Año
Santo Jubilar
EnciCato
Se disputa la última derivación de la palabra Jubileo, pero lo más probable es
que se remonte la palabra hebrea jobel, y que significó " el cuerno de un
carnero ", y que de este instrumento, usado en la proclamación de la
celebración, se derivó cierta idea de regocijo. Además, pasando con los
iobelaios griegos, o los iobelos, la palabra llegó a confundirse con la palabra
Latina jubilo, que significa " gritar ", y nos ha dado las formas jubilatio y
jubilaeum, ahora adoptados en la mayoría de las lenguas europeas.
Para los Israelitas (Véase el AÑO JUBILAR HEBREO), el año del Jubileo era en
cualquier caso preeminentemente una época de la alegría, el año de la remisión o
del perdón universal. "Santificareis el quincuagésimo año, " leemos en Levítico
25:10, " y proclamareis la remisión a todos los habitantes de vuestra tierra:
pues éste es el año del Jubileo." Cada séptimo año, como cada séptimo día, era
siempre considerado santo y reservado para el descanso o Año sabático, pero el
año que seguía siete ciclos completos debía ser guardado como de especial
solemnidad. El Talmudista y otros disputaron luego si el año del Jubileo era el
cuarenta-noveno o quincuagésimo año, la dificultad en el último caso estribada
en que dos años sabáticos se deben haber observado en sucesión. Además, existen
datos históricos que parecen mostrar que en la era de los Macabeos el Jubileo
del quincuagésimo año no habría podido ser mantenido, porque 164-163 A.C. y
38-37 A.C. eran ambos años ciertamente sabáticos, lo cual no habrían podido ser
si dos años sabáticos habían sido intercalados en el intervalo. Sin embargo, el
texto de Levítico (25:8-55) no deja lugar para la ambigüedad de que el
quincuagésimo año fue el que se tenía en mente, y de la institución guardaba
evidentemente una analogía cercana con la "Fiesta de Pentecostes", que era el
día de cierre después de siete semanas de la cosecha. En cualquier caso lo
cierto es que el período del Jubileo, como era generalmente entendido y adoptado
posteriormente en la Iglesia Cristiana, significaba cincuenta y no cuarenta y
nueve años; pero al mismo tiempo no se llego originalmente al número cincuenta
porque representara la mitad de un siglo, sino porque era el número que seguiá
siete ciclos de siete.
Era, pues, parte de la legislación de la Antigua Ley, así fuere práctico
adherirse o no a ella, que cada quincuagésimo año debía ser celebrado como año
del Jubileo, y que en esta época cada casa debe recuperar a sus miembros
ausentes, la tierra sea devuelta a sus antiguos propietarios, los esclavos
hebreos sean liberados, y se rediman las deudas.
El mismo concepto, espiritualizado, conforma la idea fundamental del Jubileo
cristiano, aunque es difícil juzgar que tan remota puede haber sido cualquier
clase de continuidad existente entre los dos. Se indica comúnmente que el Papa
Bonifacio VIII instituyó el primer Jubileo cristiano en el año 1300, y es cierto
que ésta es la primera celebración de la cual tenemos cualquier registro exacto,
pero es también seguro que la idea de solemnizar un quincuagésimo aniversario
era familiar a los escritores medievales, sin lugar a duda por medio de su
conocimiento de la Biblia, mucho antes de que esa fecha. El Jubileo de la
profesión religiosa de los monjes se guardaba a menudo, y probablemente una
cierta memoria vaga sobrevivió de esos ludi saeculares romanos que se conmemoran
en el " Carmen Saeculare " de Horacio, aunque este último fue asociado
comúnmente a un período de cien años más bien que a un menor intervalo. Pero, lo
que resulta aun más significativo, es que el número cincuenta fue asociado
especialmente en los inicios del decimotercer siglo a la idea de la remisión. La
traducción de Santo Tomás de Canterbury ocurrió en el año 1220, cincuenta años
después de su martirio. El sermón en esa ocasión fue predicado por Stephen
Cardinal Lantron, que dijo a sus oyentes que este accidente fuera querido por la
Providencia para recordar " la virtud mística del número cincuenta, que, como
cada lector de la pagina sagrada está enterado, es el número de la remisión " (P.l.,
CXC, 421). Puede ser que seamos tentados para ver en este discurso una
fabricación de una fecha posterior, de no ser por el hecho que un himno latino
dirigió contra los Albigenses, y ciertamente perteneciente a los inicios del
decimotercer siglo, que habla en términos exactamente similares. El primer
párrafo dice así:
Anni favor jubilaei
Poenarum laxat debitum,
Post peccatorum vomitum
Et cessandi propositum.
Currant passim omnes rei.
Pro mercede regnum Dei
Levi patet expositum.
A la luz de esta mención explícita de un Jubileo con las grandes remisiones de
las penas del pecado que se obtendrá por la confesión completa y el propósito de
la enmienda, parece difícil rechazar la declaración del Cardenal Stefaneschi,
contemporáneo y consejero de Bonifacio VIII, y autor de un tratado sobre el
primer Jubileo ("De Anno Jubileo " en La Bigne, " Bibliotheca Patrum ", VI,
536), que la proclamación del Jubileo debió a su origen a las declaraciones de
ciertos peregrinos de edad que persuadieron Bonifacio que las grandes
indulgencias habían sido concedidas a todos los peregrinos en Roma alrededor de
cientos años antes. Es también significativo que en la Crónica de Alberic de
Tres Fuentes, bajo el año 1208 (nótese que no, 1200), encontramos esta breve
nota: "Se dice que este año fue celebrado como el quincuagésimo año, o el año
del Jubileo y de la remisión, en la corte romana " (Pertz, " Mon. Germ. Hist.:
Escritura." XXIII, 889). Está más allá de todo el conflicto que el 22 de febrero
de 1300, Bonifacio publico la Bula "Antiquorum fida relatio", en la cual,
apelando vagamente al precedente de tiempos pasados, él declara que concede de
nuevo y renueva ciertas "grandes remisiones e indulgencias para los pecados" que
deben ser obtenidos "visitando la ciudad de Roma y de la basílica venerable del
príncipe del Apóstoles". Detallando más exactamente, él especifica que concede
"no solamente pleno y copioso, sino el más pleno, perdón de todos sus pecados",
a los que satisfagan ciertas condiciones. Éstas son, primero, que siendo
verdaderamente penitentes confiesen sus pecados, y en segundo lugar, que visiten
las basílicas de San Pedro y de San Pablo en Roma, por lo menos una vez al día
por un tiempo especificado -- en el caso de los habitantes por treinta días, en
el caso de los extranjeros para quince. No se hace ninguna mención explícita de
a la Comunión, ni la palabra Jubileo se menciona en la Bula -- el Papa habla de
hecho de una celebración que sea efectuara cada cien años -- pero tanto
escritores romanos como no nativos describieron este año como jubileus annus, y
el nombre de Jubileo (aunque otros, tales como " año santo " o "año dorado" se
han utilizado también) se ha aplicado a tales celebraciones desde que Dante,
quien algunos suponen que visito Roma durante este año para participar del
Jubileo, le refiere bajo el nombre de Giubbileo en el Inferno (xviii, 29) y
testimonia indirectamente la presencia enorme de peregrinos comparando a los
pecadores que pasan a lo largo de uno de los puentes de Malebolge en direcciones
opuestas, a las multitudes que cruzan el puente del castillo San Angelo en su
camino a y desde San Pedro. De manera semejante, el cronista Villani quedo tan
impresionado en esta ocasión por la vista de los monumentos de Roma y de la
gente que se agolpaban hacia ellos que allí y entonces tomo la resolución de su
gran crónica, en el desarrollo de la cual da cuenta notable de lo que él
atestiguó. Él describe la indulgencia como remisión completa y total de toda
pena de los pecados di culpa e di pena, y hace énfasis en la gran alegría y buen
orden de la gente, a pesar del hecho de que durante la parte de mayor auge de
ese año había doscientos mil peregrinos en promedio presentes en Roma
adicionalmente a la población ordinaria. Con respecto a la frase apenas notada a
culpa et a poena, que a menudo fue utilizado popularmente para el Jubileo y
otras indulgencias similares, debe ser observarse que no significa más qué lo
que hoy se entiende por una "indulgencia plenaria". Implicó, sin embargo, que
cualquier confesor romano aprobado tenía facultades a absolver de casos
reservados, y que así virtualmente la libertad acordada de seleccionar un
confesor fue tomada como privilegio. La frase era poco científica, y no fue
utilizada comúnmente por los teólogos. No significó ciertamente, como alguno han
pretendido, que la indulgencia por sí misma eximiera de culpabilidad así como
pena. La culpabilidad era remitida solamente en virtud de la confesión
sacramental y de la contrición del penitente. El Soberano Pontífice nunca
mencionó ningún poder de la absolución en casos graves además de éstos. "todos
los teólogos", observa Maldonatus, "unánimemente sin una sola excepción,
confirman que una indulgencia no es una remisión de la culpabilidad sino de la
pena." (véase Paulus en el "kath de Zeitschrift f.. Theologie", 1899, pp. 49 sqq.,
423 sqq., 743 sqq., y "revisión de Dublín", enero 1900, de sqq de los pp. 1.).
Como hemos visto, Bonifacio VIII había pensado que el Jubileo debía celebrarse
solamente una vez cada cien años, pero algún momento antes de la mitad siglo
catorce, grandes solicitudes, en las cuales Santa Brígida de Suecia y el poeta
Petrarca entre otros tuvieron cierta parte, fueron hechas al Papa Clemente VI,
que entonces residía en Avignon, para anticipar este término, determinado sobre
la base de que el promedio de la vida humana era tan corto que de otra manera
sería imposible para que muchos esperen ver cualquier Jubileo en su propia
generación. Clemente VI consintió, y en 1350 por consiguiente se celebro el
Jubileo, aunque el propio Papa no volvió a Roma. El cardenal Gaetani Ceccano fue
por tanto enviado para representar Su Santidad en el Jubileo. En esta ocasión
visitas diarias a los templos de San Juan de Letrán fueron impuestas, además de
las basílicas de San. Pedro y el San Pablo Extramuros, mientras que en el
Jubileo siguiente, se agregó a la lista Santa María la Mayor. Desde entonces la
visita a estos cuatro templos ha permanecido sin cambios desde entonces como una
de las condiciones primarias para ganar el Jubileo romano. La que sigue
celebración se llevo a cabo en 1390, y en virtud de una ordenanza de Urbano VI,
se propuso llevar a cabo un Jubileo cada trigesimotercer año como representación
del período de la estancia de Cristo sobre la tierra y también el promedio de la
vida humana. Otro Jubileo fue proclamado por consiguiente por Martín V en 1423,
pero Nicolás V, en 1450, lo revirtió al período quinquagesimal, mientras que
Pablo II decretó que el Jubileo se debe celebrar cada veinticinco años, y ésta
ha sido la regla normal desde entonces.
Los Jubileos de 1450 y 1475 fueron atendidos por muchedumbres extensas de
peregrinos, y el de 1450 desafortunadamente se hizo famoso por un accidente
terrible en el cual pisotearon a casi doscientas personas hasta la muerte en un
pánico que ocurrió en el puente de San Angelo. Pero incluso este desastre tuvo
sus buenos efectos en las acciones tomados luego para ensanchar las carreteras y
prever la hospitalidad y la comodidad de los peregrinos por numerosas
organizaciones caritativas, de las cuales el Archicofradía de la Santísima
Trinidad, fundada por San Felipe Neri, era la más famosa. Por otra parte, es
imposible dudar de la evidencia de innumerables testigos en cuanto a la gran
renovación moral producida por estas celebraciones. El testimonio viene en
muchos casos de las fuentes más irreprochables, y se extiende a partir de los
días de Bonifacio VIII hasta la llamativa cuenta dada por el Cardenal Wiseman
("Los últimos cuatro Papas", pp. 270, 271) del único Jubileo llevado a cabo en
el siglo XIX, el de 1825. La omisión de los Jubileos de 1800, 1850, y 1875 se
debió a los disturbios políticos, pero salvo estas anomalías la celebración se
ha mantenido uniformemente cada veinticinco años a partir de 1450 hasta nuestros
días. El Jubileo de 1900, aunque privado de mucho de su esplendor por el
confinamiento del Santo Padre dentro de los límites del Vaticano, fue, sin
embargo realizado por Papa León XIII con toda la solemnidad que fue posible.
CEREMONIAL DEL JUBILEO
La característica más distintiva del ceremonial del Jubileo es la destrucción
del sello y al final la reconstrucción del sello (muro) la "Puerta santa" en
cada uno de las cuatro grandes basílicas que requieren visitar los peregrinos.
Anteriormente se suponía que este rito fue instituido por Alejandro VI en el
Jubileo de 1500, pero esto es ciertamente un error. Para no hablar de una
supuesta visión de Clemente VI que data de 1350, en la cual se dice fue
sobrenaturalmente exhortado para "abrir la puerta", tenemos varias referencias a
la "puerta santa" o a la "puerta de dorada" en conexión con el Jubileo mucho
antes del año 1475. El dato más temprano parece ser el del peregrino español,
Pero Tafur, c. 1437. Él relaciona la indulgencia del Jubileo con el derecho de
santuario, que, él mantiene, existida en las épocas pagan para todos que
cruzaban el umbral de la puerta tarpea sobre el sitio de Letrán. Él continúa
diciendo que, a petición de Constantino, el Papa Silvestre publicó a una Bula
que proclamaba la misma inmunidad del castigo para los pecadores cristianos que
tomarán refugio allí. El privilegio, sin embargo, fue tremendamente abusado y
los Papas por lo tanto pidieron que la puerta fuera sellada en todo tiempo
excepto en ciertas épocas de tolerancia especial. La puerta estaba antes
accesible solamente una vez en cien años, esto fue reducido luego a cincuenta, y
ahora se dice "que esta abierto a la voluntad del Papa." No obstante todo lo
legendario que esto puede ser, es apenas posible que la historia haya podido ser
recientemente fabricada cuando Tafur la registró. Por otra parte, un número
considerable de testigos refieren la destrucción del sello de la puerta santa en
la conexión con el Jubileo de 145O. Uno de éstos, el comerciante florentino
Giovanni Rucellai, quien habla de las cinco puertas del basílica de Letrán, una
de las cuales permanecía siempre sellada excepto durante el año del Jubileo, en
que se derribaba en Navidad cuando el Jubileo comienza. La devoción que el
populacho tiene para los ladrillos y el hormigón del cual se compone es tal que
en su destrucción, los fragmentos son llevados inmediatamente por la
muchedumbre, y los extranjeros (oltremontani del gli) les llevan el hogar como
tantísimas reliquias sagradas. . . .Por la devoción quiénes ganan la indulgencia
pasan a través de esa puerta, que se sella otra vez tan pronto como se termine
el Jubileo. (Archivio di Storia Patria, intravenoso, 569-57o)
Todo esto describe un rito que ha durado sin cambio hasta hoy, y que ha provisto
casi siempre el tema principal representado sobre la serie larga de medallas del
Jubileo publicadas por los varios Papas que han abierto y cerrado la puerta
santa al principio y fin de cada año del Jubileo. Cada uno de las cuatro
basílicas tiene su puerta santa. La de San Pedro es abierta en la víspera de
Navidad que precede el anno santo por el pontífice en persona, y es cerrada por
él en la siguiente víspera de Navidad. El Papa golpea sobre la puerta tres veces
con un martillo de plata, cantando el versículo "Abridme las puertas de la
justicia". La albañilería, que se ha aflojada de antemano, se hace para caer al
tercer golpe, y, después de que el umbral haya sido barrido y lavado por los
penitenciarios del Jubileo, el Papa entra primero. Cada una de las puertas
santas en las otras basílicas es abierta semejantemente por un cardenal elegido
especialmente para el propósito. El simbolismo de esta ceremonia probablemente
está estrechamente conectado con la idea de la exclusión de Adán y Eva del
paraíso, y la expulsión y la reconciliación de los penitentes según el ritual
proporcionado en el Pontifical. Pero pudo también haber sido influenciado por la
vieja idea de buscar el santuario, como Tafur y Rucellai sugieren. La aldaba del
santuario de la catedral de Durham todavía permanece recordarnos la parte
importante que esta institución jugó en la vida de nuestros antepasados.
LA INDULGENCIA DEL JUBILEO
Esto es una indulgencia plenaria que, según lo indicado por Bonifacio VIII en
Consistorio, es la intención la Santa Sede conceder de la manera más amplia
posible. Por supuesto, cuando concedida originalmente, tal indulgencia, y
también el privilegio correspondiente de elegir un confesor con autoridad de
absolver en casos reservados, eran un favor espiritual mucho más especial que en
lo que se ha convertido desde entonces. Tan preeminente era el favor entonces
otorgado que se implantó la costumbre de suspender el resto de las indulgencias
durante el año del Jubileo, una práctica que, con ciertas modificaciones,
todavía persiste hoy. Las condiciones exactas para ganar cada Jubileo son
determinadas por el romano pontífice, y se anuncian generalmente en una Bula
especial, distinta de la que se acostumbra publicar en la celebración precedente
de la Ascensión que da aviso de la próxima celebración. Las condiciones
principales, sin embargo, que no varían generalmente, son tres: Confesión,
Comunión y visitas a las cuatro basílicas durante cierto período especifico. La
afirmación hecha por algunos, de que la indulgencia del Jubileo, siendo a culpa
et a paena, anteriormente no presupuso la confesión o el arrepentimiento, es
absolutamente infundada, y es refutada por cada documento oficial conservado
hasta nuestros días. Además de la indulgencia ordinaria del Jubileo, que es
ganada solamente por los peregrinos que visitan Roma, o con la concesión
especial para ciertos religiosos de claustro confinados dentro de sus
monasterios, ha sido comúnmente acostumbrado ampliar esta indulgencia al año
siguiente a los fieles al rededor del mundo. Para esto se designan nuevas
condiciones, generalmente incluyendo cierto número de visitas a templos locales
y algunas veces ayuno u otras obras de caridad. Además, los Papas han ejercido
constantemente su prerrogativa en la concesión a todo fiel indulgencias ad
instar jubilaei (con apego al modelo del Jubileo) que se conocen comúnmente como
"Jubileos extraordinarios". En estas ocasiones, como en el Jubileo mismo,
generalmente se otorgan facilidades especiales para la absolución de casos
reservados, aunque por otra parte, la indulgencia plenaria debe se gana
solamente mediante condiciones mucho más onerosas que las requeridas para una
indulgencia plenaria ordinaria. Tales Jubileos extraordinarios son concedidos
comúnmente por un Pontífice recientemente elegido en su accesión o en ocasión de
una celebración especial, como fue hecho, por ejemplo, en la convocatoria del
primer Concilio Vaticano en ocasión de una gran calamidad.
HERBERT THURSTON
Transcrito por Donald J. Boon
Traducido por Arturo Salinas Guerrero