Defender la fe de los sencillos en tiempos de secularización
(Diálogos Almudí 2007)


José Rico Pavés
 



 

José Rico Secretario de la Comisión episcopal para la Doctrina de la Fe en la Conferencia Episcopal Española. Esta conferencia forma parte de los Diálogos de Teología del año 2007 en la Biblioteca sacerdotal Almudí (Valencia) y fue pronunciada el lunes 29 de enero de 2007.

Sumario

El Documento de la Conferencia Episcopal de 30-III-2006.- 1. ¿Por qué este Documento?: 1.1. El título de la Instrucción Pastoral: a) El fenómeno de la secularización interna; b) El cuarenta aniversario de la clausura del Concilio Vaticano II.- 1.2. El marco de la Instrucción Pastoral.- 2. ¿De qué habla este documento?: 2.1. La Revelación.- 2.2. Jesucristo, el Hijo de Dios vivo.- 2.3. La Iglesia, Sacramento de Cristo.- 2.4. La vida en Cristo.- 3. ¿Qué hacer con este documento?: 3.1. Los obispos, maestros de la fe.- 3.2. ¿Es un documento doctrinal o pastoral?.- 3.3. La recepción de los documentos magisteriales. Conclusión

 

El 30 de marzo de 2006, durante la reunión de la LXXXVI Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española, aprobó la Instrucción Pastoral Teología y secularización en España. A los cuarenta años de la clausura del Concilio Vaticano II. El documento contó con más de dos tercios de los votos, concluyendo con él una reflexión desarrollada por los obispos españoles en las Asambleas Plenarias de noviembre de 2005 y marzo de 2006, si bien la temática ha sido objeto de diálogo desde septiembre del año 2003.

Pocos meses después, el Papa Benedicto XVI, en el marco del V Encuentro Mundial de las Familias celebrado en Valencia, dirigió a los obispos españoles estas palabras:

«Conozco y aliento el impulso que estáis dando a la acción pastoral, en un tiempo de rápida secularización, que a veces afecta incluso a la vida interna de las comunidades cristianas... Movidos por vuestra solicitud pastoral y el espíritu de plena comunión en el anuncio del Evangelio, habéis orientado la conciencia cristiana de vuestros fieles sobre diversos aspectos de la realidad ante la cual se encuentran y que en ocasiones perturban la vida eclesial y la fe de los sencillos» [1].

El Papa ha seguido de cerca la aprobación de la mencionada Instrucción Pastoral y ha alentado a los obispos en su tarea de orientar la conciencia cristiana de los fieles ante planteamientos que «perturban la vida eclesial y la fe de los sencillos». Mi intención es presentar, en las siguientes líneas, este documento, respondiendo para ello a tres cuestiones: i) ¿Por qué este documento?, ii) ¿de qué habla este documento?, y, iii) ¿qué hacer con este documento?

1. ¿Por qué este documento?

Esta primera pregunta puede ser contestada atendiendo a dos datos: i) el título: Teología y secularización en España. A los cuarenta años de la clausura del Concilio Vaticano II.; y, ii) el marco dentro del cual sitúan los obispos su intervención.

1.1. El título de la Instrucción Pastoral

Primero, respecto al título, advertimos dos motivos: la cuestión de la secularización y el aniversario de la clausura del Concilio Vaticano II.

a) El fenómeno de la secularización interna.- La Instrucción prolonga la reflexión iniciada en el Plan Pastoral del período anterior, en el que se afirmaba que «la cuestión principal a la que debe hacer frente la Iglesia en España es su secularización interna» [2]. No se trataba, en rigor, de un diagnóstico nuevo; si bien ahora se advierte este fenómeno con más crudeza. Al hacer este diagnóstico, los obispos han recordado que las dificultades que encuentra hoy la Iglesia para vivir en fidelidad a su Señor y responder con vigor a su misión evangelizadora, no se encuentran fuera de Ella, sino en su interior [3]. Ahora se señala cómo en el origen de esta secularización se encuentran, entre otras causas, propuestas teológicas deficientes que tienen en común una presentación deformada del Misterio de Cristo [4].

El documento no pretende ofrecer una reflexión teórica sobre la relación que media entre el fenómeno de la secularización y el quehacer teológico. Simplemente constata un hecho: en los últimos años, desde el ámbito de la teología, se han realizado propuestas que vacían de contenido genuinamente cristiano la vida de los fieles. Por tanto, por "secularización" los obispos entienden en este documento "el abandono de lo específicamente cristiano". Es decir, se han hecho propuestas y planteamientos que, aunque invocaban el nombre de Cristo, han llevado al alejamiento de Él.

Los rasgos de esa secularización ya habían sido trazados en el Plan Pastoral para el período 2002-2005:

«Entre los efectos de esta ?secularización interna? destacamos: la débil transmisión de la fe a las generaciones jóvenes; la disminución de vocaciones para el sacerdocio y para los institutos de vida consagrada; el cansancio e incluso desorientación que afecta a un buen número de sacerdotes, religiosos y laicos; la pobreza de vida litúrgica y sacramental de no pocas comunidades cristianas» [5].

b) El cuarenta aniversario de la clausura del Concilio Vaticano II.- La ocasión para la publicación del documento ha sido la celebración del cuarenta aniversario de la clausura del Concilio Vaticano II. En los números iniciales de la Instrucción Pastoral, los obispos recuperan una intervención del Papa Benedicto XVI, del 22 de diciembre de 2005 [6], en la que hacía mención al cuarenta aniversario de la clausura del Concilio Vaticano II. Se trata del discurso pronunciado ante la Curia para felicitar la Navidad. En esa ocasión, el Papa recordaba un texto de San Basilio Magno. En su tratado Sobre el Espíritu Santo describe la situación en la que se encuentra la Iglesia unos cuarenta años después del Concilio de Nicea (325), primer concilio ecuménico.

«¿A qué asemejaremos ?afirma el obispo capadocio- la presente situación? Sin duda se parece a un combate naval que por viejas ofensas han trabado algunos hombres avezados en las batallas navales y amantes de la guerra, y que alimentan abundante odio mutuo... Un clamor bronco de los que por la controversia se enzarzan en mutua refriega, un vocerío confuso y un ruido indistinto de alborotos que no callan nunca tienen ya casi llena a toda la Iglesia, subvertiendo por exceso y por defecto la recta doctrina de la piedad» [7].

Tras citar las palabras de san Basilio, el Papa añadió: «No queremos aplicar esta descripción dramática a la situación del post-Concilio, pero ciertamente algo de lo que ha sucedido se refleja en ella: ¿por qué la recepción del Concilio en grandes partes de la Iglesia, se ha desarrollado hasta ahora de manera tan difícil?» [8]. El mismo Papa ofrece la respuesta: la recepción del Concilio ha estado condicionada por dos maneras contrarias de interpretarlo. Una ha sido la interpretación (o hermenéutica) de la discontinuidad y de la ruptura; otra opuesta, la de la reforma. La primera ha causado confusión; la segunda, silenciosa aunque cada vez más visible, sigue produciendo frutos.

Los Obispos hacen suyo este anális del Papa y en la Instrucción Pastoral notan cómo en las últimas cuatro décadas han sido numeroros los frutos buenos de la siembra conciliar ya cosechados, pero también advierten cómo, junto a ellos, «no son pocos los que en este tiempo, amparándose en un Concilio que no existió, ni en la letra ni en el espíritu, han sembrado la agitación y la zozobra en el corazón de muchos fieles» [9]. La oportunidad se descubre al advertir la intención última del documento: custodiar y promover la fe de los sencillos.

Por tanto, atendiendo al título, los obispos señalan una doble motivación: orientar a los fieles ante la existencia de planteamientos doctrinales que dañan la fe y ayudar a sanar la secularización interna que padece la Iglesia en numerosas facetas de su vida. Los obispos, en efecto, desean «ofrecer una palabra de orientación y discernimiento ante determinados planteamientos doctrinales, extendidos dentro de la Iglesia, y que han encontrado una difundida acogida también en España, perturbando la vida eclesial y la fe de los sencillos» [10].

1.2. El marco de la Instrucción Pastoral

El marco dentro del cual sitúan los obispos sus palabras se descubre fijando la atención en el inicio de la Instrucción y en el final de la misma, es decir, teniendo en cuenta cómo empieza y cómo termina el documento.

La Instrucción pastoral empieza recordando la pregunta de Jesús a sus discípulos (Y vosotros, ¿quién decís que soy yo?) y la respuesta de Pedro: ¡Tú eres el Cristo, el Hijo de Dios vivo! (Mt 16, 16), para terminar afirmando que en el origen de la alegría cristiana está acoger plenamente a Jesucristo en la comunión de la Iglesia, según las mismas palabras del Señor: Os he dicho estas cosas para que mi alegría esté en vosotros y vuestra alegría sea completa (Jn 15, 11). Por eso, los obispos entienden este documento como un servicio auténtico a la alegría de todos los hijos de la Iglesia, tal como lo expresa el mismo apóstol san Pablo: no es que pretendamos dominar vuestra fe, sino que contribuimos a vuestro gozo, pues os mantenéis firmes en la fe (2 Cor 1, 24). Desde la escena que los Evangelios sitúan en Cesarea de Filipo, la lectura de esta Instrucción pastoral nos lleva al encuentro con Cristo, el Hijo de Dios vivo, centro de la Profesión de fe y fundamento de la verdadera alegría.

El verdadero tono del documento se percibe cuando es leído desde el principio hasta el fin, es decir, yendo del encuentro personal con Cristo, en el que es confesado como el Hijo de Dios vivo, a la alegría que de Él se recibe. Quien se detenga en las valoraciones negativas de algunos planteamientos teológicos sin atender al punto de partida y al punto de llegada falsea la tonalidad de la Instrucción Pastoral y no percibe lo que se pretende promover y defender: la alegría cristiana plena.

2. ¿De qué habla este documento?

Se señalan, en concreto, cuatro propuestas doctrinales especialmente perjudiciales para la vida del católico: la concepción racionalista de la fe y de la Revelación; el humanismo inmanentista aplicado a Jesucristo; la interpretación meramente sociológica de la Iglesia, y el subjetivismo-relativismo secular en la moral. Lo que une a todos estos planteamientos deficientes es el abandono y el no reconocimiento de lo específicamente cristiano, en especial, del valor definitivo y universal de Cristo en su Revelación, su condición de Hijo de Dios vivo, su presencia real en la Iglesia y su vida ofrecida y prometida como configuradora de la conducta moral [11].

La Instrucción pastoral se articula en torno a estos cuatro apartados, señalando, a partir de la confesión de fe de Pedro, algunas enseñanzas que ponen en peligro la Profesión de fe y la comunión eclesial, causan confusión entre los fieles e impiden impulsar la evangelización.

Las cuatro partes se han construido de la misma manera. En un primer momento, se presenta la enseñanza de la Iglesia sobre el tema en cuestión, recogiendo principalmente la doctrina del Concilio Vaticano II y del Magisterio pontificio posconciliar. En un segundo momento, se señalan los planteamientos teológicos deficientes y se ilustra su gravedad mostrando sus consecuencias en aspectos concretos de la vida cristiana.

2.1. La Revelación

La Primera Parte recuerda la noción católica de Revelación, recuperando las afirmaciones fundamentales sobre la misma del Concilio Vaticano II: la Revelación ha sido descrita en el Concilio en términos de diálogo amistoso: «Dios invisible habla a los hombres como a amigos, entre ellos habita, a fin de invitarlos y recibirlos en su compañía» (DV 2). La Revelación debe ser entendida como la comunicación que Dios hace de Sí mismo al hombre; es el resultado de la libre y absoluta iniciativa de Dios; su objeto es Dios mismo y los designios de su voluntad; su finalidad, la comunión y participación de vida con el Padre hecha posible mediante Jesucristo por obra del Espíritu Santo.

A la luz de esa enseñanza se declaran incompatibles con la fe de la Iglesia algunas concepciones reduccionistas de la Revelación, como considerarla un mero "caer en la cuenta" de lo que Dios nos comunica en la creación o en la interioridad humana, o equipararla a las "revelaciones" de otras tradiciones religiosas. De estas concepciones se han derivado una serie de consecuencias a las que alude la Instrucción:

i) se niega la Mediación salvífica, única y universal, de Cristo y de la Iglesia, es decir, Jesucristo ya no es considerado el único Salvador de todos los hombres;

ii) se despoja de contenido real el Misterio de Dios tal como lo ha revelado Jesucristo (Padre, Hijo y Espíritu Santo), o lo que es lo mismo, la Santísima Trinidad se pone a la par de experiencias abstractas de lo divino;

iii) la fe deja de entenderse como adhesión personal a Cristo, respuesta libre a la Palabra primera de Dios, y se pone al nivel de las creencias humanas; con ello el lenguaje de la fe, o se considera irrelevante o, todo lo más, expresión poética de experiencias subjetivas;

iv) se vacía de contenido personal la oración cristiana, que deja de ser comunión con las Personas divinas para convertirse en ejercicios de terapia mediante los cuales puede uno "sentirse bien consigo mismo";

v) la exégesis, destinada a desentrañar la Palabra de Dios escrita y transmitida, deriva en análisis arqueológico de textos antiguos, etc.

2.2. Jesucristo, el Hijo de Dios vivo

La Segunda Parte se ocupa de la confesión de fe en la Persona de Jesucristo y muestra el nexo que existe entre ella y la vida cristiana. Esta parte constituye el corazón de toda la Instrucción, pues, como recuerdan los obispos «nada ha determinado tanto la transmisión de la fe en las últimas décadas como la presentación que se ha hecho de la Persona y del Misterio de Cristo» [12].

Primero se ofrece una apretada síntesis de la enseñanza de la Iglesia sobre la Persona de Cristo y su Misión redentora: «En el momento establecido por Dios, el Hijo único del Padre... se hizo carne: sin perder la naturaleza divina asumió la naturaleza humana» [13], de modo que «al revestirse de nuestra frágil condición no sólo confiere dignidad eterna a la naturaleza humana, sino que por esta unión admirable nos hace a nosotros eternos» [14]. «La encarnación es el misterio de la admirable unión de la naturaleza divina y de la naturaleza humana en la única Persona del Verbo» [15]. Jesucristo, Persona divina, por ser verdadero Dios y verdadero hombre, es el único Mediador entre Dios y los hombres [16]. Proclamar al mundo que Jesucristo, el Hijo de Dios vivo, ha muerto y ha resucitado, «por nosotros los hombres y por nuestra salvación» [17] es la Buena Noticia que la Iglesia, desde sus orígenes, ha deseado ardientemente anunciar [18]. La predicación apostólica ha mantenido siempre unida la Verdad sobre la Persona de Cristo ?objeto de la cristología- y la Verdad sobre su acción redentora ?objeto de la soteriología-.

La reflexión teológica sobre Jesucristo, secundando las orientaciones del Concilio Vaticano II [19], se ha visto enriquecida con estudios bíblicos, patrísticos e históricos, que han ayudado a profundizar, cada vez más, en el depósito recibido de los apóstoles y custodiado por el Magisterio auténtico de la Iglesia. Nada ha determinado tanto la transmisión de la fe en las últimas décadas como la presentación que se ha hecho de la Persona y del Misterio de Cristo. A nadie se le oculta que la investigación reciente sobre Jesucristo, realizada desde diferentes perspectivas, ha influido de forma notoria y decisiva en la catequesis, la predicación y la enseñanza religiosa escolar» [20].

En un segundo momento, el documento sale al paso de propuestas que alteran la fe y el lenguaje en que ésta se expresa:

i) metodología incorrecta que lee la Escritura al margen de la Tradición eclesial;

ii) afirmación de la humanidad de Cristo "a costa" de negar su divinidad;

iii) ruptura entre el "Jesús histórico" y el "Cristo de la fe";

iv) negación del carácter real, histórico y trascendente de la Resurrección de Jesucristo;

v) oscurecimiento de aspectos del Misterio de Cristo como su Preexistencia, Filiación divina, conciencia de Sí, de su Muerte y Misión redentoras, Resurrección, Ascensión y Glorificación [21].

Un apartado especial merece en este punto la afirmación de Jesucristo, como el único Salvador de todos los hombres. Vuelve aquí a aparecer ?se había tratado ya desde la perspectiva de la Revelación- la cuestión de la Mediación salvífica única y universal de Cristo. La Instrucción recuerda la afirmación de la Declaración Dominus Iesus: «Debe ser, por lo tanto, firmemente creída, como verdad de fe católica que la voluntad salvífica universal de Dios Uno y Trino es ofrecida y cumplida una vez para siempre en el misterio de la encarnación, muerte y resurrección del Hijo de Dios» [22]. Frente a las llamadas Teologías del pluralismo religioso, el documento recuerda la doctrina firme de la Iglesia:

«(...) Cuando se considera, de manera errónea, que Jesucristo no es la plenitud de la Revelación de Dios, se sitúan a la par de Él otros líderes religiosos [23]. De aquí se seguiría la idea, igualmente errónea, y que siembra inseguridad y duda, que las religiones del mundo, en cuanto tales, son vías de salvación complementarias al Cristianismo [24].

La reflexión cristológica debe salvaguardar, razonar y justificar, por un lado, el carácter realmente histórico y concreto de la Encarnación de Cristo, y, por otro, el carácter definitivo y pleno de su existencia histórica en relación a la historia y salvación de todos los hombres. Afirmar que Jesucristo es el Verbo de Dios encarnado significa: 1) que Él es Dios, la Verdad última y definitiva; 2) que Él desvela quién es el hombre, en cuanto nos revela la relación necesaria y apropiada con Dios [25]; y, 3) que Él es la Verdad absoluta de la Historia y de la Creación. Por eso, en el encuentro y en la comunión con Cristo, el ser humano puede reconocerse verdaderamente a sí mismo. Con la Encarnación no sólo no disminuye la divinidad, sino que se engrandece la humanidad» (nn. 31 y 32).

«La consecuencia de estas propuestas, contrarias a la fe de la Iglesia, es la disolución del sujeto cristiano» [26]. Conscientes del daño que provocan en el pueblo sencillo, los obispos exhortan a los fieles con las palabras de la Carta a los Hebreos: Ayer como hoy, Jesucristo es el mismo y lo será siempre. No os dejéis seducir por doctrinas varias y extrañas. Mejor es fortalecer el corazón con la gracia que con alimentos que nada aprovecharon a los que siguieron ese camino (Hb 13, 8-9).

2.3. La Iglesia, Sacramento de Cristo

La Tercera Parte está dedicada a la Iglesia, Sacramento de Cristo. Como en las partes anteriores, se ofrece aquí resumida la enseñanza conciliar sobre el tema: unidad de Cristo y la Iglesia (Christus totus), continuidad entre la Iglesia de Cristo y la Iglesia católica, vínculo inescindible entre Reino de Dios e Iglesia; así como las nociones que permiten entrar en la comprensión de su naturaleza íntima: Pueblo de Dios, Comunión jerárquica, Asamblea de los santos, etc. Gran importancia tienen en esta Parte las secciones dedicadas a la índole escatológica de la Iglesia -donde se recuerdan las verdades de fe que sostienen la esperanza cristiana en la vida eterna-, y las dedicadas al Ministerio ordenado y a la Vida consagrada, así como el análisis certero sobre el fenómeno del disenso y sus expresiones en grupos organizados que tanto dañan la comunión eclesial.

Una visión de la Iglesia con criterios meramente sociológicos lleva a establecer una doble ruptura: entre Cristo y la Iglesia ?como si no hubiera sido voluntad de Cristo fundar la Iglesia- y entre los miembros mismos de la Iglesia. La categoría "pueblo de Dios" es despojada de su dimensión bíblica y es entendida en perspectiva de clase social, de manera que se entiende la realidad eclesial dialécticamente, formada por una instacia de poder (la jerarquía) y otra sometida (el pueblo). El resultado es la propuesta del conflicto como el estado adulto de pertenencia eclesial. El disenso activo aparece entonces, no sólo justificado, sino promovido como una forma de "apostolado". En este sentido el documento nota un disenso ruidoso y notorio, plasmado en grupos de contestación, y un disenso silencioso, que se descubre veladamente en publicaciones, editoriales, etc.

De la ruptura Cristo-Iglesia, y jerarquía-pueblo cristiano, se sigue una comprensión equivocada del ministerio ordenado y de la vida consagrada en la Iglesia.

2.4. La vida en Cristo

La Cuarta Parte presenta, por último, la moral como vida en Cristo. En cierto modo, los apartados anteriores convergen en esta parte para recordar que "vivir en cristiano" significa tener a Cristo como «norma suprema e inmutable de vida» [27]. Se declara aquí la grandeza de la dignidad humana revelada en Cristo, la vocación de todo ser humano a la santidad, la armonía entre el orden creado y el sobrenatural, a la luz de lo cual se recuerda la condición histórica actual del hombre marcado por el pecado y la necesidad de la gracia para desarrollar una vida moral auténtica.

La Instrucción ilustra esta enseñanza con cuestiones concretas, como el respeto debido a toda vida humana desde su concepción hasta su último aliento natural, o como la dignidad intangible de la sexualidad que no puede ser frívolamente banalizada, o como las implicaciones morales en el orden social y político del ser cristiano.

3. ¿Qué hacer con este documento?

Se puede responder a esta última cuestión, ofreciendo tres reflexiones.

3.1. Los Obispos, maestros de la fe

Con este documento los obispos han hablado como Maestros de la fe. Aunque habla de teología, los obispos no hablan como teólogos, sino como Pastores de la grey. Su misión propia de enseñar consiste en conservar santamente y anunciar con audacia la fe [28]. Encontramos en este texto una palabra autorizada que ofrece, además, una síntesis de las aportaciones más recientes del Magisterio pontificio posterior al Concilio Vaticano II en aquellos temas que más afectan a la vida de fe de nuestros fieles. En este sentido, la Instrucción Pastoral ofrece un servicio de mediación entre el rico Magisterio pontificio posterior al Concilio Vaticano II y los fieles católicos de las diócesis españolas.

No es un documento sobre los teólogos, sino sobre la teología y sus repercusiones en la vida cristiana. Por eso, en torno a los cuatro temas señalados (Revelación, Misterio de Cristo, Iglesia y Moral), se presentan, en positivo, aquellas verdades constitutivas de la Profesión de fe cristiana y, en negativo, aquellas propuestas difundidas entre nosotros que son incompatibles con la enseñanza de la Iglesia.

3.2. ¿Es un documento doctrinal o pastoral?

La calificación de pastoral o doctrinal, aplicada a los documentos de la CEE es relativamente reciente. En rigor no se planteó hasta la publicación de la Instrucción Pastoral Valoración moral del terrorismo en España, de sus causas y de sus consecuencias (22.11.2002). Hasta esa fecha no se habían hecho sobre un documento las distinciones que se hicieron sobre él. Se dijo que era un documento no doctrinal y que, en consecuencia, los obispos no tenían obligación de "aplicarlo" en sus diócesis, o, incluso, hubo quien afirmó que no era "moralmente vinculante".

En honor a la verdad, hay que decir que estas distinciones no sólo han creado confusión sino que además han provocado la sensación que produce el esfuerzo valdío. Más de uno de nuestros cristianos se podrá preguntar con razón que si tal es el valor de un documento, no se entiende por qué tanto empeño en llevarlo a buen término. ¿Qué ha pasado para que se produzca esta confusión? Creo que se trata simplemente de un problema de comunicación: fórmulas técnicas que tienen un sentido preciso en el ámbito teológico han sido empleadas en un ámbito no teológico, el de la opinión pública.

En el fondo de esas distinciones se encuentra la Carta Apostólica en forma de motu proprio, "Apostolos suos" del Papa Juan Pablo II sobre la naturaleza jurídica y doctrinal de las Conferencias Episcopales, de octubre de 1998. En esta Carta se recuerda, entre otras cosas, que los documentos doctrinales emanados por las Conferencias Episcopales, para que participen del magisterio auténtico que corresponde a los obispos por pertenecer al Colegio Episcopal en comunión con el Obispo de Roma, han de ser elaborados y votados con esa intención magisterial explícita y aprobados por unanimidad, o ser aprobados por dos terceras partes de los obispos de la Conferencia Episcopal con derecho a voto y recibir el reconocimiento (la recognitio) de la Santa Sede.

La Conferencia Episcopal Española, hasta ahora, no se ha planteado dar a sus documentos el rango de magisterio auténtico. Este debate se podría evitar recordando simplemente que los obispos han dado a este documento el rango magisterial máximo que hasta ahora han dado a sus documentos, es decir, el rango de una Instrucción Pastoral, y que, en consecuencia, pide el mismo grado de adhesión que documentos anteriores, como La verdad os hará libres, Testigos del Dios vivo, o Constructores de la Paz. En ámbitos teológicos ya se sabe que, al menos teóricamente, se puede dar a un documento de una Conferencia Episcopal un rango magisterial mayor y que las decisiones y enseñanzas de las Conferencias Episcopales no están por encima de las decisiones y enseñanzas del obispo en el ámbito de su propia iglesia local. No obstante, afirmar esto último omitiendo lo anterior, provoca más confusión que claridad.

Hecha esta precisión, más propia de un contexto teológico y canónico, se han de añadir todavía dos observaciones. En primer lugar, siendo verdad que las determinaciones de la Conferencia Episcopal no están por encima de las propias del obispo diocesano en el ámbito de su Iglesia local, no es menos verdad que cuando los obispos, reunidos en Asamblea Plenaria, abordan temas comunes a todos ellos, quieren dar mayor autoridad a sus resoluciones, de lo contrario no habría porqué tratarlos en el ámbito de la Conferencia Episcopal.

Esta voluntad común de hablar con una sola voz sobre un tema que afecta a todos, da al documento una autoridad mayor que si fuera el resultado de un solo obispo o de un grupo reducido de obispos. Una segunda observación: si bien es cierto, como se ha dicho, que la Instrucción no participa del magisterio auténtico, no es menos cierto que los votos en contra o las abstenciones tampoco lo son. De modo que, puestos a poner restricciones en cuanto al grado de adhesión o vinculación, éstas han de recaer sobre los votos en contra y no sobre lo que los obispos han aprobado con tan amplia mayoría.

3.3. La recepción de los documentos magisteriales

Conviene recordar la distinción que el Papa Juan Pablo II estableció entre recepción mediática y recepción eclesial. Que los Medios de comunicación informe de la aparición de un documento no significa que éste haya sido recibido. Recordaba el Papa:

«Un tema ya tratado otras veces es el de la recepción de los documentos del Magisterio por parte de los fieles católicos, frecuentemente desorientados ?más que informados- por las inmediatas reacciones e interpretaciones de los medios de comunicación social.

Si bien se mira, la recepción de un documento, más que un hecho mediático, ha de considerarse sobre todo un acontecimiento eclesial de acogida del Magisterio en la más cordial comunión y acción de compartir de la doctrina de la Iglesia. Se trata, en efecto, de una palabra autorizada que arroja luz sobre una verdad de fe o sobre algunos aspectos de la doctrina católica contrastados o tergiversados por corrientes específicas de pensamiento y de acción. Y precisamente en este su valor doctrinal radica el carácter profundamente pastoral del documento en cuestión, cuya acogida se transforma en ocasión propicia de formación, de catequesis y de evangelización.

Para que la recepción se convierta en auténtico acontecimiento eclesial, conviene prever medios oportunos de transmisión y difusión del propio documento que permitan su total conocimiento ante todo por parte de los pastores de la Iglesia, primeros responsables de la acogida y de la valorización del magisterio pontificio como enseñanza que contribuye a formar la conciencia cristiana de los fieles ante los retos del mundo contemporáneo» [29].

La recepción es un acontecimiento eclesial que tiene como artífices principales a todos los que en la Iglesia han recibido la misión de enseñar en su nombre (ministros ordenados, profesores de teología y religión, catequistas, etc.). Que nuestros fieles reciban con fidelidad el Magisterio pontificio y episcopal depende en gran medida de que nosotros no rompamos la cadena de transmisión.

Conclusión

En el centro de la Profesión de fe se encuentra Cristo, el Hijo de Dios vivo. La Instrucción Pastoral es una invitación audaz a fijar nuestra mirada de fe en Él desde la comunión de la Iglesia, es decir, a no abandonar el manantial donde tiene su origen la alegría cristiana.

Importa notar que los obispos, al señalar claramente las propuestas contrarias a la fe de la Iglesia, actúan cumpliendo su misión de pastores, saliendo en defensa de la fe los sencillos.

Notas

[1] Benedicto XVI, Mensaje a los obispos españoles: Valencia, 8.7.2006.

[2] Plan Pastoral de la Conferencia Episcopal Española 2002-2005, Una Iglesia esperanzada. ¡Mar adentro! (Lc 5, 4) (31.1.2002), 10.

[3] «El problema de fondo, al que una pastoral de futuro tiene que prestar la máxima atención es la secularización interna. La cuestión principal a la que la Iglesia ha de hacer frente hoy en España no se encuentra tanto en la sociedad o en la cultura ambiente, como en su propio interior; es un problema de casa y no sólo de fuera. Es cierto que esta situación eclesial está influida por la cultura que nos toca vivir. Pero es preciso mirar con atención las repercusiones que está teniendo en el interior de la Iglesia para darle la debida solución. Tomar conciencia de esto no significa promover ningún repliegue al interior. Con este diagnóstico pretendemos, más bien, adoptar la postura y la perspectiva adecuada para la misión. Es decir, que no sea la cultura ambiente, sino la propia identidad de ser Iglesia de Jesucristo la que nos marque los caminos pastorales, la perspectiva global y los asuntos cruciales de la vida eclesial»: Ibidem 10-11.

[4] LXXXVI Asamblea Plenaria de la CEE, Instrucción Pastoral Teología y secularización en España. A los cuarenta años de la clausura del Concilio Vaticano II (30.3.2006) [= Instrucción Pastoral], 5.

[5] Plan Pastoral de la Conferencia Episcopal Española 2002-2005, Una Iglesia esperanzada. ¡Mar adentro! (Lc 5, 4) (31.1.2002), 11. El Plan Pastoral del periodo 2006-2010 menciona los mismos efectos y añade dos más: la aparición de nuevas formas de disenso teológico y eclesial, y la escasa presencia pública de los católicos (cf. n. 4).

[6] Cf. Instrucción Pastoral, 2.

[7] Basilio de Cesarea, El Espíritu Santo 30, 76.77 (BPa 33, 238. 241).

[8] Benedicto XVI, Discurso a los Cardenales, Arzobispos, Obispos y Prelados superiores de la Curia romana (22.12.2005).

[9] Instrucción Pastoral, 2.

[10] Instrucción Pastoral, 3.

[11] Cf. Instrucción Pastoral, 5.

[12] Instrucción Pastoral, 24.

[13] Catecismo de la Iglesia Católica, 479.

[14] Misal Romano. Prefacio III de Navidad; cf. San Hilario, Tractatus super Psalmos, 53, 7 (CCL 61,134).

[15] Catecismo de la Iglesia Católica, 483.

[16] Cf. San León Magno, Tractatus, 26, 2 (CCL 138,126): «pues si él no hubiera descendido hasta nosotros revestido de esta humilde condición, nadie hubiera logrado llegar hasta él por sus propios méritos».

[17] Credo de Constantinopla I (381) (DH 150).

[18] Cf. Catecismo de la Iglesia Católica. Compendio, 80.

[19] Cf. Concilio Vaticano II, Decreto sobre la formación sacerdotal Optatam totius, 16.

[20] Instrucción Pastoral, 24-25.

[21] Cf. Instrucción Pastoral, 27.

[22] Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración Dominus Iesus (6.8.2000), 14.

[23] Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración Dominus Iesus (6.8.2000), 14-15.

[24] Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Notificación a propósito del libro del Rvdo. P. Jacques Dupuis, S.J."Hacia una teología cristiana del pluralismo religioso", Maliaño (Cantabria), Editorial Sal Terrae 2000» (24.1.2001), 8.

[25] Cf. Concilio Vaticano II, Constitución pastoral sobre la Iglesia en el mundo actual Gaudium et Spes, 22.

[26] Instrucción Pastoral, 35.

[27] Instrucción Pastoral, 54.

[28] Cf. Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Pastores gregis (16.10.2003), 28. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, 25; Constitución dogmática Dei Verbum, 10; Código de Derecho Canónico, c. 747 § 1; Código de los Cánones de las Iglesias Orientales, c. 595 § 1.

[29] Juan Pablo II, Discurso a la Asamblea Plenaria de la Congregación para la Doctrina de la Fe (6.2.2004), 4.