Los principios del Ecumenismo

 

José Ramón Villar
Diccionario de Teología
Eunsa, Pamplona 2006, pp. 292-297

 

Sumario

Introducción.- 1. La unidad y unicidad de la Iglesia.- 2. La situación de los demás cristianos.- 3. El ecumenismo a la luz de estos principios.

Introducción

El Decreto Unitatis redintegratio señala el sentido del «problema ecuménico»: «... única es la Iglesia fundada por Cristo Señor, aun cuando son muchas las comuniones cristianas que se presentan a los hombres como la herencia de Jesucristo» (UR 1). Esta división contradice la voluntad de Cristo; es un escándalo para el mundo y un serio obstáculo para la evangelización. Reconoce que el «movimiento ecuménico» está impulsado por e! Espíritu Santo, y considera que el deseo de restablecer la unidad es una «divina vocación y gracia». Este deseo de unidad surge en los cristianos, no sólo individualmente, sino en cuanto reunidos en «asambleas en las que oyen el Evangelio y a las que cada grupo llama Iglesia suya y de Dios» (UR 1).

El Decreto conciliar parte del designio divino de unidad. La unidad es la finalidad de la encarnación, el objeto de la oración de Jesús y del mandato de la caridad; la unidad es el efecto de la eucaristía, así como de la venida del Espíritu Santo, «por medio del cual (Jesús) llamó y congregó al pueblo de la Nueva Alianza, que es la Iglesia, en la unidad de la fe, de la esperanza y de la caridad» (UR 2). Dios mismo ha dado a la Iglesia -continúa el decreto- principios invisibles de unidad (el Espíritu Santo que habita en los creyentes, uniéndolos a Cristo y, por Él, al Padre); y también principios visibles (la confesión de la misma fe, la celebración de los «sacramentos de la fe», y el ministerio apostólico).

El Colegio de los Doce es el depositario de la misión apostólica; de entre los Apóstoles, destacó a Pedro, al que Jesús confía un ministerio particular. «Para establecer ésta su santa Iglesia en todo el mundo hasta el fin de los siglos, Cristo confió al Colegio de los Doce el oficio de enseñar, gobernar y santificar (cfr Mt 28,18-20 y Jn 20,21-23). Entre ellos eligió a Pedro, sobre el cual, después de la confesión de fe, decretó edificar su Iglesia; a él le prometió las llaves del reino de los cielos (cfr Mt 16,19 con 18,18) y le encomendó, después de la profesión de su amor, confirmar a todas las ovejas en la fe (Lc 22,32) y apacentarlas en la perfecta unidad (cfr Jn 21,15-17), permaneciendo eternamente Jesucristo como piedra angular definitiva (cfr Ef 2,20) y pastor de nuestras almas» (UR 2). El Decreto considera a continuación el momento sucesorio -el «tiempo de la Iglesia»-, enraizado en la voluntad de Jesús (cfr UR 2). Termina la exposición aludiendo a la raíz trinitaria, fuente y modelo de la unidad.

Esas afirmaciones se mueven en el marco de la «eclesiología de comunión», es decir, consideran la Iglesia como un todo orgánico de lazos espirituales (fe, esperanza, caridad) y de vínculos visibles (profesión de fe, economía sacramental, ministerio pastoral), cuya realización culmina en el misterio eucarístico, signo y causa de la unidad de la Iglesia. La Iglesia está allí donde están los Apóstoles, la Eucaristía, el Espíritu.

Por fuertes que sean estos principios de unidad, la flaqueza humana ha contrariado el designio divino, «a veces no sin culpa de ambas partes» (UR 3). Sin embargo, la Iglesia una no se ha disgregado en fragmentos varios. «La Iglesia católica afirma que, durante los dos mil años de su historia, ha permanecido en la unidad con todos los bienes de los que Dios quiere dotar a su Iglesia» (UUS 11).

Es éste un principio decisivo: la Iglesia de Jesucristo «establecida y organizada en este mundo como una sociedad, subsiste en la Iglesia católica, gobernada por el sucesor de Pedro y por los Obispos en comunión con él, si bien fuera de su estructura se encuentren muchos elementos de santidad y verdad que, como bienes propios de la Iglesia de Cristo, impelen hacia la unidad católica» (LG 8).

Tenemos aquí la célebre expresión «subsistit in», con la que el Concilio ha querido dar cuenta de la verdadera realidad cristiana que existe fuera del marco visible de la Iglesia católica romana, a la vez que afirma ser ella la presencia plena de la Iglesia de Jesucristo en la tierra. Esos «elementos de santidad y verdad» (elementa seu bona Ecclesiae) se hallan presentes «fuera del recinto visible de la Iglesia Católica» (UR, 3), y permiten hablar de verdadera comunión entre los cristianos, aunque imperfecta. «En efecto -dirá Juan Pablo II- los elementos de santificación y de verdad presentes en las demás Comunidades cristianas, en grado diverso unas y otras, constituyen la base objetiva de la comunión existente, aunque imperfecta, entre ellas y la Iglesia católica.

En la medida en que estos elementos se encuentran en las demás Comunidades cristianas, la única Iglesia de Cristo tiene una presencia operante en ellas» (UUS 11). El Decreto enumera algunos de estos bienes. Juan Pablo II subrayará especialmente la afirmación de Unitatis redintegratio 15 que, en relación con las Iglesias ortodoxas, dice que «por la celebración de la Eucaristía del Señor en cada una de esas Iglesias, se edifica y crece la Iglesia de Dios» (UUS 12).

2. La situación de los demás cristianos

El número 3 del Decreto, partiendo de estos principios, se fija, primero, en los cristianos que ahora nacen en esas Iglesias y comunidades. Éstos: a) no tienen culpa de la separación pasada; b) la fe y el bautismo les incorpora a Cristo y, por tanto, a la Iglesia, aunque esta comunión no sea plena por razones diversas; c) son auténticos cristianos, amados por la Iglesia y reconocidos como hermanos. Vuelve a recordar que los bienes de santidad y verdad en ellos existentes son ya verdaderos elementos de comunión, aunque imperfecta: «... la Palabra de Dios escrita, la vida de la gracia, la fe, la esperanza y la caridad, y otros dones interiores del Espíritu Santo y los elementos visibles: todas estas realidades, que provienen de Cristo y a Él conducen, pertenecen por derecho a la única Iglesia de Cristo». Lurnen gentium 15 añadía a esto «la comunión de oraciones y otros beneficios espirituales, e incluso cierta verdadera unión en el Espíritu Santo, ya que Él ejerce en ellos su virtud santificadora con los dones y gracias y algunos de entre ellos los fortalecióhasta la efusión de la sangre». Estos bienes provienen de Cristo y a Él conducen: cuando son vividos genuinamente despliegan su dinamismo interior hacia la unidad plena.

Las últimas palabras citadas se refieren a la función de las Iglesias y comunidades cristianas en la salvación. En efecto, los bienes de salvación alcanzan a los cristianos precisamente en cuanto miembros de sus Iglesias y comunidades respectivas. Son esas Iglesias y comunidades cristianas como tales las que, aun padeciendo deficiencias según el sentir católico, «de ninguna manera están desprovistas de sentido y valor en el misterio de la salvación. Porque el Espíritu de Cristo no rehusa servirse de ellas como medios de salvación, cuya virtud deriva de la misma plenitud de gracia y de verdad que fue confiada a la Iglesia católica» (3). El fundamento de este valor salvífico no se halla en estas comunidades «en cuanto separadas», sino en cuanto son copartícipes de la única y misma economía salvífica. La razón estriba -como decía la Relatio conciliar a estas palabras del Decreto- en «que los elementos de la única Iglesia de Jesucristo conservados en ellas pertenecen a la economía de la salvación». «La única Iglesia de Jesucristo, está presente y actúa en ellas, si bien de manera imperfecta [...], sirviéndose de los elementos eclesiales en ellos conservados». Refiriéndose a estos principios, dice por su parte el Papa: «Se trata de textos ecuménicos de máxima importancia. Fuera de la comunidad católica no existe el vacío eclesial. Muchos elementos de gran valor (eximia), que en la Iglesia católica son parte de la plenitud de los medios de salvación y de los dones de gracia que constituyen la Iglesia, se encuentran también en las otras Comunidades cristianas» (UUS 13).

Esta valoración positiva no ignora lo que separa: «Sin embargo, los hermanos separados de nosotros, ya individualmente, ya sus Comunidades e Iglesias, no disfrutan de aquella unidad que Jesucristo quiso dar a todos aquellos que regeneró y convivificó para un solo cuerpo y una vida nueva, que la Sagrada Escritura y la venerable Tradición de la Iglesia confiesan. Porque únicamente por medio de la Iglesia católica de Cristo, que es el auxilio general de la salvación, puede alcanzarse la total plenitud de los medios de salvación. Creemos que el Señor encomendó todos los bienes de la Nueva Alianza a un único Colegio apostólico, al que Pedro preside, para constituir el único Cuerpo de Cristo en la tierra, al cual es necesario que se incorporen plenamente todos los que de algún modo pertenecen ya al Pueblo de Dios» (UR 3).

Juan Pablo II recoge esta misma convicción en sus palabras: «De acuerdo con la gran Tradición atestiguada por los Padres de Oriente y Occidente, la Iglesia católica cree que en el evento de Pentecostés Dios manifestó ya la Iglesia en su realidad escatológica, que Él había preparado "desde el tiempo de Abel el Justo". Está ya dada. Por este motivo nosotros estamos ya en los últimos tiempos. Los elementos de esta Iglesia ya dada, existen, juntos en su plenitud, en la Iglesia católica y, sin esta plenitud, en las otras Comunidades» (UUS 14).

Tenemos así los siguientes principios funda mentales para la comprensión católica del ecumenismo:

a) La Iglesia de Cristo subsiste en la Iglesia católica romana (LG 8).

b) «Fuera de su recinto visible» (UR 3), hay verdaderos bienes de santidad y verdad («elementa seu bona Ecclesiae»).

c) Por estos bienes, las Iglesias y Comunidades son verdaderas mediaciones de salvación (es la única Iglesia de Cristo la que actúa por medio de esos «bienes» salvíficos).

d) No obstante, les falta la plenitud de los medios de salvación, y no han alcanzado la unidad visible querida por Cristo, por lo que se hallan en comunión imperfecta o no plena con la Iglesia católica romana.

e) Considerando los cristianos individualmente, el Decreto da contenido positivo al sustantivo «cristiano»: la fe y el bautismo comunes son ya elementos de comunión cristiana real aunque imperfecta.

3. El ecumenismo a la luz de estos principios

El Decreto señala algunas implicaciones del imperativo ecuménico cuando se refiere, por ejemplo, a «los esfuerzos para eliminar palabras, juicios y acciones que no respondan, según la justicia y la verdad, a la condición de los hermanos separados, y que, por lo mismo, hacen más difíciles las relaciones mutuas con ellos» (UR 4/b).

Juan Pablo II señala aquí que los cristianos no deben minusvalorar «el peso de las incomprensiones ancestrales que han heredado del pasado, de los malentendidos y prejuicios de los unos contra los otros. No pocas veces, además, la inercia, la indiferencia y un insuficiente conocimiento recíproco agravan estas situaciones» (UUS 2).

Todos, pues, pueden y deben tener protagonismo, en primer lugar por medio de la oración, pidiendo al Señor por la unidad de los cristianos. Y también desterrando modos de actuar que dañan la causa de la unidad, incluso aunque parezcan quedar limitados a la vida interna de la propia comunidad cristiana. En este sentido, el Decreto recuerda que la vida de la Iglesia católica debe ser ya una puesta en práctica de cierto -valga la expresión- ecumenismo «interior»: «Conservando la unidad en lo necesario, todos en la Iglesia, según la función encomendada a cada uno, guarden la debida libertad, tanto en las varias formas de vida espiritual y de disciplina como en la diversidad de ritos litúrgicos e incluso en la elaboración teológica de la verdad revelada; pero practiquen en todo la caridad. Porque, con este modo de proceder, todos manifestarán cada vez más plenamente la auténtica catolicidad, al mismo tiempo que la apostolicidad de la Iglesia» (UR 4/g).

El Concilio alude también a las «reuniones de los cristianos de diversas Iglesias o Comunidades organizadas con espíritu religioso, el diálogo entablado entre peritos bien preparados, en el que cada uno explica con mayor profundidad la doctrina de su Comunión y presenta con claridad sus características» (UR 4/b).

La finalidad de este diálogo viene descrito así: «Por medio de este diálogo, todos adquieren un conocimiento más auténtico y un aprecio más justo de la doctrina y de la vida de cada Comunión; además, consiguen también las Comuniones una mayor colaboración en aquellas obligaciones que en pro del bien común exige toda conciencia cristiana, y, en cuanto es posible, se reúnen en la oración unánime. Finalmente todos examinan su fidelidad a la voluntad de Cristo sobre la Iglesia y, como es debido, emprenden animosamente la tarea de la renovación y de la reforma» (ibid.).

No son pocas las consecuencias de este diálogo: la búsqueda del entendimiento en las interpretaciones de la fe, superando los equívocos fraguados en la historia; la percepción exacta de las divergencias, y de si realmente afectan a la fe o a la legítima diversidad de su explicación; la confrontación fiel con la voluntad de Cristo para su Iglesia, etc.

«El diálogo ecuménico -dice Juan Pablo II- que anima a las partes implicadas a interrogarse, comprenderse y explicarse recíprocamente, permite descubrimientos inesperados. Las polémicas y controversias intolerantes han transformado en afirmaciones incompatibles lo que de hecho era el resultado de dos intentos de escrutar la misma realidad, aunque desde dos perspectivas diversas. Es necesario hoy encontrar la fórmula que, expresando la realidad en su integridad, permita superar lecturas parciales y eliminar falsas interpretaciones» (UUS 38).

El Papa abunda en este sentido positivo del diálogo: «Dialogando con franqueza, las Comunidades se ayudan a mirarse mutuamente unas a otras a la luz de la Tradición apostólica. Esto las lleva a preguntarse si verdaderamente expresan de manera adecuada todo lo que el Espíritu ha transmitido por medio de los Apóstoles» (UUS 16).

El Decreto considera la integridad en la exposición de la doctrina católica una condición para el diálogo respetuoso y sincero: «Es de todo punto necesario que se exponga claramente la doctrina. Nada es tan ajeno al ecumenismo como ese falso irenismo, que daña a la pureza de la doctrina católica y oscurece su genuino y definido sentido» (UR 11). Pero, a la vez, el modo de exponer la doctrina («que debe distinguirse con sumo cuidado del depósito mismo de la fe», UR 6) no debe provocar dificultades innecesarias: «La manera y el sistema de exponer la fe católica no debe convertirse, en modo alguno, en obstáculo para el diálogo con los hermanos» y, en sentido positivo: «... la fe católica hay que exponerla con mayor profundidad y con mayor exactitud, con una forma y un lenguaje que la haga realmente comprensible a los hermanos separados» (UR 11). Y señala una «jerarquía de verdades» en la articulación de la fe cristiana, «en el diálogo ecuménico, los teólogos católicos, afianzados en la doctrina de la Iglesia, al investigar con los hermanos separados sobre los divinos misterios, deben proceder con amor a la verdad, con caridad y con humildad. Al comparar las doctrinas, recuerden que existe un orden o "jerarquía" en las verdades de la doctrina católica, ya que es diverso el enlace (nexus) de tales verdades con el fundamento de la fe cristiana» (UR 11; UUS 37).

El Concilio reconoce que las rupturas de la unidad también afectan -ciertamente de otra manera- a la Iglesia católica: «... las divisiones de los cristianos impiden que la Iglesia realice la plenitud de catolicidad que le es propia en aquellos hijos que, incorporados a ella ciertamente por el bautismo, están, sin embargo, separados de su plena comunión. Incluso le resulta bastante más difícil a la misma Iglesia expresar la plenitud de la catolicidad bajo todos los aspectos en la realidad de la vida» (UR 4). Si «catolicidad» es la potencialidad de la fe cristiana de asumir la diversidad legítima, entonces las rupturas impiden la «expresión histórica» de esa capacidad. En este sentido, el cristiano no católico no debe renegar de lo verdaderamente cristiano y evangélico de su confesión, y tiene que poder encontrarlo y vivirlo en la Iglesia católica; ésta ha de ofrecer todo aquello que, en consonancia con el Evangelio y la disposición del Señor, pertenece a su «catolicidad».

Merece la penna mencionar finalmente algo que a veces no ha sido bien entendido, aunque el Concilio se expresó con presión. Se trata del «trabajo de preparación y reconciliación de todos aquellos que desean la plena comunión católica»; una tarea legítima, que hay que distinguir de la actividad ecuménica, sin oponerlas. En efecto, «se diferencia por su naturaleza de la labor ecuménica; no hay, sin embargo oposición alguna, puesto que ambas proceden del admirable designio de Dios» (UR 4).

Se mueven en órdenes diversos. El ecumenismo se orienta a la relación entre las Comunidades como tales, y busca la perfecta unión visible e institucional: su fin es «el restablecimiento de la plena unidad visible de todos los bautizados» (UUS 77). Su naturaleza y objeto son, pues, distintos de la tarea de preparación a la plena incorporación individual en la Iglesia católica. Tal proceso de «preparación y reconciliación en la plena comunión católica» responde también al designio divino, y es obra del Espíritu Santo.

Bibliografía

-J. BURGGRAF, Conocerse y comprenderse: una introducción al ecumenismo, Madrid 2003, 25-67.

-A. GARCÍA SUÁREZ, «Principios teológicos del ecumenismo», en IDEM, Eclesiología, catequesis, espiritualidad, Pamplona 1998, 169-196.

-P. RODRÍGUEZ, «Principios católicos del ecumenismo», en Iglesia y Ecumenismo, Madrid 1979, 76-97.

-G. THILS, El decreto de Ecumenismo, Bilbao 1968.