptos son expresión de la ley natural, que Dios imprimió en la mente del hombre, no habrá motivo de maravilla que lo encontremos en la literatura pagana. Y efectivamente, lo podemos leer, no completos ni expresados en la forma lógica y sintética del Éxodo. La literatura caldea nos ofrece algo así como los exorcismos de un mago que pretende curar a un enfermo del mal, que cree ser castigo de sus pecados, y para conjurar ese mal va enumerando todos los pecados que el enfermo pudo haber cometido. La serie es mas larga que la del Decálogo, pero no mas completa. También el llamado “Libro de los muertos” de los egipcios se enseña a los difuntos la confesión que han de hacer ante el tribu- nal de Osiris de los males que no hicieron, y de ella hay que decir que es una enumeración mas larga, pero no por ello mas completa. Lo que no alcanzo la sabiduría de los caldeos y egipcios ( máximos representan- tes de la sabiduría antigua ) lo ofrece la literatura de unos rudos moradores del desierto, los despreciados hebreos. Sobre todo la originalidad del Decálogo mosaico esta él el primero y segundo precepto, en los que se declara la trascendencia y santidad del Dios único, verdad desconocida en todo el ambiente religioso del Antiguo Oriente. Humanamente es inexplicable como haya podido llegar al pequeño clan abrahámida al monoteísmo estricto, la forma religiosa mas elevada. Solamente suponiendo una interven-ción positiva de Dios en la historia de este pueblo se puede comprender la altura de las concepciones religiosas en Israel, pues este pueblo, lejos de ser por temperamento espiritualista, era materialista, sensual y de dura cerviz, como constantemente se reitera en los escritos sagrados. Su tendencia hacia la idolatría era la debilidad mas acusada de los israelitas antes del destierro babilónico. No se puede explicar, pues, por simple evolución de ideas religiosas de un pueblo de especial sensibilidad religiosa. Se ha querido explicar el monoteísmo hebraico como fruto de la especialísima sensibilidad religiosa de los hebreos. Como los griegos tuvieron un temperamento sin igual abstractivo y filosófico, así los hebreos habían tenido un temperamento espiritualista religioso especial, que les llevaría a depurar las formas religiosas inferiores hasta llegar a la superior del monoteísmo estricto. Esta tesis evolucionista religiosa de Wellhausen esta en contradicción de lo que sabemos del pueblo hebreo por la historia bíblica. Los israelitas lejos de tener propensión al espiritualismo, eran materialistas y sensualistas, como todos los semitas, y contra esa tendencia atávica tuvieron que luchar los representantes del yahvismo tradicional, los profetas, auténticos depositarios del espíritu superior religioso inculcados a Israel por el gran legislador Moisés. Por eso, “el Decálogo es un valor moral sin igual en la antigüedad, y ningún conjunto de leyes anteriores al cristianismo puede comparársele..... Por ello ha constituido siempre la “carta magna” del orden social en todas las sociedades humanas.

     << El Decálogo, que la misma Biblia presenta como el elemento legislativo mas antiguo, nos ha llega- do en dos recensiones divergentes ( Ex. 20,2-17; Dt. 5,6-21; Ex. 34,14-26, ) sus artículos mas breves han conservado probablemente la forma mas antigua, que debía ser imperativa, tajante, tal que pudo esculpirse convenientemente en las dos tablas de piedra; los otros mas abundantes de palabras, han conservado el mismo fondo bajo forma menos antigua. Ahora bien, documentos muestran su analogía, ya sea en el fondo ya en la forma mas antigua del Decálogo. >>

     El cap. 125 del “Libro de los muertos” egipcio trata de la presentación del muerto ante el tribunal que preside Osiris, rodeado de 42 dioses, sus asesores; pero, antes de entrar, el muerto hace ante ellos un pro- fundo examen de conciencia, teniendo en cuenta, entre otros, los casos siguientes

 

<< No cometí injusticia

      No pille

      No fui ávido;

      No robe,

      No mate hombres;

      No disminuí las medidas;

      No cometí injusticia alguna;

      No robe lo que poseía el templo;

      No pronuncie mentira;

      No deshonre a dios.....>>

 

      Y en otro lugar:

 

<< No mate

      No hice matar;

      No obre mal contra nadie;

      No disminuí la oblación del templo;

      No disminuí las tortas sagradas de los dioses;

      No substraje las tortas de los muertos;

      No cometí fornicación ( ¿ )

      No practique la impudicicia ( en el santuario del dios de la ciudad ).

     Tenemos otros documentos de Babilonia. Un ritual de Shurpu prescribe que a las personas sobre quie- nes hay que practicar el exorcismo, se debe hacer entre muchas otras cosas, las siguientes preguntas.

 

<<¿ Has ultrajado a un dios?

     ¿ Has despreciado a una diosa?

     ¿ Su pecado es contra su dios?

     ¿ Contra su diosa su delito?

     ¿ Tiene odio a sus antepasados?

     ¿ Rencor a su hermana mayor?

     ¿ Ha despreciado a su padre o a su madre?

     ¿ Ha vilipendiado a su hermana mayor?

     ¿ Ha dicho es en vez de no es?

     ¿ Ha dicho no es en vez de es?

     ¿ Ha dicho cosas impuras?

     ¿ Ha cometido inconsideraciones?

     ¿ Ha penetrado en casa de su prójimo?

     ¿ Ha andado demasiado cerca de la mujer de su prójimo?

     ¿ Ha vertido la sangre de su prójimo?

     ¿ Fue recta su boca y no leal su corazón?

     ¿ Afirmaba su boca y negaba su corazón?.

 

 

     Ahora bien, los artículos desnudos y tajantes son tales que han podido ser concebidos como respuestas a otros tantos artículos, también desnudos y tajantes, de algún conocidísimo formulario de leyes que sirvió de guía a estos; en tal caso ( dejando de lado el numero de leyes ) tendríamos verdaderos “decálogos” que en Egipto dirían << No cometer adulterio, no pillar, no ser codiciosos, no robar, no matar >>, etc. Y en Babilonia  << No ofender a un dios, no despreciar a una diosa,no despreciar padre y madre.....No decir es en vez de no es.....  No verter la sangre del prójimo >>