LA FE EXPLICADA

Leo J. Trese

 

Parte II: LOS MANDAMIENTOS

CAPÍTULO XV LOS DOS GRANDES MANDAMIENTOS La fe se prueba con obras «Sí, creo en la democracia, creo que un gobierno constitucional de ciudadanos libres es el mejor posible.» Uno que dijera esto y, al mismo tiempo, no votara, ni pagara sus impuestos, ni respetara las leyes de su país, sería puesto en evidencia por sus propias acciones, que le condenarían por mentiroso e hipócrita.

También resulta evidente que cualquiera que manifieste creer las verdades reveladas por Dios sería absolutamente insincero si no pusiera empeño en observar las leyes de Dios. Es muy fácil decir «Creo»; pero nuestras obras deben ser la prueba irrebatible de la fortaleza de nuestra fe. «No todo el que dice: ¡Señor, Señor!, entrará en el reino de los cielos, sino el que hace la voluntad de mi Padre, que está en los cielos» (Mt 7,21). No puede decirse más claramente: si creemos en Dios tenemos que hacer lo que Dios nos pide, debemos guardar sus mandamientos.

Convenzámonos de una vez que la ley de Dios no se compone de arbitrarios «haz esto» y «no hagas aquello», con el objeto de fastidiarnos. Es cierto que la ley de Dios prueba la fortaleza de nuestra fibra moral, pero no es éste su primor dial objetivo. Dios no es un ser caprichoso. No ha establecido sus mandamientos como el que pone obstáculos en una carrera. Dios no está apostado, esperando al primero de los mortales que caiga de bruces con el fin de hacerle sentir el peso de su ira.

Muy al contrario, la ley de Dios es expresión de su amor y sabiduría infinitos. Cuando adquirimos un aparato doméstico del tipo que sea, si tenemos sentido común lo utilizaremos según las instrucciones de su fabricante. Damos por supuesto que quien lo hizo sabe mejor cómo usarlo para que funcione bien y dure. También, si tenemos sentido común, confiaremos en que Dios conoce mejor qué es lo más apropiado para nuestra felicidad personal y la de la humanidad. Podríamos decir que la ley de Dios es sencillamente un folleto de instrucciones que acompaña al noble producto de Dios, que es el hombre. Más estrictamente, diríamos que la ley de Dios es la expresión de la divina sabiduría dirigida al hombre para que éste alcance su fin y su perfección. La ley de Dios regula al hombre «el uso» de sí mismo, tanto en sus relaciones con Dios como con el prójimo.

Si consideramos cómo sería el mundo si todos obedeciéramos la ley de Dios, resulta patente que se dirige a procurar la felicidad y el bienestar del hombre. No habría delitos y, en consecuencia, no habría necesidad de jueces, policías y cárceles. No habría codicia o ambición, y, en consecuencia, no habría necesidad de guerras, ejércitos o armadas. No habría hogares rotos, ni delincuencia juvenil, ni hospitales para alcohólicos. Sabemos que -consecuencia del pecado original- este mundo hermoso y feliz jamás existirá. Pero individualmente puede existir para cada uno de nosotros.

Nosotros, igual que la humanidad en su conjunto, hallaríamos la verdadera felicidad, incluso en este mundo, si identificáramos nuestra voluntad con la de Dios. Estamos hechos para amar a Dios, aquí y en la eternidad. Este es el fin de nuestro existir, en esto encontramos nuestra felicidad. Y Jesús nos da las instrucciones para conseguir esa felicidad con sencillez absoluta: «Si me amáis, guardad mis mandamientos» (lo 14,15).

La ley de Dios que rige la conducta humana se llama ley moral, del latín «mores», que significa «modo de actuar». La ley moral es distinta de las leyes físicas por las que Dios gobierna al resto del universo. Las leyes de astronomía, física, reproducción y crecimiento obligan necesariamente a la natura creada. No hay modo de eludirlas, no hay libertad de elección. Si das un paso sobre el precipicio, la ley de la gravedad actúa fatalmente y te desplomas, a no ser que la neutralices por otra ley física -la de la presión del aire- y utilices un paracaídas. La ley moral, sin embargo, nos obliga de modo distinto. Actúa dentro del marco del libre albedrío. No debemos desobedecer la ley moral, pero podemos hacerlo. Por ello decimos que la ley moral obliga moralmente, pero no físicamente. Si no fuéramos físicamente libres, no podríamos merecer. Si no tuviéramos libertad, no podría ser un acto de amor nuestra obediencia.

Al considerar la ley divina, los moralistas distinguen entre ley natural y ley positiva. La reverencia de los hijos a los padres, la fidelidad matrimonial, el respeto a la persona y propiedad ajenas, pertenecen a la misma naturaleza del hombre. Esta conducta, que la conciencia del hombre (su juicio guiado por la justa razón) aplaude, se llama ley natural. Comportarse así sería bueno, y lo opuesto, malo, aunque Dios no nos lo hubiera expresamente declarado. Aunque no existiera sexto mandamiento, el adulterio sería malo. Una violación de la ley natural es mala intrínsecamente, es decir, mala por su misma naturaleza. Ya era mala antes de que Dios diera a Moisés los Diez Mandamientos en el monte Sinaí.

Además de la ley natural, existe la ley divina positiva, que agrupa todas aquellas acciones que son buenas porque Dios las ha mandado, y malas porque El las ha prohibido. Son aquellas cuya bondad no está en la raíz misma de la naturaleza humana, sino que ha sido impuesta por Dios para perfeccionar al hombre según sus designios. Un ejemplo sencillo de ley divina positiva es la obligación que tenemos de recibir la Sagrada Eucaristía por el mandato explícito de Cristo.

Tanto si consideramos una u otra ley, nuestra felicidad depende de la obediencia a Dios.

«Si quieres entrar en la vida», dice Jesús, «guarda los mandamientos» (Mt 19,17).

Amar significa no tener en cuenta el costo. Una madre jamás piensa en medir los esfuerzos y desvelos que invierte en sus hijos. Un esposo no cuenta la fatiga que le causa velar a la esposa enferma. Amor y sacrificio son términos casi sinónimos. Por esta razón, obedecer a la ley de Dios no es un sacrificio para el que le ama. Por esta razón, Jesús resumió toda la ley de Dios en dos grandes mandamientos de amor.

«Y le preguntó uno de ellos, doctor, tentándole: Maestro, ¿cuál es el mandamiento más grande de la ley? El le dijo: Amarás al Señor, tu Dios, con todo tu corazón, con toda tu alma y con toda tu mente. Este es el más grande y el primer mandamiento. El segundo, semejante a éste, es: Amarás al prójimo como a ti mismo. De estos dos preceptos penden toda la Ley y los Profetas» (Mt. 22, 35-40).

En realidad, el segundo mandamiento se contiene en el primero, porque si amamos a Dios con todo nuestro corazón y con toda nuestra alma, amaremos a los que, actual o potencialmente, poseen una participación de la bondad divina, y querremos para ellos lo que Dios quiere. También nos amaremos rectamente, queriendo para nos otros lo que Dios quiere. Es decir, por encima de todo, querremos crecer en amor a Dios, que es lo mismo que crecer en santidad; y, más que nada, querremos ser felices con Dios en el cielo. Nada que se interponga entre Dios y nosotros tendrá valor. Y como el amor por nosotros es la medida de nuestro amor al prójimo (que abarca a todos, excepto los demonios y los condenados del infierno), desearemos para nuestro prójimo lo que para nosotros desean}os.

Querremos que crezca en amor a Dios, que crezca en santidad. Querremos también que alcance la felicidad eterna para la que Dios lo ha creado.

Esto significa, a su vez, que tendremos que odiar cualquier cosa que aparte al prójimo de Dios. Odiaremos las injusticias y los males hechos por el hombre, que pueden ser obstáculos para su crecimiento en santidad. Odiaremos la injusticia social, las viviendas inadecuadas, los salarios insuficientes, la explotación de los débiles e ignorantes.

Amaremos y procuraremos todo lo que contribuya a la bondad, felicidad y perfección de nuestro prójimo.

Dios nos ha facilitado la labor al señalarnos en los Diez Mandamientos nuestros principales deberes hacia El, hacia nuestro prójimo, y hacia nosotros mismos. Los primeros tres mandamientos declaran nuestros deberes con Dios; los otros siete indican los principales deberes con nuestro prójimo, e, indirectamente, con nosotros mismos.. Los Diez Mandamientos fueron dados originalmente por Dios a Moisés en el monte Sinaí, grabados en dos tablas de piedra, y fueron ratificados por Jesucristo, Nuestro Señor: «No penséis que he venido a abrogar la Ley o los profetas; no he venido a abrogarla, sino a consumarla» (Mt. 5,17). Jesús consuma la Ley de dos maneras.

En primer lugar, nos señala algunos deberes concretos hacia Dios y el prójimo. Estos deberes, dispersos en los Evangelios y las Epístolas, son los que se relacionan en las obras de misericordia corporales y espirituales. Luego, Jesús nos aclara estos deberes al dar a su Iglesia el derecho y el deber de interpretar y aplicar en la práctica la ley divina, lo que se concreta en los que denominamos mandamientos de la Iglesia.

Debemos tener en cuenta que los mandamientos de la Iglesia no son nuevas cargas adicionales que nos prescriben, por encima y más allá de los mandamientos divinos. Estas leyes de la Iglesia no son más que interpretaciones y aplicaciones concretas de la ley de Dios. Por ejemplo, Dios ordena que dediquemos algún tiempo a su culto. Nosotros podríamos decir, «Sí, quiero hacerlo, ¿pero cómo?». Y la Iglesia contesta: «Yendo a Misa los domingos y fiestas de guardar». Este hecho, el hecho de que las leyes de la Iglesia no son más que aplicaciones prácticas de las leyes divi nas, es un punto que merece destacarse. Algunas personas, incluso católicos, razonan distinguiendo las leyes de Dios de las leyes de la Iglesia, como si Dios pudiera estar en oposición consigo mismo.

Aquí tenemos, pues, las directrices divinas que nos dicen cómo perfeccionar nuestra naturaleza, cómo cumplir nuestra vocación de almas redimidas: los Diez Mandamientos de Dios, las siete obras de misericordia corporales y las siete espirituales, y los mandamientos de la Iglesia de Dios.

Todos ellos, claro está, prescriben solamente un mínimo de santidad: hacer la voluntad de Dios en materias obligatorias. Pero no debiéramos poner límites, no hay límites a nuestro crecimiento en santidad. El auténtico amor de Dios supera la letra de la ley, yendo a su espíritu. Debemos esforzarnos para hacer no sólo lo que es bueno, sino lo que es perfecto. Para aquellos que no tienen miedo de volar alto, nuestro Señor propone la observancia de los llamados Consejos Evangélicos: pobreza voluntaria, castidad perpetua y obediencia perfecta.

Hablaremos de cada uno de ellos -de los Mandamientos de Dios y su Iglesia, de las obras de misericordia y de los Consejos Evangélicos - a su debido tiempo. Y, dado que el lado positivo es menos conocido que los «no harás», empecemos con las obras de misericordia.

Subrayar lo positivo Es una pena que para mucha gente, llevar una vida cristiana no signifique más que «guardarse del pecado». De hecho, «guardarse del pecado» es sólo un lado de la moneda de la virtud. Es algo necesario, pero no suficiente. Quizá esta visión negativa de la religión, a la que se contempla como una serie de prohibiciones, explique la falta de alegría de muchas almas bien intencionadas.

Guardarse del pecado es el comienzo básico, pero el amor a Dios y al prójimo van mucho más lejos.

Para empezar, tenemos las obras de misericordia corporales. Se llaman así porque atañen al bienestar físico y temporal del prójimo. Al espigarlas de las Sagradas Escrituras, aparecen siete: (1) Visitar y cuidar a los enfermos; (2) Dar de comer al hambriento; (3) Dar de beber al sediento; (4) Dar posada al peregrino; (5) Vestir al desnudo; (6) Redimir al cautivo, y (7) Enterrar a los muertos. En su descripción del Juicio Final (Mateo 25,34-40), nuestro Señor constituye su cumplimiento como prueba de nuestro amor a El.

Cuando nos paramos a examinar la manera de cumplir las obras de misericordia corporales, vemos que son tres las vías por las que podemos dirigir nuestros esfuerzos. Primero, tenemos lo que se podría llamar «caridad organizada». En nuestras ciudades modernas es muy fácil olvidar al pobre y desgraciado, perdido entre la multitud. Más aún, algunas necesidades son demasiado grandes para que las pueda remediar una persona sola. Y así contamos con muchos tipos de organizaciones para las más diversas atenciones sociales, a las que pueden acudir los necesitados. Tenemos hospitales, orfanatos, asilos, instituciones para niños descarriados y subnormales, por nombrar algunas. Cuando las ayudamos, bien directa- mente, bien por medio de colectas o campañas, cumplimos una parte de nuestras obligaciones hacia el prójimo, pero no todas.

Otro modo de practicar las obras de misericordia corporales es colaborar en movimientos para mejoras cívicas o sociales. Si nos preocupamos de mejorar la vivienda de las familias pobres; si trabajamos para paliar las injusticias que pesan sobre los emigrantes del agro; si apoyamos los justos esfuerzos de los obreros para obtener un salario adecuado y seguridad económica; si damos nuestra activa cooperación a organizaciones cuyo objetivo es hacer la vida del prójimo un poco menos onerosa, estamos practicando las obras de misericordia corporales.

Pero, evidentemente, todo esto no nos libra de la obligación de prestar ayuda directa y personal a nuestros hermanos cuando la oportunidad -mejor dicho, el privilegio- se presente.

No puedo decir al necesitado que conozco, «ya di a tal asociación de caridad; vete a verles». Tengamos presente que Cristo se presenta bajo muchos disfraces. Si somos demasiado «prudentes» en nuestra generosidad, sopesando científicamente el «mérito» de una necesidad, vendrá necesariamente la ocasión en que Cristo nos encuentre adormilados.

Jesús habló frecuentemente de los pobres, pero ni una vez mencionó «los pobres meritorios».

Damos por amor a Cristo, y el mérito o demérito del pobre no debe preocuparnos excesivamente. No podemos fomentar la holgazanería dando con imprudencia; pero debemos tener en cuenta que negar nuestra ayuda a una familia necesitada porque son una colección de inútiles, porque el padre bebe o la madre no sabe administrar (lo que equivale a castigar a los niños por los defectos de los padres), es poner en peligro la salvación de nuestra alma. La verdad es así de exigente.

Además de proporcionar alimentos, ropas o medios económicos urgentes a los necesitados, existen, evidentemente, otras maneras de practicar las obras de misericordia. En el mundo de hoy no resulta tan fácil «visitar a los presos» como lo era en tiempos del Señor. Muchos prisioneros tienen limitadas sus visitas a los parientes cercanos.

Pero sí podemos conectar con los capellanes de cárceles o penales y preguntarles cómo podríamos ser de utilidad a los presos. ¿Cigarrillos, material de lectura o de recreo? ¿Rosarios, devocionarios, escapularios? (¡qué fácilmente podríamos ser tú y yo los que estuvieran tras los barrotes!). Aún mejor que visitar a los presos es prevenir su encarcelamiento.

Todo lo que podamos hacer para mejorar nuestra vecindad -proporcionando instalaciones para dar a la juventud un recreo sano y actividades formativas; extendiendo la mano al joven que vacila al borde de la delincuencia, etcétera- nos asemeja a Cristo.

«Visitar al enfermo.» ¡Qué afortunados son los médicos y enfermeras que dedican su vida entera a la sexta obra de misericordia corporal! (siempre que lo hagan movidos por el amor a Dios, y no por motivos «humanitarios» o económicos). Pero la enfermedad del hermano es un reto cristiano para todos sin excepción. Cristo nos acompaña cada vez que visitamos a uno de sus miembros dolientes, visitas que no curan, pero confortan y animan. El tiempo que empleemos en leer a un convaleciente, a un ciego, en aligerar el trabajo de una esposa unas horas, relevándola en el cuidado del marido o del hijo enfermo, tiene un mérito grande. Incluso una tarjeta expresando nuestro deseo de que el enfermo mejore, enviada por amor de Dios, nos ganará su sonrisa.

«Enterrar a los muertos». Ya nadie en nuestro país tiene que construir un ataúd o cavar una fosa en servicio del prójimo. Pero cuando vamos a una casa mortuoria, honramos a Cristo, cuya gracia santificó el cuerpo al que ofrecemos nuestros últimos respetos. El que acompaña un entierro puede decir con razón que está acompañando a Cristo a la tumba en la persona del prójimo.

Cuando, por amor de Cristo, nos ocupamos de aliviar los sinsabores de nuestro hermano, estamos agradando a Dios. Cuando nos empeñamos, por medio de las obras de misericordia corporales, de aligerar las necesidades del prójimo -enfermedad, pobreza, tribulación-, el cielo nos sonríe.

Pero su felicidad eterna tiene una importancia inmensamente mayor que el bienestar físico y temporal.

En consecuencia, las obras de misericordia espirituales son más acuciantes para el cristiano que las corporales.

Las obras de misericordia espirituales son siete tradicionalmente: (1) Enseñar al que no sabe; (2) Dar buen consejo al que lo necesita; (3) Corregir al que yerra; (4) Perdonar las injurias; (5) Consolar al triste; (6) Sufrir con paciencia los defectos del prójimo, y (7) Rogar a Dios por los vivos y los muertos.

«Enseñar al que no sabe.» El intelecto humano es un don de Dios, y El quiere que lo utilicemos. Toda verdad, tanto humana como sobrenatural, refleja la infinita perfección de Dios. En consecuencia, cualquiera que contribuya al desarrollo de la mente, formándola en la verdad, está haciendo una obra auténticamente cristiana, si se mueve por amor a Dios y al prójimo. Aquí los padres tienen el papel más importante, seguidos inmediatamente de los maestros, también los que enseñan asignaturas profanas, porque toda verdad es de Dios. No es difícil ver la razón que hace de la enseñanza tan noble vocación, una vocación que puede ser camino real a la santidad.

Naturalmente el conocimiento religioso es el de mayor dignidad. Los que dan clases de catecismo practican esta obra de misericordia en su forma más plena. Incluso quienes ayudan a construir y sostener escuelas católicas y centros catequísticos, tanto en nuestra patria como en centros de misión, comparten el mérito que proviene de «enseñar al que no sabe».

«Dar buen consejo al que lo necesita» apenas necesita comentario. A la mayoría de las personas les gusta dar su opinión. Estemos seguros, cuando tengamos que aconsejar, de que nuestro consejo es cien por cien sincero, desinteresado y basado en los principios de la fe. Estemos seguros de no escoger el camino fácil dando a quien nos escucha el consejo que quiere oír, sin tener en cuenta su valor; tampoco nos vayamos al extremo contrario, dando un consejo que esté basado en nuestros intereses egoístas.

«Corregir al que yerra» es un deber que recae principalmente en los padres, y sólo un poco menos en los maestros y demás educadores de la juventud. Este deber está muy claro; lo que no siempre tenemos tan claro es que el ejemplo es siempre más convincente que las amonestaciones.

Si en el hogar hay intemperancia, o una preocupación excesiva por el dinero o los éxitos mundanos; si hay murmuración maliciosa o los padres disputan delante de los hijos; si papá fanfarronea y mamá miente sin escrúpulo ante el teléfono, entonces, que Dios compadezca a estos hijos a quienes sus padres educan en el pecado.

«Corregir al que yerra» no es una obligación exclusiva de padres y maestros. La responsabilidad de conducir a los demás a la virtud es algo que nos atañe a todos, de acuerdo con nuestro mayor o menor ascendiente. Es un deber que tenemos que ejercitar con prudencia e inteligencia. A veces, al ser corregido, un pecador se obstina más en su pecado, especialmente si la corrección se hace en tono santurrón o paternalista. («No estoy borracho; déjame en paz; mozo, póngame otra copa»). Es esencial que hagamos nuestra corrección con delicadeza y con cariño, teniendo bien presentes nuestras propias faltas y debilidades.

Sin embargo, prudencia no quiere decir cobardía. Si sé que un amigo mío usa anticonceptivos, o se permite infidelidades matrimoniales, o planea casarse fuera de la Iglesia, o de otro modo pone en peligro su salvación eterna, el amor de Dios me exige que haga todo lo que esté en mi mano para disuadirle de su suicidio espiritual. Es una cobardía de la peor especie tratar de excusarse diciendo: «Bien, sabe tan bien como yo lo que está bien y lo que está mal; ya tiene edad para saber lo que se hace. No es asunto mío decirle lo que tiene que hacer». Si lo viera apuntándose a la sien con una pistola o poniéndose un cuchillo al cuello, ciertamente consideraría asunto mío el detenerle, por mucho que protestara por mi intromisión. Y está claro que su vida espiritual debe importarme más que su vida física. Oigamos cuál será nuestra recompensa: «Hermanos míos, si alguno de vosotros se extravía de la verdad y otro logra reducirle, sepa que quien convierte a un pecador de su errado camino salvará su alma de la muerte y cubrirá la muchedumbre de sus pecados» (Sant. 5,19- 20).

«Perdonar las injurias» y «Sufrir con paciencia los defectos del prójimo». ¡Ah!, he aquí lo que escuece. Todo lo que tenemos de humano, todo lo que nos es natural, se subleva contra el conductor imprudente que nos cierra el paso, el amigo que traiciona, el vecino que difunde mentiras sobre nosotros, el comerciante que nos engaña. Es aquí donde tocamos el más sensible nervio del amor propio. ¡Cuesta tanto decir con Cristo en su cruz: «Padre, perdónalos porque no saben lo que hacen»! Pero, tenemos que hacerlo si de verdad somos de Cristo. Es aquí cuando nuestro amor a Dios pasa la prueba máxima, es aquí cuando se ve si nuestro amor al prójimo es auténticamente sobrenatural.

«Consolar al triste» es algo que, para muchos, surge espontáneamente. Si somos seres humanos normales, sentimos condolencia natural por los atribulados. Pero es esencial que el consuelo que ofrecemos sea más que meras palabras y gestos sentimentales. Si podemos hacer algo para confortar al que sufre, no podemos omitir el hacerlo porque nos cause molestias o sacrificios. Nuestras palabras de consuelo serán mil veces más eficaces si van acompañadas de obras.

Finalmente, «Rogar a Dios por los vivos y los difuntos», algo que, por supuesto, todos hacemos, conscientes de lo que significa ser miembro del Cuerpo Místico de Cristo y de la Comunión de los Santos. Pero aquí también puede meterse el egoísmo si nuestras oraciones se limitan a las necesi- dades de nuestra familia y de los amigos más íntimos. Nuestra oración, como el amor de Dios, debe abarcar al mundo.

El mayor bien «Si me amas», dice Dios mandamientos-. «Si me amas mucho», añade, «esto es lo , «esto es lo que debes hacer» -y nos da sus que podrías hacer», y nos da los Consejos Evangélicos, una invitación a la práctica de la pobreza voluntaria, castidad perpetua y obediencia perfecta.

Se llaman «evangélicos» porque es en los Evangelios donde encontramos la invitación que Jesús nos hace para vivirlos.

Vale la pena reseñar en su totalidad el patético incidente que San Mateo nos cuenta en el capítulo XIX de su Evangelio (versículos 16-20): «Acercósele uno y le dijo: Maestro, ¿qué obra buena he de realizar para alcanzar la vida eterna? El le dijo: ¿Por qué me preguntas sobre lo bueno? Uno sólo es bueno: si quieres entrar en la vida, guarda los mandamientos. Díjole él: ¿Cuáles? Jesús respondió: No matarás, no adulterarás, no levantarás falso testimonio, honra a tu padre y a tu madre y ama al prójimo como a ti mismo. Díjole el joven: Todo esto lo he guardado. ¿Qué me queda aún? Díjole Jesús: Si quieres ser perfecto, ve, vende cuanto tienes, dalo a los pobres, y tendrás un tesoro en los cielos, y ven y sígueme. Al oír esto el joven, se fue triste, porque tenía muchos bienes».

Sentimos una gran compasión hacia ese joven que tan cerca estuvo de ser uno de los primeros discípulos del Señor, pero perdió su gloriosa oportunidad porque no tuvo generosidad. No hay duda que hoy también Jesús está llamando a multitud de almas. ¡Queda tanto de su obra por realizar, hacen falta tantos obreros! Si el número de sus obreros es insuficiente (y siempre lo es) no es porque Jesús no llame. Puede ocurrir que no se quiera oír su voz, o que, como al joven del Evangelio, falte generosidad para seguirle. Por esta razón, es esencial que todos, padres e hijos, comprendamos la naturaleza de los Consejos Evangélicos y la naturaleza de la vocación de la vida religiosa.

De todos los consejos y directrices que se dan en el Evangelio, los Consejos son los más perfectos.

Su observancia nos libera, en la medida en que la naturaleza humana puede ser libre, de los obstáculos que se oponen a su crecimiento en santidad, en amor de Dios. El que abraza estos Consejos renuncia a unos bienes preciosos, pero menores, que en nuestra naturaleza caída compiten a menudo con el amor a Dios. Al esposarnos voluntariamente con la pobreza, maniatamos la codicia y la ambición, instigadores de tantos pecados contra Dios y contra el prójimo. Al darnos a Dios por la castidad perfecta, sojuzgamos la carne para que el espíritu pueda elevarse sin ataduras ni divisiones hasta Dios. Al adherirnos a la obediencia perfecta hacemos la más costosa de las renuncias, entregamos lo que es más caro al hombre, más que la ambición de poseer o al poder de procrear: renunciamos al dominio de nuestra propia voluntad. Vaciados de nosotros mismos tan completamente como puede serlo un hombre -sin propiedad, sin familia, sin voluntad propia- quedamos libres al máximo de nuestras posibilidades para la operación de la gracia; estamos en el camino de perfección.

Si queremos progresar en santidad, el espíritu de los Consejos Evangélicos nos es imprescindible a todos. Para todos, casados o solteros, religiosos o fieles corrientes, es necesario el desasimiento de los bienes de este mundo, el mantener la sobriedad en nuestros gustos y necesidades, compartiendo generosamente nuestros bienes con otros menos afortunados, agradeciendo a Dios lo que nos da, a la vez que estamos desprendidos de ello por si El nos pidiera su devolución.

Para cada uno según su estado, la castidad es imprescindible. Para el soltero la castidad debe ser absoluta, con voto o sin él. Ciertamente es una de las glorias de nuestra religión que tantos vivan la castidad perfecta, fuera y dentro del mundo, cuyas seducciones son tan abundantes y las ocasiones tan frecuentes. Hay heroísmo auténtico en la pureza de nuestros jóvenes, quienes dominan el imperioso instinto sexual hasta que la edad y las circunstancias les permiten contraer matrimonio. Hay un heroísmo más inadvertido, pero no menos real en los solteros de mayor edad, cuya situación es tal que no les permite casarse, quizá para siempre. Hay un noble heroísmo en la continencia de aquellos que han escogido permanecer solteros en el mundo para poder darse más plenamente al servicio de los demás. Hay en estos seglares célibes una profunda reverencia hacia la facultad sexual, que ven como un maravi lloso don de Dios, reservado para los fines que El ha designado, que debe mantenerse impoluto mientras esos fines no sean posibles. Y también dentro del matrimonio debe vivirse la castidad; la hermosísima castidad de los esposos cristianos, para quienes la unión física no es una diversión o un medio para la satisfacción egoísta, sino la gozosa expresión de la interior y espiritual unión del uno con el otro y con Dios, para cumplir su Voluntad, sin poner límite a los hijos que El quiera enviar, absteniéndose de usar el matrimonio siempre que ello sirva mejor a los fines de Dios.

Igualmente hay obediencia en el mundo, la sujeción de la voluntad que el verdadero amor a Dios y al prójimo tan frecuentemente hace obligatoria. Esta obediencia implica no sólo la sujeción de todos a la voz de Dios en su Iglesia y a la voluntad de Dios en las circunstancias de la vida, muchas veces causa de contrariedades. Implica la sujeción diaria de la voluntad y la disciplina de los deseos para todos los que quieren vivir en paz y caridad con los demás, esposo con esposa, vecino con vecino.

Sí, ciertamente, el espíritu de los Consejos -pobreza, castidad y obediencia- no se encierra entre los muros de los conventos y monasterios.

Este espíritu es esencial a toda vida auténticamente cristiana. Todos los cristianos están llamados a vivir este espíritu de los Consejos Evangélicos, cuya observancia pública u oficial sólo se pide a unos pocos. El Cuerpo Místico de Cristo es un cuerpo, y no sólo alma. Por ello tiene, que haber padres cristianos que perpetúan los miembros de ese Cuerpo. Más aún, si el espíritu de Cristo debe empapar el mundo, debe haber ejemplos de Cristo en todas las circunstancias de la vida, debe haber hombres y mujeres cristianos en todos los oficios, profesiones y estados. Para ellos, el cumplimiento de los Consejos debe ser relativo a los particulares deberes de cada uno.

Pero no habría un grado «relativo», particular, si no hubiera otro «absoluto», público. Yo puedo afirmar que mi reloj es exacto porque hay un observatorio astronómico que es público y absolutamente exacto en la medición del tiempo. Esta es una razón por la que Dios en su Providencia ha inspirado en la Iglesia el público estado de vida conocido como estado religioso. En él los Consejos Evangélicos se muestran plena y públicamente por medio de los votos de pobreza absoluta, castidad perpetua y obediencia perfecta. La vida religiosa se llama vida de perfección no porque una persona se haga automáticamente perfecta al pronunciar los tres votos religiosos, sino porque ha puesto pie en la senda de la perfección al renunciar pública y socialmente a todo lo que podría embarazar su progreso hacia ella. La perfección que, tras el valiente comienzo, sea capaz de alcanzar dependerá del uso que haga de las abundantes gracias y oportunidades *.

Es evidente que hay mucha gente que vive «en el mundo» y es mucho más santa que otros que viven «en religión». Es igualmente evidente que nadie debe pensar que está condenado a una vida «imperfecta» porque no se ha hecho fraile o monja. Para cada individuo la vida más perfecta es aquella a la que Dios le llame. Hay santas en la cocina como las hay en el claustro; en el mercado tanto como en el convento. Pero, independientemente de la vocación particular de un determinado individuo, la vida religiosa es la vida de perfección. Sus comienzos son tan antiguos como la misma Iglesia. La vida religiosa que hoy conocemos -un bello mosaico compuesto de muchas órdenes y congregaciones - tiene su origen en las «Vírgenes» y «Confesores» de la primitiva cristiandad.

Además de la necesidad que tiene el mundo de testimonios vivos que muestren que el amor de Dios puede colmar el hueco de otros amores más pequeños, es decir, además de la necesidad de un ejemplo «absoluto» del que puedan derivarse ejemplos «relativos», hay otra razón para la provi dencial promoción de la vida religiosa. La Preciosísima Sangre de Cristo llama a las almas por las que murió con una urgencia que no puede ignorarse; su número es tan grande y la labor tan vasta que hay necesidad de una hueste de almas generosas y entregadas que se den, sin nada que pueda distraerlas, a las obras de misericordia corporales y espirituales. Hay necesidad de centrales de luz y energía espiritual, de oración, que consigan las gracias necesarias para los insensatos que no quieren rezar, y así tenemos las órdenes de monjes y monjas de clausura, cuyas vidas están totalmente dedicadas a la oración y penitencia en favor del Cuerpo Místico de Cristo.

Se necesitan brazos y corazones sin cuento para el cuidado de los enfermos, de los atribulados, de los sin hogar; para buscar en su domicilio y traer al redil las ovejas perdidas; para (*) Al traducir este párrafo, hemos tratado de aclarar o matizar lo que parecía sugerirse con las palabras «relativo» y «absoluto» («particular» y «público» son añadidos del T.).

enseñar en las escuelas y colegios, donde se hable de Dios y no sólo de Julio César y de Shakespeare; para enseñar el catecismo y predicar las misiones. Y así tenemos las congregaciones de hombres y mujeres que se dedican a estas obras de caridad, no por la paga, el prestigio o la satisfacción, sino por amor a Dios y a las almas. Sólo Dios sabe cuánta labor hubiera quedado por hacer si no hubieran existido. La Providencia divina, al compás de las necesidades modernas, ha promovido el reciente desarrollo de los «institutos seculares». En ellos, hombres y mujeres se obligan a observar los Consejos Evangélicos, pero viven y visten como fieles corrientes. Así pueden llegar a sitios y desarrollar su labor en lugares a los que no podrían acceder los religiosos*.

Los que entran en religión se obligan a la observancia de la pobreza, castidad y obediencia.

Los votos pueden hacerse por vida o por un número determinado de años. Pero antes de hacer voto alguno hay un tiempo de formación y prueba espirituales, que se llama «noviciado», y que puede durar uno o dos años, al que siguen los votos temporales, que proporcionan un nuevo tiempo de prueba, hasta que se pronuncian los votos finales.

La vida de religión está abierta a cualquier persona soltera y mayor de quince años, que no esté impedida por obligaciones o responsabilidades que la hagan incompatible con la vida (*) Con la Const. Ap. Provida Mater Ecclesia (2 de febrero de 1947), Pío XII aprobó las Asociaciones de fieles que serían llamadas Institutos Seculares. De hecho, las diversas clases de Asociaciones que contribuyeron a su origen y desarrollo posterior han puesto de manifiesto que esa figura jurídica, como la Provida misma, era una fórmula de compromiso, necesaria en aquellos momentos, para dar reconocimiento e impulso oficial a cosas que eran y son heterogéneas entre sí. No existía la posibilidad de Asociaciones de fieles con naturaleza y régimen universal (las que había eran sólo a nivel local o diocesano, o vinculadas a órdenes religiosas), ni documentos oficiales como los del Vaticano II que admitiesen esa posibilidad y que recordasen solemnemente la llamada de todos los fieles a la santidad y al apostolado cada uno en su estado. Muchos Institutos Seculares de hecho eran y se han desarrollado como formas del estado religioso adaptadas a ciertas necesidades del mundo moderno (lo primordial es la profesión de los Consejos Evangélicos típicos del estado religioso o «estado de perfección»); y en este sentido parece expresarse el autor, como la mayor parte de la literatura teológica, ascética y jurídica al respecto. En cambio, otras eran y son las Asociaciones de fieles, sacerdotes o seglares sin más, extendidas y reconocidas en el ámbito de la Iglesia universal (lo primordial en este caso es la secularidad, el vivir en el mundo, con los derechos y deberes inherentes al oficio, trabajo, familia, etc., de cada uno); en esta línea, alguna de hecho no es un Instituto Secular. Por ejemplo, «el Opus Dei -con palabras de su mismo fundador- no es ni puede considerarse una realidad ligada al proceso evolutivo del estado de perfección en la Iglesia, no es una forma moderna o aggiornata de ese estado. En efecto, ni la concepción teológica del status perfectionis... ni las diversas concreciones jurídicas, que se han dado o pueden darse a ese concepto teológico, tienen nada que ver con la espiritualidad y el fin apostólico que Dios ha querido para nuestra Asociación. Basta considerar -porque una completa exposición doctrinal sería larga- que al Opus Dei no le interesan ni votos ni promesas, ni forma alguna de consagración diversa de la consagración que ya todos recibieron por el Bautismo. Nuestra Asociación no pretende de ninguna manera que s us socios cambien de estado, que dejen de ser simples fieles, iguales a los otros, para adquirir el peculiar status perfectionis» (J. ESCRIVÁ DE BALAGUER, Conversaciones, 11 ed., Madrid 1976, núm. 20). (N. del T.) religiosa; como, por ejemplo, la obligación de cuidar a un pariente enfermo o impedido. Si uno tiene normal salud física y mental, no precisa más que rectitud de intención: el deseo de agradar a Dios, de salvar el alma, de ayudar al prójimo. Teniendo en cuenta las apremiantes necesidades actuales, podemos tener la certeza de que Dios llama a muchas almas, que no aceptan su invitación. Quizá no sigan su voz -El habla siempre con suavi - dad-; quizá la oyen, pero les asusta el costo, sin darse cuenta que quien llama es Dios, y El dará la fortaleza necesaria; quizá oyen y tienen la suficiente generosidad, pero son disuadidos por sus padres, quienes, con buena intención, aconsejan cautela y demoran la decisión, hasta que consiguen acallar la voz de Dios y malograr la vocación. ¡Cómo si se pudiera tener «cautela» con Dios! Es mejor probar y dejarlo que no querer ni probar siquiera. Debería ser una intención constante de nuestras oraciones pedir para que todos aquellos a quienes llama Dios, escuchen su voz y respondan; y para que aquellos que han respondido tengan la gracia de la perseverancia.

CAPÍTULO XVI EL PRIMER MANDAMIENTO DE DIOS Nuestro primer deber El supremo destino del hombre es dar honor y gloria a Dios. Para esto fuimos hechos. Cualquier otro motivo para crearnos hubiera sido indigno de Dios. Es, pues, correcto decir que Dios nos ha hecho para ser eternamente felices con El. Pero nuestra felicidad es una razón secundaria de nuestro existir; es la consecuencia de cumplir el fin primario al que hemos sido destinados: glorificar a Dios.

No es sorprendente, por lo tanto, que el primero de los Diez Mandamientos nos recuerde esta obligación. «Yo soy el Señor tu Dios», escribió Dios en las tablas de piedra de Moisés, «no tendrás dioses extraños ante Mí». Esta es una forma resumida del primer mandamiento. Según aparece en el libro del Éxodo, en el Viejo Testamento (capítulo XX, versículo 2 a 6), el primer mandamiento es mucho más largo: «Yo soy Yahvé, tu Dios, que te ha sacado de la tierra de Egipto, de la casa de la servidumbre. No tendrás otro Dios que a mí. No te harás esculturas ni imagen alguna de lo que hay en lo alto de los cielos, ni de lo que hay abajo sobre la tierra, ni de lo que hay en las aguas debajo de la tierra. No te postrarás ante ellas y no las servirás, porque Yo soy Yahvé, tu Dios, un Dios celoso, que castiga en los hijos las iniquidades de los padres hasta la tercera y cuarta generación de los que me odian, y hago misericordia hasta mil generaciones de los que me aman y guardan mis mandamientos.» Este es el primer mandamiento en su forma completa. Puede ser de interés señalar aquí que los mandamientos, según los dio Dios, no están claramente numerados del uno al diez. Su disposición en diez divisiones, para ayudar a memorizarlos, es cosa de los hombres. Antes que la invención de la imprenta tendiera a normalizar las cosas, los mandamientos se numeraban unas veces de una manera, y otras veces de otra. A menudo el primer largo mandamiento se dividía en dos: «Yo soy el Señor, tu Dios..., no tendrás otros dioses ante mí», era el primer mandamiento. El segundo era: «No te harás esculturas ni imagen alguna... no te postrarás ante ellas y no las servirás.» Después, para mantener justo el número de diez, los dos últimos mandamientos, «No desearás la mujer de tu prójimo... ni nada de cuanto le pertenece», se combinaron en uno solo. Cuando Martín Lutero originó la primera confesión protestante, escogió este sistema de numeración. El otro sistema, tan familiar para nosotros, se hizo común en la Iglesia Católica. Esta circunstancia hizo que, para muchos protestantes, nuestro segundo mandamiento sea su tercero, nuestro tercero su cuarto y así sucesivamente. En un catecismo protestante es el séptimo mandamiento y no el sexto el que prohíbe el adulterio. En ambos casos, los mandamientos son los mismos, no hay más que distintos sistemas de numeración.

Ya hemos mencionado que el número de diez no es más que una ayuda mnemotécnica. Vale la pena recordar que los mandamientos en sí son también ayudas que Dios proporciona a la memoria, al margen de su sistema de numeración. En el monte Sinaí, Dios -a excepción de destinar un día específico para El- no impuso nuevas obligaciones a la humanidad.

Desde Adán la ley natural exigía al hombre la práctica del culto a Dios, de la justicia, veracidad, castidad y demás virtudes morales. Dios no hizo más que grabar en tablas de piedra lo que la ley natural ya exigía del hombre. Pero, en el monte Sinaí, Dios tampoco dio un tratado exhaustivo de ley moral. Se limitó a proporcionar una lista de los pecados más graves contra las virtudes más importantes: idolatría contra religión, profanación contra reverencia, homicidio y robo contra justicia, perjurio contra veracidad y caridad, y dejó al hombre estas virtudes como guías en que encuadrar los deberes de naturaleza similar.

Podríamos decir, que los Diez Mandamientos son como diez perchas en que podemos colgar ordenadamente nuestras obligaciones morales.

Pero volvamos ahora a la consideración particular del primer mandamiento. Podemos decir que pocos de nosotros se hallan en situación de cometer un pecado de idolatría en sentido literal. Sí se podría hablar figurativamente de aquellos que rinden culto al falso dios de sí mismo. Del mismo modo podríamos aplicarlo a los que colocan las riquezas, los negocios, el éxito social, el placer mundano o el bienestar físico delante de sus deberes con Dios. Sin embargo, estos pecados de autoidolatría se encuadran en general en mandamientos distintos del primero.

Asumiendo que el pecado de idolatría no es problema para nosotros, podemos dirigir ahora nuestra atención al significado positivo del primer mandamiento. De él -como de casi todos los restantes - se puede afirmar que la forma negativa en que se expresan no es más que una fórmula literaria para resaltar en forma compendiada nuestros deberes positivos. Así, el primer mandamiento nos ordena ofrecer sólo a Dios el culto supremo, culto que le es debido como Creador y fin nuestro, y esta obligación positiva abarca mucho más que la mera abstención de la idolatría.

Nunca se insistirá en demasía en la idea que llevar una vida virtuosa es mucho más que la simple abstención del pecado. La virtud, como las monedas, tiene anverso y reverso.

Guardarse del mal es sólo una cara de la moneda. La otra es la necesidad de hacer buenas obras, que son lo contrario de las malas a que renunciamos. Así, pues, no basta pasar ante un ídolo pagano y no quitarnos el sombrero ante él. Debemos dar activamente al verdadero Dios el culto que le es debido. Nuestro Catecismo resume los deberes a este respecto al decir: «damos culto a Dios por medio de actos de fe, esperanza y caridad, adorándole y dirigiendo a El nuestras oraciones».

En religión todo se basa en la fe. Sin ella, no hay nada. Por esta razón tenemos que empezar centrando nuestra atención en la virtud de la fe.

Sabemos que la virtud de la fe se infunde en nuestra alma, junto con la gracia santificante, al ser bautizados. Pero la virtud de la fe quedaría anquilosada en nuestra alma si no la vitalizáramos haciendo actos de fe. Hacemos un acto de fe cada vez que asentimos conscientemente a las verdades reveladas por Dios; no precisamente porque las comprendamos plenamente; no precisamente porque nos hayan sido demostradas y convencido científicamente; sino, primordialmente, porque Dios las ha revelado. Dios, al ser infinitamente sabio, no puede equivocarse. Dios, al ser infinitamente veraz, no puede mentir.

En consecuencia, cuando Dios dice que algo es de una manera, no se puede pedir certidumbre mayor. La palabra divina contiene más certeza que todos los tubos de ensayo y razonamientos lógicos del mundo.

Es fácil ver la razón de que un acto de fe sea un acto de culto a Dios. Cuando digo «Dios mío, creo en estas verdades porque las has revelado Tú, que no puedes engañarte ni engañarme», estoy honrando la sabiduría y veracidad infinitas de Dios del modo más práctico posible: aceptándolas bajo su palabra.

Este deber de dar culto a Dios por la fe nos impone unas obligaciones concretas. Dios no hace las cosas sin motivos. Es evidente que si Dios ha dado a conocer ciertas verdades, es porque, de algún modo, nos serán útiles para alcanzar nuestro fin, que es dar gloria a Dios por el conocimiento, el amor y el servicio. Así, saber qué verdades son éstas se convierte en una responsabilidad para nosotros, según nuestra capacidad y oportunidades.

Para un no católico esto significa que en cuanto comience a sospechar que no posee la religión verdadera revelada por Dios, está obligado inmediatamente a buscarla. Cuando la encuentre, está obligado a abrazarla, hacer su acto de fe. Quizá no podamos juzgar, pues sólo Dios lee los corazones, pero todo sacerdote, en el curso de su ministerio, encuentra personas que parecen estar convencidas de que la fe católica es la verdadera, y, sin embargo, no entran en la Iglesia. Parece como si el precio les pareciera demasiado elevado: pérdida de amigos, negocios o prestigio. A veces, su impedimento es el temor a disgustar a los padres según la carne, como si la lealtad hacia ellos precediera a la superior lealtad que debemos a nuestro Padre Dios.

Nosotros, que ya poseemos la fe, tenemos que mirar de no dormirnos en los laureles. No podemos estar tranquilos pensando que, porque fuimos a un colegio donde se nos enseñó el Catecismo en nuestra juventud, ya sabemos todo lo que nos hace falta sobre religión. Una mente adulta necesita una comprensión de adulto de las verdades divinas. Oír con atención sermones y pláticas, leer libros y revistas doctrinales, participar en círculos de estudio, no son simples cuestiones de gustos, cosas en que ocuparnos si nos diera por ahí. Estas no son prácticas «pías» para «almas devotas».

Es un deber esencial procurarnos un adecuado grado de conocimiento de nuestra fe, deber que establece el primero de los mandamientos. No podemos hacer actos de fe sobre una verdad o verdades que ni siquiera conocemos. Muchas tentaciones sobre la fe, si las tenemos, desaparecerían si nos tomáramos la molestia de estudiar un poco más las verdades de nuestra fe.

El primer mandamiento no sólo nos obliga a buscar y conocer las verdades divinas y aceptarlas.

También nos pide que hagamos actos de fe, que demos culto a Dios por el asentimiento explícito de nuestra mente a sus verdades, una vez alcanzado el uso de razón. ¿Con qué frecuencia hay que hacer actos de fe? No hace falta decir que a menudo, pero especialmente debo hacerlos cuando llega a mi conocimiento una verdad de fe que desconocía previamente. Debo hacer un acto de fe cada vez que se presente una tentación contra esta virtud u otra cualquiera en que la fe esté implicada. Debo hacer un acto de fe frecuentemente en la vida, para que no quede inactiva por falta de ejercicio.

La práctica corriente de los buenos cristianos es hacer actos de fe todos los días, como parte de las oraciones de la mañana y de la noche.

No sólo tenemos que procurar conocer la verdad. No sólo debemos darle nuestro asentimiento interior. El primer mandamiento requiere además que hagamos profesión externa de nuestra fe. Esta obligación se hace imperativa cada vez que el honor de Dios o el bien del prójimo lo requieran. El honor de Dios lo requiere cuando omitir esta profesión de fe equivaldría a su negación. Esta obligación no se aplica solamente a los casos extremos, en que se nos exija la negación expresa de nuestra fe, como en la antigua Roma o en los modernos países comunistas. Se aplica también a la vida ordinaria de cada uno de nosotros. Podemos tener reparo a expresar nuestra fe por miedo a que perjudique a nuestros negocios , por miedo a llamar la atención, a las alusiones o al ridículo. El católico que asiste a un congreso, el católico que estudia en la universidad, la católica que tiene reuniones sociales, y miles de ocasiones parecidas, pueden dar lugar a que ocultar nuestra fe equivalga a su negación, con detrimento del honor debido a Dios.

Y, muchas veces, cuando omitimos profesar nuestra fe por cobardía, el prójimo sufre también. Muchas veces el hermano o hermana en la fe más débiles, observan nuestra conducta antes de decidir su forma de actuar. En verdad se nos presentarán muchas ocasiones en que la necesidad concreta de dar testimonio de nuestra fe surgirá de la obligación de sostener con nuestro ejemplo el valor de otros.

Pecados contra la fe El primer mandamiento nos obliga a conocer lo que Dios ha revelado, y a crearlo firmemente. Este es el significado de practicar la virtud de la fe. Cada vez que incumplimos estas obligaciones, pecamos contra la fe.

Pero hay ciertos pecados graves y concretos contra esta vi rtud que merecen una especial mención, y el primero de todos es el pecado de apos tasía. La palabra «apóstata» se parece a «apóstol», pero significa casi lo contrario. Un apóstol es el que extiende la fe. El apóstata es el que la abandona completamente. Se encuentran apóstatas en casi todas las parroquias: gente que dirá que fueron católicos, pero que ya no creen en nada. A menudo la apostasía es consecuencia de un mal matrimonio. Comienza con uno de los cónyuges que se excomulga al casarse fuera de la Iglesia o con una persona que no practica. Al excluirse del flujo de la gracia divina, la fe del católico se agosta y muere, viéndose al final del proceso sin fe alguna.

No es lo mismo apostasía que laxitud. Puede haber un católico laxo que no vaya a Misa ni haya comulgado en diez años. Ordinariamente la raíz de su negligencia es pura pereza.

«Trabajo mucho toda la semana, y tengo derecho a descansar los domingos», dirá seguramente. Si le preguntáramos cuál es su religión, contestaría: «Católica, por supuesto».

Generalmente se defenderá diciendo que es mejor católico que «muchos que van a misa todos los domingos». Es ya una excusa tópico que todo sacerdote ha de oír una y otra vez.

La cuestión es, sin embargo, que un católico laxo no es aún apóstata. De forma vaga pretende en un futuro impreciso volver a la práctica de su religión. Si muriera antes de ponerlo en práctica, no necesariamente se le negaría el entierro cristiano, si el párroco puede encontrar cualquier señal de que aún conservaba la fe y de que se arrepintió a la hora de la muerte. Es una idea errónea suponer que la Iglesia niega el entierro cristiano a los que no cumplen el llamado deber pascual.

Es cierto que la Iglesia toma este hecho como evidencia de que una persona posee la verdadera fe: si consta que comulga por Pascua, no hará falta nada más. Pero la Iglesia sigue siendo Madre amorosa para sus hijos extraviados, y basta la más pequeña prueba para que conceda el entierro cristiano al difunto, suponiendo que éste conservaba la fe y se arrepintió de sus pecados, es decir, siempre que no muera excomulgado o públicamente impenitente. Un entierro cristiano no garantiza-en modo alguno que esa alma vaya al cielo, pero la Iglesia no quiere incrementar el dolor de, los parientes negando el entierro cristiano con tal que pueda encontrar una excusa válida.

Un católico laxo no es necesariamente un católico apóstata, aunque muy frecuentemente la laxitud conduzca a la herejía. Uno no puede ir vi viendo de espaldas a Dios, mes tras mes, año tras año; uno no puede vivir indefinidamente en pecado mortal, rechazando constantemente la gracia de Dios, sin que al final se encuentre sin fe. La fe es un don de Dios, y tiene que llegar el tiempo en que Dios, que es tan infinitamente justo como infinitamente misericordioso, no pueda permitir que su don siga despreciándose, su amor abusándose. Cuando la mano de Dios se retira, la fe muere.

Otra causa de apostasía, además de la laxitud, es la soberbia intelectual. Es un peligro al que se expone quien se aventura imprudentemente más allá de sus límites intelectuales y espirituales. Es, por ejemplo, el joven o la muchacha que van a la universidad y comienzan a descuidar la oración, la misa y los sacramentos. A la vez que abandonan su vida espiritual, se ven deslumbrados por la actitud de desdeñosa superioridad de tal o cual catedrático hacia «las supersticiones superadas», entre las que incluye la religión. En vez de aceptar el reto de la superficial irreligión con que se tropiezan en clase, y estudiar las respuestas, el joven estudiante trueca la autoridad de Dios y su Iglesia por la autoridad del profesor.

Esto no quiere sugerir que la mayoría de los profesores universitarios sean ateos, ni mucho menos. Pero sí que es posible encontrar algunos con facilidad, los que, llevados de su propia inseguridad, buscan afirmar su yo empequeñeciendo las mentes superiores a la suya. Un hombre así puede causar daños irreparables a estudiantes impresionables y contagiar a otros su soberbia intelectual.

Las lecturas imprudentes son otro frecuente peligro para la fe. Aquel afectado de pobreza intelectual puede ser fácil presa de las arenas movedizas de autores refinados e ingeniosos, cuya actitud hacia la religión es de suave ironía o altivo desprecio. Al leer tales autores es probable que la mente superficial comience a poner en duda sus creencias religiosas. Al no saber sopesar las pruebas y a pensar por su cuenta, al no tener presente el dicho inglés que afirma que «un tonto puede hacer más preguntas en una hora que un sabio responder en un año», el lector incauto cambia su fe por los sofismas brillantes y los absurdos densos que va leyendo.

Finalmente, la apostasía puede ser el resultado del pecado habitual. Un hombre no puede vivir en continuo conflicto consigo mismo. Si sus ac ciones chocan con su fe, una de las dos partes tiene que ceder. Si descuida la gracia, es fácil que sea la fe y no el pecado lo que arroje por la ventana. Muchos que justifican la pérdida de su fe por dificultades intelectuales, en realidad tratan de cubrir el conflicto más íntimo y menos noble que tienen con sus pasiones.

Además del rechazo total de la fe en que consiste el pecado de apostasía, existe el rechazo parcial, que es el pecado de herejía, y quien lo comete se llama hereje. Un hereje es el bautizado que rehúsa creer una o más verdades reveladas por Dios y enseñadas por la Iglesia Católica. Una verdad revelada por Dios y proclamada solemnemente por la Iglesia se denomina dogma de fe. La virginal concepción de Jesús -el hecho de que no tuvo padre humano- es un ejemplo de dogma de fe. La infalibilidad del sucesor de Pedro, del Papa, cuando enseña doctrina de fe y moral a toda la Cristiandad, es también dogma de fe. Otro ejemplo es la creación por Dios del alma de María libre de pecado original, el dogma de la Inmaculada Concepción.

Son unos pocos ejemplos de los dogmas que, entretejidos, forman el tapiz de la fe católica. Rechazar uno de ellos es rechazarlos todos. Si Dios, que habla por su Iglesia, puede errar en un punto de doctrina, no hay razón alguna para creerle en los demás. No puede haber quien sea «ligeramente herético», como tampoco puede darse uno «ligeramente muerto». A veces, podríamos pensar que los anglicanos de la «High Church» están muy cerca de la Iglesia porque creen casi todo lo que nosotros creemos, tienen ceremonias parecidas a nuestra Misa, confesonarios en sus templos, ornamentos litúrgicos y queman incienso. Pero no es así: la frase «es casi católico» es tan absurda como la de «está casi vivo».

Debe tenerse en cuenta que en el pecado de herejía, como en todo pecado, se distingue entre pecado material y pecado formal. Si una persona hace algo que objetivamente está mal, pero lo ignora sin culpa propia, decimos que ha pecado materialmente, pero no formalmente. En su mala acción no hay culpa personal. El católico que rechaza una verdad de fe, que decide, por ejemplo, no creer en el infierno, es culpable de herejía formal y material. Sin embargo, el protestante que cree sinceramente las enseñanzas de la religión en que fue educado y ha carecido de oportunidades para conocer la verdadera fe es solamente hereje material; no es culpable formalmente del pecado de herejía.

Hay otro tipo de herejía especialmente común y especialmente peligrosa: es el error del indiferentismo. El indiferentismo mantiene que todas las religiones son igualmente gratas a Dios, que tan buena es una como la otra, y que es cuestión de preferencias tanto profesar una religión determinada como tener religión alguna. El error básico del indiferentismo está en suponer que el error y la verdad son igualmente gratos a Dios; o en suponer que la verdad absoluta no existe, que la verdad es lo que uno cree. Si supusiéramos que una religión es tan buena como cualquier otra, el siguiente paso lógico concluiría que ninguna vale la pena, puesto que no hay ninguna establecida y aprobada por Dios.

La herejía del indiferentismo está especialmente enraizada en los países que se precian de mentalidad amplia. Confunden el indiferentismo con la democracia. La democracia pide lo que la caridad cristiana también exige, el respeto a la conciencia del prójimo, a sus sinceras convicciones, aun sabiendo que son equivocadas. Pero la democracia no nos pide decir que el error no importa, no nos exige ponerlo en el mismo pedestal que la verdad. En breve, el católico que baja la cabeza cuando alguien afirma «no importa lo que uno crea, lo que importa son sus obras» es culpable de un pecado contra la fe.

El indiferentismo puede predicarse tanto con acciones como con palabras. Esta es la razón que hace mala la participación de un católico en ceremonias no católicas, la asistencia, por ejemplo, a servicios luteranos o metodistas. Participar activamente en tales ceremonias es un pecado contra la virtud de la fe. Nosotros conocemos cómo Dios quiere que le demos culto, y, por ello, es gravemente pecaminoso dárselo según formas creadas por los hombres en vez de las dictadas por El mismo.

Es evidente que esto no significa que los católicos no puedan orar con personas de otra fe. Sin embargo, cuando se trate de ceremonias públicas ecuménicas o sin denominación específica, los católicos deben seguir las directrices que dé su obispo a este respecto.

Un católico puede, por supuesto, asistir (sin participación activa) a un servicio religioso no católico cuando haya razón suficiente. Por ejemplo, la caridad justifica nuestra asistencia al funeral o la boda de un pariente, amigo o vecino no católico. En casos así todos saben la razón de nuestra presencia allí.

Para muchos resulta difícil comprender la firme actitud que los católicos adoptamos en esta cuestión de la no participación. No es raro que los ministros protestantes de distinta denominación intercambien el púlpito. La constante negativa del sacerdote católico a participar en esos intercambios es muy probable que se tome como una especie de intolerancia. O que el vecino no católico diga: «Te acompañé a Misa del Gallo en Navidad, ¿por qué no puedes venir ahora conmigo a mi Servicio de Pascua?». Nuestra negativa, por delicada que sea, les puede llevar a pensar que no jugamos limpio, que somos intolerantes. Y no es fácil explicar nuestra postura a críticos así y hacerles ver lo lógico de nuestra actitud. Si uno está convencido de poseer la verdad religiosa, no puede en conciencia transigir con una falacia religiosa. Cuando un protestante, un judío o un mahometano da culto a Dios en su templo, cumple lo que él entiende como voluntad de Dios, y por errado que esté hace algo grato a Dios. Pero nosotros no podemos agradar a Dios si con nuestra participación proclamamos que el error no importa.

Esperanza y caridad «Mi papá lo arreglará; él puede hacerlo todo». «Se lo preguntaré a papá; él lo sabe todo». ¡Cuántas veces los padres se conmueven ante la confianza absoluta del hijo en el poder y saber ilimitados de sus papás! Aunque, en ocasiones, esta confianza sea causa de apuro cuando no saben como estar a la altura de lo que de ellos se espera. Pero el padre que no se siente complacido interiormente ante los manifiestos actos de confianza absoluta de sus hijos es en verdad un padre muy extraño.

Así resulta muy fácil ver por qué un acto de esperanza es un acto de culto a Dios: expresa nuestra confianza total en El, como Padre amoroso, omnisciente y todopoderoso. Tanto si nuestro acto de esperanza es interior como si se exterioriza en palabras, con él alabamos el poder, la fidelidad y misericordia infinitos de Dios. Obramos un acto de verdadero culto. Cumplimos uno de los deberes del primer mandamiento.

Cuando hacemos un acto de esperanza afirmamos nuestra convicción en que el amor de Dios es tan grande que se ha obligado con promesa solemne a llevarnos al cielo (...«confiando en tu poder y misericordia infinitos y en tus promesas»). Afirmamos también nuestro convencimiento en que su misericordia sin límites sobrepasa las debilidades y extravíos humanos. («Con la ayuda de tu gracia, confío obtener el perdón de mis pecados y la vida eterna»). Para ello una sola condición es necesaria, condición que se presupone aunque no llegue a expresarse en un acto de fe formal: «siempre que, por mi parte, haga razonablemente todo lo que pueda». No tengo que hacer todo lo que pueda absolutamente, lo que muy pocos, si es que hay alguno, consiguen.

Pero sí es necesario que haga razonablemente todo lo que pueda.

En otras palabras, al hacer un acto de esperanza reconozco y me recuerdo que no perderé el cielo a no ser por culpa mía. Si voy al infierno, no será por «mala suerte», no será por accidente, no será porque Dios me falle. Si pierdo mi alma será porque he preferido mi voluntad a la de Dios. Si me veo separado de El por toda la eternidad será porque deliberadamente, aquí y ahora, me aparto de Dios con los ojos bien abiertos.

Con el conocimiento de qué es un acto de esperanza, resulta fácil deducir cuáles son los pecados contra esta virtud. Podemos pecar contra ella por omisión de la «cláusula silenciosa» del acto de esperanza, es decir, esperándolo todo de Dios, en vez de casi todo.

Dios da a cada uno las gracias que necesita para ir al cielo, pero espera que cooperemos con su gracia. Como el buen padre provee a sus hijos de alimento, cobijo y atención médica, pero espera que, al menos, se metan la cuchara en la boca y traguen, que lleven la ropa que les proporciona, que vengan a casa cuando llueva y que se mantengan lejos de sitios peligrosos, como una ciénaga profunda o un incendio, Dios igualmente espera de cada uno que utilice su gracia y se mantenga apartado de innecesarios peligros.

Si no hacemos lo que está en nuestra mano, si asumimos la cómoda postura de evitar esfuerzos pensando que, como Dios quiere que vayamos al cielo, es asunto suyo conducirnos allí, independientemente de cuál sea nuestra conducta, entonces somos culpables del pecado de presunción, uno de los dos pecados contra la esperanza.

Veamos unos ejemplos sencillos del pecado de presunción. Un hombre sabe que, cada vez que entra en cierto bar, acaba borracho; ese lugar es para él ocasión de pecado, y es consciente de que debe apartarse de allí. Pero, al pasar delante de él, se dice: «Entraré sólo un momento justo para saludar a los muchachos, y, si acaso, tomaré una copa nada más.

Esta vez no me emborracharé». Por el hecho mismo de ponerse innecesariamente en ocasión de pecado, trata de arrancar de Dios unas gracias a las que no tiene derecho: no hace lo que está de su parte. Incluso aunque en esta ocasión no acabe ebrio, es culpable de un pecado de presunción al exponerse imprudentemente al peligro. Otro ejemplo sería el de la joven que sabe que siempre que sale con cierto muchacho, peca. Pero piensa: «Bien, esta tarde saldré con él, pero haré que esta vez se porte bien». Otra vez un peligro innecesario, otra vez un pecado de presunción. Un último ejemplo podría ser el de la persona que, sometida a fuertes tentaciones, sabe que debe orar más y recibir los sacramentos con más frecuencia, puesto que éstas son las ayudas que Dios provee para vencer las tentaciones. Pero esa persona descuida culpablemente sus oraciones, y es muy irregular en la recepción de los sacramentos. De nuevo un pecado de presunción, presunción que podríamos llamar de defecto.

Además de la presunción hay otro tipo de pecados contra la virtud de la esperanza: la desesperación, que es lo opuesto a la presunción. Mientras ésta espera demasiado de Dios, aquélla es pera demasiado poco. El ejemplo clásico del pecado de desesperación es el del que dice: «He pecado excesivamente toda mi visa para pretender que Dios me perdone ahora.

No puede perdonar a los que son como yo. Es inútil pedírselo». La gravedad de este pecado estriba en el insulto que se hace a la infinita misericordia y al amor ilimitado de Dios. Judas Iscariote, balanceándose con una soga al cuello, es la imagen perfecta del pecador desesperado: del que tiene remordimiento pero no contrición.

Para la mayoría de nosotros la desesperación constituye un peligro remoto; nos es más fácil caer en el pecado de presunción. Pero, cada vez que pecamos para evitar un mal real o imaginario -decir una mentira para salir de una situación embarazosa, usar anticonceptivos para evitar tener otro hijo-, está implicado en ello cierta dosis de falta de esperanza. No acabamos de estar convencidos que, si hacemos lo que Dios quiere, todo será para bien, que podemos confiar en que El cuidará de las consecuencias.

Honramos a Dios con nuestra fe en El, le honramos con nuestra esperanza en El. Pero, por encima de todo, le honramos con nuestro amor. Hacemos un acto de amor a Dios cada vez que damos expresión -internamente con la mente y el corazón, o externamente con palabras u obras- al hecho que amamos a Dios sobre todas las cosas y por El mismo.

«Por El mismo» es una frase clave. La verdadera caridad o amor de Dios no está motivada por lo que El pueda hacer por nosotros. La caridad auténtica consiste en amar a Dios solamente (o, al menos, principalmente) porque El es bueno e infinitamente amable en Sí mismo. El genuino amor de Dios, como el amor de un hijo hacia sus padres, no es mercenario y egoísta.

Es cierto que un hijo debe mucho a sus padres y espera mucho de ellos. Pero el verdadero amor filial va más allá de estas razones interesadas.

Un hijo normal sigue amando a sus padres aunque éstos pierdan todos sus bienes y, materialmente hablando, no puedan hacer nada por él. De igual manera nuestro amor a Dios se eleva por encima de sus dádivas y mercedes (aunque sean éstas el punto de partida), y se dirige a la amabilidad infinita de Dios mismo.

Conviene hacer notar que el amor a Dios reside primariamente en la voluntad y no en las emociones. Es perfectamente natural que alguien se sienta frío hacia Dios en un nivel puramente emotivo, y, sin embargo, posea un amor profundo hacia El. Lo que constituye el verdadero amor a Dios es la fijeza de la voluntad. Si tenemos el deseo habitual de hacer todo lo que El nos pida (sencillamente porque El lo quiere), y la determinación de evitar todo lo que no quiere (sencillamente porque no lo quiere), tenemos entonces amor a Dios independientemente de cuál sea nuestro sentimiento.

Si nuestro amor a Dios es sincero y verdadero, es natural entonces que amemos a todos los que El ama. Esto quiere decir que amamos a todas las almas que El ha creado y por las que Cristo ha muerto, con la sola excepción de los condenados.

Si amamos a nuestro prójimo (es decir, a todos) por amor a Dios, no tiene especial importancia que este prójimo sea naturalmente amable o no. Ayuda y mucho si lo es, pero, entonces, nuestro amor tiene menos mérito. Sea éste guapo o feo, mezquino o noble, atractivo o repulsivo, nuestro amor a Dios nos lleva a desear que todos alcancen el cielo, porque es esto lo que Dios quiere. Y nosotros tenemos que hacer todo lo que podamos para ayudarles a conseguirlo.

Es fácil ver que el amor sobrenatural al prójimo, igual que el amor a Dios, no reside en las emociones. A nivel natural podemos sentir una fuerte antipatía hacia una persona determinada, y, sin embargo, tener por ella un sincero amor sobrenatural. Este amor sobrenatural, o caridad, se pone de manifiesto al desearles el bien, especialmente su salvación eterna, al encomendarles en nuestras oraciones, al perdonar las injurias que puedan infligimos, al rehusar cualquier pensamiento de rencor o desquite hacia ellos.

Nadie disfruta cuando abusan de él, le engañan o le mienten, y Dios no pide eso. Pero sí que, siguiendo su ejemplo, deseemos la salvación del pecador, aunque acusemos el disgusto por sus pecados.

¿Cuáles son, pues, los pecados principales contra la caridad? Uno es omitir el acto de caridad conscientemente cuando tengamos el deber de hacerlo. El deber de hacer actos de caridad nace, en primer lugar, cada vez que se nos plantea la obligación de amar a Dios por El mismo, y a nuestro prójimo por amor a Dios. Tenemos también el deber de hacer un acto de caridad en aquellas tentaciones que sólo pueden vencerse con un acto de caridad, por ejemplo, en las tentaciones de odio. Estamos obligados a hacer actos de caridad frecuentemente en nuestra vida (lo que es parte del culto debido a Dios), y, sobre todo, a la hora de nuestra muerte, cuando nos preparamos para ver a Dios cara a cara.

Veamos ahora algunos pecados concretos sobre la caridad, y, en primer lugar, el pecado de odio. El odio, como hemos visto, no es lo mismo que sentir disgusto hacia una persona; que sentir pena cuando abusan de nosotros de la forma que sea. El odio es un espíritu de rencor, de venganza. Odiar es desear mal a otro, es gozarse en la desgracia ajena.

La peor clase de odio es, claro está, el odio a Dios: el deseo (ciertamente absurdo) de causarle daño, la disposición para frustrar su voluntad, el gozo diabólico en el pecado por ser un insulto a Dios.

Los demonios y los condenados odian a Dios, pero, afortunadamente, no es éste un pecado corriente entre los hombres, ya que es el peor de todos los pecados, aunque, a veces, uno sospeche que ciertos ateos declarados más que no creer en El lo que hacen es odiarle.

El odio al prójimo es mucho más corriente. Es desear su daño y gozarse ante cualquier desgracia que caiga sobre él. Si llegáramos a desearle un mal grave, como la enfermedad o falta de trabajo, nuestro pecado sería mortal. Desearle un daño leve, como que pierda el autobús o que su mujer le grite, nuestro pecado sería venial. No es pecado, sin embargo, desear un mal al prójimo para obtener un bien mayor. Podemos rectamente desear que el vecino borracho tenga tal resaca que no vuelva más a beber, que el delincuente sea cogido para que cese de hacer el mal, que el tirano muera para que su pueblo viva en paz. Siempre, por supuesto, que nuestro deseo incluya el bien espiritual y la salvación eterna de esa persona.

Otro pecado contra la caridad es la envidia. Consiste en un resentimiento contra la buena fortuna del prójimo, como si ésta fuera una forma de robarnos. Más grave aún es el pecado de escándalo, por el que, con nuestras palabras o nuestro ejemplo, inducimos a otro a pecar o le ponemos en ocasión de pecado, aunque éste no siga necesariamente. Este es un pecado del que los padres, como modelos de sus hijos, deben guardarse especialmente.

Finalmente, tenemos el pecado de acidia, un pecado contra el amor sobrenatural que nos debemos a nosotros mismos. La acidia es una pereza espiritual por la que despreciamos los bienes espirituales (como la oración o los sacramentos) por el esfuerzo que comportan.

Sacrilegio y superstición No es fácil perder la fe. Si apreciamos y cultivamos el don de la fe que Dios nos ha dado, no caeremos en la apostasía o la herejía. Apreciarlo y cultivarlo significa, entre otras cosas, hacer frecuentes actos de fe, que es el agradecido reconocimiento a Dios porque creemos en El y en todo lo que El ha revelado. Deberíamos incluir un acto de fe en nuestras oraciones diarias.

Apreciar y cultivar nuestra fe significa además no cesar nunca en formarnos doctrinalmente, de modo que tengamos una mejor comprensión de lo que creemos, y, consecuentemente, prestar atención a pláticas e instrucciones, leer libros y revistas de sana doctrina para incrementar el conocimiento de nuestra fe. Cuando la oportunidad se presente, deberíamos formar parte de algún círculo de estudios sobre temas religiosos.

Estimar y cultivar nuestra fe significa, sobre todo, vivirla, es decir, que nuestra vida esté de acuerdo con los principios que profesamos. Un acto de fe se hace mero ruido de palabras sin sentido en la boca del que proclama con su conducta diaria: «No hay Dios; o, si lo hay, me tiene sin cuidado».

Y consecuentemente, en su aspecto negativo, apreciar y cultivar nuestra fe exige que evitemos las compañías que constituyan un peligro para ella. No es el anticatólico declarado a quien hay que temer, por agrios que sean sus ataques a la fe. El peligro mayor proviene más bien del descreído culto y refinado, de su condescendencia amable hacia nuestras «ingenuas» creencias, de sus ironías sonrientes. Nos da tanto reparo que la gente nos tome por anticuados, que sus alusiones pueden acobardarnos.

El aprecio que tenemos a nuestra fe nos llevará también a alejarnos de la literatura que pueda amenazarla. Por mucho que alaben una obra los críticos, por muy culta que una revista nos parezca, si se oponen a la fe católica, no son para nosotros. Para una conciencia bien formada no es imprescindible un Índice de Libros Prohibidos como guía de sus lecturas. Nuestra conciencia nos advertirá y mantendrá alejados de muchas publicaciones aunque los censores oficiales de la Iglesia jamás hayan puesto en ellas los ojos.

Algunos que se creen intelectuales pueden resentir estas restricciones que los católicos ponemos en las lecturas. «¿Por qué tenéis miedo?», dicen. «¿Teméis acaso que os hagan ver que estabais equivocados? No tengáis una mente tan estrecha. Hay que ver siempre los dos lados de una cuestión. Si vuestra fe es firme, podéis leerlo todo sin miedo a que os perjudique».

A estas objeciones hay que responder, con toda sinceridad, que sí, que tenemos miedo. No es un miedo a que nos demuestren que nuestra fe es errónea, es miedo a nuestra debilidad. El pecado original ha oscurecido nuestra razón y debilitado nuestra voluntad. Vivir nuestra fe implica sacrificio, a veces heroico. A menudo lo que Dios quiere es algo que, humanamente, nosotros no queremos, que nos cuesta. El diablillo del amor propio susurra que la vida sería más agradable si no tuviéramos fe. Sí, con toda sinceridad, tenemos miedo de tropezar con algún escritor de ingenio que hinche nuestro yo hasta el punto en que, como Adán, decidamos ser nuestros dioses. Y sabemos que, tanto si la censura viene de la Iglesia como de nuestra conciencia, no niega la libertad. Rechazar el veneno de la mente no es una limitación, exactamente igual que no lo es rechazar el veneno del estómago. Para probar que nuestro aparato digestivo es bueno no hace falta beberse un vaso de ácido sulfúrico.

Si nuestra fe es profunda, viva y cultivada, no hay peligro de que caigamos en otro pecado contra el primer mandamiento que emana de la falta de fe: el pecado de sacrilegio. Es sacrilegio maltratar a personas, lugares o cosas sagradas. En su forma más leve proviene de una falta de reverencia hacia lo que es de Dios. En su máxima gravedad, viene del odio a Dios y a todo lo suyo. Nuestro tiempo ha visto desoladores ejemplos de los peores sacrilegios en la conducta de los comunistas: ganado estabulado en iglesias, religiosos y sacerdotes encarcelados y torturados, la Sagrada Eucaristía pisoteada. Estos ejemplos, de paso diremos, son los tres tipos de sacrilegio que los teólogos distinguen. El mal trato a una persona consagrada a Dios por pertenecer al estado clerical o religioso se llama sacrilegio personal Profanar o envilecer un lugar dedicado al culto divino por la Iglesia es un sacrilegio local (del latín «locus», que significa «lugar»»). El mal uso de cosas consagradas, como los sacramentos, la Biblia, los vasos y ornamentos sagrados, en fin, de todo lo consagrado o bendecido para el culto divino o la devoción religiosa, es un sacrilegio real (del latín «realis», que significa «perteneciente a las cosas»).

Si el acto sacrílego fuera plenamente deliberado y en materia grave, como recibir un sacramento indignamente, es pecado mortal. Hacer, por ejemplo, una mala confesión o recibir la Eucaristía en pecado mortal es un sacrilegio de naturaleza grave. Este sacrilegio, sin embargo, es sólo venial si carece de consentimiento o deliberación plenos. Un sacrilegio puede ser también pecado venial por la irreverencia que implica, como sería el caso del laico que, llevado de la curiosidad, coge un cáliz consagrado.

Sin embargo, si nuestra fe es sana, el pecado de sacrilegio no nos causará problemas. Para la mayoría de nosotros lo que más nos afecta es mostrar la reverencia debida a los objetos religiosos que usemos corrientemente: guardar el agua bendita en un recipiente limpio y lugar apropiado; manejar los evangelios con reverencia y tenerlos en sitio de honor en la casa; quemar los escapularios y rosarios rotos, en vez de arrojarlos al cubo de la basura; pasar por alto las debilidades y defectos de los sacerdotes y religiosos que nos desagraden, y hablar de ellos con respeto por ver en ellos su pertenencia a Dios; conducirnos con respeto en la iglesia, especialmente en bodas y bautizos, cuando el aspecto social puede llevarnos a descuidarlo. Esta reverencia es el ropaje exterior de la fe.

¿Llevas un amuleto en el bolsillo? ¿Tratas de tocar madera cuando ocurre algo que «da» mala suerte? ¿Te encuentras incómodo cuando sois trece a la mesa? Si te cruzas con un gato negro en tu camino, ¿andas después con más precauciones que de ordinario? Si puedes responder «no» a estas preguntas y tampoco haces caso a parecidas supersticiones populares, entonces puedes tener la seguridad de ser una persona bien equilibrada, con la fe y la razón en firme control de tus emociones.

La superstición es un pecado contra el primer mandamiento porque atribuye a personas o cosas creadas unos poderes que sólo pertenecen a Dios.El honor que debía dirigirse a El se desvía a una de sus criaturas. Por ejemplo, todo lo bueno nos viene de Dios; no de una pata de conejo o una herradura. Y nada malo sucede si Dios no lo permite, y siempre que de algún modo contribuya a nuestro último fin; ni derramar sal, ni romper un espejo, ni un número trece atraerá la mala suerte sobre nuestra cabeza. Dios no duerme ni deja el campo libre al demonio.

De igual modo, solamente Dios conoce de modo absoluto el futuro contingente, sin peros ni acasos.

Todos somos capaces de predecir acontecimientos por los datos que conocemos. Sabemos a qué hora nos levantaremos mañana (siempre que no olvidemos poner el despertador); sabemos qué haremos el domingo (si no ocurre nada imprevisto); los astrónomos pueden precedir la hora exacta en que saldrá y se pondrá el sol el 15 de febrero de 1987 (si el mundo no acaba antes). Pero sólo Dios puede conocer el futuro con certeza absoluta, tanto en los eventos que dependen de sus decretos eternos como los que proceden de la libre voluntad de los hombres.

Por esta razón, creer en adivinos o espiritistas es un pecado contra el primer mandamiento porque es un deshonor a Dios. Los adivinos saben combinar la psicología con la ley de probabilidades y quizá con algo de «cuento», y son capaces de confundir a personas incluso inteligentes. Los mediums espiritistas combinan su anormalidad (histeria autoinducida) con la humana sugestibilidad y, a menudo, con engaño declarado, y pueden preparar escenas capaces de impresionar a muchos que se las dan de ilustrados. La cuestión de si algunos adivinos o mediums están o no en contacto con el diablo no ha sido resuelta satisfactoriamente. El gran ilusionista Houdini se jactaba de que no existe sesión de espiritismo que no fuera capaz de reproducir por medios naturales - trucos -, y así lo probó en muchas ocasiones.

Por su naturaleza, la superstición es pecado mortal. Sin embargo, en la práctica, muchos de estos pecados son veniales por carecer de plena deliberación, especialmente en los casos de arraigadas supersticiones populares que tanto abundan en nuestra sociedad materialista: días nefastos y números afortunados, tocar madera y muchos así. Pero, en materia declaradamente grave, es pecado mortal creer en poderes sobrenaturales, adivinos y espiritistas. Incluso sin creer en ellos es pecado consultarles profesionalmente. Aun cuando nos mueva sólo la curiosidad es pecado, porque damos mal ejemplo y cooperamos en su pecado. Decir la buenaventura echando las cartas o leer la palma de la mano en una fiesta, cuando todo el mundo sabe que es juego para divertirse que nadie toma en serio, no es pecado. La consulta a adivinos profesionales es otra cosa bien distinta.

A veces nuestros amigos no católicos sospechan que pecamos contra el primer mandamiento por el culto que rendimos a los santos. Esta acusación sería fundada si les diéramos el culto de latría que se debe a Dios, y a Dios sólo. Pero no es así, no estamos tan locos. Incluso el culto que rendimos a María, la Santísima Madre de Dios, un culto que sobrepasa al de los ángeles y santos canonizados, es de naturaleza muy distinta al culto de adoración que damos -y sólo se puede dar a Dios.

Cuando rezamos a nuestra Madre y a los santos del cielo (como tenemos que hacer) y pedimos su ayuda, sabemos que lo que hagan por nosotros no lo hacen por su propio poder, como si fueran divinos. Lo que hagan por nosotros es Dios quien lo hace por su intercesión. Si valuamos las oraciones de nuestros amigos de la tierra por la seguridad de que nos ayudan, está claro que resulta muy lógico pensar que las oraciones de nuestros amigos del cielo serán más eficaces. Los santos son los amigos selectos de Dios, sus héroes en la lid espiritual. Agrada a Dios que fomentemos su imitación y le gusta mostrar su amor dispensando sus gracias por medio de ellos. Tampoco el honor que mostramos a los santos detrae el honor debido a Dios. Los santos son las obras maestras de la gracia. Cuando los honramos, es a Dios -quien les dio esa perfección- a quien honramos. El mayor honor que puede darse a un artista es alabar la obra de sus manos.

Es verdad que honramos las estatuas y pinturas de los santos y veneramos sus reliquias. Pero no adoramos estas representaciones y reliquias, como el profesional maduro que cada mañana coloca flores frescas ante la fotografía de su buena madre no adora ese retrato. Si rezamos ante un crucifijo o la imagen de un santo, es para que nos ayuden a fijar la mente en lo que estamos haciendo. No somos tan estúpidos (así lo espero) como para suponer que una imagen de madera o escayola tenga en sí poder alguno para ayudarnos. Creer eso sería un pecado contra el primer mandamiento que prohíbe fabricar imágenes para adorarlas, cosa que, evidentemente, no hacemos.

CAPÍTULO XVII EL SEGUNDO Y TERCERO DE LOS MANDAMIENTOS DE DIOS Su nombre es santo «¿Qué es un nombre? ¿Acaso la rosa, con otro nombre, no tendría la misma fragancia?» Estas conocidas palabras del «Romeo y Julieta» de Shakespeare son verdad sólo a medias. Un nombre, sea de persona o de cosa, adquiere en su uso constante, ciertas connotaciones emotivas. El nombre se hace algo más que una simple combinación de letras del alfabeto; un nombre viene a ser la representación de la persona que lo lleva. Los sentimientos que despierta la palabra «rosa» son bien distintos de los de la palabra «cebollino». Es suficiente que un enamorado oiga el nombre de su amada, incluso mencionado casualmente por un extraño, para que el pulso se le acelere.

Alguien que haya sufrido una gran injuria a manos de una persona llamada Jorge conservará siempre una inconsciente aversión hacia ese nombre. Muchos han matado -y muerto- en defensa de su «buen nombre». Familias enteras se han sentido agraviadas porque alguno de sus miembros «manchó» el apellido familiar. En resumen, un nombre es la representación del que lo lleva, y nuestra actitud hacia él refleja la que tenemos hacia la persona.

Todo esto es bien sabido, pero recordarlo nos ayudará a comprender por qué es un pecado usar en vano el nombre de Dios, la falta de reverencia o respeto. Si amamos a Dios amaremos su nombre y jamás lo mencionaremos con falta de respeto o reverencia, como interjección de ira, impaciencia o sorpresa; evitaremos todo lo que pueda infamarlo. Este amor al nombre de Dios se extenderá también al de María, su Madre, al de sus amigos, los santos, y a todas las cosas consagradas a Dios, cuyos nombres serán pronunciados con reverencia ponderada. Para que no olvidemos nunca este aspecto de nuestro amor a El, Dios nos ha dado el segundo mandamiento: «No tomarás el nombre de Dios en vano».

Hay muchas formas de atentar contra la reverencia debida al nombre de Dios. La más corriente es el simple pecado de falta de respeto: usar su santo nombre para alivio de nuestros sentimientos.

«¡No, por Dios!»; «Te aseguro, por Dios, que te acordarás»; «¡La Virgen, qué pelmazo!».

Raramente pasa un día sin oír frases como éstas. A veces, sin tener la excusa siquiera de las emociones.

Todos conocemos a personas que usan el nombre de Dios con la misma actitud con que mencionarían ajos y cebollas, lo que siempre da testimonio cierto de lo somero de su amor a Dios.

En general, esta clase de irreverencia es pecado venial, porque falta la intención deliberada de deshonrar a Dios o despreciar su nombre; si esta intención existiera, se convertiría en pecado mortal, pero, de ordinario, es una forma de hablar debida a ligereza y descuido más que a malicia. Este tipo de irreverencia puede hacerse mortal, sin embargo, si fuera ocasión de escándalo grave: por ejemplo, si con ella un padre quitara a Sus hijos el respeto debido al nombre de Dios.

Esta falta de respeto a Dios es lo que mucha gente llama erróneamente «jurar». Jurar es algo bien distinto. Es un error acusarse en confesión de «haber jurado» c uando, en realidad, lo que quiere decirse es haber pronunciado el nombre de Dios sin respeto.

Jurar es traer a Dios por testigo de la verdad de lo que se dice o promete. Si exclamo «¡Por Dios!» es una irreverencia; si digo «Te juro por Dios que es verdad» es un juramento. Ya se ve que jurar no es un pecado necesariamente. Al contrario, un reverente juramento es un acto de culto grato a Dios si reúne tres condiciones.

La primera condición es que haya razón suficiente. No se puede invocar a Dios como testigo frívolamente. A veces incluso es necesario jurar; por ejemplo, cuando tenemos que declarar como testigos en un juicio o se nos nombra para un cargo público. A veces, también la Iglesia pide juramentos, como en el caso de haberse perdido los registros bautismales, a los padrinos del bautizo. Otras veces no es que haya que hacer un juramento, pero puede servir a un fin bueno - que implique el honor de Dios o el bien del prójimo garantizar la verdad de lo que decimos con un juramento. Jurar sin motivo o necesidad, salpicar nuestra conversación con frases como «Te lo juro por mi salud», «Te lo juro por Dios que es verdad» y otras parecidas, es pecado.

Normalmente, si decimos la verdad, ese pecado será venial, porque, como en el caso anterior, es producto de inconsideración y no de malicia.

Pero, si lo que decimos es falso y sabemos que lo es, ese pecado es mortal. Esta es la segunda condición para un legítimo juramento: que al hacerlo, digamos la verdad estricta, según la conocemos.

Poner a Dios por testigo de una mentira es una deshonra grave que le hacemos. Es el pecado de perjurio, y el perjurio deliberado es siempre pecado mortal.

Para que un juramento sea meritorio y un acto agradable a Dios, debe tener un tercer elemento si se trata de lo que llamamos un juramento promisorio. Si nos obligamos a hacer algo bajo juramento, debemos tener la seguridad de que lo que prometemos es bueno, útil y factible. Si alguien jurara, por ejemplo, tomar desquite de una injuria recibida es evidente que tal juramento es malo y es malo cumplirlo. Es obligatorio no cumplirlo. Pero si el juramento promisorio es bueno, entonces debo tener la sincera determinación de hacer lo que he jurado. Pueden surgir circunstancias que anulen la obligación contraída por un juramento. Por ejemplo, si el hijo mayor jura ante su padre gravemente enfermo que cuidará de su hermano pequeño, y el padre se restablece, el juramento se anula (su razón deja de existir); o si ese hermano mayor enferma y pierde todos sus recursos económicos, la obligación cesa (las condiciones en que se hizo el juramento, su posibilidad, ha cesado); o si el hermano menor llega a la mayoría de edad y se mantiene a sí mismo, la obligación cesa (el objeto de la promesa ha cambiado sustancialmente). Otros factores pueden también desligar de la obligación contraída, como la dispensa de aquel a quien se hizo la promesa; descubrir que el objeto del juramento (es decir, la cosa a hacer) es inútil o incluso pecaminosa; la anulación del juramento (o su dispensa) por una autoridad competente, como el confesor.

¿Qué diferencia hay entre juramento y voto? Al jurar ponemos a Dios por testigo de que decimos la verdad según la conocemos. Si juramos una declaración testimonial, es un juramento de aserción. Si lo que juramos es hacer algo para alguien en el futuro, es un juramento promisorio. En ambos casos pedimos a Dios, Señor de la verdad, solamente que sea testigo de nuestra veracidad y de nuestro propósito de fidelidad. No prometemos nada a Dios directamente para El.

Pero si lo que hacemos es un voto, prometemos algo a Dios con intención de obligarnos. Prometemos algo especialmente grato a Dios bajo pena de pecado. En este caso Dios no es mero testigo, es también el recipiendario de lo que prometemos hacer.

Un voto puede ser privado o público. Por ejemplo, una persona puede hacer voto de ir al santuario de Fátima como agradecimiento por el restablecimiento de una enfermedad; otra, célibe en el mundo, pude hacer voto de castidad. Pero es necesario subrayar que estos votos privados jamás pueden hacerse con ligereza. Un voto obliga bajo pena de pecado o no es voto en absoluto.

Que violarlo sea pecado mortal o venial dependerá de la intención del que lo hace y de la importancia de la materia (uno no puede obligarse a algo sin importancia bajo pena de pecado mortal). Pero aunque ese alguien intente sólo obligarse bajo pena de pecado venial, es una obligación demasiado seria para tomarla alegremente. Nadie debería hacer voto privado alguno sin consultar previamente a su confesor.

Un voto público es el que se hace ante un representante oficial de la Iglesia, como un obispo o superior religioso, quien lo acepta en nombre de la Iglesia. Los votos públicos más conocidos son los que obligan a una persona a la plena observancia de los Consejos Evangélicos de pobreza, castidad y obediencia, dentro de una comunidad religiosa. De quien hace estos tres votos públicamente se dice que «entra en religión», que ha abrazado el estado religioso. Y así, una mujer se hace monja o hermana, y un hombre fraile, monje o hermano. Si un religioso recibe, además, el sacramento del Orden, será un religioso sacerdote.

Un punto que, a veces, ni los mismos católicos tenemos claro es la distinción entre un hermano y un sacerdote. Hay jóvenes estupendos que sienten el generoso impulso de dedicar su vida al servicio de Dios y de las almas en el estado religioso y que, no obstante, tienen la convicción de no tener vocación al sacerdocio. Estos jóvenes pueden hacer dos cosas. La primera, entrar en alguna de las órdenes o congregaciones religiosas compuestas de hermanos y sacerdotes, como los franciscanos, pasionistas, jesuitas. Harán su novi ciado religioso y los tres votos, pero no estudiarán teología ni recibirán el sacramento del Orden. Dedicarán su vida a la ayuda solícita de los sacerdotes, quizá como secretarios, cocineros o bibliotecarios. Serán lo que se llama hermanos auxiliares.

Todas las órdenes religiosas que conozco tienen apremiante necesidad de estos hermanos; cada uno de ellos libera a un sacerdote para que pueda dedicarse completamente a la labor que sólo un sacerdote puede realizar. También un joven que sienta la llamada a la vida religiosa, pero no al sacerdocio, podrá solicitar la admisión en algunas congregaciones compuestas enteramente de hermanos, como la de las Escuelas Cristianas, los javerianos, etc. Estas congregaciones de religiosos se consagran a llevar escuelas, hospitales, asilos y otras instituciones dedicadas a obras de misericordia. Sus miembros hacen el noviciado religioso, profesan los tres votos de pobreza, castidad y obediencia; pero no van a un seminario teológico ni reciben el sacramento del Orden.

Son hermanos, no sacerdotes, y su número jamás será excesivo porque jamás habrá exceso de brazos en las labores a que se consagran.

Otra distinción que confunde a la gente en ocasiones es la que existe entre los sacerdotes religiosos y los seculares. No hay que decir que, por supuesto, esta distinción no quiere decir que unos son religiosos y los otros irreligiosos. Significa que los sacerdotes religiosos, además de sentir una llamada a la vida religiosa, han sentido la vocación al sacerdocio. Entraron en una orden religiosa como los benedictinos, dominicos o redentoristas; hicieron el noviciado religioso y pronunciaron los tres votos de pobreza, castidad y obediencia. Luego de haberse hecho religiosos, estudiaron teología y recibieron el sacramento del Orden. Se les llama religiosos sacerdotes porque abrazaron el estado religioso y viven como miembros de una orden de religiosos.

Hay jóvenes que se sienten llamados por Dios al sacerdocio, pero no a una vida en religión, como miembros de una orden de religiosos. Un joven así manifiesta sus deseos al obispo de la diócesis, y, si posee las condiciones necesarias, el obispo lo enví a al seminario diocesano, primero al menor, donde cursará la enseñanza media, y, luego, al mayor, en que estudiará teología. A su tiempo, si persevera y es idóneo, recibirá su ordenación, se hará sacerdote, y será un sacerdote secular (secular deriva de la palabra latina «saeculum», que significa «mundo»), porque no vivirá en una comunidad religiosa, sino en el mundo, entre la gente a la que sirve. También se le llama sacerdote diocesano porque pertenece a una diócesis, no a una orden de religiosos. Su «jefe» es el obispo de la diócesis, no el superior de una comunidad religiosa. Al ser ordenado promete obediencia al obispo, y, normalmente, mientras viva su activi dad se desarrollará dentro de los límites de su diócesis. Hace un solo voto, el de castidad perpetua, que toma al ordenarse de subdiácono, el primer paso importante hacia el altar.

Bendecid y no maldigáis «Bendecid a los que os persiguen, bendecid y no maldigáis», dice San Pablo en su epístola a los Romanos (12,14). Maldecir significa desear mal a una persona, lugar o cosa. Una maldición frecuente en boca de los que tienen poco respeto al nombre de Dios es «Dios te maldiga», que es igual que decir «Dios te envíe al infierno». Es evidente que una maldición de este estilo sería pecado mortal si se profiriera en serio. Pedir a Dios que condene a un alma que El ha creado y por la que Cristo ha muerto es acto grave de des honra a Dios, a nuestro Padre infinitamente misericordioso.

Es también un pecado grave contra la caridad que nos obliga a desear y pedir la salvación de todas las almas, no su condenación eterna.

Normalmente, una maldición así surge de la ira, impaciencia u odio y no a sangre fría; quien la dice no la dice en serio. Si no fuera así, sería pecado mortal, aunque también hubiera ira. Al considerar los abusos al nombre de Dios, conviene tener esto presente: que, más que las palabras dichas, el pecado real es el odio, la ira o la impaciencia. Al confesarnos es más correcto decir: «Me enfadé, y llevado del enfado, maldije a otro» o «Por enfado fui irreverente con el nombre de Dios» que, simplemente, confesarnos de haber maldecido o blasfemado.

Además de los ejemplos mencionados hay, por supuesto, otras maneras de maldecir. Cada vez que deseo mal a otro, soy culpable de maldecir.

«Así te mueras y me dejes en paz», «¡Ojalá se rompa la cabeza!», «Que se vayan al diablo él y todos los suyos». En estas o parecidas frases (ordinariamente proferidas sin deliberación) se falta a la caridad y al honor de Dios.

El principio general es que si el daño que deseamos a otro es grave, y lo deseamos en serio, el pecado es mortal. Si desearnos un mal pequeño («Me gustaría que le abollaran el coche y le bajaran los humos», «Tanto presumir de peluquería, ¡ojalá le coja un buen chaparrón!»), el pecado sería venial. Y, como ya se ha dicho, un mal grave deseado a alguien es sólo pecado venial cuando falte la consideración debida.

Si recordamos que Dios ama a todo lo que ha salido de sus manos, comprenderemos que sea una deshonra a Dios maldecir a cualquiera de sus criaturas, aunque no sean seres humanos. Sin embargo, los animales y cosas inanimadas tienen un valor incomparablemente inferior, pues carecen de alma inmortal. Y así, el aficionado a las carreras que exclama «¡Ojalá se mate ese caballo!», o el fontanero casero que maldice a la cisterna que no consigue arreglar, con un «¡el diablo te lleve! », no cometen necesariamente un pecado. Pero es útil recordar aquí a los padres la importancia de formar rectamente las conciencias de sus hijos en esta materia de la mala lengua como en otras. No todo lo que llamamos palabrotas es un pecado, y no debe decirse a los niños que es pecado lo que no lo es. Por ejemplo, las palabras como «diablos» o «maldito» no son en sí palabras pecaminosas. El hombre que exclama «Me olvidé de echar al correo la maldita carta», o la mujer que dice «¡Maldita sea!, otra taza rota» utilizan un lenguaje que algunos reputarán de poco elegante, pero, desde luego, no es lenguaje pecaminoso.

Y esto se aplica también a aquellas palabras vulgarmente llamadas «tacos» de tan frecuente uso en algunos ambientes, que describen partes y procesos corporales. Estas palabras serán soeces, pero no son pecado.

Cuando el niño viene de jugar con un «taco» recién aprendido en los labios, sus padres cometen un gran error si se muestran gravemente escandalizados y le dicen muy serios: «Esa palabra es un gran pecado, y Jesús no te querrá si la dices». Decirle eso a un niño es enseñarle una idea distorsionada de Dios y enredar el criterio de su conciencia quizá permanentemente. El pecado es un mal demasiado grave y terrible como para utilizarlo como «coco» en la enseñanza de urbanidad a los niños. Es suficiente decirle sin alterarse: «Juanito, ésa es una palabra muy fea; no es pecado, pero los niños bien educados no la dicen. Mamá estará muy contenta si no te la oye más». Esto será suficiente para casi todos los niños. Pero si no se enmienda y la sigue usando, convendrá explicarle entonces que hay allí un pecado de desobediencia. Pero, en la educación moral de los hijos, hay que mantenerse siempre en la verdad.

En la blasfemia hay distintos grados. A veces es la reacción impremeditada de contrariedad, dolor o impaciencia ante una contradicción: «Si Dios es bueno, ¿cómo permite que esto ocurra?», «Si Dios me amara no me dejaría sufrir tanto». Otras veces se blasfema por frivolidad: «Ese es más listo que Dios», «Si Dios le lleva al cielo es que no sabe lo que se hace». Pero también puede ser claramente antirreligiosa e, incluso, proceder del odio a Dios: «Los Evangelios son un cuento de hadas», «La Misa es un camelo» y llegar a afirmar: «Dios es un mito, una fábula». En este último tipo de blas femias hay, además, un pecado de herejía o infidelidad. Cada vez que una expresión blasfema implica negación de una determinada verdad de fe como, por ejemplo, la virginidad de María o el poder de la oración, además del pecado de blasfemia hay un pecado de herejía. (Una negación de la fe, en general, es un pecado grave de infidelidad.) Por su naturaleza, la blasfemia es siempre pecado mortal, porque siempre lleva implícita una grave deshonra a Dios. Solamente cuando carece de suficiente premeditación o consentimiento es venial, como sería el caso de proferirla bajo un dolor o angustia grandes.

Con el pecado de blasfemia redondeamos el catálogo de las ofensas al segundo mandamiento: pronunciar sin respeto el nombre de Dios, jurar innecesaria o falsamente, hacer votos frívolamente o quebrantarlos, maldecir y blasfemar. Al estudiar los mandamientos es preciso ver su lado negativo para adquirir una conciencia rectamente formada. Sin embargo, en este mandamiento, como en todos, abstenerse de pecado es sólo la mitad del cuadro. No podemos limitarnos a evitar lo que desagrada a Dios, también debemos hacer lo que le agrada. De otro modo, nuestra religión sería como un hombre sin pierna ni brazo derechos.

Así, en el lado positivo, debemos honrar el nombre de Dios siempre que tengamos que hacer un juramento necesario. En esta condición, un juramento es un acto de culto agradable a Dios y meritorio. Y lo mismo ocurre con los votos; aquella persona que se obliga con un voto prudente bajo pena de pecado a hacer algo grato a Dios, obra un acto de culto divino que le es agradable, un acto de la virtud de la religión. Y cada acto derivado de ese voto es también un acto de religión.

Las ocasiones de honrar el nombre de Dios no se limitan evidentemente a juramentos y votos.

Existe, por ejemplo, la laudable costumbre de hacer una discreta reverencia cada vez que pronunciamos u oímos pronunciar el nombre de Jesús. O el excelente hábito de hacer un acto de reparación cada vez que se falte al respeto debido al nombre de Dios o de Jesús en nuestra presencia, diciendo interiormente «Bendito sea Dios», o «Bendito sea el nombre de Jesús». Hay también el acto público de reparación que hacemos siempre que nos unimos a las alabanzas que se rezan en la Bendición con el Santísimo o después de la Misa.

Se honra públicamente el nombre de Dios en procesiones, peregrinaciones y otras reuniones de gente organizadas en ocasiones especiales. Son testimonios públicos de cuya participación no deberíamos retraernos. Cuando la divinidad de Cristo o la gloria de su Madre es la razón primordial de tales manifestaciones públicas, nuestra activa participación honra a Dios y a su santo nombre, y El la bendice.

Pero, lo esencial es que, si amamos a Dios de veras, amaremos su nombre y, en consecuencia, lo pronunciaremos siempre con amor, reverencia y respeto. Si tuviéramos el desgraciado hábito de usarlo profanamente, pediremos a Dios ese amor que nos falta y que hará el uso irreverente de su nombre amargo como la quinina en nuestros labios.

Nuestra reverencia al nombre de Dios nos llevará además a encontrar un gueto especial en esas oraciones esencialmente de alabanza, como el «Gloria al Padre, al Hijo y al Espíritu Santo» que debiéramos decir con mucha frecuencia, el «Gloria» y el «Sanctus» de la Misa.

A veces tendríamos que sentirnos movidos a utilizar el Libro de los Salmos para nuestra oración, esos bellos himnos en que David canta una y otra vez sus alabanzas a Dios, como el Salmo 112, que comienza: «¡Aleluya! Alabad, siervos del Señor, alabad el nombre del Señor.

Sea bendito el nombre del Señor, desde ahora y por siempre.

Desde el levante del sol hasta su ocaso sea ensalzado el nombre del Señor.» ¿Por qué ir a Misa los domingos? Una canción muy popular en la I Guerra Mundial decía en su estribillo: «¡Oh, qué agradable levantarse en la mañana!, pero da aún más gusto quedarse en la cama» o algo parecido.

Raro es el católico que no ha- experimentado en alguna ocasión sentimientos parecidos, mientras se arropa entre las sábanas un domingo por la mañana, y que, al dejar la cama en obediencia al tercer mandamiento de Dios: «Mantendrás santo el día del Señor», no lo haga con la sensación de realizar una proeza.

Que haya un día del Señor es una consecuencia lógica de la ley natural (es decir, de la obligación de actuar de acuerdo con nuestra naturaleza de criaturas de Dios), que exige que reconozcamos nuestra absoluta dependencia de Dios y agradezcamos su bondad con nosotros. Sabemos que, en la práctica, es imposible para el hombre medio mantenerse en constante actitud de adoración, y es por ello natural que se determine el tiempo o tiempos de cumplir este deber absolutamente necesario. De acuerdo con esta necesidad se ha señalado un día de cada siete para que todos los nombres, en todos los lugares, rindan a Dios ese homenaje consciente y deliberado que le pertenece por derecho.

Sabemos que en tiempos del Antiguo Testamento este día del Señor era el séptimo de la semana, el «Sábat». Dios así lo ordenó a Moisés en el Monte Sinaí: «Mantendrás santo el día del Señor» (Éxodo 20,8). Sin embargo, al establecer Cristo la Nueva Alianza, la vieja Ley Litúrgica caducó. La Iglesia primitiva determinó que el día del Señor sería el primero de la semana, nuestro domingo. Que la Iglesia tenga derecho a establecer esta ley es evidente por muchos pasajes del Evangelio en que Jesús le confiere el poder de dictar leyes en su nombre. Por ejemplo, «El que a vosotros oye, a Mí me oye» (Lc 10,16) o «Cuanto atares en la tierra, será atado en los cielos» (Mt 16,19).

La razón de este cambio del día del Señor de sábado a domingo estriba en que para la Iglesia el día primero de la semana es doblemente santo. Es el día en que Jesús venció el pecado y la muerte y nos aseguró la gloria futura. Es, además, el día que Jesús eligió para enviarnos el Espíritu Santo, el nacimiento de la Iglesia. Es también muy probable que la Iglesia cambiara el día del Sábado por una razón psicológica: resaltar que el culto de los hebreos del Viejo Testamento, preparación para el advenimiento del Mesías, había caducado. La religión cristiana no iba a ser una mera «revi sión» del culto de la sinagoga; la religión cristiana era el plan definitivo de Dios para la salvación del mundo, y el telón final cayó sobre el «Sábat». Los cristianos no serían una «secta» más de los judíos: serían un pueblo nuevo con una Ley nueva y un nuevo sacrificio.

En el Nuevo Testamento no se dice nada del cambio del día del Señor de sábado a domingo. Lo conocemos exclusivamente por la tradición de la Iglesia, por el hecho de habérsenos transmitido desde los tiempos primitivos por la viva voz de la Iglesia. Por esta razón encontramos muy poca lógica en la actitud de muchos no católicos que afirman no aceptar nada que no esté en la Biblia, y, sin embargo, siguen manteniendo el domingo como día del Señor, basados en la tradición de la Iglesia Católica.

«Mantendrás santo el día del Señor.» «Sí», decimos, «pero, ¿cómo?». En su función legisladora divinamente instituida, la Iglesia responde a nuestra pregunta diciendo que, sobre todo, santificaremos el día del Señor asistiendo al santo Sacrificio de la Misa. La Misa es el acto de culto perfecto que nos dio Jesús para que, con El, pudiéramos ofrecer a Dios el adecuado honor.

En sentido religioso, un sacrificio es la ofrenda a Dios que, de algún modo, se destruye, ofrecida en beneficio de un grupo por alguien que tiene derecho a representarlo. Desde el comienzo de la humanidad y entre todos los pueblos, el sacrificio ha sido la manera natural del hombre de dar culto a Dios. El grupo puede ser una familia, una tribu, una nación. El sacerdote puede ser el padre, el patriarca o el rey; o, como señaló Dios a los hebreos, los descendientes de Aarón. La víctima (el don ofrecido) puede ser pan, vino, granos, frutos o animales. Pero todos estos sacrificios tienen un gran defecto: ninguno es digno de Dios, en primer lugar, porque El mismo lo ha hecho todo.

Pero, con el Sacrificio de la Misa, Jesús nos ha dado una ofrenda realmente digna de Dios, un don perfecto de valor adecuado a Dios: el don del mismo Hijo de Dios, coigual al Padre. Jesús, el Gran Sacerdote, se ofreció a Sí mismo como Víctima en el Calvario, de una vez para siempre, al ser ajusticiado por sus verdugos. Sin embargo, tú y yo no podíamos estar allí, al pie de la cruz, para unirnos con Jesús en su ofrenda a Dios. Por esta razón, Jesús nos ha proporcionado el santo Sacrificio de la Misa, en el que el pan y el vino se truecan en su propio cuerpo y sangre, separados al morir en el Calvario, y por el que renueva incesantemente el don de Sí mismo al Padre, proporcionándonos la manera de unirnos con El en su ofrecimiento, dándonos la oportunidad de formar parte de la Víctima que se ofrece. En verdad, no puede haber modo mejor de santificar el día del Señor y de santificar los otros seis días de la semana.

Nuestro tiempo, igual que nosotros mismos, pertenece a Dios. Pero Dios y su Iglesia son muy generosos con nosotros. Nos dan seis días de cada siete para nuestro uso, un total de 144 horas en que trabajar, recrearnos y dormir. La Iglesia es muy generosa incluso con el día que reserva para Dios. De lo que es pertenencia absoluta de Dios nos pide solamente una hora (y ni siquiera completa): la que se requiere para asistir al santo Sacrificio de la Misa. Las otras 23 Dios nos las retorna para nuestro uso y recreación. Dios agradece que destinemos más tiempo exclusivamente a El o a su servicio, pero la sola estricta obligación en materia de culto es asistir a la santa Misa los domingos y fiestas de guardar. En la práctica, tenemos, pues, obligación de reservar a Dios como algo suyo una hora de las 168 que nos da cada semana.

Si tenemos esto en cuenta, comprenderemos la razón de que omitir la Misa dominical deliberadamente sea pecado mortal. Veremos la radical ingratitud que existe en la actitud de aquella persona «tan ocupada» o «tan cansada» para ir a Misa, para dedicar a Dios esa única hora que El nos pide; esa persona que, no satisfecha con las ciento sesenta y siete horas que ya tiene, roba a Dios los sesenta minutos que El se ha reservado para Sí. Se ve claramente la falta total de amor, más aún, de un mínimo de decencia, que muestra aquel que ni siquiera tiene la generosidad de dar una hora de su semana para unirse a Cristo y adorar adecuadamente a la Santísima Trinidad de Dios, agradecerle sus beneficios en la semana transcurrida y pedir su ayuda para la semana que comienza.

No sólo tenemos obligación de asistir a Misa, sino que debemos asistir a una Misa entera. Si omitiéramos una parte esencial de la Misa -la Consagración o la Comunión del celebrante sería casi equivalente a omitir la Misa del todo, y el pecado sería mortal si nuestro fallo hubiera sido deliberado. Omitir una parte menor de la Misa -llegar, por ejemplo, a la Epístola o salir antes de la última bendición- sería pecado venial. Es algo que debemos recordar si tenemos tendencia a remolonear en vestirnos para la Misa o a salir antes de tiempo para evitar «embotellamientos». La Misa es nuestra ofrenda semanal a Dios, y a Dios no puede ofrecerse algo incompleto o defectuoso. Jamás se nos ocurrirá dar como regalo de boda unos cubiertos manchados o una mantelería ajada. Y con Dios debemos tener, por lo menos, un respeto igual.

Para cumplir esta obligación tenemos que estar físicamente presentes en Misa para formar parte de la congregación. No se puede satisfacer este deber siguiendo la Misa por televisión o desde la acera opuesta a la iglesia cuando ésta está tan llena que haya que abrir las puertas. A veces, en algunos lugares, puede ocurrir que la iglesia esté tan repleta que los fieles la rebosen y se congreguen en la acera, ante la puerta. En este caso, asistimos a Misa porque formamos parte de la asamblea, estamos físicamente presentes y tan cerca como nos es posible.

No sólo debemos estar presentes físicamente, también debemos estar presentes mentalmente.

Es decir, debemos tener intención -al menos implícita- de asistir a Misa, y cierta idea de lo que se está celebrando. Uno que, deliberadamente, se disponga a sestear en la Misa o que ni siquiera esté atento a las _partes principales cometería un pecado mortal. Las distracciones menores o las faltas de atención, si fueran deliberadas, cons tituyen un pecado venial. Las distracciones involuntarias no son pecado.

Sin embargo, nuestro amor a Dios alzará el nivel de aprecio de la Misa por encima de lo que es pecado. Nos llevará a estar en nuestro sitio antes de que comience y a permanecer en él hasta que el sacerdote se haya retirado. Hará que nos unamos con Cristo víctima y que sigamos atentamente las oraciones de la Misa. Nuestras omisiones se deberán solamente a una razón grave: la enfermedad, tanto propia como de alguien a quien debamos cuidar; a excesiva distancia o falta de medios de locomoción, a una situación imprevista y urgente que tengamos que afrontar.

El tercer mandamiento, además de la obligación de asistir a Misa, nos exige que nos abstengamos de trabajos serviles innecesarios en domingo. Un trabajo servil es aquel que requiere el ejercicio del cuerpo más que el de la mente. La Iglesia ha hecho del domingo un día de descanso en primer lugar, para preservar la santidad del domingo y dar a los hombres tiempo para dar culto a Dios y la oración. Pero también porque nadie conoce mejor que ella las limitaciones de sus hijos, criaturas de Dios; su necesidad de recreo que les alivie de la monotonía cotidiana, de un tiempo para poder gozar de ese mundo que Dios nos ha dado, lleno de belleza, conocimiento, compañerismo y actividad creadora.

Ocuparse en trabajos serviles los domingos puede ser pecado mortal o venial, según que el tiempo que dediquemos sea corto o considerable. Trabajar innecesariamente tres o cuatro horas sería pecado mortal. Para determinar si un trabajo concreto es permisible en domingo, debemos preguntarnos dos cosas: ¿es este trabajo más mental que físico, como escribir a máquina, dibujar, bordar? Luego, si fuera más físico que mental, ¿es este trabajo realmente necesario, algo que no pudo hacerse el sábado y que no puede posponerse al lunes, como alimentar al ganado, hacer las camas o lavar los platos? Para contestar a estas preguntas no hace falta ser un perito en leyes, basta con ser sincero; y, si la respuesta es afirmativa a las dos preguntas, entonces ese trabajo es permisible en domingo.

CAPÍTULO XVIII LOS MANDAMIENTOS CUARTO Y QUINTO DE DIOS Padres, hijos y ciudadanos Tanto los padres como los hijos tienen necesidad de examinar regularmente su fidelidad al cuarto mandamiento de Dios. En él, Dios se dirige explícitamente a los hijos: Honrarás a tu padre y a tu madre, mandándoles amar y respetar a sus padres, obedecerles en todo lo que no sea una ofensa a Dios y atenderlos en sus necesidades. Pero, mientras se dirige a ellos, mira a los padres por encima del hombro de los hijos, mandándoles implícitamente que sean dignos del amor y respeto que pide de los hijos.

Las obligaciones que establece el cuarto mandamiento, tanto las de los padres como de los hijos, derivan del hecho de que toda autoridad viene de Dios. Sea ésta la del padre, una potestad civil o un superior religioso, en último extremo, su autoridad es la autoridad de Dios, que El se digna compartir con ellos. La obediencia que dentro de los límites de su recta capacidad se les debe, es obediencia a Dios, y así debe ser considerada. De ahí se sigue que los constituidos en autoridad tienen, como agentes y delegados de Dios, obligación grave de ser leales a la confianza que en ellos ha depositado. Especialmente para los padres debe ser un acicate considerar que un día tendrán que rendir cuentas a Dios del alma de sus hijos.

Este es un punto que hay que recordar a la madre falta de dinero que decide trabajar fuera del hogar; al padre ambicioso que descarga en su familia la tensión nerviosa acumulada durante la jornada. Es un punto que hay que recordar a los padres que abandonan a sus hijos al cuidado del servicio por sus ocupaciones o distracciones; a los padres que reúnen en casa a amigos bebedores y de lengua suelta; a los padres que disputan a menudo delante de sus hijos. De hecho, es un punto a recordar a todo padre que olvida que el negocio más importante de su vida es criar a sus hijos en un hogar lleno de cariño, alegría y paz, centrado en Cristo.

¿Cuáles son en detalle los principales deberes de los padres hacia sus hijos? En primer lugar, claro está, los cuidados materiales: alimento, vestido, cobijo y atención médica si se necesitara. Luego, el deber de educarlos para hacer de ellos buenos ciudadanos: útiles, suficientes económicamente, bien educados y patriotas inteligentes. Después, tienen el deber de procurar los medios para el desarrollo de su intelecto en la medida que los talentos de los hijos y la situación económica de los padres lo permita. Y como no puede haber desarrollo intelectual completo sin un conocimiento adecuado (y creciente, según la edad) de las verdades de la fe, tienen el deber de enviarlos a centros de enseñanza donde se imparta buena educación religios a. Es éste un deber -no se olvide- que obliga en conciencia.

Y con esto pasamos de las necesidades naturales de los hijos -materiales, cívicas e intelectuales- a sus necesidades espirituales y sobrenaturales. Es evidente que, como el fin de los hijos es alcanzar la vida eterna, éste es el más importante de los deberes paternos. Y así, en primer lugar, tienen obligación de bautizarlos lo antes posible después de su nacimiento, normalmente en las dos semanas siguientes o un mes a lo sumo. Luego, cuando la mente infantil comienza a abrirse, surge el deber de hablarle de Dios, especialmente de su bondad y providencia amorosa y de la obediencia que le debemos. Y, en cuanto comienza a hablar, hay que enseñarles a rezar, mucho antes de que tengan edad de ir a la escuela.

Si por desgracia no hubiera posibilidad de enviarlos a una escuela en que se dé buena formación religiosa, debe procurarse que vayan regularmente a clases de catecismo, y lo que el niño aprenda en esas instrucciones se multiplicará por el ejemplo que vea en casa.

Especialmente en este punto los padres pueden hacer su más fruc tífera labor, porque un niño asimila mucho más lo que ve que lo que se le dice. Es ésta la razón que hace que la mejor escuela católica no pueda suplir el daño que causa un hogar laxo.

Conforme el niño crezca, los padres mantendrán una actitud alerta hacia los compañeros de sus hijos, sus lecturas y diversiones, pero sin interferir inoportunamente, aconsejándole o adoptando una firme actitud negativa si aquellos fueran objecionables. El niño aprenderá a amar la Misa dominical y a frecuentar la confesión y comunión no porque se le «mande», sino porque acompañará a sus padres espontánea y orgullosamente en el cumplimiento de estas normas de piedad.

Todo esto suma una larga lista de deberes, pero, afortunadamente, Dios da a los buenos esposos la sabiduría que necesitan para cumplirlos. Y, aunque parezca un contrasentido, ser buenos padres no comienza con los hijos, sino con el amor mutuo y verdadero que se tienen entre sí. Los psicólogos afirman que los esposos que dependen de los hijos para satisfacer su necesidad de cariño, rara vez consiguen una adecuada relación de afecto con ellos. Cuando los esposos no se quieren lo suficiente es muy posible que su amor de padres sea ese amor posesivo y celoso que busca la propia satisfacción más que el verdadero bien del hijo. Y amores así hacen a los hijos egoístas y mimados.

Pero los padres que se aman el uno al otro en Dios, y a los hijos como dones de Dios, pueden quedarse tranquilos: tienen todo lo que necesitan, aunque jamás hayan leído un solo libro de psicología infantil (y aunque leer tales libros, si son buenos, sea seguramente algo aconsejable). Podrán cometer muchos errores, pero no causarán a los hijos daño permanente, porque, en un hogar así, el hijo se siente amado, querido, seguro; crecerá ecuánime de carácter y recio de espíritu.

Todos sin excepción tenemos obligaciones con nuestros padres. Si han fallecido, nuestros deberes son sencillos: recordarlos en nuestras oraciones y en la Misa, y, periódicamente, ofrecer alguna Misa por el descanso de su alma. Si aún viven, estos deberes dependerán de nuestra edad y situación y -de la suya. Quizás sería más apropiado decir que la manera de cumplir estas obligaciones varía con la edad y situación, pero lo que es cierto es que el deber esencial de amar y respetar a los padres obliga a todos, aun a los hijos casados y con una familia propia que atender.

Esta deuda de amor -siendo una madre y un padre como son- no es de ordinario una obligación dura de cumplir. Pero, incluso en aquellos casos en que no sea fácil quererles a nivel humano, es un deber que obliga, aunque el padre sea brutal o la madre haya abandonado el hogar, por ejemplo. Los hijos deben amarlos con es e amor sobrenatural que Cristo nos manda tener también a los que sea difícil amar naturalmente, incluso a los enemigos. Debemos desear su bienestar y su salvación eterna, y rezar por ellos. Sea cual sea el daño que nos hayan causado, debemos estar prontos a extender nuestra mano en su ayuda, siempre y cuando podamos.

Con el progresivo aumento de la esperanza de vida, los hijos casados se encuentran cada vez más frente al problema de los padres ancianos y dependientes. ¿Qué pide el amor filial en estas circunstancias? ¿Es un deber estricto tenerlos en casa, aunque esté llena de niños y la esposa tenga ya más trabajo del que puede realizar? No es ésta una cuestión que pueda resolverse con un simple sí o no. Nunca hay dos casos iguales, y el hijo o la hija a quienes se presente tal dilema deberían aconsejarse con su director espiritual o con un católico de recto criterio. Pero debemos hacer notar que a lo largo de toda la historia del hombre se observa que Dios bendice, con una bendición especial, a los hijos e hijas que prueban su amor filial y desinteresado con la abnegación. La obligación de los hijos de mantener a sus padres indigentes o imposibilitados está muy clara: obliga en conciencia.

Pero que ese deber deba cumplirse en el hogar de los hijos o en una casa de ancianos u otra institución, dependerá de las circunstancias personales. Ahora bien, lo que realmente cuenta es la sinceridad del amor con que se tome la decisión.

El respeto que debemos a nuestros padres se hace espontáneamente amor en un verdadero hogar cristiano: los tratamos con reverencia, procuramos satisfacer sus deseos, aceptar sus correcciones sin insolencia, y buscamos su consejo en decisiones importantes, como elección de estado de vida o la idoneidad de un posible matrimonio. En asuntos que conciernen a los derechos naturales de los hijos, los padres pueden aconsejar, pero no mandar. Por ejemplo, los padres no pueden obligar a un hijo que se case si prefiere quedar soltero; tampoco pueden obligarle a casarse con determinada persona, ni prohibir que se haga sacerdote o abrace la vida religiosa.

En cuanto al deber de respetar a los padres, el período más difícil en la vida de un hijo es la adolescencia. Son los años del «estirón», cuando un muchacho se encuentra dividido entre su necesidad de depender de los padres y el naciente impulso hacia la independencia. Los padres prudentes deben temperar su firmeza con la comprensión y la paciencia.

No hay que mencionar siquiera que odiar a los padres, golpearlos, amenazarlos, insultarlos o ridiculizarlos seriamente, maldecirlos o rehusar nuestra ayuda si estuvieran en grave necesidad, o hacer cualquiera otra cosa que les cause gran dolor o ira, es pecado mortal. Estas cosas lo son ya si se hacen a un extraño; así que hechas a los padres es un pecado de doble malicia. Pero, en general, la desobediencia de un hijo es pecado venial (o, quizá, ni siquiera pecado), a no ser que su materia sea grave, como evitar malas compañías, o que la desobediencia se deba a desprecio por la autoridad paterna. La mayor parte de las desobediencias filiales se deben a olvido, descuido o indelicadeza, y, por tanto, carecen de la advertencia y deliberación necesarias en un pecado, o, por lo menos, en un pecado grave.

No se puede terminar un estudio del cuarto mandamiento sin mencionar la obligación que impone de amar a nuestra patria (nuestra familia a mayor escala); de interesarnos sinceramente en su prosperidad, de respetar y obedecer a sus autoridades legítimas. Quizá haya que subrayar aquí la palabra «legítimas», porque los ciudadanos tienen, claro está, el derecho de defenderse de la tiranía (como en los países comunistas) cuando ésta amenaza los fundamentales derechos humanos. Ningún Gobierno puede interferirse con sus leyes en el derecho del individuo (o de la familia) de amar y dar culto a Dios, de recibir la instrucción y los servicios de la Iglesia. Un Gobierno -lo mismo que un padre- no tiene derecho a mandar lo que Dios prohibe o a prohibir lo que Dios ordena.

Pero, exceptuando estos casos, un buen católico será necesariamente un buen ciudadano. Sabedor que la recta razón exige que trabaje por el bien de su nación, ejercitará ejemplarmente todos sus deberes cívicos; obedecerá las leyes de su país y pagará sus impuestos como justa contribución a los gastos de un buen Gobierno; defenderá a su patria en caso de guerra justa (igual que defendería a su propia familia si fuera atacada injustamente), con el servicio de las armas si a ello fuera llamado, estimando justa la causa de su nación a no ser que hubiera evidencia adecuada e indiscutible de lo contrario. Y hará todo esto no solamente por motivos de patriotismo natural, sino porque su conciencia de católico le dice que el respeto y obediencia a la legítima autoridad de su Gobierno es servicio prestado a Dios, de quien toda autoridad procede.

La vida es de Dios Sólo Dios da la vida; sólo Dios puede tomarla. Cada alma es individual y personalmente creada por Dios y sólo Dios tiene derecho a decidir cuándo su tiempo de estancia en la tierra ha terminado.

El quinto mandamiento, «no matarás», se refiere exclusivamente al alma humana. Los animales han sido dados por Dios al hombre para su uso y convivencia. No es pecado matar animales por causa justificada, como eliminar plagas, proveer alimentos o la experimentación científica. Sería injusto herir o matar a animales sin razón, pero si hubiera pecado, éste se debería al abuso de los dones de Dios. No iría contra el quinto mandamiento.

El hecho de que la vida humana pertenece a Dios es tan evidente que la gravedad del homicidio -de tomar injustamente la vida a otro está reconocido universalmente por la sola ley de la razón entre los hombres de buena voluntad. La gravedad del pecado de suicidio -de quitarse la vida deliberadamente- es igualmente evidente. Y como el suicida muere en el acto mismo de cometer un pecado mortal, no puede recibir cristiana sepultura. En la práctica resulta muy raro que un católico se quite la vida en pleno uso de sus facultades mentales; y, cuando hay indicios de que el suicidio pudiera ser debido a enajenación mental, incluso temporal, jamás se rehúsa la sepultura cristiana al suicida.

¿Es alguna vez lícito matar a otro? Sí, en defensa propia. Si un agresor injusto amenaza mi vida o la de un tercero, y matarle es el único modo de detenerle, puedo hacerlo. De hecho, es permisible matar también cuando el criminal amenaza tomar o destruir bienes en gran valor y no hay otra forma de pararle. De ahí se sigue que los guardianes de la ley no violan el quinto mandamiento cuando, no pudiendo disuadir al delincuente de otra manera, le quitan la vida.

Un duelo, sin embargo, no puede calificarse como defensa propia. El duelo es un combate preestablecido entre dos personas con armas letales, normalmente en defensa -real o imaginaria- del «honor». El duelo fue un pecado muy común en Europa y más raro en América. En su esfuerzo por erradicar este mal, la Iglesia excomulga a todos los que participan en un duelo,. no sólo a los contendientes, también a los padrinos, testigos y espectadores voluntarios que no hagan todo lo que puedan para evitarlo.

Debe tenerse en cuenta que el principio de defensa propia sólo se aplica cuando se es víctima de una agresión injusta. Nunca es lícito tomar la vida de un inocente para salvar la propia. Si naufrago con otro y sólo hay alimentos para una persona, no puedo matarlo para salvar mi vida. Tampoco puede matarse directamente al niño gestante para salvar la vida de la madre. El niño aún no nacido no es agresor injusto de la madre, y tiene derecho a vivir todo el tiempo que Dios le conceda. Destruir directa y deliberadamente su vida es un pecado de suma gravedad; es un asesinato y tiene, además, la malicia añadida del envío a la eternidad de un alma sin oportunidad de bautismo. Este es otro de los pecados que la Iglesia trata de contener imponiendo la excomunión a todos los que toman parte en él voluntariamente: no sólo a la madre, también al padre que consienta y a los médicos o enfermeras que lo realicen.

El principio de defensa propia se extiende a las naciones tanto como a los individuos. En consecuencia, el soldado que combate por su país en una guerra justa no peca si mata. Una guerra es justa: a) si se hace necesaria para que una nación defienda sus derechos en materia grave; b) si se recurre a ella en último extremo, una vez agotados todos los demás medios de dirimir la disputa; c) si se lleva a cabo según los dictados de las leyes natural e internacional, y d) si se suspende tan pronto como la nación agresora ofrece la satisfacción debida. En la práctica resulta a veces muy difícil para el ciudadano medio decidir si la guerra en que su nación se embarca es justa o no. Raras veces conoce el hombre de la calle todos los intríngulis de una situación internacional. Pero igual que los hijos deben dar a sus padres el beneficio de la duda en asuntos dudosos, cuando no sea evidente la justicia de una guerra, el ciudadano debe conceder a su Gobierno el beneficio de la duda. Pero incluso en una guerra justa se puede pecar por el uso injusto de los medios bélicos, como en casos de bombardeo directo o indiscriminado de civiles en objetivos que carecen de valor militar.

Nuestra vida no es nuestra. Es un don de Dios del que somos sus administradores. Este motivo nos obliga a poner todos los medios razonables para preservar tanto nuestra vida como la del prójimo. Es a todas luces evidente que pecamos si causamos deliberado daño físico a otros; y el pecado se hace mortal si el daño fuera grave. Por ello, pelear es un pecado contra el quinto mandamiento, además de ser un pecado contra la virtud de la caridad, y dado que la ira, el odio o la venganza llevan a causar daño físico al prójimo, son también pecados contra el quinto mandamiento además de ser pecados contra la caridad. Cuando hay que defender un castillo (la vida en este caso), hay que defender también sus accesos. En consecuencia, el quinto mandamiento proscribe todo lo que induzca a tomar injustamente la vida o a causar injustamente daño físico.

De aquí se deducen algunas consecuencias prácticas. Es evidente que el que deliberadamente conduce su coche de forma imprudente es reo de pecado grave, pues expone su vida y la de otros a un peligro innecesario. Esto también se aplica al conductor cuyas facultades están mermadas por el alcohol. El conductor bebido es criminal además de pecador. Más todavía, la misma embriaguez es un pecado contra el quinto mandamiento, aunque no esté agravada por la conducción de un coche en ese estado. Beber en exceso, igual que comer excesivamente, es un pecado porque perjudica a la salud, y porque la intemperancia causa fácilmente otros efectos nocivos. El pecado de embriaguez se hace mortal cuando de tal modo afecta al bebedor que ya no sabe lo que se hace.

Pero beber en grado menor también puede ser un pecado mortal por sus consecuencias malas: perjudicar la salud, causar escándalo o descuidar los deberes con Dios o el prójimo. Quien habitualmente bebe en exceso y se juzga libre de pecado porque aún conserva noción del tiempo del día, se engaña a sí mismo normalmente; raras veces la bebida habitual no produce daño grave a uno mismo o a los demás.

Somos responsables ante Dios por la vida que nos ha dado, y por ello tenemos obligación de cuidar nuestra salud dentro de límites razonables. Exponernos a peligros deliberados o innecesarios, descuidar la atención médica cuando sabemos o sospechamos tener una enfermedad curable es faltar a nuestros deberes como administradores de Dios. Evidentemente, hay personas que se preocupan demasiado por su salud, que no están contentas si no toman alguna medicina. Son los hipocondríacos. Su mal está en la mente más que en el cuerpo, y hay que compadecerlos, pues, sus males son muy reales para ellos.

La vida de todo el cuerpo es más importante que la de cualquiera de sus partes; en consecuencia, es lícito extirpar un órgano para conservar la vida. Está claro, pues, que la amputación de una pierna gangrenada o de un ovario canceroso es moralmente recto. Es pecado, sin embargo, mutilar el cuerpo innecesariamente; y pecado mortal si la mutilación es seria en sí o en sus efectos. El hombre o la mujer que voluntariamente se someta a una operación dirigida directamente a causar la esterilidad, comete un pecado mortal, igual que el cirujano que la realiza. Algunos estados tienen leyes para la esterilización de los locos o débiles mentales. Tales leyes son opuestas a la ley de Dios, puesto que ningún Gobierno tiene derecho a mutilar a un inocente. La llamada «eutanasia» - matar a un enfermo incurable para acabar con sus sufrimientos- es ,pecado grave, aunque el mismo enfermo lo pida. La vida es de Dios. Si una enfermedad incurable es parte de la provi - dencia de Dios para mí, ni yo ni nadie tiene derecho a torcerla.

Si pasamos del mundo de la acción al del pensamiento, veremos que el odio (el resentimiento amargo que desea el mal del prójimo y se goza en su infortunio) y la venganza (buscar el desquite por una injuria sufrida) son casi siempre pecados mortales. Teóricamente se puede odiar «un poquito» o vengarse «un poquito». Pero en la práctica no resulta tan fácil controlar ese «poquito».

La gravedad del pecado de ira es fácil de ver. La ira causada por una mala acción y no dirigida a la persona que la cometió (siempre que la ira no sea excesiva) no es pecado. Es lo que podríamos llamar recta ira. Un buen ejemplo es el del padre airado (recuerda, ¡no en exceso!) por una trastada de su hijo. El padre aún ama a su hijo, pero está enfadado por su mala conducta. Pero la ira dirigida a personas -normalmente hacia el que ha herido nuestro amor propio o contrariado nuestros intereses-, y no contra malas acciones, es una ira pecaminosa. En general, podríamos decir que cuando nos airamos por lo que nos han hechos a nosotros y no por lo que han hecho a Dios, nuestra ira no es rec ta. La mayoría de los enfados carecen de deliberación -nos hirvió la sangre- y no son pecado grave. Sin embargo, si nos damos cuenta de que nuestra ira es pecaminosa y la alentamos y atizamos deliberadamente, nuestro pecado se hace grave. O, si tenemos un carácter irascible, lo sabemos, y no hacemos ningún esfuerzo para controlarlo, es muy fácil que cometamos pecado mortal.

Hay un último punto en los atentados al quinto mandamiento: el mal ejemplo. Si es pecado matar o herir el cuerpo del prójimo, matar o herir su alma es un pecado mayor. Cada vez que mis malas palabras o acciones incitan a otro al pecado, me hago reo de un pecado de escándalo, y el pecado de dar mal ejemplo se hace mortal si el daño que de él se sigue es grave. Lo mismo espiritual que físicamente soy el guardián de mi hermano.

CAPÍTULO XIX LOS MANDAMIENTOS SEXTO Y NOVENO DE DIOS El sexto y noveno mandamientos Hay dos actitudes erróneas hacia el sexo, las dos bastante comunes. Una es la del moderno hedonista, de aquel cuya máxima aspiración en la vida es el placer. El hedonista ve la capacidad sexual como una posesión personal, de la que no hay que rendir cuentas a nadie. Para él (o ella), el propósito de los órganos genitales es su personal satisfacción y su gratificación física, y nada más.

Esta actitud es la del soltero calavera o de la soltera de fácil «ligue», que tienen amoríos, pero jamás amor. Es también una actitud que se encuentra con facilidad entre las parejas separadas o divorciadas, siempre en busca de nuevos mundos de placer que conquistar.

La otra actitud errónea es la del pacato, que piensa que todo lo sexual es bajo y feo, un mal necesario con que la raza humana está manchada. Sabe que la facultad de procrear debe usarse para perpetuar la humanidad, claro está, pero para él, la unión física entre marido y mujer continúa siendo algo sucio, algo cuyo pensamiento apenas se puede soportar. Esta desgraciada actitud mental se adquiere de ordinario en la niñez, por la educación equivocada de padres y maestros. En su afán de formarles en la pureza, los adultos imbuyen a los niños la idea de que las partes íntimas del cuerpo son en esencia malas y vergonzosas, en vez de enseñarles que son dones de Dios, dones que hay que apreciar y reverenciar. El niño adquiere así la noción turbia de que lo sexual es algo que las personas bien educadas jamás mencionan, ni siquiera en el hogar y a sus propios padres. La característica peor de este estado mental es que tiende a perpetuarse: el niño así deformado lo transmitirá a su vez a sus hijos . Esta idea equivocada del sexo tara a más de un matrimonio, feliz por los demás conceptos.

Lo cierto es que el poder de procrear es un don maravilloso con el que Dios ha dotado a la humanidad. No estaba obligado a dividirla en varones y hembras. Podía haberla creado formada por seres asexuales, dando ser a cada cuerpo (igual que hace con el alma) por un acto directo de su voluntad. En vez de esto, Dios en su bondad se dignó hacer partícipe a la humanidad de su poder creador para que las hermosas instituciones del matrimonio y la paternidad pudieran existir; para que a través de la paternidad humana pudiéramos comprender mejor la paternidad divina, su justicia y su providencia, y a través de la maternidad humana comprendiéramos mejor la ternura maternal de Dios, su misericordia y compasión; también preparaba así el camino para la santa maternidad de María y para que en el futuro entendiéramos mejor la unión entre Cristo y ,su Esposa, la Iglesia.

Todas estas razones y otras muchas ocultas en la profundidad de la sabiduría de Dios, motivaron que El creara a los hombres varón y hembra. Poniéndose como vértice, Dios estableció una trinidad creadora compuesta de esposo, es posa y El mismo; los esposos actúan como instrumentos de Dios en la formación de un nuevo cuerpo humano, poniéndose El mismo en cierta manera a su disposición para crear el alma inmortal de ese minúsculo cuerpo que, bajo Dios, su amor conforma.

Así es el sexo, así es el matrimonio. Al ser obra de Dios, el sexo es, por naturaleza, bueno, santo, sagrado. No es algo malo, no es una cosa torpe y sórdida. Lo sexual se hace malo y turbio solamente cuando se arranca del marco divino de la paternidad potencial y del matrimonio. El poder de procrear y los órganos genitales no llevan el estigma del mal: ése lo marca la voluntad pervertida cuando los desvía de su fin, cuando los usa como mero instrumento de placer y gratificación, como un borracho que se atiborrara de cerveza, bebiéndosela en un cáliz consagrado para el altar.

El ejercicio de la facultad de procrear por los esposos (únicos a quienes pertenece este ejercicio) no es pecado; tampoco lo es buscar y gozar el placer del abrazo marital. Por el contrario, Dios ha dado un gran placer físico a este acto para asegurar la perpetuación del género humano. Si no surgiera ese impulso del deseo físico ni hubiera la gratificación del placer inmediato, los esposos podrían mostrarse reacios a usar de esa facultad dada por Dios al tener que afrontar las cargas de una posible paternidad. El mandamiento divino «creced y multiplicaos» pudiera frustrarse. Al ser un placer dado por Dios, gozar de él no es pecado para el esposo y la esposa, siempre que no se excluya de él voluntariamente el fin divino.

Pero, para mucha gente -y en alguna ocasión para la mayoría- ese placer dado por Dios puede hacerse piedra de tropiezo. A causa del pecado original, el control perfecto del cuerpo y sus deseos que debía ejercer la razón está gravemente debilitado. Bajo el impulso acuciante de la carne rebelde, surge un ansia de placer sexual que prescinde de los fines de Dios y de sus estrictas limitaciones (dentro del matrimonio cristiano) para el acto sexual. En otras palabras, somos tentados contra la virtud de la castidad.

Esta virtud es la que Dios nos pide en el sexto y noveno mandamientos: «No cometerás adulterio» y «No desearás la mujer de tu prójimo». Recordemos que se nos ha dado una lista de mandamientos como ayuda a la memoria: unos casilleros en que clasificar los distintos deberes hacia Dios. Cada mandamiento menciona específicamente sólo uno de los pecados más graves contra la virtud a practicar («No matarás», «No hurtarás»), y que bajo ese encabezamiento se agrupan todos los pecados y todos los deberes de similar naturaleza. Así, no sólo es pecado matar, también lo es pelear y odiar; no sólo es pecado hurtar, también lo es dañar la propiedad ajena o defraudar. De igual modo, no sólo es pecado cometer adulterio -el trato carnal cuando uno (o los dos) participantes están casados con terceras personas-, es también pecado cometer fornicación -el trato carnal entre dos personas solteras-; es pecado permitirse cualquier acción deliberada, como tocarse uno mismo o tocar a otro con el propósito de despertar el apetito sexual fuera del matrimonio. No sólo es pecado desear la mujer del prójimo, también lo es mantener pensamientos o deseos deshonestos hacia cualquier persona.

La castidad -o pureza- se define como la virtud moral que regula rectamente toda voluntaria expresión de placer sexual dentro del matrimonio, y la excluye totalmente fuera del estado matrimonial. Los pecados contra esta virtud difieren de los que van contra la mayoría de las demás virtudes en un punto importante: los pensamientos, palabras y acciones contra la virtud de la castidad, si son plenamente deliberados, son siempre pecado mortal. Uno puede violar otras virtudes, incluso deliberadamente, y, sin embargo, pecar venialmente por parvedad de materia. Una persona puede ser ligeramente intemperante, insincera o fraudulenta. Pero nadie puede cometer un pecado ligero contra la castidad si su violación de la pureza es plenamente voluntaria. Tanto en pensamientos como en palabras o acciones, no hay «materia parva», no hay materia pequeña respecto a esta virtud. La razón está muy clara. El poder de procrear es el más sagrado de los dones físicos del hombre, aquél más directamente ligado con Dios. Ese carácter sagrado hace que su transgresión tenga mayor malicia. Si a ello añadimos que el acto sexual es la fuente de la vida humana, comprenderemos que si se emponzoña la fuente, se envenena la humanidad. Este motivo ha hecho que Dios rodeara el acto sexual de una muralla alta y sólida con carteles bien visibles para todos: ¡PROHIBIDO EL PASO! Dios se empeña en que su plan para la creación de nuevas vidas humanas no se le quite de las manos y se degrade a instrumento de placer y excitación perversos. La única ocasión en que un pecado contra la castidad puede ser pecado venial es cuando falte plena deliberación o pleno consentimiento.

Su materia difiere de la que posee la virtud de la modestia. La modestia no es la castidad, pero sí su guardiana, el centinela que protege los accesos a la fortaleza. La modestia es una virtud que mueve a abstenernos de acciones, palabras o miradas que puedan despertar el apetito sexual ilícito en uno mismo o en otros. Estas acciones pueden ser besos, abrazos o caricias imprudentes; pueden ser formas de vestir atrevidas, como llevar bañadores «bikini», leer escabrosas novelas «modernas». Estas palabras pueden ser relatos sugestivos de color subido, cantar o gozarse en canciones obscenas o de doble sentido.

Estas miradas pueden ser aquellas pendientes de los bañistas de una playa o las atentas a una ventana indiscreta, la contemplación morbosa de fotografías o dibujos atrevidos en revistas o calendarios. Es cierto que «todo es limpio para los limpios», pero también lo es que el limpio debe evitar todo aquello que amenace su pureza.

A diferencia de los pecados contra la castidad, los pecados contra la modestia pueden ser veniales. Los atentados a esa virtud que van directamente a despertar un apetito sexual ilícito, son siempre pecado mortal. Excluyendo éstos, la gravedad de los pecados contra la modestia dependerá de la intención del pecador, del grado en que su inmodestia excite movimientos sexuales, de la gravedad del escándalo causado. Un aspecto de la cuestión que debe tenerse en cuenta por las demás es que Dios, al proveer los medios para perpetuar la especie humana, ha hecho al varón el principio activo del acto de procrear.

Por esta razón los deseos masculinos se despiertan, normalmente, con mucha más facilidad que en la mujer. Puede ocurrir que una muchacha, con toda inocencia, se permita unos escarceos cariñosos, que, para ella, no serán más que un rato romántico a la luz de la. luna, . mientras para su joven compañero serán ocasión de pecado mortal. En la misma línea de ignorante inocencia, una mujer puede atentar contra la modestia en el vestir sin intención, simplemente por juzgar la fuerza de los instintos sexuales masculinos por los propios.

En nuestra cultura contemporánea hay dos puntos débiles que reclaman nuestra atención al hablar de la virtud de la castidad. Uno es la práctica -cada vez más extendida- de salir habitualmente «pandillas» de chicos y chicas. Incluso en los primeros años de la enseñanza media se forman parejas que acostumbran a salir juntos regularmente, a cambiarse regalitos, a estudiar y divertirse juntos. Estos emparejamientos prolongados (salir frecuentemente con la misma persona del sexo contrario por períodos de tiempo considerables) son siempre un peligro para la pureza. Para aquellos en edad suficiente para contraer matrimonio, ese peligro está justificado; un razonable noviazgo es necesario para encontrar el compañero idóneo en el matrimonio. Pero para los adolescentes que aún no están en disposición de casarse, esa constante compañía es pecado, porque proporciona ocasiones de pecado injustificadas, unas ocasiones que algunos padres «bobos» incluso fomentan, pensando que esa relación es algo que tiene «gracia».

Otra forma de compañía constante que, por su propia naturaleza, es pecaminosa es la de entrevistarse con personas separadas o divorciadas. Una cita con un divorciado (o una divorciada) puede bastar para que el corazón se apegue, y fácilmente acabar en un pecado de adulterio o, peor aún, en una vida de permanente adulterio o en un matrimonio fuera de la Iglesia.

A veces, en momentos de grave tentación, podemos pensar que este don maravilloso de procrear que Dios nos ha dado es una bendición con objeciones. En momentos así tenemos que recordar dos cosas: Antes que nada, que no hay virtud auténtica ni bondad verdadera sin esfuerzo. Una persona que jamás sufriera tentaciones no podría llamarse virtuosa en el sentido ordinario (no en el teológico) de la palabra. Dios puede, por supuesto, conceder a alguien un grado excelso de virtud sin la prueba de la tentación, como en el caso de Nuestra Madre Santa María.

Pero lo normal es que precisamente por sus victorias sobre fuertes tentaciones una persona se haga virtuosa y adquiera méritos para el cielo.

También debemos recordar que cuanto mayor sea la tentación, mayor será la gracia que Dios nos dé, si se la pedimos, la aceptamos y ponemos lo que está en nuestra mano. Dios jamás permite que seamos tentados por encima de nuestra fuerza de resistencia (con su gracia). Nadie puede decir «Pequé porque no pude resistir». Lo que está en nuestra mano es, claro está, evitar los peligros innecesarios; ser constantes en la oración, especialmente en nuestros momentos de debilidad; frecuentar la Misa y la Sagrada Comunión; tener una profunda y sincera devoción a María, Madre Purísima.

CAPÍTULO XX LOS MANDAMIENTOS SEPTIMO Y DECIMO DE DIOS Lo mío y lo tuyo ¿Es pecado que un hambriento hurte un pan, aunque tenga que romper un escaparate para hacerlo? ¿Es pecado que un obrero hurte herramientas del taller en que trabaja si todo el mundo lo hace? Si una mujer encuentra una sortija de diamantes y nadie la reclama, ¿puede quedársela? ¿Es inmoral comprar neumáticos a un precio de ganga si se sospecha que son robados? El séptimo mandamiento de la ley de Dios dice: «No robarás», y parece un mandamiento muy claro a primera vista. Pero luego comienzan a llegar los «peros» y los «aunques», y ya no se ve tan claro.

Antes de empezar a examinar este mandamiento, podemos despachar el décimo, «No codiciarás los bienes ajenos», muy rápidamente. El décimo mandamiento es compañero del séptimo, como el noveno lo es del sexto. En ambos casos se nos prohíbe hacer de pensamiento lo que se nos prohíbe en la acción. Así, no sólo es pecado robar, también es pecado querer robar: desear tomar y conservar lo que pertenece al prójimo. Todo lo que digamos de la naturaleza y gravedad de las acciones contra este mandamiento, se aplica también a su deseo, excepto que en este caso no se nos exige restitución. Este punto debe tenerse en cuenta en todos los mandamientos: que el pecado se comete en el momento en que deliberadamente se desea o decide cometerlo. Realizar la acción agrava la culpa, pero el pecado se cometió ya en el instante en que se tomó la decisión o se consintió en el deseo. Por ejemplo, si decido robar una cosa si se presenta la ocasión, y ésta jamás viene, impidiendo llevar adelante mi propósito, ese pecado de intento de robo estará en mi conciencia.

Luego, ¿a qué obliga el séptimo mandamiento? Nos exige que practiquemos la virtud de la justicia, que se define como la virtud moral que obliga a dar a cada uno lo que le es debido, lo suyo.

Puede violarse esta virtud de muchas maneras. En primer lugar, por el pecado de robo, que es hurto cuando se toman los bienes ajenos ocultamente, o rapiña si se toman con violencia y manifiestamente.

Robar es tomar o retener voluntariamente contra el derecho y la razonable voluntad del prójimo lo que le pertenece. «Contra él derecho y la razonable voluntad del prójimo» es una cláusula importante. La vida es más importante que la propiedad. Es irrazonable rehusar dar a alguien algo que necesita para salvar su vida. Así, el hambriento que toma un pan, no roba. El refugiado que toma un coche o un bote para escapar de sus perseguidores, que amenazan su vida o su libertad, no roba.

Esta cláusula distingue también robar de tomar prestado. Si mi vecino no está en su casa y le cojo del garaje unas herramientas para reparar mi coche, sabiendo que él no pondría objeciones, está claro que no robo. Pero está igual de claro que es inmoral tomar prestado algo cuando sé que su propietario pondría dificultades. El empleado que toma prestado de la caja aunque piense devolver algún día ese «préstamo», es reo de pecado.

Siguiendo el principio de que todo lo que sea privar a otro contra su voluntad de lo que es suyo, si se hace deliberadamente, es pecado, ya vemos que, además de robar, hay muchas maneras de violar el séptimo mandamiento. Incumplir un contrato o un acuerdo de negocios, si causa perjuicios a la otra parte contratante, es pecado. También lo es incurrir en deudas sabiendo que no se podrán satisfacer, un pecado muy común en estos tiempos en que tanta gente vive por encima de sus posibilidades. Igualmente es pecado dañar o destruir deliberadamente la propiedad ajena.

Luego, están los pecados de defraudación: privar a otro con engaño de lo suyo. A este grupo pertenecen las prácticas de sisar en el peso, medidas o cambios, dar productos de inferior calidad sin abaratar el precio, ocultar defectos de la mercancía (los vendedores de coches de segunda mano, bueno, todos los vendedores, deben precaverse contra esto), vender con márgenes exorbitantes, pasar moneda falsa, vender productos adulterados, y todos los demás sistemas de hacerse rico en seguida, que tanto abundan en la sociedad moderna. Una forma de fraude es también no pagar el justo salario, rehusando a obreros y empleados el salario suficientes para vivir porque el exceso de mano de obra en el mercado permite al patrono decir: «Si no te gusta trabajar aquí, lárgate». Y también pecan los obreros que defraudan un salario justo si deliberadamente desperdician los materiales o el tiempo de la empresa, o no rinden un justo día de trabajo por el justo jornal que reciben.

Los empleados públicos son otra categoría de personas que necesitan especial precaución en este mandamiento. Estos empleados son elegidos y pagados para ejecutar las leyes y administrar los asuntos públicos, con imparcialidad y prudencia, para el bien común de todos los ciudadanos. Un empleado público que acepte sobornos -por muy hábilmente que se disfracen- a cambio de favores políticos, traiciona la confianza de sus conciudadanos que le eligieron o designaron, y peca contra el séptimo mandamiento.

También peca quien exige regalos de empleados inferiores.

Dos nuevas ofensas contra la justicia completan el cuadro de los pecados más comunes contra el séptimo mandamiento. Una es la recepción de bienes que se conocen son robados, tanto si nos los dan gratis o pagando. Una sospecha fundada equivale al conocimiento en este respecto. A los ojos de Dios, quien recibe bienes robados es tan culpable como el ladrón. También es pecado quedarse con objetos hallados sin hacer un esfuerzo razonable para encontrar a su propietario. La medida de este esfuerzo (inquirir y anunciar) dependerá, claro está, de su valor; y el propietario, si aparece, está obligado a reembolsar al que lo encontró de todos los gastos que sus pesquisas le hayan ocasionado.

No se puede medir el daño moral con una cinta métrica, ni hallar su total en una sumadora. Así, cuando alguien pregunta: «¿Qué suma hace que un pecado sea mortal?», no hay una respuesta preparada e instantánea. No podemos decir: «Si el robo no llega a 2.999 pesetas, es pecado venial; de 3.000 pesetas para arriba es ya pecado mortal». Sólo se puede hablar en general y decir que el robo de algo de poco valor será pecado venial y que robar algo valioso será pecado mortal (tanto si su gran valor es relativo como abso- luto). Esto, como es natural, se aplica tanto al hurto propiamente dicho como a los demás pecados contra la propiedad: rapiña, fraude, recibir bienes robados, etcétera.

Cuando hablamos del valor relativo de algo, nos referimos a su valor considerando las circunstancias. Para un obrero con familia que mantener la pérdida de un jornal será normalmente una pérdida considerable. Robarle o estafarle su equivalente podría ser fácilmente pecado mortal. La gravedad de un pecado contra la propiedad se mide, pues, tanto por el daño que causa al des pojado como por el valor real del objeto implicado.

Pero, al juzgar el valor de un objeto (o de una suma de dinero) llegaremos a un punto en que toda persona razonable asentirá en que es un valor considerable, tanto si el que sufre la pérdida es pobre como si es rico. Este valor es el que denominaremos absoluto, un valor que no depende de las circunstancias. Y en este punto, la frontera entre pecado mortal y pecado venial es conocida sólo de Dios. Nosotros podemos decir con certeza que robar una peseta es pecado venial, y que robar diez mil, aunque su propietario sea la General Motors, es pecado mortal. Pero nadie puede decir exactamente dónde trazar la línea divisoria. Hace unos diez años los teólogos estaban de acuerdo en afirmar que el robo de tres o cuatro mil pesetas era materia grave absoluta, y una injusticia por ese importe era generalmente pecado mortal. Sin embargo, una pe seta de hoy no vale lo mismo que la peseta de hace diez años, y los libros de teología no pueden revisarse cada seis meses según el índice del «costo de vida». La conclusión evidente es que, si somos escrupulosamente honrados en nuestros tratos con el prójimo, nunca tendremos que preguntarnos: «¿Es esto pecado mortal o venial?» Para el que haya pecado contra la justicia, otra conclusión también evidente es que debe arrepentirse de su pecado, confesarlo, reparar la injusticia y no volver a cometerlo.

Y esto trae a cuento la cuestión de la restitución, es decir, resarcir los perjuicios causados por lo que hemos adquirido o dañado injustamente. El verdadero dolor de los pecados contra el séptimo mandamiento debe incluir siempre la intención de reparar tan pronto sea posible (aquí y ahora si se puede) todas las consecuencias de nuestra injusticia. Sin esta sincera intención de parte del penitente, el sacramento de la Penitencia es impotente para perdonar un pecado de injusticia.

Si el pecado ha sido mortal y el ladrón o estafador muere sin haber hecho ningún intento para restituir aun pudiendo hacerlo, muere en estado de pecado mortal. Ha malbaratado su felicidad eterna cambiándola por sus ganancias injustas.

Incluso los pecados veniales de injusticia no pueden perdonarse si no se restituye o no se hace el propósito sincero de restituir. Quien muere con pequeños hurtos o fraudes sin reparar, comprobará que el precio que sus bribonerías le costarán en el Purgatorio excede con mucho al de los beneficios ilícitos que realizó en su vida. Y referente a los pecados veniales contra el séptimo mandamiento será bueno mencionar de pasada que incluso los pequeños hurtos pueden constituir un pecado mortal si se da una serie continuada de ellos en un período corto de tiempo, de modo que su total sea considerable. Una persona que se apodere injustamente por valor de cien o doscientas pesetas cada semana, será reo de pecado mortal cuando el importe total alcance a ser materia grave pecaminosa.

Hay ciertos principios fundamentales que rigen las cuestiones de restitución. El primero de ellos es que la restitución debe hacerse a la persona que sufrió la pérdida, o a sus herederos si falleció. Y, suponiendo que no pudiera ser hallada y que sus herederos sean desconocidos, se aplica otro principio: nadie puede beneficiarse de su injusticia. Si el propietario es desconocido o no se puede hallar, la restitución deberá hacerse entonces dando los beneficios ilícitos a beneficencia, a instituciones apostólicas, etc. No se exige que el que restituye exponga su injusticia y arruine con ello su reputación; puede restituir anónimamente, por correo, por medio de un tercero o por cualquier otro sistema que proteja su buen nombre. Tampoco se exige que una persona se prive a sí misma o a su familia de los medios para atender las necesidades ordinarias de la vida para efectuar esa restitución. Sería un proceder pésimo gastar en lujos o caprichos sin hacer la restitución, comprando, por ejemplo, un coche o un abrigo de piel. Pero esto tampoco quiere decir que estemos obligados a vivir de garbanzos y dormir bajo un puente hasta que hayamos restituido.

Otro principio es que es el mismo objeto que se robó (si se robó un objeto) el que debe devolverse al propietario, junto con cualquiera otra ganancia natural que de él hubiera resultado; las terneras, por ejemplo, si lo que sé robó fue una vaca. Solamente cuando ese objeto ya no exista o esté estropeado sin posible reparación, puede hacerse la restitución entregando su valor en efectivo.

Quizá se haya dicho ya lo suficiente para hacernos una idea de lo complicadas que, a veces, pueden hacerse estas cuestiones de la justicia y los derechos. Por eso, no debe sorprendernos que incluso el sacerdote tenga que consultar sus libros de teología en estas materias.

CAPÍTULO XXI EL OCTAVO MANDAMIENTO DE DIOS Sólo la verdad El quinto mandamiento, además del homicidio, prohíbe muchas cosas. El sexto se aplica a muchos otros pecados aparte de la infidelidad marital. El séptimo abarca muchas ofensas contra la propiedad además del simple robo. El enunciado de los mandamientos, sabemos, es una ayuda para la memoria. Cada uno de ellos menciona un pecado específico contra la virtud a que dicho mandamiento se aplica, y se espera de nosotros que utilicemos ese enunciado como una especie de percha en que colgar los restantes pecados contra la misma virtud.

Así, no nos sorprende que el octavo mandamiento siga el mismo procedimiento. «No levantarás falso testimonio» prohíbe explícitamente el pecado de calumnia: dañar la reputación del prójimo mintiendo sobre él. Sin embargo, además de la calumnia, hay otros modos de pecar contra la virtud de la veracidad y contra la virtud de la caridad en palabras y obras.

La calumnia es uno de los pecados peores contra el octavo mandamiento porque combina un pe cado contra la veracidad (mentir), con un pecado contra la justicia (herir el buen nombre ajeno), y la caridad (fallar en el amor debido al prójimo). La calumnia hiere al prójimo donde más duele: en su reputación. Si a un hombre le robamos dinero, puede airarse o entristecerse, pero, normalmente, se rehará y ganará más dinero. Cuando manchamos su buen nombre, le robamos algo que todo el trabajo del mundo no le podrá devolver. Es fácil ver, pues, que el pecado de calumnia es mortal si con él dañamos seriamente el honor del prójimo, aunque sea en la estimación de una sola persona. Y esto es así incluso aunque ese mismo prójimo sea ajeno al daño que le hemos causado.

De hecho, esto es cierto también cuando dañamos seriamente la reputación del prójimo, deliberada e injustamente, sólo en nuestra propia mente. Esto es el juicio temerario, un pecado que afecta a mucha gente y del que quizá descuidamos examinarnos cuando nos preparamos para la confesión.

Si alguien inesperadamente realiza una buena acción, y yo me sorprendo pensando: «¿A quién tratará de engatusar?», he cometido un pecado de juicio temerario. Si alguien hace un acto de generosidad, y yo me digo: «Ahí está ése, haciéndose el grande», peco contra el octavo mandamiento. Quizá mi pecado no sea mortal, aunque fácilmente podría serlo si su reputación sufre seriamente en mi estimación por mi sospecha injusta.

La detracción es otro pecado contra el octavo mandamiento. Consiste en dañar la reputación ajena manifestando sin justo motivo pecados y defectos ajenos que son verdad, aunque no comúnmente conocidos. Por ejemplo, cuando comunico a amigos o vecinos las tremendas peleas que tiene el matrimonio de al lado, o que el marido viene borracho todos los sábados. Puede que haya ocasiones en que, con fines de corrección o prevención, sea necesario revelar a un padre las malas compañías del hijo; en que convenga informar a la policía que cierta persona salía furtivamente de la tienda que fue robada. Puede ser necesario advertir a los padres del vecindario que ese nuevo vecino tiene antecedentes de molestar sexualmente a niños. Pero, más comúnmente, cuando empezamos diciendo: «Creo que debería decirte...», lo que en realidad queremos decir es: «Me muero de ganas de decírtelo, pero no quiero reconocer el hecho de que me encanta murmurar».

Aunque, por decirlo así, una persona hiera ella misma su propia fama por su conducta inmoral, sigue siendo pecado para mí difundir sin necesidad la noticia de su falta. Es en cierto modo parecido a robar a un ladrón: aunque sea un ladrón, si yo le robo, peco. No hace falta decir que mencionar lo que es común conocimiento de todos, no es pecado, como el caso del crimen cometido por alguien a quien condena un tribunal público. Pero, aún en estos casos, la caridad nos llevará a condenar el pecado y no al pecador, y a rezar por él.

En el octavo mandamiento, tanto como pecados de palabra y mente, hay pecados de oído.

Cometemos pecado si escuchamos con gusto la calumnia y difamación, aunque no digamos una palabra nosotros. Ese mismo silencio fomenta la difusión de murmuraciones maliciosas. Si nuestro placer al escuchar se debe a mera curiosidad, el pecado sería venial. Pero si nuestra atención está motivada por odio a la persona difamada, el pecado sería mortal. Cuando se ataque la fama de alguien en nuestra presencia, nuestro deber es cortar la conversación, o, por lo menos, mostrar con nuestra actitud que aquel tema no nos interesa.

El insulto personal (los teólogos prefieren llamarlo «contumelia») es otro pecado contra el octavo mandamiento. Es un pecado contra el prójimo que se comete en su presencia, y que reviste muchas formas. De palabra u obra podemos rehusar darle las muestras de respeto y amistad que le son debidas, como volverle la espalda o ignorar su mano extendida, como hablarle de modo grosero o desconsiderado o ponerle motes peyorativos. Un pecado parecido de grado menor es esa crítica despreciativa, ese encontrar faltas en todo, que para muchas personas parece constituir un hábito profundamente arraigado.

El chisme es también un pecado contra el oc tavo mandamiento. Este es el pecado del correveidile encizañador, a quien le falta tiempo para decir a Pedro lo que Juan ha dicho de él. También aquí ese chisme va precedido generalmente de «Creo que te convendría conocer...», cuando, muy al contrario, sería mejor que Pedro ignorara esa alusión que Juan ha hecho de él, una alusión que quizás salió por descuido o en un momento de irritación.

«Bienaventurados los pacíficos porque ellos serán llamados hijos de Dios» es una buena cita para recordar en estas ocasiones.

Una mentira simple, es decir, la que no causa perjuicio ni se dice bajo juramento, es pecado venial. De este tipo suelen ser las que suelen contar los fanfarrones (y, muchas veces, los aficionados a la pesca). Están también las mentiras que se dicen para evitar una situación embarazosa a sí o a otros. Luego, aquellas que cuentan los bromistas burlones.

Pero, sea cual sea la motivación de una mentira, no decir la verdad es siempre pecado.

Dios nos ha dado el don de poder comunicar nuestros pensamientos para que manifestemos siempre la verdad. Cada vez que de palabra o hecho impartimos falsedad, abusamos de un don divino y pecamos.

De ahí se sigue que no existen las «mentirijillas blancas» ni las mentiras inocuas. Un mal moral, aun el mal moral de un pecado venial, es mayor que cualquier mal físico. No es lícito cometer un pecado venial ni siquiera para salvar de su des trucción al mundo entero.

Sin embargo, hay también que mencionar que puedo no decir la verdad sin pecar cuando injustamente traten de averiguar algo por mí. Lo que diga en ese caso podrá ser falso, pero no es una mentira: es un medio lícito de autodefensa cuando no queda otra alternativa.

Tampoco hay obligación de decir siempre toda la verdad. Desgraciadamente hay demasiados oliscones en este mundo que preguntan lo que no tienen derecho a saber. Es perfectamente legítimo dar a tales personas una respuesta evasiva. Si alguien me preguntara cuánto dinero llevo encima (y me sospecho que busca el «sablazo»), y yo le contestara que llevo mil pesetas cuando, en realidad, tengo diez mil, no miento. Tengo mil pesetas, pero no menciono las otras nueve mil que también tengo. Pero, sería una mentira, claro está, afirmar que tengo diez mil pesetas cuando sólo tengo mil.

Hay frases convencionales que, aparentemente, son mentiras, pero no lo son en realidad porque toda persona inteligente sabe qué significan. «No sé» es un ejemplo de esas frases.

Cualquier persona medianamente inteligente sabe que decir «no sé» puede significar dos cosas: que realmente desconozco aquello que me preguntan, o que no estoy en condiciones de revelarlo. Es la respuesta del sacerdote -del médico, abogado o pariente- cuando alguien trata de sonsacarle información confidencial. Una frase similar es «no está en casa». «Estar en casa» puede significar que esa persona ha salido efectivamente, o que no recibe visitas. Si la niña al abrir la puerta dice al visitante que mamá no está en casa, no miente; no tiene por qué manifestar que mamá está en el baño o haciendo la colada. A quien se engañe con frases como ésta (u otras parecidas de uso corriente) no le engañan: se engaña a sí mismo.

El mismo principio se aplica al que acepta como verídica una historia que se narra como chiste, sobre lo que cualquiera, con un poco de talento, se percata en seguida. Por ejemplo, si afirmo que en mi pueblo el maíz crece tanto que hay que cosecharlo en helicóptero, quien lo tome literalmente se está engañando a sí mismo. Sin embargo, estas mentiras jocosas pueden hacerse verdaderas mentiras si no aparece claramente ante el auditorio que lo que cuento es una broma.

Otro posible pecado contra el octavo mandamiento es revelar los secretos que nos han sido confiados. La obligación de guardar un secreto puede surgir de una promesa hecha, de la misma profesión (médicos, abogados, periodistas, etc.), o, simplemente, porque la caridad prohiba que yo divulgue lo que pueda ofender o herir al prójimo. Las únicas circunstancias que permiten revelar secretos sin pecar son aquellas que hacen necesario hacerlo para prevenir un daño mayor a la comunidad, a un tercero inocente o a la misma persona que me comunicó el secreto. Se incluye en este tipo de pecados leer la correspondencia ajena sin permiso o tratar de oír conversaciones privadas. En estos casos la gravedad del pecado será en proporción al daño u ofensa causados.

Antes de cerrar el tema del octavo mandamiento debemos tener presente que este mandamiento, igual que el séptimo, nos obliga a restituir. Si he perjudicado a un tercero, por calumnia, detracción, insulto o revelación de secretos confiados, mi pecado no será perdonado si no trato de reparar el daño causado lo mejor que pueda. Y esto es así incluso aunque hacer esa reparación exija que me humille o que sufra un perjuicio yo mismo. Si he calumniado, debo proclamar que me había equivocado radicalmente; si he murmurado, tengo que compensar mi detracción con alabanzas justas o moviendo a caridad; si he insultado, debo pedir disculpas, públicamente, si el insulto fue público; si he violado un secreto, debo reparar el daño causado del modo que pueda y tan deprisa como pueda.

Todo esto debe llevarnos a renovar la determinación sobre dos propósitos que, sin duda, hicimos tiempo ha: no abrir la boca si no es para decir lo que estrictamente creemos ser cierto; nunca hablar del prójimo -aunque digamos verdades sobre él- si no es para alabarle; o, si tenemos que decir de él algo peyorativo, que lo hagamos obligados por una razón grave.

CAPÍTULO XXII LOS MANDAMIENTOS DE LA IGLESIA Las leyes de la Iglesia A veces nos tropezamos con gentes que dan la impresión de creer que las leyes de la Iglesia obligan menos que las leyes de Dios. «Bueno, no es más que una ley de la Iglesia», es posible que digan.

«No es más que una ley de la Iglesia» es una tontería de frase. Las leyes de la Iglesia son prácticamente lo mismo que las leyes de Dios, porque son sus aplicaciones. Una de las razones de Jesús para establecer su Iglesia fue ésta precisamente: la promulgación de todas aquellas leyes necesarias para corroborar sus enseñanzas, para el bien de las almas. Para comprobarlo basta con recordar las palabras del Señor: «El que a vosotros oye, a mí me oye, y el que a vosotros desecha, a mí me desecha» (Le. 10,16). Cristo hablaba a la Iglesia en la persona de sus apóstoles. Así pues, las leyes de la iglesia tienen toda la autoridad de Cristo. Quebrantar deliberadamente una ley de la Iglesia es tan pecado como quebrantar uno de los Diez Mandamientos.

¿Cuántas leyes de la Iglesia hay? La mayoría responderá «cinco» o «seis», porque ése es el número que nos da el Catecismo. Pero, lo cierto es que son más de 2.000. Son las que contiene el Código de Derecho Canónico. Muchas de ellas han sido derogadas por los recientes papas (por ejemplo, las relativas al ayuno eucarístico), y por decretos del Concilio Vaticano II. Ahora se está procediendo a una revisión completa del Código de Derecho Canónico que, seguramente, tardará unos años en terminarse. Pero, no obstante, por mucho que se varíe su aplicación, las seis leyes básicas que señala el Catecismo, no serán abolidas. Estas son las que llamamos comúnmente los Mandamientos de la Iglesia, y son: (1) oír Misa entera todos los domingos y fiestas de guardar; (2) Confesar los pecados mortales al menos una vez al año y en peligro de muerte y si se ha de comulgar; (3) Comulgar por Pascua Florida; (4) Ayunar y abstenerse de comer. carne cuando lo manda la Santa Madre Iglesia; (5) Ayudar a la Iglesia en sus necesidades; y (6) Observar las leyes de la Iglesia sobre bodas.

La obligación de asistir a Misa los domingos y fiestas de guardar -obligación que comienza para cada católico en cuanto cumple siete años- ha sido tratada ya al comentar el tercer mandamiento del decálogo. No hace falta repetir aquí lo que ya se dijo, pero sí puede resultar oportuno mencionar algunos aspectos sobre los días de precepto.

En su función de guía espiritual, la Iglesia tiene el deber de procurar que nuestra fe sea una fe viva, de hacer las personas y eventos que han constituido el Cuerpo Místico de Cristo vivos y reales para nosotros. Por esta razón la Iglesia señala unos días al año y los declara días sagrados. En ellos nos recuerda acontecimientos importantes de la vida de Jesús, de su Madre y de los santos. La Iglesia realza estas fiestas periódicas equiparándolas al día del Señor y obligándonos bajo pena de pecado mortal a oír Misa y abstenernos del trabajo cotidiano en la medida en que nos sea posible.

El calendario de la Iglesia señala diez de estos días, que son reservados en la mayoría de los países católicos. En algunos países no oficialmente católicos -en que el calendario laboral no reconoce estas fiestas-, estos días se reducen a seis. Estas diez fiestas son: Navidad (25 de diciembre), en que celebramos el nacimiento de Nuestro Señor; el octavo día de Navidad (1 de enero), fiesta de la Solemnidad de Santa María Madre de Dios, que conmemora el dogma de la Maternidad de María, fuente de todos sus privilegios; la fiesta de la Epifanía o Manifestación (6 de enero), que conmemora las primicias de nuestra vocación a la fe en la vocación de los Magos, los primeros gentiles llamados al conocimiento de Jesucristo; la festividad de San José (19 de marzo), en que honramos al glorioso patriarca, esposo de la Virgen María, padre legal de Jesús y patrono de la Iglesia universal; el jueves de la Ascensión (40 días después de Pascua de Resurrección), que conmemora la subida gloriosa de Jesús a los cielos; el día del Corpus Christi (jueves siguiente al domingo de la Santísima Trinidad), en que la Iglesia celebra la institución de la Sagrada Eucaristía; la fiesta de San Pedro y San Pablo (29 de junio), dedicada a la solemnidad de los príncipe de los Apóstoles, y, especialmente, de San Pedro, escogido cabeza de toda la Iglesia y primero de los Romanos Pontífices; la Asunción de María (15 de agosto), en que nos gozamos con la entrada de nuestra Madre en la gloria en cuerpo y alma; Todos los Santos (1 de noviembre), cuando honramos a todos los santos del cielo, incluidos nuestros seres queridos; y la Inmaculada Concepción de María (8 de diciembre), que celebra la creación del alma de María libre de pecado original, el primero de los pasos de nuestra redención.

Además de estas fiestas, hay otros días de relevancia especial para los católicos: son los días de ayuno y los días de abstinencia. Al leer los Evangelios habremos notado la frecuencia con que Nuestro Señor recomienda que hagamos penitencia. Y nosotros podemos preguntarnos: «Sí, pero, ¿cómo?». La Iglesia, cumpliendo su obligación de ser guía y maestra, ha fijado un mínimo para todos, una penitencia que todos -con ciertos límites- debemos hacer. Este mínimo establece unos días de abstinencia (en que no podemos comer carne), y otros de ayuno y abstinencia (en que debemos abstenernos de carne y tomar sólo una comida completa).

Como Nuestro Salvador murió en viernes, la Iglesia ha señalado ese día como día semanal de penitencia. El precepto general obliga a abstenerse de carne los viernes que no coincidan en fiesta de precepto, y obliga todos los viernes de Cuaresma. Los demás viernes del año son también días de penitencia, pero la abstinencia de carne, impuesta por ley general, puede sustituirse, según la libre voluntad de cada uno de los fieles, por cualquiera de las varias formas de penitencia recomendadas por la Iglesia, como son: ejercicios de piedad y oración, mortificaciones corporales y obras de caridad.

Tomar carne o caldo de carne deliberadamente en un día de abstinencia es pecado grave si implica desprecio y la cantidad tomada es considerable. Incluso una cantidad pequeña tomada con deliberación sería pecado venial.

Los días de ayuno y abstinencia son el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. En esos días sólo se puede hacer una comida completa, pudiendo tomarse alimento dos veces más al día siempre que, juntas, no formen una comida completa. Ninguna de estas comidas puede incluir carne.

Los enfermos que necesitan alimento, los ocupados en trabajos agotadores o aquellos que comen lo que pueden o cuando pueden (los muy pobres) están dispensados de las leyes de ayuno y abstinencia. Aquellos para los que ayunar o abstenerse de carne pueda constituir un problema serio, pueden obtener dispensa de su párroco. La ley de la abstinencia obliga a los que hayan cumplido catorce años, y dura toda la vida; la obligación de ayunar comienza al cumplir los veintiún años y termina al incoar los sesenta.

La ley relativa a la confesión anual significa que todo aquel que deba confesar explícitamente un pecado mortal se hace reo de un nuevo pecado mortal si deja transcurrir más de un año sin recibir otra vez el sacramento de la Penitencia. Evidentemente, la Iglesia no trata de decirnos con eso que una confesión al año basta para los católicos practicantes. El sacramento de la Penitencia refuerza nuestra resistencia a la tentación y nos hace crecer en virtud si lo recibimos a menudo. Es un sacramento tanto para santos como para pecadores.

Sin embargo, la Iglesia quiere asegurar que nadie viva indefinidamente en estado de pecado mortal, con peligro para su salvación eterna. De ahí que exija de todos aquellos conscientes de haber cometido un pecado mortal que explícitamente lo confiesen (aunque este pecado haya sido ya remitido por un acto de contrición perfecta), recibiendo el sacramento de la Penitencia dentro del año. De igual modo, su preocupación por las almas hace que la Iglesia establezca un mínimo absoluto de una vez al año para recibir la Sagrada Eucaristía. Jesús mismo dijo: «Si no coméis la carne del Hijo del hombre y no bebéis su sangre, no tendréis vida en vosotros» (lo. 6,54), y lo dijo sin paliativos: o los miembros del Cuerpo Místico de Cristo recibimos la Sagrada Comunión, o no iremos al cielo. Naturalmente, uno se pregunta a continuación: «¿Con qué frecuencia tengo que ir a comulgar?», y Cristo, por medio de su Iglesia nos contesta: «Con la frecuencia que puedas; semanal o diariamente. Pero, la obligación absoluta es recibir la Comunión una vez al año, y en Pascua.» Si fallamos en dar a Jesús ese mínimo amor, nos hacemos culpables de pecado mortal.

Contribuir al sostenimiento de la Iglesia es otra de nuestras obligaciones que surge de la misma naturaleza de miembros del Cuerpo Místico de Cristo. En el Bautismo, y de nuevo en la Confirmación, Jesús nos asocia a su tarea de salvar almas. No seríamos verdaderamente de Cristo si no tratáramos con sinceridad de ayudarle -con medios económicos tanto como con nuestras obras y oraciones- a llevar a cabo su misión. Normalmente, descargamos esta obligación de ayudar materialmente con nuestra aportación a las diversas colectas que organiza nuestra parroquia o nuestra diócesis, con la generosidad que nuestros medios permitan. Y no sólo a nuestra diócesis o parroquia, sino también al Papa para que atienda a las necesidades de la Iglesia universal, en misiones y obras de beneficencia. Si nos preguntáramos: «¿Cuánto debo dar?», no hay más respuesta que recordar que Dios jamás se deja ganar en generosidad.

Jesús, para poder permanecer siempre con nosotros con la fuerza de su gracia, nos entregó los siete sacramentos, cuya guarda confió a la Iglesia, y a quien ha dado la autoridad y el poder de dictar las leyes necesarias para regular la recepción y concesión de los sacramentos. El Matrimonio es uno de ellos. Es importante que nos demos cuenta que las leyes de la Iglesia que gobiernan la recepción del sacramento del Matrimonio no son leyes meramente humanas: son preceptos del mismo Cristo, dados por su Iglesia.

La ley básica que gobierna el sacramento del Matrimonio es que debe recibirse en presencia de un sacerdote autorizado y de dos testigos. Por sacerdote «autorizado» entendemos el rector de la parroquia en que se celebren las bodas, o el sacerdote en quien él o el obispo de la diócesis deleguen. Un sacerdote cualquiera no puede oficiar en una boda católica. El matrimonio es un compromiso demasiado serio para que pueda contraerse llamando a la puerta de cualquier rectoría. El sacramento del Matrimonio se acompaña normalmente de la Misa y bendición nupciales, que no están permitidas en los tiempos penitenciales de Adviento y Cuaresma. El sacramento del Matrimonio puede recibirse en estos tiempos litúrgicos, pero la mayoría de los católicos tienen interés en comenzar su vida matrimonial con toda la gracia posible. De ahí que sea raro que soliciten la recepción de este sacramento en Cuaresma o Adviento.

Para la recepción válida del sacramento del Matrimonio, el esposo debe contar al menos dieciséis años de edad, y la esposa catorce. Sin embargo, si las leyes civiles establecen una edad superior, la Iglesia -aunque no esté estrictamente obligada- las respeta. La preparación de los jóvenes que vayan a asumir la responsabilidad de una familia importa tanto civil como espiritualmente.

En materia matrimonial, cuando se trate de sus efectos civiles, la Iglesia reconoce el derecho del Estado a establecer la necesaria legislación.

Además de contar con edad suficiente, los futuros esposos no deben estar emparentados con lazos de sangre más acá de primos terceros. Sin embargo, por graves razones, la Iglesia concede dispensa para que primos hermanos o primos segundos puedan contraer matrimonio. La Iglesia también dispensa por razón suficiente de los impedimentos que el Bautismo establece (el padrino o la madrina con la ahijada o el ahijado) o el Matrimonio (un viudo con su cuñada o la viuda con el cuñado).

La Iglesia legisla también que un católico espose a una católica, aunque concede dispensa para que un católico se case con una acatólica. En estos casos, los contrayentes deben seguir las leyes de la Iglesia relativas a los matrimonios mixtos. El contrayente católico debe comprometerse a dar, llevando una vida ejemplarmente católica, buen ejemplo a su esposo no católico. El contrayente católico debe estar absolutamente dispuesto a poner todos los medios para que la prole sea educada en la fe católica. Desgraciadamente, los matrimonios mixtos conducen con cierta frecuencia a un debilitamiento o a la pérdida de la fe en el esposo católico; a la pérdida de la fe en los hijos, que ven a sus padres divi didos en materia religiosa; o a la falta de completa felicidad en el matrimonio por carecer de un ingrediente básico: la unidad de fe. La Iglesia se muestra reacia a la concesión de estas dispensas por la triste experiencia de una Madre que cuenta con veinte siglos de vida.

Pero lo esencial es recordar que no hay verdadero matrimonio entre católicos si no se celebra ante un sacerdote autorizado. El católico que se casara por lo civil o ante un ministro protestante no está casado en modo algo ante los ojos de Dios, que es el único que realmente cuenta. Sin embargo, dado que la Iglesia es la Presencia visible de Cristo en el mundo y su portavoz, puede modificar las leyes que gobiernan el matrimonio. Aquí se han mencionado según rigen en el momento en que esto se escribe.

Fin de la segunda parte